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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

martes, 18 de abril de 2017

¿Qué piensan cubanas y cubanos sobre nuevas medidas en vivienda?

Cifras oficiales calculan que se deben construir al menos 600.000 inmuebles para suplir las carencias acumuladas durante casi tres décadas.



La vivienda en Cuba sigue siendo asignatura pendiente para buena parte de la población de la isla. Foto: Jorge Luis Baños/ IPS

La Habana, 13 abr.- Un nuevo valor referencial para la compraventa de casas y el aumento del tiempo para aprobar subsidios a personas de bajos recursos, destacan entre las nuevas disposiciones del gobierno cubano para enfrentar el agravado déficit habitacional.
Lo anterior quedó recogido en cinco nuevas políticas sobre la Vivienda, publicadas el 11 de abril en la Gaceta Oficial Extraordinaria, No. 15 y No. 16 de 2017, que suscitaron múltiples comentarios entre la ciudadanía.
Estas recogen los decretos ley 342 y 343 del Consejo de Estado, varios acuerdos del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, así como resoluciones del Ministerio de la Construcción, de Trabajo y Seguridad Social, Finanzas y Precios y Justicia, así como del estatal Instituto de Planificación Física.


“Dos pasos atrás en la política pública de subsidios”, opinó una ciberlectora, al comentar las nuevas disposiciones sobre la vivienda.
Foto: Jorge Luis Baños/ IPS
Funcionarios indicaron al diario oficial Granma que las medidas buscan aminorar la evasión fiscal y reiteradas denuncias sobre corrupción en los procedimientos. Por su parte, voces ciudadanas alertan que ahora se amplían plazos y trámites que pudieran generar más molestias a la población.
“Dos pasos atrás en la política pública de subsidios. Reducción de la cantidad estatal dedicada a este tema y posposición del tiempo para pedirlo y recibirlo: dos veces al año y con respuesta a los 70 días. Política errática”, resumió una ciberlectora identificada como Marleneazor.
Ricardo valoró las disposiciones de positivas “pero también veo algo inexplicable”.
“Las casas tienen un precio legal para unas gestiones y un precio referencial para otras (impuestos)… Las casas tienen un solo valor para cualquier gestión y debe ser el legal el que se reconoce en todos los documentos, lo otro traerá confusiones, papeleos, corrupción, etc.”, consideró.

Más sobre medidas habitacionales

  • El subsidio está dirigido a familias con situaciones de vulnerabilidad, necesidades y recursos insuficientes que no pueden trabajar por enfermedad, discapacidad o elevada edad, estar al cuidado de un encamado o enfermo. Puede recibirlo toda familia cuyos ingresos per cápita, después de analizar gastos obligatorios, sea inferior o igual al equivalente a 15 dólares mensuales.
  • Cuando el subsidio es otorgado a partir de datos y declaraciones falsos, los gobiernos municipales están facultados para disponer su cancelación y el reintegro del monto utilizado al presupuesto del Estado.
  • Si el beneficiado fallece, renuncia al subsidio otorgado, sale definitivamente del país o se presentan otras causas afines, las personas que forman parte del núcleo familiar u ocupan el inmueble, siempre y cuando tengan derecho al mismo, pueden presentar la solicitud de continuar con el subsidio.
  • La compraventa de inmuebles a precios subsidiados o de células básicas habitacionales construidas con subsidios podrá efectuarse en los primeros 15 años a partir de su adquisición, siempre y cuando el propietario de la vivienda reintegre al presupuesto estatal el monto íntegro del beneficio recibido.
  • La ley modificada en sus artículos 44 y 203 ratifica que el valor que se emplea para el cálculo de los impuestos en el caso de compraventas, es el valor de transferencia que hayan pactado el vendedor y el comprador de la vivienda.
  • El nuevo “valor referencial” es un complemento que se aplicará cuando la transacción pactada y declarada por las partes sea menor que este, a fin de garantizar que los cálculos y el pago de los impuestos se acerque a los valores reales de compraventa entre las personas naturales.
  • El valor referencial se determina tomando en cuenta la ubicación del inmueble, para lo cual existe un coeficiente de ubicación, tras determinar cantidad de dormitorios, posesión de garajes, vallas de parqueo, tipologías constructivas, características de la cubierta, tipo de inmueble, facilidades urbanísticas e importancia de los asentamientos.
En igual sentido, Santiagodelawton advirtió que “ojalá y esta determinación del valor referencial no depare, en manejos humanos como nuevas fuentes de triquiñuelas, para ilegalidades y negocios turbios e ilícitos”.
Según María Aurora Sancesario, jefa del Departamento de Fondo Habitacional y Subsidio de la Dirección General de la Vivienda de la cartera de construcción, las medidas “tienen como objetivo la protección a los núcleos familiares más vulnerables; además de ampliar los beneficios a los subsidiados”.
Destacó que los Consejos de la Administración Municipal (CAM) realizarán como mínimo dos convocatorias anuales para recibir solicitudes, a fin de que los subsidios que se aprueben tengan respaldo de financiamiento y transparencia al hacer públicos los resultados.
Reconoció que en el país existen más solicitudes de subsidios que financiamiento para otorgarlos, razón por la cual el tiempo para obtener una respuesta se elevará a 70 días, en vez de los 45 estipulados hasta ahora.
Aunque el gobierno sitúa el déficit de viviendas en 600.000, fuentes especializadas indican que esta cifra podría ser muy superior al millón de inmuebles.
Tal situación se ha visto agravada por más de 25 años de crisis económica donde se contrajo la construcción y reparación de viviendas, así como por los daños de huracanes que dejaron a miles de personas en albergues y facilidades temporales.
En este sentido, uno de los acuerdos autoriza la venta por única vez de 16.887 viviendas estatales en ejecución, a quienes acepten su terminación por esfuerzo propio en cinco años, tras lo cual, de incumplir con el plazo, deberán devolver el inmueble al Estado que reintegrará lo pagado por su transferencia.
La asignación correrá a cargo de los CAM y se priorizarán, en primer lugar, los beneficiados ya definidos cuando se interrumpió la ejecución de estas obras estatales, luego los damnificados por fenómenos climatológicos, albergados y casos sociales, explicó Santiago Herrera, director de Asuntos Legales de la Vivienda del ministerio de la construcción.
Al mismo tiempo se establece “de manera excepcional por única vez” la legalización de las viviendas de unos 20.021 damnificados con problemas en la documentación establecida.
La Gaceta Oficial recoge las tablas donde se explicita el “valor referencial” para la compraventa de viviendas en dependencia de la zona geográfica del país, la cantidad de dormitorios, la tipología constructiva, las facilidades urbanísticas e importancia de los asentamientos, así como la existencia de garajes o vallas de parqueo, patios y jardines.
Tras décadas de prohibiciones, en octubre de 2011 se modificó la Ley General de la Vivienda para autorizar la compraventa y donaciones de inmuebles ante notarios, con el correspondiente pago de los impuestos asociados a estos actos, a razón de un cuatro por ciento. (2017)

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