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jueves, 22 de octubre de 2020

Treinta años de la empresa estatal en Cuba: recuento y reflexiones sobre su transformación

 Econ. y Desarrollo vol.164 no.2 La Habana Jul.-dic. 2020  Epub 01-Jul-2020

 Por Humberto Blanco1  * 

1Centro de Estudios de la Economía Cubana (CEEC), Universidad de La Habana, Cuba.

RESUMEN

El trabajo recorre la evolución de la empresa estatal cubana (EEC) desde finales de los ochenta hasta la actualidad. Analiza las transformaciones en sus sistemas de gestión, la relación prevaleciente entre centralización y descentralización de la economía y la autonomía empresarial. Asimismo se sugieren direcciones para un programa de transformaciones de la empresa estatal, agente económico principal en el modelo cubano de desarrollo económico y social.


La empresa estatal, como se conoce, constituye el actor económico fundamental de la economía cubana. Sin embargo, este papel protagónico, reafirmado en documentos programáticos de las transformaciones en curso (PCC, 2017) y más recientemente en el artículo 27 de la nueva Constitución de la República, aún no se traduce en los resultados necesarios en términos de crecimiento sostenible, inserción internacional, productividad y prosperidad que tributen a la visión de país hacia 2030.

Un análisis a fondo de las causas y soluciones posibles requeriría tratar no solamente las dimensiones macroeconómica e institucional por su influencia como parte del entorno general de actuación de la empresa estatal cubana (EEC); también se precisa, al menos, incorporar otras aristas como los sistemas de gestión prevalecientes, las formas organizativas adoptadas y el estado actual de algunas dimensiones determinantes del desarrollo empresarial como la innovación y el emprendimiento.

Acometer un esfuerzo tan abarcador con el rigor requerido solo puede ser fruto de un trabajo colectivo multidisciplinario y rebasa las posibilidades individuales del autor, además de las limitaciones de espacio e información disponible. En estas líneas, como una contribución al debate sobre la EEC y con el objetivo de mejorar su desempeño, se hace un sucinto recuento de unos treinta años. Se atiende inicialmente a los contextos y transformaciones de mediados de los ochenta, la década del noventa y los primeros años del siglo xxi, para luego abordar los cambios promovidos por la actualización del modelo económico iniciada en 2011. De esta evolución y sus problemas más significativos se formulan finalmente algunas consideraciones sobre cursos de acción para la transformación en la EEC.

1. ANTECEDENTES

1.1. El sistema de dirección de la economía en los ochenta y los problemas en la gestión empresarial

El sistema empresarial estatal estaba inmerso, desde la segunda mitad de la década del ochenta, en el denominado «proceso de rectificación de errores», surgido a partir de los resultados descendentes en el desempeño económico global y del no cumplimiento de las expectativas puestas en la implementación del Sistema de Dirección y Planificación de la Economía (SDPE) aprobado en 1975 en el I Congreso del PCC.

Este sistema, como se conoce, tomaba como referente principal la experiencia soviética y se insertaba en un contexto marcado por la incorporación plena de nuestro país en 1972 a los mecanismos de integración socialista del Consejo de Ayuda Mutua Económica (CAME). Con esta integración se produjo una disminución del papel del mercado en los ámbitos tecnológico, comercial y financiero y la inserción de Cuba en un entorno estable y de comportamiento predecible en sus variables, ajenas a la competencia y, en general, a la dinámica del resto del entorno internacional.

Las tendencias en boga de la gestión empresarial en el capitalismo de aquellos años apuntaban a una gerencia más descentralizada, facilitadora de procesos de cambio y aprendizaje organizacionales, la búsqueda de ventajas competitivas sostenibles, con estructuras más flexibles y equipos de trabajo con mayor capacidad y autonomía, así como una dirección de la calidad basada en la gestión por procesos.

En cambio, los países socialistas se mantuvieron alejados de estas tendencias. Intensificaron la centralización de la dirección de la estructura productiva, económica y organizativa, sin ir más allá (Pérez y Díaz, 1999) de los preceptos de las primeras teorías reconocidas de la administración como ciencia. Así, dicha integración y el sistema de dirección de la economía concebido terminaron siendo un freno para desarrollar un enfoque orientado hacia la búsqueda de competitividad en los planos nacional y empresarial, con la innovación y la calidad como fuentes para la obtención de ventajas sostenibles y el empleo de enfoques más contemporáneos en la gerencia empresarial.

Entre las principales características del SDPE se encontraban:

  • El reconocimiento explícito de las relaciones monetario mercantiles y su empleo en el socialismo.

  • La autogestión financiera, autonomía relativa y rentabilidad de las empresas estatales.

  • La planificación como eslabón fundamental del Sistema a través de un sistema de planes, con la rectoría del plan de la economía nacional.

En noviembre de 1984 un informe de relatoría del III Evento Científico de la Asociación Nacional de Economistas de Cuba (ANEC) se pronunciaba sobre el exceso de indicadores directivos en los planes de la EEC y su efecto nocivo sobre la autonomía. En una encuesta realizada por la Comisión Económica de la Asamblea Nacional del Poder Popular ese mismo año a 48 empresas de todo el país se reiteraba este asunto y se incluía además el excesivo tutelaje de los ministerios. Ya a finales de la década se reconocieron oficialmente un conjunto de problemas en el funcionamiento del SDPE (Comisión SDPE, 1988):

  • Alejamiento de los avances tecnológicos mundiales y del mercado internacional.

  • Excesivo tutelaje de los organismos de la administración estatal, constantes interferencias y decisiones contrapuestas a la autonomía empresarial proclamada como principio del SDPE.

  • Desatención a las categorías financieras.

  • Desvinculación entre los procesos de investigación y desarrollo y la práctica empresarial, con una lenta y escasa introducción de resultados.

  • Implicación formal e insuficiente de los colectivos laborales en las decisiones empresariales.

  • Formalismo en las relaciones contractuales y un arbitraje estatal que no cumplía su papel de mediador en los litigios entre empresas.

En cuanto a la planificación, componente principal del SDPE, se señalaba su alta centralización en la entonces Junta Central de Planificación (JUCEPLAN), la poca participación de empresas y territorios, el predominio de metas en términos físicos e indicadores cuantitativos y el proceso de asignación de recursos a través de balances materiales.

Por otra parte, en el ámbito laboral y salarial se revelaron distorsiones importantes en la gestión empresarial como el pago de salarios sin respaldo en resultados finales, una normación deficiente del trabajo y un exceso de plantillas con un incremento desproporcionado del número de trabajadores con funciones administrativas (Marichal, 2003).

Otros trabajos en el ámbito académico también se pronunciaron al respecto (Instituto Nacional de Investigaciones Económicas, s. f.; Vicerrectoría de Ciencias Económicas de la Universidad de La Habana, 1991) y señalaron entre las principales debilidades de la EEC la poca capacidad ejecutiva y los deficientes métodos de dirección, con predominio del llamado «ordeno y mando» en detrimento de métodos participativos en la toma de decisiones, insuficiente autonomía, relaciones monetario mercantiles poco desarrolladas y ausencia de competencia, en un contexto marcado por el exceso de centralización y mecanismos de regulación inadecuados.

Ello generó una suerte de cultura de la operatividad (en función de las urgencias por el cumplimiento del plan anual, que en la práctica era y sigue siendo la única forma de planificación) y de la pasividad (la espera de las decisiones de los niveles superiores de dirección sobre asuntos propios de la empresa). En definitiva, la EEC, reconocida formalmente como eslabón básico de la economía, no había desarrollado una actitud de búsqueda de oportunidades y un aprendizaje orientado al cambio, en un contexto lo suficientemente benévolo que le garantizaba su supervivencia más allá de su capacidad para adaptarse a nuevas circunstancias y proporcionar con efectividad operacional bienes y servicios según las necesidades y expectativas cambiantes de sus clientes.

Durante el período mencionado aparecieron varias experiencias para el perfeccionamiento de la empresa estatal basadas en una mayor descentralización como las empresas-laboratorio en materia de organización del trabajo y los salarios bajo el auspicio del antiguo Instituto de Investigaciones del Trabajo (IIT), el perfeccionamiento en la gestión de las empresas militares y la introducción de enfoques actualizados de dirección empresarial mediante capacitaciones y consultorías desarrolladas por profesores universitarios en entidades empresariales. Sin embargo, su grado de extensión y maduración no fue suficiente al iniciarse la crisis para compensar sus efectos.

No podía ser de otra forma dados los problemas estructurales no resueltos, las limitaciones conceptuales del SDPE y las inconsistencias en su implementación. Entre estas últimas (Marquetti, 2001) pueden mencionarse la irregular retroalimentación de su puesta en práctica y la carencia de un proceso de experimentación que acompañara dicha implementación, que hubieran podido servir como base para el mejoramiento ulterior.

1.2. La crisis de los noventa y las transformaciones del tejido empresarial

En esta década la economía nacional atravesó la mayor crisis del período revolucionario, desatada por efecto de factores coyunturales, pero raigalmente determinada por debilidades estructurales que multiplicaron tales efectos. Ante esta situación se implementaron un conjunto de medidas en varias dimensiones (macroeconómica, organizativa e institucional, social, empresarial) para garantizar la supervivencia, realizar transformaciones de fondo en la estructura económico-productiva y los mecanismos de dirección de la economía, basados en una mayor descentralización y lograr la reinserción de Cuba en la economía mundial. Los resultados económicos al final de la década arrojaron un saldo positivo y confirmaron lo acertado de tales medidas, así como la necesidad de enfrentar algunos problemas derivados de ella y avanzar hacia una etapa de nuevas y más complejas transformaciones (González, 1997Triana, 1998).

Algunos hechos significativos en la esfera empresarial y su entorno fueron:

  • La diversificación del tejido empresarial por formas de propiedad y figuras jurídicas como las asociaciones con capital extranjero, sociedades mercantiles de capital estatal cubano y entidades 100 % extranjeras. Esto trajo consigo la introducción de enfoques de administración más cercanos a las tendencias internacionales, lo que complementó el esfuerzo nacional emprendido por las universidades.

  • El fomento incipiente del «trabajo por cuenta propia», un eufemismo para nombrar a las micro y pequeñas empresas privadas, pero sin personalidad jurídica.

  • Encadenamientos productivos entre sectores claves de la transformación como el del turismo con varias ramas de la industria nacional.

  • La reestructuración de los Organismos de la Administración Central del Estado (OACE).

  • Transformaciones tendientes a una mayor autonomía de la empresa estatal, entre las que pueden destacarse:

  1. La eliminación del monopolio del comercio exterior y la creación de un mercado en frontera de bienes y servicios en moneda libremente convertible (MLC).

  2. Un sector empresarial emergente, encabezado por el sector turístico y entidades empresariales con estructuras y formas de funcionamiento semejantes a corporaciones occidentales: casas matrices, divisiones territoriales, etc.

  3. Los esquemas de autofinanciamiento en divisas y el reemplazo de la planificación basada en balances materiales por balances de ingresos y gastos en MLC.

  4. El surgimiento de entidades financieras no bancarias que movilizaban recursos temporalmente libres del tejido empresarial al que se asociaban, al ofrecer posibilidades de financiamiento para su desarrollo y para propiciar encadenamientos productivos con otras empresas.

  5. Un proceso de redimensionamiento de capacidades productivas a fin de contrarrestar la tendencia prevaleciente al gigantismo en las EEC.

Entrevistas realizadas en 2018 a algunos especialistas de organismos y directivos empresariales de aquel entonces1 reflejan, como rasgo fundamental de esa etapa, la autonomía que se concedió a las entidades empresariales para la búsqueda de oportunidades de mercado y financiamiento, alianzas estratégicas con otras empresas y decisiones de inversión con una supervisión ministerial más centrada en los resultados económicos y menos en el tutelaje administrativo.

Asimismo, algunas de las experiencias iniciadas en la década del ochenta, como el perfeccionamiento empresarial en las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR) y las consultorías, experimentaron en esta década un auge importante en la búsqueda de vías para lograr un mejor desempeño de la EEC en condiciones del entorno internacional muy diferentes a las existentes hasta entonces.

De todas ellas resulta obligado referirse al perfeccionamiento empresarial y su extensión gradual al resto de la economía nacional como la experiencia de mayor envergadura y en la que se depositaron las mayores expectativas.

1.2.1. El perfeccionamiento empresarial, sus inicios y generalización. El V Congreso del PCC y el Decreto Ley 187/98

El Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR) comienza de forma experimental la introducción de nuevos enfoques acerca de la gestión empresarial en 1987 en la Empresa Militar Industrial Julius Fucik. Con esta decisión se buscaba corregir los problemas del SDPE y sentar pautas para una forma diferente y más efectiva de gestionar la EEC.

A partir de los resultados iniciales y de una retroalimentación concebida y puesta en práctica como parte integrante del propio experimento, este fue extendido en 1988 a otras empresas militares y en 1990 a todo el sistema empresarial del citado organismo, en una etapa denominada «de consolidación y generalización» que se prolongó hasta 1997.2

Esta experiencia se sustentó en la interacción de dos planos de análisis complementarios que contribuyó significativamente a su desarrollo y resultados: la gestión de la empresa y su entorno regulador, que se tradujo en las siguientes bases:

  1. Autogestión financiera y mayor autonomía de las decisiones en la empresa.

  2. Permanente revisión y mejora continua de los sistemas de gestión.

  3. Simplificación de procedimientos y estructuras al interior de la empresa.

  4. No generalización a ultranza de sistemas, sino un traje a la medida de cada entidad.

  5. Reforzamiento de los controles económico/financieros.

Además de lo anterior, hay una característica referida directamente al entorno regulador de la empresa, no suficientemente divulgada y que por su significado para el éxito de esta experiencia no puede pasarse por alto: la eliminación para estas empresas de normativas de los OACE vigentes para el resto de las empresas estatales. Esta característica ha sido, por cierto, una regularidad en otras experiencias mencionadas como las empresas laboratorio del IIT, el esquema empresarial de la Oficina del Historiador de La Habana e incluso las propias consultorías a cargo de las universidades, que en sus presentaciones de resultados a los organismos superiores de dirección exponían las llamadas «excepciones y prioridades» para continuar el proceso de mejora, que no eran más que solicitudes de dispensas en regulaciones que impedían avanzar.

En 1997 se celebró el V Congreso del Partido, dedicado fundamentalmente a la política económica y sus proyecciones, en un contexto marcado por el inicio de la recuperación de la economía cubana. En su Resolución Económica (PCC, 1997) se aprobó generalizar la experiencia del perfeccionamiento empresarial de las FAR al resto del sistema empresarial estatal, con énfasis en la necesidad de introducir técnicas contemporáneas de dirección empresarial y de una mayor descentralización en la dirección económica.

En consecuencia, en agosto de 1998 se promulga el Decreto Ley 187 «Bases generales del Perfeccionamiento Empresarial», que establecía los objetivos, principios, etapas y componentes del proceso y se crea un Grupo Ejecutivo encargado de asegurar su implementación. Asimismo, las universidades del país, a través de entrenamientos a directivos e intervenciones consultivas, prestaron un importante apoyo a los procesos de capacitación inicial, diagnóstico y elaboración del expediente de perfeccionamiento de las empresas involucradas.

En este decreto ley se ratificaron las bases fundacionales del proceso en las FAR (mayor autonomía, mejora continua, el «traje a la medida», autofinanciamiento, etc.), se resalta el papel de la innovación como factor clave para un alto desempeño, se ratifica el principio socialista de distribución con arreglo al trabajo y el significado de la motivación y de la participación de los colectivos laborales en la gestión.

El perfeccionamiento empresarial (PE) se propone como objetivo básico lograr un sistema empresarial estatal más eficiente y competitivo y promueve el uso de la planificación estratégica y financiera con menos indicadores directivos, un enfoque de gestión de la calidad orientado a su aseguramiento, la inclusión muy incipiente de la mercadotecnia y un proceso de evaluación por etapas de las propuestas de las empresas e incentivos adicionales para aquellas que -luego de transcurridas exitosamente las etapas de diagnóstico, elaboración y presentación de su expediente de perfeccionamiento- fuesen autorizadas a implementarlo.

Desde el inicio se hizo pública la intención de no generalizar apresuradamente el PE, realizar una evaluación rigurosa de la situación de las empresas implicadas en el proceso y establecer tres requisitos de entrada: contabilidad certificada, demanda asegurada para sus producciones y suministros garantizados. En estos dos últimos requisitos se aprecia todavía una visión muy centralizada de las relaciones entre empresas y sus clientes actuales/potenciales y de la gestión de los medios para realizar la actividad empresarial.

No obstante, la intención de no «masificar» el PE, las expectativas creadas por la recuperación de la economía y por la prioridad concedida al tema en el V Congreso del PCC condujeron a acelerar las intenciones de las empresas y de sus ministerios rectores de incorporarse al proceso de perfeccionamiento. Como consecuencia, quedaba sobrepasada la capacidad de la instancia gubernamental para evaluar, en un plazo razonable, el creciente volumen de documentación requerido en los diferentes momentos del proceso.

Con el propósito de acortar los plazos y realizar evaluaciones más pertinentes, a partir del primer semestre del año 2000 el Grupo Ejecutivo de Perfeccionamiento Empresarial (GEPE) descentralizó la revisión de los informes de diagnóstico y expediente de las empresas en los ministerios a las que se subordinaban y solicitó la colaboración de otros especialistas de los organismos ramales para incorporarse a las labores del grupo.

Como resultado de este contexto favorable, se incrementó notablemente el número de empresas en PE, de apenas 53 a fines de 2000 a más de 240 a inicios de 2002. Esas empresas, que ya contaban con el «visto bueno» del GEPE y procedían a implementar los cambios contenidos en su propuesta de perfeccionamiento, comenzaban a tropezar (Echevarría y Blanco, 2002) con algunas dificultades propias del contexto en que debían hacerlo:

  • Incertidumbre en el mantenimiento de los requisitos de entrada, específicamente los relativos a clientes y proveedores.

  • El acoplamiento entre los tiempos y la formalidad del proceso, que debe pasar de la más lenta dinámica gubernamental a la dinámica empresarial para la introducción operativa de mejoras.

  • Importantes disonancias para estas empresas al intentar implementar el PE en un ambiente de negocios donde no necesariamente sus proveedores y clientes transitaban por igual proceso y en un entorno ministerial en el que las empresas que se le subordinan no estaban en similar etapa del PE.

Las cifras disponibles para ilustrar la dinámica del PE, por lo general, han sido muy dispersas e incompletas, procedentes de diversas fuentes que no siempre manejaban similares datos. A ello se suma la salida de empresas que perdían la condición de «empresas aplicando el PE» por problemas posteriores a la implementación, más otras que luego de perderla se reincorporaban. Así, en diciembre de 2000, según la fuente anteriormente citada, unas 1 104 empresas transitaban por las diferentes fases (certificación de la contabilidad, diagnóstico, presentación del expediente de PE, aprobación e implementación del PE). Ello representaba aproximadamente un 28 % del total de empresas en aquel entonces.

1.3. La «recentralización» en la década de 2000 y su efecto en el proceso de PE

El contexto tendiente a la descentralización operado en los noventa e inicios del siglo xxi comienza a dar signos de reversión. Entre los años 2003 y 2004 las cuentas bancarias de las empresas en dólares pasan a ser en pesos convertibles, se reduce notablemente la cantidad de empresas que pueden operar en divisas y se retoma la centralización en el uso de la MLC mediante la Resolución 92 de 2004 del Banco Central de Cuba (BCC) que establece la cuenta única en divisas. Como consecuencia surge el Comité de Aprobación de Divisas del BCC, entidad encargada de asignar recursos en MLC a todo el universo empresarial cubano.

Estas decisiones estuvieron determinadas (Rodríguez, 2014) por factores como las repercusiones del 11 de septiembre de 2001 en el sector turístico, las tensiones en la balanza de pagos, la combinación de incumplimientos de los aportes en ingresos en divisas con aumentos de sus gastos en MLC, más la necesidad del Gobierno de ejercer mejor control sobre el recurso limitante y enfrentar programas priorizados en las esferas social y económica.

Pero estos cambios anularon la autonomía en ciernes de las decisiones empresariales, cuya concreción como uno de los fundamentos del PE era de por sí muy compleja por la transformación cultural y contextual que suponía. Ya no era posible operar el proceso con bases que entraban en franca contradicción con ese nuevo contexto.

Así, el Decreto Ley 187 es reemplazado por el Decreto Ley 252, nombrado «Sistema de dirección y gestión de la empresa estatal» (SGDE) y su reglamento de implementación, el Decreto 281, ambos de 2007. Una exhaustiva comparación entre el Decreto Ley 187 y los nuevos documentos normativos (Díaz y Echevarría, 2009), acompañada por la realización de cuestionarios a equipos de dirección en empresas, más la experiencia en intervenciones consultivas de especialistas del CEEC en empresas implicadas en el PE,3 señalaban que respecto al Decreto Ley 187 se introdujeron cambios como la incorporación de la innovación y la comunicación y la mejora significativa del apartado relativo a la gestión de la calidad.

También se reportaron cambios sustantivos en las bases del proceso y un incremento de las prescripciones, funciones, facultades y documentos a elaborar como reflejo del conflicto entre la recentralización y los enunciados originales del PE, por ejemplo:

  • El objetivo central pasa de ser «elevar la competitividad y eficiencia de la EEC» a «garantizar la implantación de un Sistema de Dirección y Gestión en las empresas y gestionar integralmente los sistemas que la componen».

  • Se sustituye el vocablo «autonomía» por la ambigua (y más restrictiva) expresión «autonomía controlada».

  • Se refuerza el papel del plan anual: se relega a un segundo plano la planeación estratégica que había comenzado a extenderse gradualmente en los ámbitos empresarial y de la administración pública desde finales de los 90.4

  • El subsistema de relaciones financieras se orienta a una mayor centralización en las decisiones empresariales en cuanto al uso de los fondos descentralizados.

  • Se aumenta el número de principios de 17 a 25.

  • El número de facultades del director general de la empresa aumenta de 45 a 119 y las funciones empresariales de 37 a 124.

En no pocos casos, según las fuentes citadas, los principales directivos no se sentían como responsables reales de liderar y concretar las transformaciones propuestas por la excesiva reglamentación de estas normativas y las limitaciones en sus funciones, no solo por el número elevado de estas, sino también por su contenido, carácter delegatorio y la existencia de diferencias entre las que se podían ejercer y las que no. En este último aspecto subyace una suerte de estilo para la elaboración de documentos normativos, es decir, prescribir pormenorizadamente lo que está permitido hacer, lo que cierra espacios a la creatividad y al emprendimiento, al monitoreo del entorno en búsqueda de nuevas oportunidades y al rediseño oportuno.5

En las aseveraciones de los directivos mencionadas más arriba pudieron incidir los efectos de la cultura de la espera ya citada, o sea, pedir permiso para actuar o esperar señales ante situaciones en las que se está facultado para hacerlo. Esto no hace sino reforzar una actitud ajena por naturaleza a la actividad empresarial y más en entornos de negocios que resultan cada vez más dinámicos.

También se mencionaba como una limitante de alto impacto el peso de factores externos a la gestión de las empresas que dificultaban mantener los requisitos de entrada al Sistema, la aplicación de sus principios y una mejor remuneración a directivos y trabajadores. Entre los más notorios se identificaban la inestabilidad en los suministros de materias primas e insumos de origen importado y la falta de poder de decisión para financiar inversiones y otras transformaciones.

Algunos datos sugieren una posible reacción de desestímulo en las empresas. Entre 2002 y 2004 mientras unas 168 empresas se incorporaban como promedio anual al proceso, la cifra descendió a 67 en 2005 y a solo 55 en 2006 (Díaz y Echevarría, 2009). Esto indicaba una tendencia que lejos de revertirse con el avance esperado del proceso se mantuvo en el tiempo: la lentitud del sistema empresarial estatal en incorporarse al PE.

En opinión de expertos consultados (Lescaille, León y Orta, 2010), aún más alarmante que esa lenta dinámica resultaba el vaivén de empresas que entraban, salían, volvían a entrar o nunca llegaban a aplicar el sistema. Ello hacía prácticamente imposible determinar la dinámica real de incorporación y aplicación estable del PE.

En contraste con lo anterior y de acuerdo con la misma fuente, declaraciones del Grupo Ejecutivo de Perfeccionamiento Empresarial expresaban una valoración favorable del proceso. Argumentaban que ya para ese entonces 1 031 empresas estaban implicadas en las diferentes etapas del Sistema y resaltaban además el incremento en indicadores como ingresos y el aporte en moneda libremente convertible que generaban estas empresas.

Sin embargo, tales afirmaciones, válidas por demás para solo un 38 % del sistema empresarial estatal de ese entonces (2 734 empresas) después de casi 12 años de iniciado el proceso, se basaban en indicadores a corto plazo que no necesariamente expresaban mejora sostenible ni se sustentaban en estudios que -ceteris paribus-comparasen resultados antes y después del proceso ni en dichas empresas ni de estas respecto a la gran mayoría que aún no se implicaba.

A estos problemas deben sumarse dos importantes limitaciones de fondo del PE provenientes de su diseño inicial y que se agravaron con el nuevo marco legal:

  • La imposición estandarizada y al detalle de cómo gestionar una empresa, independientemente de sus particularidades.

  • Su enfoque básicamente cortoplacista y operativo, basado en la fragmentación de la actividad empresarial en subsistemas funcionales que dificulta ejercer una dirección integrada.

En definitiva, resulta poco probable que la empresa cambie favorablemente si el entorno regulatorio en el que se desempeña no cambia a su favor. Es por ello que, después de un momento inicial de impulso, las expectativas depositadas en el PE no se cumplían plenamente y languidecía el proceso. Es en este contexto de finales de la década en que se inicia el proceso en curso de cambios en el modelo económico cubano.

2. LA ACTUALIZACIÓN DEL MODELO Y LA EEC (2011-2018)

En 2011 las directrices de política socioeconómica y las transformaciones en el modelo económico cubano refrendadas en los Lineamientos del VI Congreso del PCC (en lo adelante LES) luego de un debate popular sobre estos documentos iniciado en 2010, proclamaron la intención de desplegar el potencial de las fuerzas productivas mediante una economía más descentralizada y diversa en cuanto a sus actores económicos, cambios de forma y de fondo en las relaciones del Estado con las empresas y el predominio de métodos indirectos en la dirección económica.

Sin embargo, sobre el perfeccionamiento empresarial los LES señalaban muy escuetamente que debía integrarse a las políticas del modelo económico para lograr empresas más eficientes y competitivas (PCC, 2011). Así, el grupo ejecutivo encargado de la dirección del proceso pasa a integrar la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos. Visto de esta forma, el perfeccionamiento de la EEC se situaba en un plano subordinado que se alcanzaría como resultado de otros cambios de mayor jerarquía en los niveles macro y meso económico.

Un enfoque diferente hubiera sido situar en el centro de la transformación del modelo la modificación de la situación de la EEC como principal creadora de riqueza del país y en consecuencia formular un programa de acciones para ejecutar los cambios necesarios en el entorno y propiciar así el estado deseado en su desempeño. En resumen, se trata de prioridad, articulación y secuencia de las transformaciones en medio de la multiplicidad de asuntos a abordar y la complejidad del proceso iniciado en 2011. No es un asunto menor.

Transcurridos los primeros años después del VI Congreso todavía continuaba vigente el marco regulatorio correspondiente al SGDE y a finales de 2013 se encontraban implicadas en las diferentes fases del Sistema 1 084 de 2 235 empresas, para un 48 % del total. Sin embargo, el silencio en torno al tema indicaba su enfriamiento (Gala, Perdomo y Beatón, 2014). En el año 2013 se anunció un experimento con unas 100 empresas estatales para aplicar nuevos enfoques en la relación de la empresa con su entorno regulador. Sin embargo, la información sobre su marcha y resultados nunca fue divulgada, por lo que es de suponer que no llegó a realizarse plenamente.

En el aumento de la proporción de empresas implicadas en el Sistema respecto a años anteriores deben tenerse en cuenta factores como el proceso de reestructuración en ministerios y empresas y sus correspondientes extinciones y fusiones. Esta reestructuración empresarial se ha sustentado en la revitalización de formas organizativas originalmente formuladas en el Decreto Ley 187/98 y ratificadas con posterioridad en otros documentos legales: las denominadas organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE), empresas y las unidades empresariales de base (UEB).

Este proceso ha sido cuestionado por varias razones, entre ellas la transformación de empresas en entidades sin personalidad jurídica ni patrimonio propio, el hecho de que prácticamente todas las OSDE nacionales se encuentren en La Habana, tengan aumentos injustificados de personal y recursos a su disposición para enfrentar los crecimientos en gastos de coordinación, convirtiéndose en no pocos casos en una suerte de «miniministerios» que van en detrimento de la necesaria autonomía empresarial («El eslabón esencial del modelo económico cubano está en la empresa estatal socialista», 2019) y de hecho añaden un eslabón administrativo más, a contrapelo de la búsqueda de organizaciones empresariales más planas y flexibles. A fines del año pasado fue anunciada públicamente una revisión de todas estas estructuras (Doimeadiós, Izquierdo y Albert, 2018) cuyos resultados, al momento de culminar este trabajo, aún no se habían dado a conocer.

Estas formas organizativas de tipo corporativo, con sus correspondientes unidades estratégicas de negocio, estructuras divisionales y unidades productivas, más que crearse para satisfacer requerimientos de control administrativo, deben ser consecuencia de las etapas del ciclo de vida por el que atraviesan las empresas y de la necesidad de buscar formas organizativas que les permitan alinear sus estructuras con las estrategias empresariales relativas a sus modalidades de crecimiento, tipos de diversificación, sinergia entre sus negocios, etc.

Entre los años 2013 y 2018 el número de empresas estatales se ha reducido en casi 460, según se refleja en la Tabla 1:

Tabla 1. Dinámica de las empresas estatales (2013-2018) 

Fuente: ONEI.

Si bien no puede afirmarse que esta disminución de empresas, dada por razones como fusiones, conversión de empresas en UEB y traspaso a formas cooperativas en sectores como la gastronomía, haya implicado necesariamente la contracción del tejido productivo, la reducción ocurrida en el tejido empresarial refleja una pérdida de capacidad de creación y desarrollo de empresas -en el caso de las estatales-, factor que debe seguirse con atención sobre todo en sus dimensiones territorial y ramal, dada la relación positiva existente entre dicha capacidad, crecimiento económico, productividad e innovación.

En abril del año 2014, mediante el Decreto Ley 320 y el Decreto 323, se actualiza el SDGE fijado en el Decreto Ley 252 y el Decreto 281, precedido por la promulgación escalonada por varios organismos de normas jurídicas para la elaboración del plan 2014 que implicaron importantes cambios.

Un resumen de estas normas muestra, entre otros, cambios dirigidos a separar funciones estatales y empresariales y otorgar mayor flexibilidad a la gestión de las empresas, algunos de ellos provenientes del antiguo SDPE:

  • La flexibilización de los objetos sociales de las empresas.

  • La reducción a siete de los indicadores directivos del plan empresarial y su aprobación por la OSDE.

  • La formación de precios según se tratase de compromisos planificados o excedentes de producción.

  • La creación -a partir de las utilidades después de impuestos- de reservas voluntarias con varios destinos (investigación y desarrollo, capacitación, estimulación, incremento del capital de trabajo, inversiones, etc.).

  • El incremento de un 30 a un 50 % de utilidades a retener.

  • La retención de la depreciación.

  • Eliminar las restricciones administrativas para la formación y distribución del salario por rendimiento.

  • La creación de fondos de compensación en las OSDE para atender situaciones financieras coyunturales.

Con estas decisiones, según declaraciones de funcionarios del GEPE (Cubadebate, 2014) se perseguía crear las condiciones para instaurar un modelo único de gestión y dirección empresaria refrendado a través de la aprobación de una Ley de Empresas a promulgarse entre 2015 y 2016. Aun después del reconocimiento explícito de la necesidad de una mayor autonomía empresarial se persistía en el enfoque de prescribir centralmente, en este caso con rango de ley, una única forma de gestionar las empresas estatales.

A fines de 2017 se refrendaron nuevas modificaciones parciales al marco regulatorio de la EEC a través del Decreto Ley 334 y los Decretos 334 al 336, acompañadas de un proceso de capacitación que se extendió a todo el sistema empresarial estatal durante 2018. Según declaraciones oficiales (Bugallo, 2017) esta legislación no constituía aún un paso definitivo en el marco legal de la EEC, sino una «fase intermedia» cuyo destino final sería la ya anunciada Ley de Empresas, aunque la nueva fecha de promulgación todavía no se ha precisado.

En un reciente análisis sobre estos últimos documentos y el posible contenido de una futura Ley de Empresas (Barrera y Blanco, 2018) se refleja una reducción del número de funciones y atribuciones respecto a las normativas promulgadas en 2007 (Tabla 2), aunque dicha reducción básicamente obedece a unificaciones o la integración en otras más abarcadoras.

Tabla 2. Funciones y atribuciones en el sistema empresarial estatal 

También se introducen modificaciones en la naturaleza de las relaciones entre las OSDE y las instituciones gubernamentales a las que antes se subordinaban, en tanto se estipula un cambio de la relación (de ente subordinado a ente atendido), así como el contenido de la atención. No obstante, se requerirán estudios para evaluar los resultados de estas normativas, incluido el tema de cómo se materializa en la práctica la diferencia entre los conceptos «subordinado» y «atendido».

De acuerdo con las críticas oficiales sobre la relación entre OSDE, empresas y UEB y el anuncio de su reanálisis, el tema de la necesaria autonomía de la EEC sigue sin concretarse. A ello se une que funciones empresariales «clásicas» como la selección de proveedores y clientes, decisiones de inversión, entre otras, no están aún en manos de las empresas.

Casi al concluir estas líneas se anunció (Figueredo, Izquierdo y Pérez, 2019) que sería aprobado otro conjunto de medidas (22) para propiciar un mejor desempeño de la EEC, divulgándose algunas como la creación de una institución financiera que asegure capital de trabajo y soporte financieramente vínculos de cooperación productiva entre empresas, la operación desde las empresas de los llamados esquemas cerrados de financiamiento y el incremento del pago de las utilidades a trabajadores de tres a cinco salarios medios, según el cumplimiento de los indicadores del plan. Algunas de estas medidas parecen retomar experiencias aplicadas en los noventa y deberá esperarse por su divulgación y puesta en práctica para evaluar su alcance y contribución a la autonomía empresarial.

2.1. Sobre la transformación de la EEC

En años recientes, varios economistas cubanos, como parte del debate sobre los retos de la economía nacional, sus transformaciones en curso y la necesidad de otras nuevas, se han pronunciado de forma crítica, pero también propositiva acerca de los problemas de la EEC y su contexto institucional, así como de las alternativas para su solución.6

Sin pretender, como se expresó al inicio de este trabajo, formular en este recuento una propuesta individual y detallada de cambios, lo que rebasaría con creces el límite de espacio disponible, a continuación se enuncian algunas de las que pueden considerarse como direcciones para la transformación de las EEC:

  • Marco legal: la promulgación de una ley de empresas para todos los actores económicos, bien en un cuerpo legal único o para cada actor (empresas estatales, PyMEs privadas, cooperativas, etc.) que contenga temas como su constitución, extinciones, formas legales, funciones y atribuciones principales; y debe derogarse la concepción vigente de fijar un único sistema de gestión, obligatorio para todas las empresas estatales.

  • Saneamiento financiero: la solución al problema monetario y cambiario y las modificaciones derivadas de dicha solución en las finanzas de las empresas estatales implicará acciones de desinversión, reestructuración, venta de activos y liquidación para el tratamiento financiero y laboral de las empresas con pérdidas, según las condiciones y potencialidades específicas en cada caso.

  • Desarrollo empresarial: el desarrollo de una empresa va más allá de lograr crecimientos coyunturales en sus ventas, activos, empleados. Implica lograr resultados sostenibles y equilibrados en dimensiones como la innovación, el emprendimiento, el uso de las TIC, la dirección estratégica empresarial e implementación de sistemas integrados de gestión, el desarrollo del capital humano, entre otras. Se trata de diseñar y poner en práctica desde las empresas programas de desarrollo acorde con sus peculiaridades tecnológicas, económicas, socioculturales, que empleen el amplio «herramental» disponible en el ámbito de la administración empresarial en condiciones de autonomía plena en la gestión.

  • Delimitación, más que separación de las funciones empresariales y estatales. Mientras exista una separación de funciones en la que las empresas no decidan en asuntos que por su naturaleza son de competencia empresarial, con los riesgos y responsabilidades correspondientes, no existirá la autonomía empresarial proclamada tantas veces a lo largo de más de treinta años sin la que no se alcanzará el estado deseado para la EEC.

  • Tamaño y estructuras organizativas: además de la revisión anunciada de las agrupaciones actuales, la intención de un tejido empresarial formado por grandes agrupaciones con complejas (y costosas) estructuras organizativas, a la usanza de las grandes corporaciones, debe dejar espacios también para la existencia de pequeñas y medianas empresas estatales no necesariamente agrupadas.

Estas direcciones no pueden desligarse para su concreción de la puesta en práctica de una serie de transformaciones en el contexto macroeconómico e institucional. Entre ellas y sin agotarlas todas se encuentran: la unificación monetaria y cambiaria; el desarrollo de la banca; un cambio sustancial del sistema de planificación vigente, incluida la reducción de los indicadores directivos del plan anual empresarial; las políticas e incentivos para la innovación; la sustitución de importaciones y la exportación y los sistemas de remuneración y otros incentivos al trabajo.

Además, se precisa del estudio de experiencias internacionales en el manejo, regulación y gobierno de las empresas del Estado y un incremento de investigaciones y consultorías que abarquen no solo temas específicos de la gestión empresarial y sus aplicaciones puntuales en determinadas empresas, sino que conduzcan a evaluaciones y recomendaciones más abarcadoras sobre la EEC a nivel nacional, ramal y territorial y en sus nexos con el resto del sistema empresarial cubano. Esto último supone una base estadística que soporte tales estudios.

CONCLUSIONES

Las transformaciones de la EEC en los últimos treinta años muestran una especie de péndulo de la autonomía con avances, retrocesos, implementación incompleta y regresos a etapas anteriores, marcados por alternancias entre centralización y descentralización con prevalencia de la primera. Aun en estos días, no obstante las valoraciones favorables emitidas recientemente sobre la EEC (Izquierdo, 2019) y las no pocas transformaciones en su sistema de gestión y marco regulatorio, particularmente en los últimos seis años, el sistema empresarial estatal enfrenta dificultades señaladas desde finales de los años ochenta en cuanto a competitividad, calidad de sus productos y servicios, inserción internacional, innovación y eficiencia operacional.

El propósito de alcanzar una alta competitividad de la empresa estatal en tanto actor económico fundamental de la economía cubana, no depende solo de modificaciones en sus estructuras organizativas y formas de agrupamiento, ni tampoco de procesos de mejora de su desempeño estratégico y operativo que además deben gestionarse desde la empresa. Prescribir desde el entorno regulador una única forma de gestionar una empresa, además de las rigideces del enfoque de planificación prevaleciente en un contexto de alta centralización y discrecionalidad en la asignación y manejo de los recursos en divisas, bajo las distorsiones que impone la dualidad monetaria y multiplicidad cambiaria, constituyen frenos a la autonomía.

Como consecuencia, los resultados y el ambiente empresarial que puedan alcanzarse al inicio de una implementación efectiva de buenas prácticas de gestión se irán perdiendo en la medida en que el entorno imponga obstáculos cuya superación no depende de la gestión de la empresa.

Tampoco será suficiente crear un contexto institucional y macroeconómico que propicie un entorno de negocios favorable, con políticas, regulaciones e incentivos que tiendan a facilitar el funcionamiento de la EEC. Existen sobradas evidencias en la práctica de la administración empresarial que confirman cómo la eficacia gerencial puede hacer la diferencia entre esfuerzos y resultados, entre empresas de un mismo sector de negocios y en igualdad de condiciones. Ambos factores (la empresa y su entorno) cuentan. Es necesario colocar en el centro de las transformaciones a la EEC con un programa para su desarrollo que abarque las direcciones anteriormente expuestas, que van desde su gestión interna y sus órganos de dirección hasta el contexto en el que se desempeña.

Esto debe suceder sin preterir al resto del sistema empresarial cubano, mientras se crean las condiciones para una interacción más efectiva entre todos los actores económicos y el fomento de una capacidad empresarial en el país. El desarrollo de empresas en Cuba, desde el protagonismo de la EEC hasta las restantes formas empresariales, sin excepciones, es condición indispensable para alcanzar las metas de desarrollo hacia 2030. Y también es indispensable el esclarecimiento, en la práctica, de qué se entiende por medios fundamentales de producción, en qué proporciones debe detentar el Estado la propiedad sobre estos medios y en qué ramas específicas de la producción y los servicios debe prevalecer el Estado como propietario.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Barrera, S. y H. Blanco(2018): «Reflexiones sobre una ley de empresas para Cuba», en Economía Cubana: entre cambios y desafíos, Instituto Juan Marinello, La Habana, pp. 140-152. [ Links ]

Bugallo, S.(2017): «Reglas nuevas, ¿empresas nuevas?», Juventud Rebelde, pp. 4 y 5. [ Links ]

Comisión del Sistema de Dirección y Planificación de la Economía(1988): «Decisiones adoptadas sobre algunos aspectos del Sistema de Dirección de la Economía», La Habana. [ Links ]

Cubadebate (2014): «Empresa estatal cubana: más autonomía, más posibilidades, más remuneración», ˂Cubadebate (2014): «Empresa estatal cubana: más autonomía, más posibilidades, más remuneración», ˂http://www.cubadebate.cu/especiales/2014/05/29/empresa-estatal-cubana-mas-autonomia-mas-posibilidades-mejor-remuneracion/ ˃ [30/05/2014]. [ Links ]

«Decreto Ley 252» (2007), Gaceta Extraordinaria n. o 41, La Habana. [ Links ]

«Decreto 281» (2007), Gaceta Extraordinaria n. o 41, La Habana. [ Links ]

«Decreto Ley 320» (2014), Gaceta Extraordinaria n. o 21, La Habana. [ Links ]

«Decreto 323» (2014), Gaceta Extraordinaria n. o 21, La Habana. [ Links ]

«Decreto Ley 334» (2017), Gaceta Extraordinaria n. o 58, La Habana. [ Links ]

«Decretos 334» (2017), Gaceta Extraordinaria n. o 58, La Habana. [ Links ]

«Decreto 335» (2017), Gaceta Extraordinaria n. o 58, La Habana [ Links ]

«Decreto 336» (2017), Gaceta Extraordinaria n. o 58, La Habana. [ Links ]

Díaz, I. y D.Echevarría (2009): «Análisis del proceso de Perfeccionamiento Empresarial: notas para un debate», ponencia en el Seminario Científico por el 20 aniversario del Centro de Estudios de la Economía Cubana, La Habana. [ Links ]

Doimeadiós, D; L. Izquierdo y B. Albert (2018): «Cuba redefinirá el próximo año su estructura empresarial», ˂ Albert (2018): «Cuba redefinirá el próximo año su estructura empresarial», ˂http://www.cubadebate.cu/especiales/2018/12/16/cuba-redefinira-el-proximo-ano-su-estructura-empresarial/#.XBenz2so_IU ˃ [17/12/2018]. [ Links ]

Echevarría, D. y H. Blanco(2002): «Apuntes sobre el proceso de Perfeccionamiento Empresarial», en La economía cubana en el 2001, Centro de Estudios de la Economía Cubana, Fundación Friedrich Ebert, La Habana, pp. 41-48. [ Links ]

Figueredo, O.; L. Izquierdo e I. Pérez(2019): «Cuba aprobará nuevas medidas para mejorar la eficiencia de las empresas estatales», ˂ Pérez(2019): «Cuba aprobará nuevas medidas para mejorar la eficiencia de las empresas estatales», ˂http://www.cubadebate.cu/noticias/2019/04/13/cuba-aprobara-nuevas-medidas-para-mejorar-la-eficiencia-de-las-empresas-estatales/ ˃ [14/04/2019]. [ Links ]

Gala León, M. d N.; J. Perdomo y B. Beatón(2014): «Perfeccionamiento empresarial: rompiendo barreras», ˂ Beatón(2014): «Perfeccionamiento empresarial: rompiendo barreras», ˂http://www.trabajadores.cu/20140420/perfeccionamiento-empresarial-rompiendo-barreras/˃ [22/04/2014]. [ Links ]

González, A. (1997): «Economía y sociedad: los retos del modelo económico», Revista Temas, n.o 11, julio-septiembre, pp. 4-29. [ Links ]

«El eslabón esencial del modelo económico cubano está en la empresa estatal socialista» (2019), Granma, ˂«El eslabón esencial del modelo económico cubano está en la empresa estatal socialista» (2019), Granma, ˂http://www.granma.cu/cuba/2019-04-02/el-eslabon-esencial-del-modelo-economico-cubano-esta-en-la-empresa-estatal-socialista-02-04-2019-22-04-53 ˃ [04/04/2019]. [ Links ]

Instituto Nacional de Investigaciones Económicas(s. f.): «Diagnóstico del Sistema Empresarial Cubano», La Habana. [ Links ]

Izquierdo, L. (2019) «Sistema empresarial cubano: cambios necesarios», ˂ (2019) «Sistema empresarial cubano: cambios necesarios», ˂http://www.cubadebate.cu/cuba/2019/02/01/sistema-empresarial-cubano-cambios-necesarios/ ˃ [03/02/2019]. [ Links ]

Lescaille, L.; H. León y Y.Orta(2010): «Vísteme despacio», ˂Orta(2010): «Vísteme despacio», ˂http://www.juventudrebelde.cu/cuba/2010-07-03/visteme-despacio/ ˃ [05/07/2010]. [ Links ]

Marichal, O. (2003): «El Perfeccionamiento Empresarial en las FAR. Resultado lógico del desarrollo de los modelos de gestión del sistema empresarial en Cuba», tesis de Maestría en Dirección, CETED-UH, La Habana. [ Links ]

Marquetti, H.(2001): «La empresa cubana: principales retos que enfrenta», en La economía cubana en el 2000. Desempeño macroeconómico y transformación empresarial, Centro de Estudios de la Economía Cubana, La Habana. [ Links ]

Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI)(2013-2018): «Anuario estadístico de Cuba», La Habana. [ Links ]

Partido Comunista de Cuba (PCC) (1997): «Resolución Económica del V Congreso del PCC», Granma, La Habana. [ Links ]

PCC (2001): Documentos del VI Congreso, La Habana. [ Links ]

PCC (2011): Lineamientos económicos y sociales del Partido y la Revolución, VI Congreso del PCC, La Habana. [ Links ]

PCC (2017): Documentos del VII Congreso, La Habana. [ Links ]

Pérez, A. y C. Díaz(1999): Lo que todo empresario cubano debe saber, Editorial Ciencias Sociales, La Habana. [ Links ]

Rodríguez, J. L.(2014): «Cuba y la compleja transformación de la empresa estatal», ˂(2014): «Cuba y la compleja transformación de la empresa estatal», ˂http://www.cubadebate.cu/opinion/2014/07/15/cuba-y-la-compleja-transformacion-de-la-empresa-estatal-i/ ˃ [16/07/2014]. [ Links ]

Triana, J.(1998): «Cuba, transformación económica 1990-1997: supervivencia y desarrollo en el Socialismo Cubano», tesis doctoral, Universidad de La Habana. [ Links ]

Vicerrectoría de Ciencias Económicas (1991): «Bases para una propuesta de perfeccionamiento empresarial», Universidad de La Habana. [ Links ]

NOTAS ACLARATORIAS

1Agradezco al colega Luis Marcelo Yera del INIE por proporcionarme el contenido de la entrevista que realizara en 2018 a antiguos funcionarios de la empresa ACINOX y al Dr. Miguel Alejandro Figueras, Premio Nacional de Economía, por sus valiosas aportaciones sobre esta etapa en el caso del sector turístico.

2Para un análisis exhaustivo de este proceso, consultar Marichal (2003).

3Entre los años 1999 y 2008 un equipo de profesores-consultores del CEEC, incluido al autor, estuvo implicado directamente en los procesos de capacitación, diagnóstico y elaboración del expediente de PE. Este trabajo es deudor de ese esfuerzo y de las vivencias de sus protagonistas.

4Este proceso fue liderado por el Ministerio de Educación Superior y su red de universidades e implicó acciones de capacitación, aseguramiento bibliográfico y asesorías a organismos y empresas en todo el país.

5Esto también se refleja, por ejemplo, en el enfoque seguido para reglamentar el trabajo por cuenta propia en cuanto a las actividades autorizadas a ejercerlo.

6Entre ellos debe mencionarse a Joaquín Infante, Juan Triana, Pedro Monreal, Joaquín Benavides, Luis Marcelo Yera, Humberto Pérez, Lázaro González, Ileana Díaz, Luis del Castillo y el autor de estas líneas, con una amplia producción de publicaciones y ponencias en eventos sobre la empresa estatal, sus problemas y los cambios necesarios.

Informe de Cuba en virtud de la resolución 74/7 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”

Julio 2020

Contenido 

Introducción.. 3 

1. Continuidad y recrudecimiento de la política de bloqueo6

1.1 Vigencia de las leyes del bloqueo. 6

1.2 Principales acciones del bloqueo adoptadas entre abril de 2019 y marzo de 2020. 8

1.3 Aplicación de la Ley Helms-Burton. Demandas presentadas. 11

2. El bloqueo viola los derechos del pueblo cubano14

2.1 Afectaciones en los sectores de mayor impacto social. 14

2.2 Afectaciones al desarrollo económico23

3.  Afectaciones al sector externo de la economía cubana31

3.1 Afectaciones al comercio exterior 31

3.2 Afectaciones al sector bancario y financiero. 34

4. El bloqueo viola el Derecho Internacional. Aplicación extraterritorial. 38

4.1 Afectaciones a entidades cubanas. 38

4.2. Otras afectaciones extraterritoriales. 39

5. Rechazo universal al bloqueo42

5.1 Oposición dentro de los Estados Unidos. 42

5.2 Oposición de la comunidad internacional. 50

Conclusiones58 

Introducción

El presente informe abarca el período comprendido entre abril de 2019 y marzo de 2020, marcado por un serio retroceso en las relaciones bilaterales Cuba-Estados Unidos (EE.UU.) y un progresivo recrudecimiento del bloqueo económico, comercial y financiero.

En este período, las numerosas regulaciones y disposiciones emitidas por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba alcanzaron niveles de hostilidad sin precedentes. La posibilidad de establecer demandas al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton; el incremento de la persecución de las transacciones financieras y comerciales de Cuba; la prohibición de vuelos desde EE.UU. hacia todas las provincias cubanas, con excepción de La Habana; la persecución e intimidación a las empresas que envían suministros de combustible a Cuba, y la campaña de descrédito contra los programas de cooperación médica cubana, constituyen algunos de los ejemplos más distintivos.

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Durante este período y en contravención de lo dispuesto por la resolución 74/7 de la Asamblea General y de muchas que le han antecedido, se registraron alrededor de 90 acciones y medidas económicas coercitivas impuestas por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba, con la intención de intervenir en los asuntos internos del país y en franco menoscabo de la libertad de comercio y navegación internacionales. De ese total, alrededor de la mitad fueron acciones concretas de bloqueo, que incluyeron multas y otros tipos de sanciones contra entidades estadounidenses o de terceros países, inserción de empresas cubanas en listas unilaterales, prorrogación de leyes y proclamas sobre el bloqueo, anuncios relacionados con la aplicación de los Títulos III y IV de la Ley Helms-Burton y cambios regulatorios. Otro grupo de medidas evidenció la aplicación extraterritorial del bloqueo o se correspondió con decisiones del Departamento de Estado contra nuestro país.

Resultan particularmente alarmantes los 5 paquetes de medidas adoptados en 2019 en función de vigilar e imponer medidas de castigo contra las empresas, buques y navieras que transportan combustibles hacia Cuba. En este sentido, se impusieron sanciones ilegítimas contra 27 compañías, 54 embarcaciones y 3 individuos vinculados al sector, ninguna de ellas de origen estadounidense o sujetas a la jurisdicción de ese país. Estas acciones agresivas del gobierno dpo de paz. Se trata de una nueva violación abierta y brutal de las normas y principios en los que se sustenta el sistema de relaciones internacionales, incluidas las normas internacionales del comercio. El gobierno estadounidense se ha dedicado a amenazar y chantajear a las empresas que suministran combustibles a Cuba, y ae EE.UU. constituyen un salto cualitativo en el recrudecimiento y aplicación de medidas no convencionales en tiem las que se dedican a su transporte internacional, sin contar para ello con autoridad jurídica o moral alguna.

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Todas estas medidas impactan fuertemente en las actividades económicas de Cuba, en particular, las relacionadas con operaciones de comercio exterior y las inversiones extranjeras. Esta situación ha obligado a Cuba a adoptar medidas coyunturales de emergencia, solo posibles en un país organizado, con una población unida y solidaria, dispuesta a defenderse de la agresión extranjera y a preservar la justicia social alcanzada. Las acciones emprendidas están encaminadas a impulsar la economía cubana y mitigar los efectos del bloqueo. Entre estas se incluyen más de veinte disposiciones encaminadas a fortalecer la empresa estatal socialista.

Ningún ciudadano o sector de la economía cubana escapa de las afectaciones derivadas del bloqueo, cual entorpece el desarrollo que cualquier país tiene derecho a construir de manera soberana. Es por ello que esta política unilateral constituye el principal obstáculo para la implementación del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de Cuba hasta 2030 (PNDES), así como para la consecución de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Para los cubanos residentes en el exterior, las regulaciones del bloqueo también constituyen obstáculos cotidianos. Se les impide abrir cuentas bancarias, utilizar determinadas tarjetas de crédito o realizar transacciones con normalidad, solo por poseer la nacionalidad cubana.

Como parte de su escalada agresiva, el gobierno de los EE.UU. también ejerció fuertes presiones sobre un grupo de países, particularmente de América Latina y el Caribe, con el objetivo de desmembrar el apoyo al proyecto de resolución contra el bloqueo presentado por Cuba ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, los días 6 y 7 de noviembre de 2019. A pesar de estas maniobras y chantajes, el resultado de la votación demostró, una vez más, el apoyo abrumador de la comunidad internacional a la causa cubana.

El bloqueo constituye una violación masiva, flagrante y sistemática de los derechos humanos de todas las cubanas y cubanos. Por su declarado propósito y el andamiaje político, legal y administrativo en el que se sustenta, califica como un acto de genocidio a tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948.

Desde abril de 2019 hasta marzo de 2020, el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden de los 5 mil 570.3 millones de dólares. Esto representa un incremento de alrededor de mil 226 millones de dólares con respecto al período anterior. Por primera vez, el monto total de las afectaciones ocasionadas por esta política en un año rebasa la barrera de los cinco mil millones de dólares, que ilustra hasta qué punto se ha intensificado el bloqueo en esta etapa. Las afectaciones calculadas no contemplan las acciones del gobierno de los EE.UU. en el contexto de la pandemia de la COVID-19, debido a que exceden el cierre del período analizado.

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A precios corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política ascienden a 144 mil 413.4 millones de dólares. Tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por más de un billón 98 mil 8 millones de dólares. Este valor representa un crecimiento del 19 por ciento  con respecto al período anterior, como resultado del incremento de la elevación del precio del oro en un 18.3 por ciento.

En este contexto, el azote de una pandemia global como la COVID-19 ha supuesto retos notables para Cuba, y los esfuerzos del país para combatirla se han visto sensiblemente limitados por las regulaciones del bloqueo estadounidense. El carácter genocida de esta política se ha reforzado en medio del enfrentamiento al nuevo coronavirus, puesto que el gobierno de los EE.UU. se ha valido de ella, y en particular de su componente extraterritorial, para privar deliberadamente al pueblo cubano de ventiladores pulmonares mecánicos, mascarillas, kits de diagnóstico, gafas protectoras, trajes, guantes, reactivos y otros insumos necesarios para el manejo de esta enfermedad. La disponibilidad de estos recursos puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte para los pacientes portadores del virus, así como para el personal de la salud que los atiende.

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Lo anterior no ha sido suficiente para el gobierno estadounidense, que también se ha lanzado en una cruzada para intentar desacreditar y obstaculizar la cooperación médica internacional que Cuba ofrece, divulgando calumnias y llegando al extremo de exigir a otros países que se abstengan de solicitarla, incluso en medio de la emergencia sanitaria creada por la COVID-19 en el mundo.  

A pesar de sus acciones, el gobierno de los EE.UU. no ha podido evitar que hasta el 1ro de julio de 2020, más de 3 mil colaboradores cubanos, organizados en 38 brigadas médicas, contribuyan en la lucha contra esta pandemia en 28 países y 3 territorios no autónomos. A estos esfuerzos se han sumado también los más de 28 mil profesionales cubanos de la salud que ya se encontraban brindando sus servicios en 59 naciones antes de la COVID-19.

A las acciones anteriores se suma el ataque terrorista perpetrado contra la Embajada de Cuba en los EE.UU., el 30 de abril de 2020. El silencio cómplice del gobierno de los EE.UU. y la incapacidad de denunciar o pronunciarse públicamente ante este acto terrorista, evidencian su compromiso con la instigación a la violencia y los mensajes de odio contra Cuba y sus nacionales, conducta que estimula la ejecución de actos de esta naturaleza. La pasividad política del gobierno de los EE.UU. ante un ataque con fusil de asalto contra una misión diplomática en la capital del país pone en entredicho el cumplimiento de sus obligaciones en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 1961.

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El 12 de mayo de 2020, el Departamento de Estado de EE.UU. notificó al Congreso su decisión de listar un grupo de países, incluida Cuba, entre los certificados bajo la Sección 40A (a) de la Ley de Control de Exportación de Armas como "países que no cooperan completamente" con los esfuerzos antiterroristas de EE.UU durante el 2019. Con esta acción, el gobierno estadounidense pretende esconder su historial de terrorismo de Estado contra Cuba, que ha sido un instrumento permanente de su política agresiva hacia la Isla.

En la actual coyuntura, en la que la humanidad enfrenta una crisis económica y social acentuada por la pandemia de la COVID-19, cuyas dimensiones nadie es capaz de vaticinar con certeza, se impone con más razón que nunca, que la comunidad internacional exija el levantamiento del bloqueo impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba, cual constituye el sistema de medidas coercitivas unilaterales más complejo y prolongado que se haya impuesto contra país alguno. 

1. Continuidad y recrudecimiento de la política de bloqueo

1.1 Vigencia de las leyes del bloqueo.

Las sucesivas medidas aplicadas contra Cuba y las reiteradas modificaciones a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos (CACR, por sus siglas en inglés) aplicadas por el gobierno de los EE.UU. en el período que comprende este informe, confirman la vigencia de las leyes y regulaciones que sustentan la política del bloqueo. Las agencias estatales y gubernamentales estadounidenses, incluidos los Departamentos del Tesoro y el Comercio de ese país, aplican con estricto rigor las legislaciones del Congreso y disposiciones administrativas que establecen la política del bloqueo. Las principales  se exponen a continuación:

  • Ley de Comercio con el Enemigo de 1917 (TWEA, por sus siglas en inglés): Su sección 5 (b) delega en el máximo jefe del Ejecutivo la posibilidad de aplicar sanciones económicas en tiempo de guerra o en cualquier otro período de emergencia nacional y prohibió el comercio con el enemigo o aliados del enemigo durante conflictos bélicos. En 1977, con la aprobación de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional se restringen las facultades del Presidente para imponer nuevas sanciones aludiendo situaciones de emergencia nacional. Sin embargo, la TWEA continuó aplicándose para Cuba y los sucesivos presidentes estadounidenses han prorrogado su aplicación. Al amparo de esta legislación, la más antigua de su tipo, se adoptaron las CACR en 1963. Cuba es el único país para el cual la TWEA se mantiene vigente. En 2017, 2018 y 2019, el presidente Trump renovó las sanciones contra Cuba en virtud de esta ley. 
  • Ley de Asistencia Exterior (1961): Autoriza al presidente de los EE.UU.  a establecer y mantener un “embargo” total al comercio con Cuba y prohibió el otorgamiento de cualquier ayuda al gobierno cubano. Establece además, que los fondos del gobierno de los EE.UU. destinados a la ayuda internacional y entregados a los organismos internacionales, no podrán ser utilizados para programas relacionados con Cuba; prohíbe conceder cualquier asistencia o beneficio a Cuba bajo esta u otra ley hasta que el Presidente determine que el país ha realizado acciones encaminadas a retornar a ciudadanos y empresas estadounidenses, no menos del 50 % del valor o una justa compensación, de las propiedades nacionalizadas por el gobierno cubano con posterioridad al triunfo de la Revolución.   
  • Proclama Presidencial 3447: Emitida el 3 de febrero de 1962 por el presidente John F. Kennedy, la proclama decreta el “embargo” total del comercio entre los EE.UU. y Cuba, en cumplimiento de la sección 620 (a) de la Ley de Asistencia Exterior. 
  • Regulaciones para el Control de Activos Cubanos del Departamento del Tesoro (1963): Estipulan el congelamiento de todos los activos cubanos en los EE.UU.; la prohibición de todas las transacciones financieras y comerciales, a menos que fuesen aprobadas por una licencia; la prohibición de exportaciones cubanas a los EE.UU.; la prohibición, a cualquier persona natural o jurídica de los EE.UU. o terceros países, de realizar transacciones en dólares estadounidenses con Cuba; entre otros. 
  • Ley para la Administración de las Exportaciones (1979): La Sección 2401 (b) (1) “Control de la Seguridad Nacional”, “Política hacia determinados Estados”, establece la Lista de Control del Comercio, en la cual el presidente de los EE.UU. mantiene a un número de países a los que se les podrán establecer controles de exportación especiales por consideraciones de seguridad nacional. Cuba está incluida en este listado. 
  • Regulaciones para la Administración de las Exportaciones (EAR por sus siglas en inglés, 1979): Establecen las bases de los controles generales para artículos y bienes de exportación, en consonancia con las sanciones impuestas por el gobierno de los EE.UU. Instauran una política general de denegación de licencias para las exportaciones y reexportaciones a Cuba. 
  • Ley para la Democracia Cubana o Ley Torricelli (1992): Prohíbe a las subsidiarias de compañías estadounidenses en terceros países, comerciar bienes con Cuba o nacionales cubanos. Prohíbe a los barcos de terceros países que toquen puerto cubano, entrar a territorio estadounidense en un plazo de 180 días, excepto aquellos que tengan licencia del Secretario del Tesoro. 
  • Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas o Ley Helms-Burton (1996): Codifica las disposiciones del bloqueo y amplía su alcance extraterritorial, mediante la imposición de sanciones a directivos de empresas extranjeras que realicen transacciones con propiedades estadounidenses nacionalizadas en Cuba y la posibilidad de presentar demandas en tribunales de los EE.UU. Asimismo, limitó las prerrogativas del Presidente para suspender el bloqueo. Por primera vez en la historia, el 2 de mayo de 2019 el gobierno estadounidense anunció que se permitiría la presentación de demandas en cortes de EE.UU. al amparo de esta legislación. 
  • Sección 211 de la Ley de Asignaciones Suplementarias y de Emergencia para el año fiscal 1999: Prohíbe el reconocimiento por los tribunales estadounidenses de los derechos de empresas cubanas sobre marcas asociadas a propiedades nacionalizadas. 
  • Ley de Reforma a las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones (2000): Autoriza la exportación de productos agrícolas a Cuba, condicionada al pago en efectivo por adelantado y sin financiamiento de los EE.UU. Prohíbe los viajes de estadounidenses con fines turísticos a Cuba, al definir la “actividad turística” como cualquier actividad relacionada con viajar hacia, desde o dentro de Cuba que no estuviese expresamente autorizada en la sección 515.560 del Título 31 del Código de Regulaciones Federales. Limita los viajes a las 12 categorías autorizadas al momento en que se promulgó esta legislación.

1.2 Principales acciones del bloqueo adoptadas entre abril de 2019 y marzo de 2020.

 Entre abril de 2019 y marzo de 2020, los Departamentos del Tesoro y el Comercio de los EE.UU., en consonancia con la política de hostilidad proclamada por el gobierno de Donald Trump, introdujeron cambios regulatorios al amparo de las leyes del bloqueo contra Cuba. A las afectaciones derivadas de estas modificaciones, principalmente en el sector de los viajes y las finanzas, se sumaron los mecanismos de persecución de las operaciones de Cuba en terceros países, lo que trae consigo un alto efecto disuasivo e intimidatorio para las contrapartes extranjeras, con los consiguientes daños para la economía cubana. 

En el período que comprende este informe, la Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) impuso 12 penalidades a entidades estadounidenses y de terceros países por violar las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. El monto de estas penalidades superó los 2 mil 403 millones 985 mil 125 dólares. 

A continuación, se exponen las principales acciones de bloqueo registradas en el período analizado: 

El 5 de abril de 2019, la OFAC del Departamento del Tesoro incluyó en su lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN, por sus siglas en inglés) a 34 embarcaciones propiedad de la petrolera venezolana PDVSA, así como a otras dos compañías extranjeras, por enviar crudo a Cuba.

El 9 de abril de 2019, la OFAC impuso una sanción al Standard Chartered Bank, entidad del sector bancario-financiero con sede en Gran Bretaña. Este banco tuvo que pagar 639 millones 23 mil 750 dólares por aparentes violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos y de otros programas de sanciones. 

El 11 de abril de 2019la OFAC impuso sanciones a las compañías del sector petrolífero con sede en Gran Bretaña, 2H OFFSHORE y ACTEON GROUP Ltd., ante violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. El monto a pagar por ambas entidades fue de 227 mil 500 y 213 mil 866 dólares, respectivamente. 

El 12 de abril de 2019, la OFAC penalizó a 4 empresas y 9 buques que operan en el sector petrolífero de Venezuela, algunos de los cuales habrían transportado petróleo a Cuba. 

El 15 de abril de 2019, la OFAC impuso penalidades a las compañías del sector bancario financiero UniCredit Bank AG (Alemania) UniCredit Bank Austria (Austria) y UniCredit Bank SpA (Italia), por un monto de mil 300 millones de dólares. Estas instituciones habrían realizado transferencias bancarias violatorias a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. 

El 17 de abril de 2019, el secretario de Estado de los EE.UU., Mike Pompeo, anunció la activación total del Título III de la Ley Helms-Burton a partir del 2 de mayo de 2019. Con ello, se abrió la posibilidad de tomar acción en tribunales de EE.UU. ante demandas judiciales presentadas al amparo de esa ley, contra inversionistas extranjeros y quienes sostuvieran relaciones comerciales con Cuba. 

El 24 de abril de 2019, el Departamento de Estado actualizó la Lista de Entidades Cubanas Restringidas, mediante la inclusión de 5 nuevas entidades, para un total de 216. En julio, se anunció una nueva actualización de esta lista, con la adición de 2 nuevas entidades, alcanzando un total de 218. El listado se actualizó por tercera vez el 15 de noviembre de 2019, con la incorporación de 5 nuevas entidades, con lo cual se llegó a un total de 223. 

El 4 de junio de 2019, la OFAC y el Buró de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento de Comercio anunciaron cambios regulatorios en la política hacia Cuba, fundamentalmente dirigidos al sector de los viajes. Las medidas incluyeron la eliminación de los viajes “pueblo a pueblo” y la aplicación de una política de denegación de licencias para los viajes de transporte de pasajeros (cruceros), las embarcaciones recreativas y las aeronaves privadas. También se dispuso que los viajeros estadounidenses que lleguen a Cuba bajo cualquiera de las 12 categorías autorizadas no puedan realizar transacciones financieras directas con empresas incluidas en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas. 

El 13 de junio de 2019, la OFAC impuso penalidades a las compañías estadounidenses EXPEDIA GROUP INC., HOTELBEDS USA INC. y CUBASPHERE INC. por violaciones a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. Las tres penalidades correspondieron a transacciones relacionadas con viajes o servicios de viajes a Cuba. 

El 3 de julio de 2019, el Departamento del Tesoro incluyó a la empresa CUBAMETALES en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN), ante el involucramiento de la entidad cubana en la importación de petróleo proveniente de Venezuela.  

El 6 de septiembre de 2019, la OFAC actualizó las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos al imponer un límite de hasta mil dólares por trimestre a las remesas familiares, eliminar las remesas de donación (no familiares) y suspender las transferencias relacionadas con Cuba que tengan su origen y destino fuera de los EE.UU. (transacciones U-Turn). 

El 13 de septiembre de 2019, el presidente Donald Trump prorrogó por un año más la vigencia para Cuba de la Ley de Comercio con el Enemigo.   

El 17 de septiembre de 2019, la OFAC incluyó en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) a 3 individuos (2 de nacionalidad colombiana y 1 italiana) y 17 compañías (12 basadas en Colombia, 4 en Panamá y 1 en Italia), al alegar que estuvieron involucradas en el transporte de petróleo a Cuba. 

El 24 de septiembre de 2019, la OFAC incluyó en la Lista de Nacionales Especialmente Designados a 4 compañías (3 panameñas y una chipriota) y 4 buques relacionados con el transporte de petróleo venezolano a Cuba. 

El 1 de octubre de 2019, la OFAC impuso una penalidad de 2 millones 718 mil 581 dólares a la compañía GENERAL ELECTRIC (GE), con sede en Boston, Massachusetts, por aparentes violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. 

El 18 de octubre de 2019, el Buró de Industria y Seguridad del Departamento del Comercio anunció enmiendas a las Regulaciones para la Administración de Exportaciones (EAR). Las nuevas medidas incluyeron una política general de denegación de licencias para el arrendamiento de aeronaves a aerolíneas estatales cubanas; el impedimento de reexportación a Cuba de artículos extranjeros que contengan más de un 10 por ciento de componentes estadounidenses; la revisión de la Excepción de Licencia “Apoyo al Pueblo Cubano” para que no se puedan realizar determinadas donaciones al gobierno de Cuba y el Partido Comunista de Cuba; la eliminación de la autorización para la exportación de artículos promocionales que “benefician generalmente al gobierno de Cuba”, así como nuevas restricciones a la exportación de bienes relacionados con las telecomunicaciones. 

El 25 de octubre de 2019, el Departamento de Transporte anunció la suspensión de todos los vuelos de aerolíneas estadounidenses desde los EE.UU. a Cuba, con excepción de los dirigidos al Aeropuerto Internacional “José Martí” de la Habana. Con la medida, que entró en vigor el 10 de diciembre, se suspendieron todos los vuelos estadounidenses hacia nueve aeródromos cubanos. 

En octubre de 2019, los más importantes dirigentes de la cadena hotelera española MELIÁ HOTELS INTERNATIONAL S.A., incluyendo su Director Ejecutivo (Chief Executive Officer en inglés), recibieron notificaciones del Departamento de Estado en las que se les informó la prohibición de entrada a los EE.UU., como consecuencia de la aplicación del Título IV de la Ley Helms-Burton. 

El 26 de noviembre de 2019, la OFAC anunció la inclusión de la empresa cubana Corporación Panamericana S.A. en la Lista de Nacionales Especialmente Designados. 

El 3 de diciembre de 2019, la OFAC anunció mediante comunicado oficial la inclusión de 6 buques (uno de bandera panameña y el resto venezolana) en la Lista de Nacionales Especialmente Designados por transportar crudo a Cuba. 

El 9 de diciembre de 2019, la OFAC anunció la aplicación de medidas coercitivas contra las compañías ALLIANZ GLOBAL RISKS US INSURANCE COMPANY, con sede en EE.UU., y CHUBB LIMITED, con sede en Suiza, por el monto de 170 mil 535 y 66 mil 212 dólares, respectivamente. Las medidas se debieron a aparentes violaciones a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos, por realizar transacciones y otras operaciones relacionadas con los seguros de viajes a Cuba. 

El 10 de enero de 2020, el Departamento del Transporte suspendió todos los vuelos chárteres entre los EE.UU. y Cuba, excepto los dirigidos al Aeropuerto Internacional “José Martí” de La Habana. Además, se impuso un límite al número de vuelos chárter dirigidos a este aeropuerto.  

El 25 de febrero de 2020, el presidente Donald Trump emitió una notificación que extiende por un año el Estado de Emergencia Nacional relacionado con Cuba, declarado por el presidente William Clinton el 1ro de marzo de 1996. 

El 26 de febrero de 2020, entró en vigor la nueva normativa de la compañía estadounidense WESTERN UNION, que elimina la posibilidad de enviar remesas a Cuba desde terceros países.

1.3 Aplicación de la Ley Helms-Burton. Demandas presentadas. 

Desde su entrada en vigor en 1996, la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democráticas Cubanas, también conocida como Helms-Burton, codificó el bloqueo contra Cuba y fortaleció su alcance extraterritorial. Además de buscar la imposición de un gobierno en Cuba subordinado directamente a los intereses de Washington, esta legislación pretendió internacionalizar el bloqueo por medio de medidas coercitivas contra terceros países, a fin de interrumpir sus relaciones comerciales y de inversión con Cuba. 

Su título III permite a los antiguos dueños de propiedades que fueron nacionalizadas en Cuba, incluyendo ciudadanos cubanos devenidos con el tiempo en estadounidenses, la posibilidad de demandar ante los tribunales de EE.UU. a los que de alguna forma tuvieran contactos con dichas propiedades, a lo cual la ley llamó “tráfico”. Este término incluye, según la propia legislación, a todo aquel que “traspasa, distribuye, reparte, revende o de otra forma enajena una propiedad confiscada; o compra, recibe o adquiere una propiedad confiscada, o de otra forma asume el control de esta; o introduce mejoras, o invierte en una propiedad confiscada; o si después de la fecha de promulgación de la presente ley asume la administración, el arrendamiento, la tenencia o la explotación de una propiedad confiscada o posee intereses en una propiedad confiscada; celebra un acuerdo comercial en el que utiliza o de otra forma explota en su provecho una propiedad confiscada; provoca o dirige el tráfico descrito en los apartados o por otra persona, o participa en él o se beneficia de él, o de otro modo realiza el tráfico por mediación de otra persona, sin la autorización del nacional de los Estados Unidos que posee una reclamación de dicha propiedad”. 

La posibilidad de demandar a los supuestos beneficiarios del “tráfico” había sido suspendida consistentemente cada seis meses desde 1996 por todas los presidentes de los EE.UU., incluido el propio presidente Donald Trump. Con el propósito de asfixiar a la economía cubana y aumentar las carencias de la población, la Ley Helms-Burton ha trascendido como un mecanismo de presiones brutales e ilegales del gobierno de los EE.UU. no solo contra Cuba, sino también contra terceros países, sus gobiernos y empresas. Sus pretensiones son ilegítimas y contrarias al Derecho Internacional. 

Por primera vez en 23 años, el 2 de mayo de 2019 se iniciaron procesos legales al amparo de la Ley Helms-Burton. Hasta el 31 de marzo de 2020, se habían presentado un total de 25 demandas, de las cuales 3 fueron retiradas y 22 se mantienen en curso. Esta política ha afectado a empresas estadounidenses y de terceros países que han realizado o realizan negocios con Cuba. A continuación, se relacionan algunos ejemplos: 

  • El 27 de agosto de 2019, cinco nuevas demandas fueron presentadas contra compañías de cruceros. HAVANA DOCKS presentó demandas contra: MSC CRUISES SA (compañía suiza) y su filial estadounidense, así como contra ROYAL CARIBBEAN CRUISES y NORWEGIAN CRUISE LINE HOLDINGS (ambas estadounidenses). Estas dos últimas compañías también fueron demandadas por Javier García Bengochea, quien alega ser dueño de unos muelles en el puerto de Santiago de Cuba. 
  • El 26 de septiembre de 2019, la compañía tecnológica y logística AMAZON y la compañía FOGO CHARCOAL fueron demandadas en una corte de Miami por Daniel González, nieto de Manuel González Rodríguez, supuesto antiguo dueño de una porción de tierra cubana nacionalizada donde se produce el carbón vegetal artesanal, que luego se exporta al mundo y se vende a través de AMAZON en su plataforma digital. 
  • El 30 de septiembre de 2019, Robert Glen presentó una demanda contra las empresas estadounidenses TRIP ADVISOR, ORBITZ, TRIP NETWORK, CHEAPTICKETS y KAYAK, así como contra la compañía holandesa BOOKINGS.COM, en la Corte Federal de Delaware. El demandante alega ser el heredero de terrenos nacionalizados en Varadero, relacionados con hoteles operados por las empresas IBEROSTAR, MELIÁ, BLAU y STARFISH, los cuales se encuentran en la base de datos de las citadas compañías de reservas online. Unos días más tarde, el 4 de octubre de 2019, Robert Glen presentó otra demanda ante la Corte del Distrito de Delaware contra las compañías VISA y MASTERCARD, alegando que las mismas facilitan pagos o transacciones mediante tarjetas de crédito en los hoteles mencionados anteriormente. 
  • El 14 de enero de 2020, Marlene Cueto Iglesias presentó una demanda contra PERNOD RICARD (compañía francesa) en la Corte del Distrito Sur de la Florida. La demandante alega ser heredera de la compañía COÑAC C.I.A, nacionalizada en 1963. La reclamación se basa en los supuestos derechos de propiedad que posee el demandado sobre la marca Havana Club. 
  • El 17 de abril de 2020, los herederos de Roberto Gómez Cabrera presentaron una demanda ante la Corte del Distrito Sur de Florida. La demandada es la compañía canadiense TECK RESOURCES LIMITED. Los demandantes alegan que dicha compañía explota desde 1996 varias minas en El Cobre y sus localidades, las cuales supuestamente fueron propiedad de Roberto Gómez Cabrera. 

Es importante señalar que Cuba, como parte de un proceso legítimo de transformación económica y social, que incluyó el régimen de propiedad, llevó a cabo una serie de nacionalizaciones conforme al Derecho Internacional vigente. Además, el gobierno cubano indemnizó a todo aquel ciudadano cubano cuyos bienes expropiados no fueron resultado de conductas criminales violatorias del ordenamiento jurídico, y a los que con motivo de las nacionalizaciones tampoco incurrieron en dichas conductas. 

Respecto a los ciudadanos extranjeros cuyas propiedades fueron nacionalizadas, Cuba concluyó acuerdos de compensación global con todos los Estados cuyos nacionales se vieron afectados, con la excepción de EE.UU. El gobierno de ese país se negó a entablar un proceso de negociación en búsqueda de acuerdos de compensación que resultaran justos para sus nacionales. 

La Ley 80 de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba en diciembre de 1996,  establece que la normativa estadounidense es inaplicable y no tiene valor ni efecto jurídico alguno en el territorio nacional cubano. Reafirma la disposición del gobierno de Cuba de buscar una adecuada y justa compensación por los bienes expropiados a las personas naturales y jurídicas que en ese momento ostentaban la ciudadanía o nacionalidad de los EE.UU. Además, ofrece garantías totales a los inversionistas extranjeros en Cuba, en tanto su artículo 5 refiere que el gobierno estará capacitado para adoptar “las disposiciones, medidas y facilidades adicionales que resulten necesarias para la total protección de las actuales y potenciales inversiones extranjeras en Cuba y la defensa de los legítimos intereses de estas frente a las acciones que pudieran derivarse de la Ley Helms-Burton”. 

De igual forma, la Constitución de la República dispone que “el Estado promueve y brinda garantías a la inversión extranjera, como elemento importante para el desarrollo económico del país, sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales, así como del respeto a la soberanía e independencia nacionales”. 

2. El bloqueo viola los derechos del pueblo cubano

2.1 Afectaciones en los sectores de mayor impacto social.

Como se ha señalado anteriormente, el bloqueo constituye el principal obstáculo para la implementación del PNDES, de la Agenda 2030 y sus ODS en Cuba. Incluso aquellos sectores donde nuestro país ostenta resultados reconocidos internacionalmente, como en la salud y la educación, entre otros, no están exentos de severas afectaciones provocadas por la política de EE.UU. contra la Isla.

El sector de la salud ha permanecido invariablemente entre las prioridades del gobierno cubano, que en 2019 destinó el 27.5 por ciento del gasto social presupuestado a esta esfera. A pesar de los esfuerzos realizados para garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención, protección y recuperación a todos los ciudadanos, el impacto del bloqueo en este sector es cuantioso. Desde abril de 2019 hasta marzo de 2020, esta política ha causado pérdidas a esta esfera en el orden de los 160 millones 260 mil 880 dólares. Los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política alcanzan la cifra de 3 mil 074 millones 033 mil 738 dólares en el sector de la salud.

El bloqueo niega el acceso a tecnologías médicas de procedencia estadounidense o con más de un 10 por ciento de componentes provenientes de ese país, lo cual tiene impactos negativos en la atención a la salud de los cubanos. En muchos casos no se pueden obtener las nuevas tecnologías que permiten una mayor precisión en los diagnósticos, tratamientos y rapidez en la recuperación de los pacientes con intervenciones menos invasivas. Esta política también afecta la ejecución de importantes Programas Nacionales de Salud, como el de Atención Materno Infantil, Atención al Paciente Grave, Programa Integral para el Control del Cáncer, así como varios programas dirigidos a la  prevención y el control de Enfermedades No Transmisibles, entre otros.

El impacto negativo del bloqueo se agrava y resulta más cruel en el contexto actual de enfrentamiento a la pandemia de la COVID-19. Esta política supone una presión adicional para nuestro sistema de salud pública, al dificultar la adquisición de   materiales, equipos y otros insumos que se requieren con urgencia para salvar vidas.

Se destaca el caso, dado a conocer en marzo de 2020, de un donativo de ventiladores pulmonares mecánicos, kits de diagnóstico, mascarillas y otros insumos médicos necesarios para enfrentar la COVID-19, enviado por la compañía china ALIBABA, el cual no pudo arribar a territorio cubano. La empresa transportista contratada se negó a enviar el cargamento a Cuba, alegando que su principal accionista era una sociedad estadounidense, por lo que estaba sujeta a las regulaciones del bloqueo.

 

Otro lamentable ejemplo es el relacionado con las compañías suizas IMT MEDICAL AG y ACUTRONIC MEDICAL SYSTEMS AG, cuales alegaron las sanciones del bloqueo para negarse a entregar a Cuba ventiladores pulmonares mecánicos de alta tecnología, esenciales para el tratamiento de los pacientes afectados por el nuevo coronavirus. Estas dos empresas, consideradas líderes mundiales en el desarrollo y la fabricación de estos equipos médicos, han realizado negocios con Cuba en el pasado. Ambas fueron adquiridas por la compañía VYAIRE MEDICAL INC., con sede en Illinois, EE.UU., y por consiguiente se han visto obligadas a suspender toda relación comercial con nuestro país. 

También en abril de 2020, se conoció que los bancos suizos UBS, Banque Cler y Banco Cantonal de Basilea se negaron a transferir donaciones realizadas por las organizaciones de solidaridad helvéticas MediCuba-Suiza y Asociación Suiza-Cuba, simplemente porque el nombre de la Isla aparecía mencionado en el registro de las transacciones. Estas donaciones estaban destinadas a apoyar el proyecto de ayuda de urgencia #CubavsCovid19, que pretendía recoger fondos para el envío de reactivos para los test de diagnóstico y equipos de protección necesarios en las labores de enfrentamiento a la pandemia de la COVID-19. 

Por otro lado, el gobierno de EE.UU., con su decisión de arremeter contra la cooperación médica cubana, amenaza el disfrute del derecho a la salud de millones de seres humanos, los cuales se han visto beneficiados por el trabajo de los médicos cubanos en diversas latitudes. Durante el período analizado, con las afectaciones causadas a acuerdos bilaterales firmados por Cuba con varios países de la región de las Américas, se ha perjudicado gravemente la atención médica a 67 millones de personas. La comunidad internacional ha reconocido en múltiples ocasiones la profesionalidad y el altruismo de los más de 400 mil colaboradores cubanos de la salud que en 60 años han cumplido misiones en 164 naciones. 

Esta campaña de descrédito ejecutada por el gobierno estadounidense es inmoral en cualquier circunstancia, pero resulta particularmente ofensiva para Cuba y el mundo en medio de una pandemia global como la COVID-19. En este escenario, mientras la actual administración de los EE.UU. se ensaña en críticas y acusaciones contra la Isla, más de una treintena de brigadas médicas cubanas han sido enviadas a varios países y territorios afectados por el coronavirus, con el objetivo de contribuir a la lucha contra esta enfermedad. Cuba está convencida de que el momento reclama cooperación y solidaridad, por lo que también comparte los resultados de investigaciones científicas con otros países como es el caso del fármaco Interferón Alfa-2B Recombinante, el cual ha demostrado ser efectivo en el tratamiento de la COVID-19. 

Como se ha señalado en informes anteriores, a Cuba se le niega el derecho de adquirir tecnologías, materias primas, reactivos, medios de diagnóstico, medicamentos, dispositivos, equipos y piezas de repuesto necesarios para el mejor funcionamiento de su sistema de salud pública.  No contar con el medicamento o la tecnología idónea para la atención de una enfermedad, en el momento necesario para salvar una vida, causa sufrimiento y desesperación en los pacientes y sus familiares. Ese dolor no podrá jamás ser cuantificado. 

Durante el periodo analizado la Empresa Importadora y Exportadora de Productos Médicos (MEDICUBA S.A.) contactó a las siete compañías que forman parte de su Cartera de Proveedores[1] y además a otras 50 empresas. En febrero de este año, cuando la empresa cubana se dirigió a sus proveedores solicitando actualizar la documentación para dar continuidad a las relaciones comerciales, cinco de estas compañías no respondieron. Solamente ELI LILLY y BAYER emitieron respuesta, la primera, rechazando continuar como proveedor de MEDICUBA, mientras que la segunda, informó que debía solicitar una nueva licencia OFAC para los nuevos contratos. Por tal motivo, MEDICUBA se vio obligada a contratar en otros mercados el anticonceptivo Mesigyna y el medicamento Loperamida (indicado para el control sintomático de la diarrea aguda y crónica). Esto generó un considerable desabastecimiento de dichos fármacos en nuestro país y por consiguiente importantes gastos adicionales. 

Otros ejemplos de afectaciones ocasionadas por el bloqueo al sector de la salud en el período analizado son: 

  • El 30 de agosto de 2019, la compañía Sanzyme Private Limited, de la India, se negó a aceptar los documentos de embarque de una operación comercial de MEDICUBA, relativa a la compra del medicamento Progesterona 50 mg, lo cual provocó atrasos en el envío y entrega del mismo. La progesterona se utiliza en el Programa de Reproducción Asistida para evitar el parto prematuro o la amenaza de aborto, y para el tratamiento del síndrome premenstrual y del desequilibrio hormonal en mujeres, como la amenorrea y la hemorragia uterina disfuncional. 
  • El 3 de diciembre de 2019, la compañía NUTRICIA se negó a entregar al suministrador de MEDICUBA un pedido de suplementos nutricionales y alimentos para uso médico, especiales en el manejo dietético de trastornos y enfermedades, alegando la activación del Título III de la Ley Helms-Burton. NUTRICIA es una compañía multinacional establecida en los Países Bajos, que opera a través de marcas comerciales tan conocidas como NUTRICIA, COW&GATE, MILUPA, SHS, GNC y ENRICH. 
  • En el período, la empresa MEDICUBA contactó a 50 compañías estadounidenses para indagar sobre las posibilidades de importar medicamentos, equipos y otros insumos necesarios para nuestro Sistema de Salud Pública. La gran mayoría no reaccionó y tres de estas (WATERS CORPORATION, DEXCOM y la filial estadounidense de ROYAL PHILIPS N.V.) respondieron argumentando que no podían establecer vínculos comerciales con entidades cubanas debido al bloqueo. 
  • En el caso de la empresa ROYAL PHILIPS N.V., se le solicitaron 80 equipos de Sistema Laser Excimer CVX-300, utilizado para la angioplastia coronaria, también llamada intervención coronaria percutánea, procedimiento mínimamente invasivo que se utiliza para abrir las arterias obstruidas del corazón. La compañía respondió que no se encuentra en condiciones de establecer relaciones comerciales con MEDICUBA a causa de las restricciones regulatorias y de control de exportaciones impuestas por el gobierno de los EE.UU. 
  • La mayoría de las compañías contactadas por MEDICUBA no respondieron a las solicitudes de la entidad cubana. Como resultado, no se pudieron adquirir medicamentos y equipos comercializados por estas empresas, que habrían sido muy  beneficiosos para el sistema de salud cubano, particularmente en áreas como la oncología y la pediatría. Entre ellos se encuentran los siguientes: 
  • FARMACÉUTICA JANSEN, filial de JOHNSON & JOHNSON: se le solicitó el Acetato de Abiraterona, para el tratamiento del cáncer de próstata resistente a la castración. No se obtuvo respuesta. 
  • FARMACÉUTICA PFIZER: se le solicitó el medicamento Palbociclib, para el tratamiento del cáncer de mama metastásico hormonosensible, así como el Sunitinib, para el tratamiento del carcinoma renal metastásico, y el Crizotinib, para tratar el cáncer de pulmón. No se obtuvo respuesta. 
  • FARMACÉUTICA MERCK SHARP & DOHME (MSD): se le solicitó el Pembrolizumab (Anticuerpo Anti PD-l1), para el tratamiento del melanoma metastásico, cáncer de pulmón, cáncer de vejiga, linfoma de Hodgkin y otros. También se le solicitó el fármaco Golimumab, que es el medicamento biológico más avanzado para el tratamiento de la artritis reumatoide, artritis psoriásica y espondilitis anquilosante, condiciones en que el sistema inmunológico ataca las articulaciones causando dolor, rigidez y restricciones de movimiento. No se obtuvo respuesta. 
  • FARMACÉUTICA SEATTLE GENETICS: se le solicitó el Brentuximab vedotin, para el tratamiento del linfoma de Hodgkin refractario post trasplante. No se obtuvo respuesta.

 FARMACÉUTICA BAXTER INTERNATIONAL INC: se le solicitaron las líneas pediátricas arteriales y venosas, filtros hidrofóbicos, catéteres de hemodiálisis transitorios de 6fr y 6.5fr para niños pequeños, dializadores pediátricos, bolsas de diálisis de 500 cc y catéteres de Tenckhoff de 25 a 28cm, utilizados para recién nacidos y lactantes con insuficiencia renal aguda. No se obtuvo respuesta. 

  • Se contactó con la empresa estadounidense NANOSTRING TECHNOLOGIES para la adquisición de equipamiento con tecnología Illumina, que permite secuenciar el genoma integro de un tumor maligno y definir alteraciones moleculares relacionadas con tratamientos específicos y también se utiliza para el diagnóstico molecular de otras enfermedades. No se obtuvo respuesta. 

El bloqueo impacta de manera desgarradora en las personas con discapacidad, al tratarse de un grupo poblacional en situación de vulnerabilidad dentro de la población, que sufre particularmente las restricciones que impone esta política estadounidense.

  • A Cuba se le niega la adquisición de prótesis auditivas con tecnología de punta, incluyendo las baterías y las piezas de repuesto, dado que las mismas poseen algún componente estadounidense. Resulta casi imposible acceder a diferentes equipos de alarmas creadas para las personas sordas, tales como alarmas de bebé, relojes despertadores, relojes de pulsera, timbres lumínicos, entre otros, dado que los equipos más asequibles tienen en su composición más de un 10 por ciento de material estadounidense. 
  • La donación realizada por la organización estadounidense Joni & Friends no pudo ser entregada a más de 400 miembros de la Asociación Cubana de Limitados Físico-Motores (ACLIFIM) radicados en las provincias de Holguín y Ciego de Ávila, por las restricciones de los viajes de EE.UU. a Cuba.

 La rama de la alimentación y la agricultura constituye la base para alcanzar la seguridad y la soberanía alimentarias, dos metas que se encuentran entre las prioridades del gobierno cubano y están directamente vinculadas al cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. 

Si bien el Estado cubano destina cuantiosos recursos y esfuerzos a este sector, en tanto la producción de alimentos para satisfacer las demandas de la población constituye una prioridad, las afectaciones del bloqueo en este ámbito son notables.  Entre abril de 2019 y marzo de 2020 se contabilizan daños por un valor aproximado de 428 millones 894 mil 637 dólares. 

Muchas de esas afectaciones se habrían evitado si las empresas cubanas pudieran acceder al mercado de los EE.UU. Esto resultaría muy ventajoso dados sus precios y cercanía, y teniendo en cuenta que las industrias estadounidenses son capaces de abastecer a las entidades cubanas de muchas de las materias primas, materiales y equipamientos necesarios para modernizar sus líneas de producción. 

A continuación, se exponen algunos ejemplos de afectaciones en esta esfera: 

  • La empresa cubana Bravo se vio afectada por la imposibilidad de adquirir 2 mil 700 toneladas de carne en el mercado de EE.UU., por un precio de 2 mil 213 dólares la tonelada. La entidad se vio obligada a recurrir a otros proveedores con precios superiores, incurriendo en gastos adicionales de alrededor de un millón 296 mil dólares.

 

  • La empresa importadora de alimentos, ALIMPORT, registró afectaciones significativas debido a los elevados precios del pollo congelado en mercados geográficamente distantes, en comparación con el mercado de EE.UU., al cual le fue imposible acceder en el periodo analizado. Los precios de este producto en los mercados a los que la entidad cubana tuvo acceso oscilan entre los 350 y los 600 dólares por encima del precio de la tonelada métrica en el mercado estadounidense.

 

Las dificultades en el suministro de combustible a Cuba, producto de la persecución desatada por el gobierno de EE.UU. en el periodo analizado, provocaron interrupciones en los ciclos productivos de varias entidades del sector agroalimentario, así como en los cultivos, tal y como se evidencia en los ejemplos siguientes:

 

  • En la fábrica Los Portales, situada en la provincia de Pinar del Río, se paralizó la producción durante 77 días, dado que sus almacenes se encontraban llenos de productos terminados, pero no contaban con el combustible necesario para su transportación. Ello ocasionó una afectación de al menos 2 millones de cajas de refrescos y aguas dejados de producir y comercializar, lo que equivale a una pérdida de 10 millones 900 mil dólares. 
  • Entre los meses de noviembre y diciembre del 2019 no fue posible sembrar 12 mil 399 hectáreas de arroz debido a la no disponibilidad de combustible. Por esta causa, se dejaron de producir 30 mil 130 toneladas de arroz de consumo. Por igual concepto, se dejaron de producir más de 195 mil toneladas de viandas. Además, se dejaron de recoger más de 2 millones de litros de leche y 481 toneladas de carne, lo que incidió negativamente en la alimentación de la población cubana. 

La educación, el deporte y la cultura se encuentran entre los sectores de gran impacto social que han sido tradicionalmente afectados por las restricciones del bloqueo. Durante el periodo analizado, al igual que en años anteriores, las principales afectaciones reportadas en estas esferas se relacionan con los pagos adicionales por concepto de fletes para la transportación de productos adquiridos en mercados lejanos, así como los obstáculos para recibir los pagos por servicios profesionales que se ofrecen en el extranjero y las dificultades para acceder a financiamiento externo. A ello se suman las limitaciones asociadas a la falta de combustible, derivada de las medidas aplicadas por el gobierno de los EEUU. 

Los servicios de educación gratuita e inclusiva, a los cuales el Estado cubano destinó el 23.7 por ciento del gasto social presupuestado para el año 2020, se ven afectados a consecuencia del bloqueo, por diversas carencias e insuficiencias que limitan el proceso de enseñanza y aprendizaje en los diferentes niveles educativos. Entre abril de 2019 y marzo de 2020 las afectaciones a este sector se estiman en 21 millones 226 mil dólares. 

Entre las principales afectaciones al sector de la educación en el período analizado se destacan las siguientes: 

  • Todos los niveles educativos se vieron afectados durante el curso escolar 2019-2020 con dificultades en la transportación de trabajadores y estudiantes debido al déficit de combustible. Esto conllevó a un reajuste de los planes y programas de estudio, así como de los horarios docentes. Un total de 52 instituciones educacionales se vieron afectadas por este motivo. En más de 100 centros internos de enseñanza, debido a las afectaciones relativas al combustible, se prolongó hasta 45 días la salida de los estudiantes a sus hogares. 
  • En la educación superior, las principales afectaciones registradas se relacionan fundamentalmente con dificultades para acceder a la tecnología y equipamiento para la docencia e investigación científica, y los ingresos dejados de percibir por servicios brindados, entre otros elementos que perjudican el desarrollo de la actividad académica y científica de las universidades y centros de investigación cubanos. En este sentido, resulta notable el caso de la Universidad de las Tunas, donde no se ha recibido el financiamiento por valor de 444 mil dólares, previsto para la segunda etapa del Proyecto internacional RENERT, el cual se desarrolla entre la universidad y la Fundación CUOMO. El importe fue depositado en el banco de la contraparte para su transferencia a Cuba. Esta operación fue bloqueada por una entidad bancaria y los fondos permanecen retenidos. El proyecto consiste en la utilización y aprovechamiento de las fuentes renovables de energía de la provincia de Las Tunas, en beneficio del desarrollo local de comunidades rurales y costeras. 

La esfera del deporte, que constituye una de las mayores conquistas de la Revolución Cubana, no ha quedado exenta de sufrir los embates de la política de bloqueo. La empresa CUBADEPORTES ha visto disminuida su capacidad de importar implementos deportivos de marcas estadounidenses, muchos de ellos de uso obligatorio, según lo estipulado en los reglamentos oficiales de las Federaciones Internacionales. Entre abril de 2019 y marzo de 2020 las afectaciones en el ámbito deportivo se calculan en aproximadamente 9 millones 995 mil dólares. 

A continuación, se relacionan algunas de las afectaciones más significativas del período: 

  • La empresa CUBADEPORTES reportó, al cierre de 2019, un monto de cuentas por cobrar superior al medio millón de dólares. Esto se debe a serias dificultades en el cobro de servicios prestados, derivadas de la persecución financiera del gobierno de los EE.UU. contra las entidades bancarias de terceros países que realizan operaciones con entidades cubanas. 
  • El 8 de abril de 2019, el gobierno estadounidense anunció su decisión de cancelar el acuerdo firmado en diciembre de 2018 entre la Major League of Baseball (MLB) y la Federación Cubana de Béisbol (FCB), bajo el argumento de que las leyes actuales de EE.UU. prohíben el comercio con entidades asociadas al gobierno cubano. El anuncio se produjo menos de dos semanas después del inicio de la temporada de béisbol 2019, y solo unos días después de que la FCB diera a conocer los nombres de 34 jugadores cubanos considerados elegibles para firmar con la MLB. 
  • En ediciones anteriores de la Serie del Caribe, Cuba había tenido que participar en la categoría de país “invitado” debido a la oposición de EE.UU. a aceptarla como miembro pleno de la Confederación de Béisbol del Caribe. Si bien se había previsto llegar a un acuerdo entre el gobierno estadounidense y dicha entidad para el año 2019, la escalada hostil contra Cuba impidió la participación del equipo cubano en la Serie del Caribe celebrada en febrero de 2020 en Puerto Rico. Asimismo, se anunció que Cuba tampoco podría participar en la venidera edición de dicho evento, que tendrá lugar en México. 

El sector de la cultura continúa siendo afectado por la aplicación de la política de bloqueo de los EE.UU. contra Cuba. Desde abril de 2019 hasta marzo de 2020 se registran afectaciones en el orden de 22 millones 150 mil dólares. 

Durante casi sesenta años, la política del gobierno de los EE.UU. ha bloqueado la circulación del arte cubano por el mundo, persiguiendo y censurando su acción, así como extendiendo su estrategia de aislamiento a las grandes corporaciones internacionales de la información y los circuitos de distribución del arte. Al propio tiempo, trata de visibilizar y legitimar productos anticubanos, y promueve aparentes artistas totalmente desconocidos, en aras de desacreditar la obra de los verdaderos exponentes de la cultura cubana, cuya inmensa mayoría vive y trabaja en Cuba. 

Entre las afectaciones registradas en el sector de la cultura en el período analizado, se destacan las siguientes: 

  • La comercialización del cine se ve notablemente afectada debido a la imposibilidad de exhibir obras cinematográficas cubanas en EE.UU. De asistir al American Film Market de Los Ángeles, que constituye una vía de acceso al mercado cinematográfico y de compradores potenciales para las ventanas de home video e instituciones del circuito no comercial, se estima que la industria cinematográfica cubana habría podido obtener como mínimo ingresos ascendentes a unos 260 mil dólares. 
  • La Agencia Cubana de Derecho de Autor Musical (ACDAM), ha dejado de percibir unos 19 mil 428 dólares por cobro de derechos de autor, ya que algunas sociedades con cuentas en bancos con intereses o participación estadounidense, han retenido los  fondos y se niegan a realizar transferencias a bancos cubanos. 
  • Las dificultades para el pago directo que han enfrentado algunos clientes de la cartera de la Empresa de Grabaciones y Ediciones Musicales (EGREM), como Cubamusic S.R.L., de Italia; World Circuit y Plaza Mayor, ambos del Reino Unido; y Ultra Record, de EEUU; impidieron a dicha entidad cubana recibir la totalidad de los ingresos facturados en el período.      

2.2 Afectaciones al desarrollo económico

 Como se ha expuesto anteriormente, el bloqueo es el principal obstáculo al desarrollo económico de Cuba, a la implementación del PNDES y por ende, al cumplimiento de la Agenda 2030 y sus 17 ODS.   

Entre abril de 2019 y marzo del 2020, se produjo un impresionante crecimiento en las afectaciones ocasionadas por el bloqueo en los sectores de la producción y los servicios, que ascendieron a 610,2 millones de dólares. Esta cifra supera 7,7 veces la registrada en la etapa anterior. Este incremento se debió sobre todo a las inéditas y agresivas medidas del gobierno de los EE.UU. dirigidas a asfixiar la economía cubana, particularmente sus esfuerzos por obstaculizar el arribo de combustible a la Isla. 

Transformar los costos del bloqueo en capacidad de pago del país, permitiría disponer de una fuente de financiamiento adicional, sustantiva y sostenida, que propiciaría dar un mayor dinamismo a los programas inversionistas vinculados a los sectores estratégicos definidos en el PNDES. De esta manera, se crearían las condiciones necesarias para lograr gradualmente un crecimiento sostenido del Producto Interno Bruto anual. 

Como parte de su política de hostigamiento para impedir el desarrollo económico de nuestro país, a inicios de este año y de manera inédita, el gobierno estadounidense desplegó acciones en el marco de la evaluación de las propuestas de Programas de Cooperación de Cuba con el Fondo de las Naciones Unidas para la Población (FNUAP), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). El objetivo de esta maniobra era entorpecer la adopción de los Programas País de Cuba con las mencionadas entidades de las Naciones Unidas para el período 2020-2024, lo cual afectaría directamente los esfuerzos de la Isla para implementar la Agenda 2030 y sus ODS en los próximos años. 

Una vez más, Cuba contó con el apoyo de un grupo importante de países que rechazaron los intentos de EE.UU. de politizar las labores de estos órganos y permitió que los Programas de Cooperación de Cuba se aprobaran por consenso y sin modificaciones.

El bloqueo afecta directamente el derecho de Cuba al desarrollo. Ninguna rama de la economía cubana escapa de los efectos de esta política. 

La Industria Biofarmacéutica, sector estratégico de la economía cubana, no está exenta de las afectaciones provocadas por el bloqueo, y se ve afectada cada año en cuanto a la investigación, desarrollo, producción y comercialización de sus productos, lo que conlleva a pérdidas económicas considerables. Entre abril de 2019 y marzo de 2020 se calculan daños en el orden de 161 millones de dólares. 

La intensificación de la política de bloqueo en este período no solo limita el intercambio académico y científico, sino que priva al pueblo estadounidense de recibir los beneficios de productos biotecnológicos y farmacéuticos desarrollados en Cuba, que cuentan con reconocimiento internacional. 

Este último aspecto se evidencia en los ejemplos siguientes: 

  • El Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología (CIGB), reporta ingresos dejados de percibir por la no exportación a los EE.UU. del medicamento Heberprot-P, único de su tipo en el mundo para el tratamiento de la úlcera del pie diabético (UPD). Bajo la hipótesis de que solo el 8 por ciento de los pacientes estadounidenses que al año desarrollan una UPD compleja utilicen este medicamento, Cuba habría ingresado en el año 2019 aproximadamente 114 millones 912 mil dólares por este concepto. 
  • La Proctokinasa, fármaco para el tratamiento de hemorroides aguda, también ha sido objeto de interés para su comercialización en EE.UU. Se estima que unos 5 millones de estadounidenses se beneficiarían con este producto cubano. Considerando un 5 por ciento de penetración en este mercado, se calcula que se han dejado de percibir potencialmente 10 millones de dólares por este concepto. 
  • Otro producto biotecnológico cubano que podría ser de mucho interés para empresas estadounidenses, sobre todo aquellas dedicadas a la producción y comercio de ganado vacuno y sus productos derivados, es la vacuna GAVAC, que combate la garrapata vacuna. Se estiman pérdidas por la no exportación de este producto a EE.UU. ascendentes a un millón 125 mil dólares. 

Este sector también se ha visto notablemente afectado por los gastos adicionales derivados de la reubicación geográfica del comercio y la necesidad de recurrir a intermediarios para adquirir productos de procedencia estadounidense, tal y como se evidencia en los ejemplos siguientes: 

  • El Instituto Finlay de Vacunas reportó un total de 15 operaciones, efectuadas en el período analizado, donde fue necesario importar mercancía de origen estadounidense a través de proveedores de terceros países. El monto total de las operaciones fue de 894 mil 693 dólares. Si las mismas se hubieran realizado a través de una empresa estadounidense, la entidad cubana se hubiese ahorrado aproximadamente 178 mil 938 dólares. 
  • El Centro de Neurociencia de Cuba (CNEURO) ha incurrido en elevados gastos, debido a la necesidad de utilizar un intermediario para adquirir productos de origen estadounidense en otros mercados. Por la naturaleza de las compras, el intermediario encarece en un 20 por ciento los gastos en estas operaciones. En el período analizado, los gastos adicionales registrados por CNEURO fueron de 213 mil 942 dólares, solo por este concepto. 

Entre abril de 2019 y marzo de 2020, el bloqueo de los EE.UU. contra Cuba ha continuado afectando al turismo cubano en esferas relacionadas con los viajes, los servicios, las operaciones y los aseguramientos logísticos, lo cual se ha reflejado en pérdidas que ascienden a unos mil 888 millones 386 mil 675 dólares. 

En particular, la imposición de nuevas medidas por parte del Departamento de Estado para regular los viajes de estadounidenses a Cuba, como la prohibición de los vuelos regulares y chárter hacia los aeropuertos internacionales de la Isla, con excepción del Aeropuerto Internacional ‘‘José Martí’’, de La Habana, equivalen a una reducción en el flujo de visitantes desde EE.UU. de aproximadamente 420 mil pasajeros, con el correspondiente efecto negativo en la recaudación de ingresos. 

De no existir el bloqueo, se estima que la cifra anual de visitantes estadounidenses a Cuba podría alcanzar al menos 2 millones, lo que convertiría a los EE.UU. en el principal mercado emisor de viajeros hacia la Isla. Si a esta cifra se le restan los que sí viajaron a Cuba en el período (251 mil 621), se calcula que aproximadamente 1 millón 748 mil 379 personas no viajaron a la Isla procedentes de los EE.UU. debido al bloqueo. Si estas personas hubiesen podido visitar Cuba, se estima que la industria turística cubana habría ingresado unos mil 798 millones de dólares provenientes del mercado estadounidense. 

Algunos ejemplos de afectaciones ocasionadas a este sector son: 

  • Hasta el 4 de junio de 2019, se registraba un 35 por ciento de incremento en el  arribo a Cuba de visitantes a bordo de cruceros. A partir del día siguiente entró en vigor la medida, adoptada por el gobierno de EE.UU., de prohibir la entrada de los cruceros estadounidenses a puertos cubanos y se estima que la afectación real al cierre de ese año fue de unos 727 mil 819 cruceristas que dejaron de arribar al país por esa vía. La Asociación Internacional de Cruceros (CLIA) estimó que las reservas afectadas fueron un total de 800 mil, lo cual impactó negativamente en los ingresos obtenidos por este concepto. Esta medida provocó una afectación considerable para la economía cubana, pues en solo 6 meses (de julio a diciembre de 2019) se dejaron de ingresar 12 millones 356 mil 941 dólares. 
  • La eliminación de las licencias para los viajes ‘‘pueblo a pueblo’’, unida a otras medidas de restricción de viajes a Cuba, contribuyó al decrecimiento del número de pasajeros con servicios de tierra tanto en grupos como individuales, con la consiguiente disminución de los ingresos al país por ese concepto. Solamente en la agencia de viajes HAVANATUR Celimar, se ingresaron 9 millones de dólares menos que en el 2018 debido a esta reducción de visitantes estadounidenses. 
  • La agencia de viajes CUBATUR sufrió afectaciones monetario-financieras ascendentes a 616 mil 742 dólares, como resultado de gastos en servicios bancarios y  por variación de tasas de cambio, así como el cierre de cuentas bancarias en terceros países, la retención de fondos y la cancelación de servicios de procesamiento de tarjetas de crédito.  
  • El Grupo Internacional de Turoperadores y Agencias de Viajes HAVANATUR S.A., que también enfrentó todas las afectaciones monetario-financieras mencionadas anteriormente, reportó además los perjuicios a que están sometidas sus agencias radicadas en Canadá por el procesamiento de tarjetas de crédito. Las tarifas que las agencias procesadoras de tarjetas impusieron a estas entidades fueron de 3.79 por ciento, lo que significa un 1.por ciento superior a la media que les cobran a otros turoperadores radicados en ese país. En total, las afectaciones para HAVANATUR ascendieron a 21 millones 426 mil 557 dólares. 

Los daños y perjuicios económicos ocasionados por el bloqueo al sector de las comunicaciones y la informática, incluidas las telecomunicaciones en Cuba  durante el período de abril de 2019 a marzo de 2020, se estiman en 64 millones 274 mil 42 dólaresAl igual que en años anteriores, la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) sigue siendo la entidad con mayores afectaciones, registrando aproximadamente el 97 por ciento del monto total. 

El bloqueo constituye el principal impedimento para un mejor flujo de información y un más amplio acceso a Internet y a las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) por parte de los cubanos. Al dificultar y encarecer la conectividad en el país, condicionar el acceso a las plataformas y tecnologías, y utilizar el ciberespacio para intentar subvertir el sistema político y jurídico cubano, esta política afecta negativamente el desarrollo de las comunicaciones en Cuba. 

Entre las afectaciones registradas en esta esfera, se destacan las siguientes: 

  • ETECSA no puede realizar las interconexiones con los operadores internacionales directamente en el territorio estadounidense, donde se encuentran los principales nodos de interconexión, por lo que está obligada a extender la red internacional con nodos en Reino Unido, Jamaica y Venezuela. Esto conlleva a ejecutar gastos adicionales de unos 10 millones 637 mil 200 dólares. 
  • Como consecuencia de la activación del Título III de la Ley Helms-Burton, la compañía AMERICAN AIRLINES decidió suspender el servicio postal directo entre los EE.UU. y Cuba. Como resultado, el Grupo Empresarial Correos de Cuba (GECC) tuvo que buscar una alternativa para garantizar el Servicio Postal Universal en el territorio nacional y decidió dirigirlo a través de Panamá, como país intermediario. Esta acción incrementó el precio de las tarifas, lo cual representó pérdidas para el operador postal cubano por un valor de 6 mil 736 dólares. 
  • El 11 de septiembre de 2019, mientras el presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, informaba sobre las causas de la difícil situación energética que atravesaba el país, la red social Twitter bloqueó las cuentas oficiales de algunos de los principales medios informativos de la Isla: Mesa Redonda, Cubadebate, Granma, así como la del Ministerio de Comunicaciones y otros medios de prensa y periodistas cubanos. Esta acción tuvo como objetivo fundamental evitar la difusión del mensaje del Presidente en esta plataforma digital e impedir los pronunciamientos y debates sobre el tema por parte de los usuarios. 
  • A las afectaciones del bloqueo en el sector de las comunicaciones, en el contexto de la pandemia de la COVID-19 se ha sumado que los representantes cubanos han enfrentado numerosas dificultades para participar en reuniones y otros eventos virtuales convocados por organismos del Sistema de Naciones Unidas, dado que Cuba tiene restringido el acceso a varias de las plataformas digitales que se utilizan para estos fines, como es el caso de Zoom y Microsoft Teams. 

En el período comprendido entre abril de 2019 y marzo de 2020, las afectaciones provocadas por el bloqueo a la industria cubana alcanzaron los 95 millones 529 mil 125 dólaresAlgunas de las afectaciones más significativas en este sector se relacionan con los ingresos dejados de percibir por exportaciones de bienes y servicios, tal y como lo demuestran los ejemplos siguientes: 

  • El principal rubro exportable de la empresa cubana ACINOX COMERCIAL es la palanquilla de acero. La imposibilidad de acceder al mercado estadounidense ha causado perjuicios a esta empresa, puesto que el precio de este producto en EE.UU. se comporta generalmente superior al de otros mercados. En el período que se analiza, se exportaron un total de 52 mil 643.72 toneladas. Si estas se hubiesen destinado al mercado estadounidense, los ingresos de esta empresa se hubieran incrementado en  526 mil 437 dólares. 
  • La Empresa Comercializadora, Importadora-Exportadora de la Industria Ligera, por sus siglas ENCOMIL, sufrió una afectación del orden de los 297 mil 700 dólares debido a la negativa de bancos extranjeros de transferir a Cuba los fondos ingresados por exportación de bienes en el periodo, por temor a eventuales represalias del gobierno estadounidense por violar las restricciones del bloqueo. 

A continuación, se relacionan otras afectaciones registradas en el sector de la industria durante el periodo analizado: 

  • Debido a la falta de combustible que afectó al país durante el segundo semestre de 2019, a partir de la decisión del gobierno estadounidense de impedir la llegada de suministros de crudo a Cuba, se registraron afectaciones productivas en las empresas de la industria química ascendentes a los 50 millones 960 mil dólares. En particular, el Grupo Empresarial de la Industria Química (GEIQ) reportó interrupciones en las líneas de producción de papel higiénico y servilletas, así como almacenes saturados de productos que no podían ser transportados por este mismo concepto. Esto conllevó a que se dejaran de producir alrededor de 19.8 millones de rollos de papel sanitario, y por consiguiente se perdieron ingresos por un valor aproximado de 4 millones 800 mil dólares. 
  • Por este mismo concepto, se produjeron interrupciones prolongadas en la producción de papel en el país. Como resultado, se dejaron de producir alrededor de mil 200 toneladas de papel ecológico, con lo cual se dejaron de ingresar 2 millones 100 mil dólares. 
  • En la industria sidero-mecánica se reportaron afectaciones a la producción a causa de las dificultades para acceder a los portadores energéticos, que ascendieron a unos 6 millones 454 mil 559 dólares. Los bienes dejados de producir por este concepto no solo afectaron a las empresas, sino que también incidieron negativamente en el cumplimiento de programas sociales prioritarios para nuestro país, como el Programa Nacional de Construcción de Viviendas. 
  • La Unidad Empresarial de Base (UEB) ‘‘Empaques Flexibles’’, ubicada en San José de Las Lajas, provincia Mayabeque, perteneciente a la empresa Ediciones Caribe, del Grupo Empresarial de la Industria Ligera, produce envases flexibles para productos del sector alimentario, como leche en polvo, yogurt y pastas alimenticias, entre otros. El equipamiento industrial de que dispone este centro es obsoleto e insuficiente para suplir la demanda de estos productos en el mercado nacional. Si bien varias entidades extranjeras han manifestado su interés de invertir en esa fábrica, las negociaciones no han logrado avanzar ante el temor de los potenciales inversionistas de ser objeto de la aplicación de las regulaciones del bloqueo, en particular el Título III de la Ley Helms-Burton, dado que la UEB se encuentra en una instalación que pertenecía a la empresa estadounidense REYNOLDS WRAP y fue nacionalizada por el gobierno revolucionario cubano. 

El sector de la construcción continúa enfrentando serias dificultades para acceder a tecnologías constructivas más eficientes, ligeras, con menores consumos de materiales básicos y componentes energéticos, como consecuencia del bloqueo. Entre abril de 2019 y marzo de 2020, las afectaciones se calculan en 238 millones 180 mil dólares. 

La causa principal de las afectaciones económicas de este sector se registró en las producciones interrumpidas a causa del déficit de combustible en el país a partir del segundo semestre del 2019. Los daños por este concepto se focalizan particularmente en el Grupo Empresarial de la Construcción (GECONS) y el Grupo Empresarial Industrial de la Construcción (GEICON), tal y como se ilustra en los ejemplos siguientes: 

  • En el caso de GECONS, se registró una pérdida de 165 millones 500 mil dólares, resultante de la reducción de su asignación de combustible como consecuencia de las medidas adoptadas por el gobierno estadounidense para impedir el arribo de combustible a Cuba. Esto provocó numerosas afectaciones a dicha entidad, debido a la baja disponibilidad de portadores energéticos, lo que limitó la producción de bienes y servicios y obligó a ajustar los niveles de actividad en varios de los programas constructivos que desarrolla. Asimismo, provocó la paralización de algunos de los servicios, fundamentalmente, el Programa de Viales y las producciones de hormigón prefabricado y hormigón premezclado. 
  • El GEICON reportó una afectación de 43 millones 200 mil dólares, cifra que responde exclusivamente al déficit de combustible que debió enfrentar la entidad. Esto impactó negativamente en las producciones básicas tales como cemento, áridos, bloques, mantas asfálticas, tejas de fibrocemento, carpintería de madera y metálica, así como en la transportación de insumos y productos terminados, entre otros. 

Durante el período analizado el sector del transporte ha sufrido daños en el orden de 312 millones 27 mil 430 dólares. Las regulaciones del bloqueo, en particular las medidas adoptadas en 2019 por el gobierno estadounidense para impedir los suministros de combustible a Cuba, tuvieron un impacto devastador en esta esfera. 

Entre las principales afectaciones ocasionadas a este sector se destacan las siguientes: 

  • La empresa de Consultores Marítimos S.A (COMAR S.A) reporta una afectación por valor de 160 mil dólares, debido a la cancelación de las autorizaciones a las compañías de buques cruceros, para operar en puertos cubanos. Esta situación condujo a que la mayoría de las compañías optara por la cancelación total de sus vínculos con empresas cubanas y el cierre de los contratos establecidos. 
  • Debido al recrudecimiento del bloqueo en el período analizado, no se pudo adquirir el combustible de aviación B-100 planificado para los meses de agosto, septiembre y octubre de 2019. Como resultado, se dejaron de ejecutar 2 mil 503 horas de vuelo productivas. Esto representó una afectación en el orden de los 855 mil 229 dólares. 
  • La empresa Ómnibus Nacionales reportó daños a la producción y los servicios que superan los 51 millones de dólares. Ello se debió a la medida implementada por el gobierno de EE.UU. de prohibir el arribo de suministros de combustibles a Cuba. 
  • Entre septiembre y diciembre del 2019, debido a las afectaciones en el suministro de combustibles, se registraron perjuicios al transporte público urbano por ómnibus. Se calcula que 75.8 millones de pasajeros dejaron de transportarse en el año 2019, en comparación con el 2018. Como resultado, se dejaron de percibir ingresos por un valor de 21 millones de dólares. 

En el caso del sector de la energía y minas, las afectaciones se estiman en 125 millones 282 mil 022 dólares. Las regulaciones del bloqueo afectan el desarrollo de esta esfera en Cuba, en tanto limitan el acceso a tecnologías de punta para la generación energética, equipos y piezas de repuesto, medios idóneos para la protección del personal y facilidades financieras para adquirir todos estos recursos. 

En el grupo empresarial de la Unión Eléctrica, las afectaciones superaron los 16 millones de dólares. Uno de los elementos que más severamente afecta la producción y los servicios de esta entidad es el hecho de que los principales fabricantes de equipos y piezas de repuestos para el proceso productivo han tenido que suspender sus relaciones con Cuba debido al bloqueo. Esto ha provocado un incremento de los costos de mantenimiento, pérdidas de tiempo para localizar suministradores sustitutos y mayores gastos de importación. Entre los fabricantes y suministradores que han interrumpido sus vínculos con las empresas cubanas se encuentran los siguientes: 

  • La empresa CLYDE BERGEMANN, fabricante de los sopletes de caldera instalados en las Centrales Termoeléctricas "Lidio Ramón Pérez", "Diez de Octubre" y "Antonio Guiteras", comunicó su negativa a seguir trabajando con Cuba a partir de que una parte de sus acciones fueron adquiridas por capital estadounidense. Esto ocasionó dificultades para adquirir piezas de repuesto, en tanto se tuvo que cambiar el proveedor, con los consecuentes costos adicionales. 
  • En mayo de 2019, la compañía FLENDER, fabricante de los reductores de circulación de las bombas de la Central Termoeléctrica "Diez de Octubre" se negó a vender a Cuba reductores nuevos a partir de la activación del Título III de la Ley Helms-Burton. 

Otros ejemplos de afectaciones en este sector son: 

  • La empresa mixta MOA NICKEL S.A. registró una afectación en sus exportaciones de aproximadamente 7 millones 580 mil dólares debido a que en 2019 se dejaron de producir unas 700 toneladas de sulfuros mixtos de níquel y cobalto, como consecuencia de las afectaciones en el suministro de combustible. 
  • El 21 de agosto de 2019 se creó la Empresa Mixta para desarrollar el yacimiento de cobre Hierro Mantua, con la firma del Convenio de Asociación y los Estatutos para la creación de la Empresa Mixta entre BULGARGEOMIN OVERSEAS Ltd. y GEOMINERA, S.A. Hasta el momento BULGARGEOMIN no ha podido transferir la primera parte del financiamiento, ascendente a 1 millón 200 mil dólares, como estaba previsto, debido a las dificultades que enfrenta con su banco como resultado de las regulaciones del bloqueo. 
  • La Unión Cuba-Petróleo (CUPET), organización estatal cubana encargada del suministro de combustible y lubricante al mercado nacional, enfrentó serios obstáculos para la importación de combustibles y otros servicios petroleros como resultado del recrudecimiento de la política del bloqueo. Dada la persecución e intimidación desatada por el gobierno de EE.UU. contra los suministradores habituales de combustible, la empresa cubana se vio obligada a buscar nuevos proveedores, en mercados más distantes y con tarifas más elevadas, lo que significó una afectación de aproximadamente 20 millones 200 mil dólaresPor este mismo concepto, la Empresa Mixta Moa Nickel S.A reportó una afectación de 2 millones 925 mil dólares. 
  • El cronograma de perforación de pozos petroleros se ha visto afectado por la demora y las limitaciones en los arribos de combustibles, en tanto los equipos utilizados en estas operaciones no pudieron prestar servicios en el momento previsto.  Ello implicó una afectación estimada de 730 mil dólares. 

El daño de las medidas de bloqueo económico no se sufre solo en el sector estatal de la economía, como intenta hacer parecer el gobierno de los EE.UU. Tiene también un fuerte impacto en el sector no estatal, normalmente de dimensiones relativamente pequeñas y con menor capacidad de respuesta y adaptación ante la pérdida de clientes como resultado de la contracción del turismo, las limitaciones en la disponibilidad de capital de trabajo, las dificultades para asegurar suministros o el acceso a la tecnología. 

3.  Afectaciones al sector externo de la economía cubana

3.1 Afectaciones al comercio exterior

 El monto total de las afectaciones ocasionadas por el bloqueo al sector externo de la economía cubana entre abril de 2019 y marzo de 2020 asciende a 3 mil 13 millones 951 mil 129 dólares. 

Más allá de las afectaciones cuantificadas, el efecto disuasivo e intimidatorio de la política de bloqueo sobre empresarios y entidades de los EE.UU. y de terceros países, acentuado a partir de la activación del Título III de la Ley Helms-Burton, ha provocado la cancelación de operaciones comerciales, acciones de cooperación y proyectos de inversión extranjera que se encontraban en diferentes niveles de desarrollo. También ha repercutido negativamente en las instituciones bancario-financieras, que se rehúsan a trabajar con entidades cubanas por temor a ser objeto de sanciones. 

La medida adoptada el 18 de octubre de 2019 de impedir la reexportación desde cualquier país a Cuba de artículos producidos en cualquier país que contengan más de un 10 por ciento de componentes estadounidenses, plantea un desafío significativo para las necesidades de importación de la economía cubana. Por componentes se entiende partes, piezas, productos básicos y tecnologías, incluyendo software. Por consiguiente, en una economía mundial crecientemente globalizada se le hace cada vez más difícil a Cuba adquirir los insumos requeridos para la industria, los servicios y el consumo de la población, con independencia de la relación política o comercial que se tenga con el mercado de origen de esas importaciones. 

Como en años anteriores, las mayores afectaciones se aprecian en los ingresos dejados de percibir por exportaciones de bienes y servicios, con un valor de 2 mil 475 millones 700 mil dólares. El turismo continúa siendo el sector más afectado en este aspecto, al acumular el 72.6 por ciento del total. Esto equivale a mil 798 millones de dólares, lo que representa un aumento de 260 millones con respecto a la etapa anterior. 

Dada la imposibilidad de realizar exportaciones hacia los EE.UU. como resultado de las restricciones del bloqueo, se reportan afectaciones en el sector agrícola cubano que alcanzan los 184 millones de dólares. De esta cifra, el 84.3 por ciento se atribuye a las posibles exportaciones de la empresa HABANOS S.A., mientras que el resto, unos 26,5 millones de dólares, se corresponden con exportaciones potenciales de carbón vegetal de marabú, piña, miel, café y productos frescos destinados principalmente a los Cruceros. 

En el caso de la miel de abeja industrial a granel, EE.UU. constituye el mayor importador mundial. A las firmas estadounidenses interesadas en adquirir la miel cubana se les niega la correspondiente licencia de la OFAC, por lo que no pueden realizar operaciones comerciales con la Isla. El mercado estadounidense pudiera asimilar unas 3 mil toneladas métricas anuales de este tipo de miel, la cual es muy difícil de colocar en el mercado europeo. De poder exportarse ese volumen hacia el mercado estadounidense, Cuba obtendría una ventaja económica de aproximadamente 500 mil dólares, un 10 por ciento por encima con respecto al mercado europeo, por concepto de mejores precios, menor costos de fletes y condiciones de entrega más favorables. 

Con respecto al café tostado molido y en grano, el mercado de EE.UU. se encuentra entre los cinco más importantes del mundo. El café cubano, por su calidad, podría cubrir una parte importante de la demanda en el mercado estadounidense, pero al igual que la miel, a las compañías estadounidenses interesadas en importarlo se les niega la licencia de la OFAC. 

Asimismo, pese al reconocimiento por parte de los importadores estadounidenses de la alta calidad del carbón vegetal cubano, las ventas de este producto en el mercado de EE.UU. durante el período señalado solo alcanzaron las 80 toneladas métricas, aun cuando las potencialidades de exportación son mucho mayores. En ello influyó la activación por parte del gobierno de EE.UU. del Título III de la Ley Helms-Burton, a partir de mayo de 2019. Esto posibilitó, como se expuso anteriormente, que se establecieran demandas contra las empresas AMAZON, INC. y SUSSHI INTERNATIONAL, INC., distribuidoras minoristas de carbón vegetal cubano en el mercado estadounidense. Esta acción tuvo un efecto intimidatorio sobre esos y otros clientes potenciales, reduciendo significativamente las posibilidades de venta de dicho producto. Teniendo en cuenta que EE.UU. es uno de los diez mayores importadores de carbón vegetal a nivel mundial, se estima que el recrudecimiento del bloqueo ha impedido la venta de unas 2 mil toneladas de este producto, lo que representa una pérdida de alrededor de 70 mil dólares por diferencias de precios con respecto a otros mercados. 

En el caso del azúcar, se estima en unos 93 millones de dólares el valor de las exportaciones potenciales de este producto hacia los EE.UU. durante este periodo, teniendo en cuenta las 354 mil 078 toneladas que Cuba logró posicionar en el mercado mundial. 

Por otra parte, se mantienen las limitaciones para las importaciones de productos agroalimentarios desde los EE.UU. La empresa cubana importadora de alimentos, ALIMPORT, se ve obligada a asumir gastos adicionales para poder participar en este comercio irregular, que funciona en un solo sentido, puesto que Cuba no tiene acceso a financiamiento de la banca estadounidense ni del sistema crediticio internacional para este tipo de operaciones, debido al llamado ‘‘riesgo país’’. Esto expone a la entidad cubana a depender de otros acreedores, los cuales aplican costos financieros de aproximadamente un 5 por ciento por encima de lo normal. ALIMPORT no puede realizar pagos en dólares de EE.UU. a terceros, por lo que debe comprar monedas de reembolso para efectuar sus transacciones, con las consiguientes pérdidas derivadas del riesgo cambiario. Como consecuencia, cada operación comercial involucra a varios bancos internacionales, los cuales aplican comisiones por sus servicios, incrementando aún más los costos financieros que debe cubrir la empresa cubana. 

Entre abril de 2019 y marzo de 2020, la prohibición de utilizar el dólar de EE.UU. ha provocado afectaciones al comercio exterior cubano por un valor de 92 millones 883 mil 153 dólares, mientras que el incremento del costo de financiamiento/riesgo país se cuantifica en 25 millones 841 mil 716 dólares. Estos indicadores están determinados por las dificultades que enfrentan las entidades cubanas para acceder a créditos bancarios o blandos, como consecuencia de las restricciones del bloqueo, y en particular de su efecto disuasivo sobre la banca internacional. Ello obliga a nuestras empresas a recurrir a créditos comerciales otorgados por los propios proveedores, con términos financieros desventajosos. 

Las consecuencias negativas por concepto de utilización de intermediarios comerciales y el consecuente encarecimiento de las mercancías alcanza los 186 millones 171 mil 670 dólares. 

Los sobrecostos por fletes y seguros que se deben pagar por la reubicación geográfica del comercio hacia regiones más lejanas, continúa provocando importantes afectaciones a nuestra economía. Por este concepto, se calculan pérdidas en el orden de los 85 millones 108 mil 797 dólares, lo cual representa un incremento del 17.9 por ciento con respecto al período anterior. 

La siguiente tabla compila las afectaciones del bloqueo a la esfera del comercio exterior de Cuba entre abril de 2019 y marzo de 2020:

 

Afectaciones por concepto de:

USD

Imposibilidad de acceder al mercado de EE.UU.

131.612.890,48

Utilización de intermediarios/encarecimiento de las mercancías

186.171.670,73

Incremento en los fletes y seguros

85.108.797,39

Ingresos dejados de percibir por exportaciones

2.475.700.000,00

Riesgo país/incremento del costo de financiamiento

25.841.716,75

Prohibición de utilizar el dólar de EE.UU.

92.883.153,80

Otras afectaciones*

16.632.900,00

TOTAL

3.013.951.129,15

*Costos adicionales por operaciones a través de bancos de terceros países/comisiones bancarias/modalidades de instrumentos de pagos, cobros retenidos, ruptura de contratos, litigios, entre otros.

3.2 Afectaciones al sector bancario y financiero.  

 Entre abril de 2019 y marzo del 2020, el sistema bancario y financiero continuó siendo uno de los principales blancos de las medidas agresivas de la administración estadounidense, encaminadas a reforzar el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba. Las afectaciones monetario-financieras ocasionadas a la economía cubana en este período superaron los 284.3 millones de dólares. 

Como en años anteriores, esta etapa se caracterizó por la creciente negativa de instituciones bancarias y financieras extranjeras a tramitar operaciones de bancos y empresas cubanas, por el cierre de cuentas y contratos ya establecidos, por la constante devolución de transacciones bancarias, así como por la cancelación de claves para el intercambio de información financiera que se realizan a través de la Sociedad para las Telecomunicaciones Financieras Interbancarias (SWIFT, por sus siglas en inglés). 

Como consecuencia  de la política de presión, intimidación y disuasión que ejerce el gobierno de los EE.UU. contra las instituciones financieras internacionales, se aplican  nuevos métodos para entorpecer las operaciones bancarias de Cuba, como es el caso de la solicitud de documentos adicionales para realizar las operaciones, lo cual genera demoras y entorpece la ejecución de los pagos a los proveedores o la recepción de ingresos provenientes desde el exterior. 

En la etapa analizada, el número de bancos extranjeros que por diferentes motivos se negó a realizar operaciones con bancos cubanos ascendió a 137, con 315 operaciones involucradas, que totalizaron daños por un valor  de 236.5 millones de dólares. 

A continuación se relacionan algunos ejemplos de aplicación extraterritorial del bloqueo registrados en el sector bancario-financiero en el periodo analizado. 

Negativa a prestar servicios bancarios:

  • Negativa de apertura o cierre de cuentas: 7 entidades bancarias extranjeras, de ellas: 4 de Europa, 2 de Asia y una de Latinoamérica.
  • Negativa a realizar transferencias de fondos desde o hacia Cuba y a prestar otros servicios bancarios: 14 entidades, de ellas: 7 europeas, 3 asiáticas, 3 latinoamericanas y una de América del Norte.
  • Un banco cubano se vio imposibilitado de realizar un pago por concepto de membresía a un organismo internacional que agrupa cajas de ahorro y bancos minoristas por no ser aceptado por una institución bancaria europea. Si bien se  realizaron múltiples gestiones con otras instituciones financieras con las que el banco cubano mantiene relaciones de corresponsalía, el ingreso de los fondos no fue aceptado por los bancos extranjeros. 
  • La sucursal de un banco de Europa radicada en Latinoamérica recibió orientaciones de su casa matriz de paralizar todas las operaciones financieras con Cuba y evitar cualquier transacción con países sancionados por el gobierno de los EE.UU.
  • A una Embajada cubana radicada en un país europeo, así como a los Consulados Generales y al propio Cónsul General les fue cancelada la utilización de cajeros automáticos y de sus tarjetas de crédito. Se iniciaron conversaciones con una institución bancaria, solicitando la prestación de esos servicios. El Departamento de Cumplimiento Normativo de la entidad no autorizó estas operaciones.  
  • Una entidad bancaria europea denegó la solicitud de transferencia hacia Cuba de fondos provenientes de una institución de seguridad social de un país de esa zona geográfica, la cual estaba destinada al pago de ciudadanos de la nación europea radicados en Cuba.
  • Una institución bancaria latinoamericana informó a un banco cubano que sus únicos corresponsales son los cinco mayores bancos de los EE.UU., por lo que su Dirección de Cumplimiento les ha prohibido terminantemente realizar operaciones con Cuba.
  • Retención de fondos de entidades cubanas en bancos extranjeros: 3 instituciones bancarias foráneas, de ellas: 2 bancos de Europa y uno de Asia.
  • Un banco asiático y dos europeos retuvieron fondos de entidades cubanas por valor de 4 millones 200 mil dólares.
  • Cancelación de claves de mensajería SWIFT[2] por parte de bancos foráneos: 18 entidades, de ellas: 11 europeas, 3 de América Latina, 2 de Asia y 2 de Oceanía. Estas cancelaciones de claves RMA originan dificultades y demoras en la tramitación de las operaciones bancarias. Los bancos utilizan la red de SWIFT para realizar transferencias electrónicas (transacciones de dinero) y mensajes entre ellos. Para las transferencias bancarias internacionales, los códigos de SWIFT son necesarios para efectuar transacciones rápidas y seguras.
  • Negativa de bancos extranjeros a avisar y/o tramitar operaciones de cartas de crédito: 10 instituciones, de ellas: 7 asiáticas, 2 de Europa y una de América Latina. Estas negativas generan afectaciones para las empresas cubanas por las demoras innecesarias que ello genera, puesto que se ven obligadas a buscar algún banco alternativo que quiera tramitar los documentos.
  • Devolución de operaciones bancarias: 77 entidades, de ellas: 43 de Europa, 15 de América Latina, 14 de Asia, 3 de América del Norte y 2 de Oceanía. Las mayores incidencias en las operaciones tramitadas, tanto por transferencias como por créditos documentarios, responden a devoluciones recibidas por supuestas políticas internas de los bancos de los beneficiarios o de los bancos corresponsales, lo cual impide que los fondos lleguen a su destino. Los bancos europeos, latinoamericanos y asiáticos fueron los que realizaron las mayores devoluciones de operaciones bancarias, argumentando la existencia de sanciones contra Cuba, el cumplimiento de las políticas internas de los bancos, entre otras causas. 
  • Cancelación de operaciones bancarias y de acuerdos de corresponsalía: 5 bancos, de ellos: 4 europeos y uno asiático.
  • Uno de estos bancos, con sede en Europa, solicitó oficialmente la cancelación de un Acuerdo Individual de Préstamos suscrito con su homólogo cubano, destinado al financiamiento de una actividad productiva en la Zona Especial de Desarrollo del Mariel.
  • Solicitud a bancos cubanos de documentos adicionales y de otros requerimientos para realizar las operaciones bancarias: 3 instituciones bancarias, de ellas: una de Asia, una de Europa y otra del norte de América.
  • Una de estas entidades bancarias solicitó a su homólogo cubano la licencia y la autorización de la OFAC requeridos por su Departamento de Cumplimiento para la tramitación de una operación, manifestando que de no cumplir con los requerimientos los fondos serían bloqueados, de acuerdo con las regulaciones del bloqueo. 

Dificultades con el envío y recepción de documentos bancarios a través de agencias de mensajería:

Durante el período analizado, los bancos cubanos se enfrentaron a diversos obstáculos para el uso de los canales bancarios de comunicación tradicionales, mediante DHL y SWIFT.

La negativa de las agencias de mensajería de recibir o tramitar documentos bancarios genera las siguientes dificultades:

  • No se cuenta con la misma garantía y seguridad cuando los documentos bancarios viajan por vías diferentes a las de DHL y SWIFT.
  • El envío de las remesas documentarias se realiza mediante copias enviadas vía correo electrónico, incluyendo los documentos de embarque, y no con los originales, que deberían recibirse directamente por DHL.
  • Los importadores cubanos tienen que buscar vías alternativas de recepción de los documentos para poder realizar los trámites aduanales con vistas a la extracción de las mercancías del puerto. Ello genera demoras en este proceso y en la incorporación de los productos a la economía interna.
  • La adquisición del equipamiento de alta tecnología para utilizar vías alternativas requiere del desembolso de divisas adicionales para el país. 

Como parte del recrudecimiento del bloqueo, las remesas a Cuba se han visto particularmente afectadas a partir del interés del gobierno estadounidense de impedir la entrada de divisas a la Isla. Como resultado de esta política, las agencias remesadoras imponen costos de transacción más elevados a las operaciones de este tipo con destino a Cuba. 

4. El bloqueo viola el Derecho Internacional. Aplicación extraterritorial.

Como se ha señalado anteriormente, la aplicación extraterritorial del bloqueo se mantiene como signo distintivo de la política del gobierno de EE.UU. hacia Cuba. Este sistema de sanciones representa una amenaza tanto para los intereses y derechos soberanos de Cuba como para los de terceros países, cuyos ciudadanos no están exentos de sufrir las consecuencias de esta cruel e ilegal política, que contraviene el Derecho Internacional y los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, así como las normas internacionales de comercio. 

Entre marzo de 2019 y abril de 2020, se aprecia un endurecimiento sostenido de la aplicación extraterritorial del bloqueo, en especial a partir de la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms Burton, concebido especialmente para interferir en las relaciones económicas y comerciales de Cuba con la comunidad internacional.   

4.1 Afectaciones a entidades cubanas.

En el período analizado, continuaron recrudeciéndose las afectaciones a entidades cubanas en sus relaciones comerciales con terceros países, en particular mediante el cierre de cuentas bancarias, la imposibilidad de realizar transacciones para el pago o el cobro de servicios y la cancelación de contratos comerciales.

A continuación, se relacionan algunos ejemplos:

El 25 de abril de 2019, el Grupo Air France KLM comunicó su decisión de suspender el acuerdo con Cubana de Aviación, vigente desde el 18 de junio de 2018, que permitía a la aerolínea cubana realizar reservaciones y expedir boletos de Air France-KLM. El argumento utilizado para justificar la suspensión de dicho acuerdo fue que Cubana de Aviación forma parte de la lista restringida de la OFAC. Esta decisión se hizo efectiva a partir del 9 de junio de 2019. 

En mayo de 2019, se conoció que la entidad Petrobras Uruguay se negó a responder una solicitud de Cubana de Aviación, al alegar que no se le permite realizar operaciones con empresas sancionadas por la OFAC. 

En mayo de 2019, se conoció que a Viajes Falabella, socio de HAVANATUR en Argentina, Chile y otros mercados, se le impusieron limitaciones para comercializar directa o indirectamente los hoteles cubanos incluidos en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas.

En junio de 2019, se conoció que la Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en inglés) suspendió el servicio BSP para tres oficinas de HAVANATUR y Cubana de Aviación en México, Italia y Francia, debido a la posición del banco francés BNP Paribas, que administra todo el servicio bancario y de corresponsalía asociado a este servicio. El BSP es un sistema de cobros y pagos relacionados con la reserva de boletos aéreos entre agencias de viajes y líneas aéreas del mundo. 

El 26 de junio de 2019, la aerolínea francesa Air Caraïbes comunicó a Cubana de Aviación la decisión de cancelar el acuerdo de código compartido entre ambas compañías aéreas. El argumento utilizado fue la actual política de EE.UU. contra Cuba, que afecta los vuelos realizados por Air Caraïbes a EE.UU. con aviones Airbus, los cuales utilizan piezas y componentes estadounidenses. 

El 23 de octubre de 2019, la aerolínea Cubana de Aviación fue notificada del cierre de contratos de arrendamiento de aeronaves por compañías de terceros países, como efecto de las medidas de recrudecimiento del bloqueo anunciadas por el Departamento de Comercio el 18 de octubre del propio año. En consecuencia, la compañía cubana se vio obligada a cancelar los vuelos a varios destinos internacionales y domésticos. Por este motivo, al cierre del 31 de diciembre del 2019 se habían dejado de transportar alrededor de 40 000 pasajeros. 

El 23 de octubre de 2019, la naviera COSCO, con sede en un país asiático, suspendió todos los envíos hacia Cuba argumentando como causa las restricciones del bloqueo. Esto generó una grave afectación económica a la empresa MEDICUBA, que había contratado un gran número de contenedores con esa naviera, por lo que se vio obligada a buscar otras alternativas de envío, con los correspondientes costos adicionales. 

El 13 de noviembre de 2019, la compañía TRIVAGO, empresa de tecnología especializada en productos y servicios en hotelería y alojamientos, con sede en Dusseldorf, Alemania, eliminó a todas las instalaciones hoteleras cubanas de sus plataformas de búsqueda en Internet, debido a las regulaciones impuestas por el bloqueo a Cuba. TRIVAGO fue objeto de una demanda colectiva (junto a EXPEDIA, BOOKING y MELIÁ) en virtud del Título III de la Ley Helms-Burton. 

El 10 de diciembre de 2019, se conoció que la empresa española Aceros Inoxidables OLARRA S.A. decidió dejar de comprar productos de níquel cubano. Las razones para ello se relacionan con el incremento de las exportaciones de esta compañía al mercado estadounidense y las restricciones vigentes para la importación en los EE.UU. de productos con componentes de origen cubano.

4.2. Otras afectaciones extraterritoriales. 

A inicios de 2019, la plataforma de pagos online WePay, a través del sitio web GoFundMe, congeló el dinero de un ciudadano canadiense que pretendía repatriar el cadáver de su padre, fallecido repentinamente en Cuba, aduciendo las regulaciones impuestas por el bloqueo. 

El 1ro de abril de 2019, la entidad panameña Multibank cerró un número indeterminado de cuentas bancarias de empresas de esa nación istmeña y otras foráneas que comercian o tienen relaciones con Cuba, incluida la corresponsalía de la agencia Prensa Latina. Autoridades de Multibank alegaron que ello respondió a “una actualización de su política interna y líneas de negocios”. 

El 16 de abril de 2019, se conoció que el National Bank of Canada (NABACAN) comunicó a los bancos cubanos que estaba imposibilitado de dar curso a nuevos pagos en euros. La entidad alegó que su corresponsal, el Banco español BBVA, estaba retornando los pagos por operaciones relacionadas con Cuba debido al riesgo de ser sancionado por EE.UU.   

El 7 de mayo de 2019, se conoció que el Bank of Nova Scotia (Scotiabank) envió una comunicación escrita a la empresa jamaicana FREEFORM FACTORY LTD. para informarle que en el plazo de un mes debía cerrar la cuenta que utilizaba para recibir pagos (en dólares canadienses) de empresas cubanas, por concepto de exportaciones. Como justificación, se alegó el sistema de medidas económicas aplicadas por EE.UU. contra nuestro país. 

El 16 de junio de 2019, se conoció que el Crucero por la Paz fue impedido de atracar en puertos cubanos. Las restricciones contra cruceros impuestas por el gobierno de EE.UU., impidieron la entrada al país de la embarcación, por ser de propiedad estadounidense. El buque transportaba ayuda para los damnificados del tornado que afectó a La Habana el 27 de enero el propio año. 

En junio de 2019, la mayoría de las acciones de la empresa Kiwi.com (buscador y vendedor de pasajes aéreos en internet) fueron compradas por la empresa norteamericana GENERAL ATLANTIC. Desde ese momento, el destino Cuba desapareció de sus ofertas. 

Entre agosto y noviembre de 2019, se registraron en Austria, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, España, Francia, Italia y Suecia, varios casos de bancos que anunciaron la cancelación inmediata de los servicios de cobro por tarjeta magnética a las embajadas y consulados cubanos en esos países. En general, el motivo esgrimido para justificar dicha decisión fueron las instrucciones recibidas de MASTERCARD y VISA de cancelar los contratos con entidades cubanas. Debido a esta restricción, las embajadas y consulados cubanos en los países citados no pueden recibir fondos a través de transacciones de tarjetas VISA y MASTERCARD, lo cual obstaculiza la prestación y el cobro de servicios.   

En agosto de 2019, la empresa SQUARE CANADA informó a los dueños de la cafetería Toronto Little Havana que no podían continuar utilizando su plataforma de pagos, debido a preocupaciones del banco JPMorgan Chase, encargado de procesar los pagos de la compañía, por el hecho de que estaban vendiendo bebidas elaboradas con café cubano. 

El 22 de agosto de 2019, el banco ecuatoriano Produbanco se negó a procesar transferencias hacia Cuba correspondientes al pago de la Universidad Metropolitana a Servicios Médicos Cubanos (CSMC, S.A.). La razón esgrimida para ello fueron las sanciones de los EE.UU. contra Cuba.  

Desde finales de agosto de 2019, el banco suizo PostFinance cesó las operaciones financieras hacia Cuba, sin ningún anuncio oficial al respecto o previa comunicación a sus clientes, quienes conocieron de esta decisión cuando fueron a emplear sus servicios para alguna operación con nuestro país. Posteriormente, PostFinance anunció el cierre del canal de pago hacia Cuba a partir del 1ro de septiembre de 2019, debido al endurecimiento de las sanciones estadounidenses contra la Isla y el riesgo potencial de ser excluidos del tráfico internacional de pagos, en caso de mantener las relaciones comerciales. En una comunicación escrita divulgada por la prensa suiza PostFinance, afirmó que si bien, como banco suizo, no estaba directamente sujeto a la legislación estadounidense, sí participaba en operaciones de pago globales y dependía de una red de bancos corresponsales, así como del acceso a operaciones de pago en dólares de los EE.UU., por lo cual reconocía que el Derecho estadounidense tenía ‘‘en cierto modo’’ un efecto extraterritorial. 

El 5 de septiembre de 2019, el banco holandés Rabobank comunicó a la Embajada de Cuba en Países Bajos la terminación del contrato de la terminal PIN para el pago de los servicios consulares. Además, notificó la decisión de la compañía MASTERCARD, de no ofrecer en lo adelante ningún tipo de transacción mediante PIN a la Embajada. La justificación para estas medidas fue la necesidad de actuar en conformidad con las sanciones internacionales impuestas por la OFAC. 

El 30 de septiembre de 2019, se conoció que la empresa de mudanzas ALLIED PICKFORDS en Wellington, Nueva Zelanda, se negó a ofrecer sus servicios a dos funcionarios diplomáticos cubanos que se encontraban en término de misión. La entidad en Nueva Zelanda, cuya casa matriz radica en Illinois, alegó que debido a las regulaciones de los EE.UU. podía estar expuesta a sanciones. 

El 25 de octubre de 2019, la compañía WESTERN UNION CANADA hizo pública la decisión de limitar los montos de las remesas que pueden enviarse desde ese país hacia Cuba, en virtud de las medidas restrictivas anunciadas por el gobierno de los EE.UU. 

El 25 de diciembre de 2019, la compañía internacional HYVE Group, con sede en Londres, se negó a contratar el stand cubano para la Feria Internacional de Turismo de Estambul, en la que nuestro país ha participado tradicionalmente durante años. La empresa, a cargo de todas las contrataciones y los stands de la feria, refirió que no podía brindar sus servicios debido a la escalada de sanciones globales y a la prohibición de realizar operaciones con Cuba, dado que la Isla está listada como país sancionado. 

En diciembre de 2019, se conoció que la sucursal del banco Travelex Bank en Sao Paulo decidió poner fin a todas las operaciones financieras con Cuba, debido a que su casa matriz en Londres le orientó cesar los vínculos con todos los países sujetos a sanciones de EE.UU. 

El 16 de enero de 2020, el Banco Euroasiático envió dos misivas a la embajada de Cuba en Kazajstán, en la que informaron la negativa de abrir una cuenta bancaria a la misión cubana en la moneda nacional kazaja. El banco argumentó que, dada la inclusión de Cuba en la lista de sancionados de la OFAC, existían riesgos de suspensión de pagos o bloqueos de fondos, y de suspensión de las relaciones entre el Banco Euroasiático y sus corresponsales estadounidenses. 

El 13 de febrero de 2020, se conoció que ciudadanos cubanos residentes en Canadá enfrentan limitaciones y dificultades para enviar remesas a sus familias en Cuba a través de la compañía de servicios financieros y de comunicación WESTERN UNION Canadá. Algunas de sus oficinas informaron que no harían más transferencias de dinero a Cuba, mientras otras aceptaron enviar remesas solo a familiares y limitadas a 300 dólares mensuales. Tales restricciones se corresponden con las medidas adoptadas por el gobierno de los EE.UU. en octubre de 2019. 

5. Rechazo universal al bloqueo 

5.1 Oposición dentro de los Estados Unidos.

La política de bloqueo económico, comercial y financiero genera el rechazo de varios sectores de la sociedad estadounidense y de numerosas personalidades y organizaciones dentro de ese país. Representantes de los sectores agrícola, cultural, académico y de negocios, no solo han reclamado el levantamiento de las sanciones contra Cuba, sino que han protagonizado importantes acciones de influencia en las ramas ejecutiva y legislativa para el cese de esta política. 

A pesar del entramado de medidas diseñadas por el gobierno de los EE.UU. para afectar el desarrollo económico y social del pueblo cubano, muchos estadounidenses han realizado esfuerzos significativos para contribuir al mejoramiento de las relaciones bilaterales. 

Han sido numerosas las solicitudes trasladadas al presidente de los EE.UU. para que, en uso de sus facultades ejecutivas, levante el bloqueo en el contexto del enfrentamiento a la pandemia de la COVID-19. 

Algunos ejemplos de la oposición al bloqueo dentro de los EE.UU. en el período analizado, se exponen a continuación: 

  • El 17 de abril de 2019, Collin Laverty y James Williams, presidentes de las organizaciones Cuba Educacional Travel y Engage Cuba, respectivamente, publicaron declaraciones en contra del bloqueo el mismo día en que fueron anunciadas por el Departamento de Estados las nuevas medidas contra Cuba. 
  • El 23 de abril de 2019, la Oficina de Relaciones Gubernamentales de la Iglesia Episcopal de EE.UU. expresó su preocupación por las medidas de la administración Trump concernientes al Título III de la Ley Helms-Burton, la limitación de la cantidad de remesas y la imposición de nuevas restricciones a los viajes. 
  • El 22 de abril de 2019, la organización Cuban Americans for Engagement (CAFE), hizo pública a través de sus cuentas en las redes sociales una carta abierta dirigida al secretario de Estado, Michael R. Pompeo, y a otros funcionarios del Departamento de Estado de los EE.UU. En ella expresaron su rechazo a las sanciones impuestas por la administración Trump contra Cuba. 
  • El 22 de abril de 2019, la organización Cuba Study Group emitió un comunicado oficial en rechazo a las medidas contra Cuba anunciadas por el entonces Asesor de Seguridad Nacional, John Bolton. 
  • El 23 de abril de 2019, organizaciones de la emigración cubana en la ciudad de Miami enviaron una carta al papa Francisco para que pidiera al gobierno de los EE.UU. el cese de sus políticas agresivas contra Cuba. 
  • El 26 de abril de 2019, el Consejo Nacional de las Iglesias de Cristo en los EE.UU. y el Consejo de Iglesias de Cuba, a través de un comunicado conjunto, reafirmaron su voluntad de trabajar juntos para poner fin al bloqueo impuesto por Washington. Expresaron su oposición a la decisión del gobierno estadounidense de levantar la suspensión al Título III de la Ley Helms-Burton y condenaron las limitaciones y restricciones al envío de remesas. 
  • El 30 de abril de 2019, el congresista demócrata por Illinois, Bobby L. Rush, reintrodujo en la Cámara de Representantes el proyecto titulado “Ley de Normalización de las Relaciones entre los EE.UU. y Cuba”, cual levantaría las restricciones comerciales y eliminaría los obstáculos al comercio y los viajes. 
  • El 30 de abril de 2019, en entrevista para el podcast Pod Save the World, la directora para Cuba de la Oficina de Washington para América Latina (WOLA), Marguerite Rose Jiménez, se refirió a los daños de la escalada de políticas agresivas contra Cuba y alertó que causarán un mayor sufrimiento para los cubanos. 
  • El 14 de mayo de 2019, el senador demócrata por Colorado, Michael Bennet, reintrodujo en el Senado el proyecto de ley sobre la ampliación de las exportaciones a Cuba, titulado “Ley de Expansión de Exportaciones Agrícolas de 2019”. El texto permitiría a una persona sujeta a la jurisdicción estadounidense proporcionar pagos o financiamiento para la venta de productos agrícolas a Cuba. 
  • El 14 de mayo de 2019, Randy Veach, presidente de la Oficina Agrícola de Arkansas; Andrew Grobmyer, vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Agricultura de Arkansas; y Jeff Rutledge, presidente de la Federación de Arroz de Arkansas; expresaron su apoyo al proyecto de ley sobre la expansión de exportaciones agrícolas a Cuba. 
  • El 21 de mayo de 2019, se celebró en un salón del Congreso de los EE.UU. el evento “Cumbre Empresarial de los EE.UU. y Cuba: Oportunidades y desafíos para el compromiso comercial”, organizado por el Consejo Empresarial EE.UU.-Cuba de la Cámara de Comercio. 
  • El 23 de mayo de 2019, la agencia de viajes Cuba Educational Travel (CET) publicó una encuesta sobre el impacto de las medidas de los EE.UU. en el sector privado, según la cual se demuestra la preocupación existente por la reducción de visitantes estadounidenses y el recrudecimiento de las sanciones contra Cuba. 
  • El 5 de junio de 2019, el actual presidente de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos Latina (WOLA), Geoff Thale, emitió una declaración en reacción al anuncio de nuevas restricciones a los viajes a Cuba. Refirió que la decisión es un movimiento vengativo, que inflige las libertades de los ciudadanos de los EE.UU., daña la propia industria de viajes, trata de dañar la economía cubana y castiga al pueblo cubano”. Thale llamó al Congreso a intervenir para defender los derechos del pueblo estadounidense y apoyar una política de compromiso con Cuba. 
  • El 6 de junio de 2019, la congresista demócrata por Florida, Debbie Mucarsel-Powell calificó los cambios regulatorios sobre Cuba como una política defectuosa que “empuja en la dirección equivocada, separa a las familias y daña al pueblo cubano”. 
  • En junio de 2019, la Asociación de Agencias de Viajes de los EE.UU. (ASTA, por sus siglas en inglés) se pronunció contra la medida del gobierno de Trump de suspender los viajes de cruceros a Cuba. En un comunicado, esta organización señaló: “En lugar de cerrar las puertas a este mercado a 90 millas de nuestras costas, llamamos a los decisores políticos a poner en vigor leyes que eliminen la prohibición de viajar a Cuba de una vez y por todas (…) Continuaremos abogando por la libertad de viajes a Cuba y esperamos que un día se haga realidad”. 
  • Entre el 4 y el 5 de junio de 2019, diversas compañías de cruceros y grupos de cabildeo emitieron sendos comunicados en rechazo a los cambios regulatorios anunciados por los departamentos del Tesoro y el Comercio hacia Cuba. Se registraron pronunciamientos de la Asociación Internacional para las Líneas de Cruceros (CLIA), Norwegian Cruise, Carnival Cruise Lines, Royal Caribbean, Engage Cuba, Cuba Educational Travel, el Centro para la Democracia en las Américas (CDA) y la Oficina de Washington para Latinoamérica (WOLA). También se pronunciaron en las redes sociales Cuban American for Engagement (CAFE), CubaOne Foundation, Cuba Study Group y el director de esta última, Ricardo Herrero. 
  • El 25 de julio de 2019, el congresista demócrata por Massachussets, James McGovern, introdujo en la Cámara de Representantes el proyecto de Ley de Libertad de Viajes a Cuba, cual eliminaría todas las restricciones a los viajes impuestas por el bloqueo. El 27 de julio de 2019, el senador demócrata por Vermont, Patrick Leahy, introdujo una resolución similar en el Senado estadounidense. Los textos cuentan hasta la fecha con 48 y 47 copatrocinadores, respectivamente. 
  • Entre el 2 y el 4 de agosto de 2019, la organización Socialistas Democráticos de América (DSA, por sus siglas en inglés) aprobó una resolución en apoyo a Cuba en el marco de su Convención Nacional desarrollada en Atlanta, EE.UU. Como parte de este texto, DSA condenó el bloqueo impuesto a Cuba por los EE.UU., la presencia estadounidense en la bahía de Guantánamo, y todo tipo de sanciones que socaven la autodeterminación del pueblo cubano. 
  • El 17 de septiembre de 2019, el consejo municipal de Meridian, Michigan, aprobó una resolución en apoyo al levantamiento del bloqueo estadounidense contra Cuba. En esta se detalla que el fin del bloqueo sería favorable para las economías de ambos países, al tiempo que “eliminaría las barreras entre cubanos y estadounidenses, mediante la ampliación de las relaciones diplomáticas, los viajes, los acuerdos, brindando la oportunidad a todos los ciudadanos de descubrir y reconectar intereses mutuos”. El texto señala el apoyo de este Consejo a los proyectos de ley del Congreso relacionados con la libertad de comercio y viajes a Cuba. 
  • El 23 de octubre de 2019, el senador demócrata por Vermont, Patrick Leahy, hizo público un comunicado de prensa en el que criticó la política del presidente Donald Trump hacia Cuba y abogó por el levantamiento de las restricciones de viaje, al considerarlas negativas para el pueblo cubano y para los derechos de los estadounidenses.  
  • El 25 de octubre de 2019, el congresista demócrata por Massachussets, James P. McGovern, criticó en un comunicado de prensa la restricción de los vuelos regulares a Cuba. Expresó que: “Es absurdo que esta administración le quite la libertad a los viajeros estadounidenses de viajar a donde quieran. Nuestros desacuerdos con el gobierno cubano deben manejarse a través de la diplomacia y el diálogo (…) Esta administración debería dedicar menos tiempo a revertir el legado del presidente Obama y más tiempo informándose sobre por qué la prohibición de viajar y otras restricciones de viaje han sido un fracaso colosal, que debería terminarse lo más rápido posible”. 
  • El 25 de octubre de 2019, las organizaciones Centro para la Democracia en Las Américas (CDA), Cuba Study Group, Engage Cuba, Grupo de Trabajo para Asuntos Latinoamericanos (LAWG), OXFAM y Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), hicieron pública una declaración conjunta en rechazo a las restricciones a los vuelos anunciadas por el Departamento de Trasporte el propio día. La declaración también insta al Congreso a aprobar la Ley de Libertad de Viajes a Cuba. 
  • El 26 de octubre de 2019, la Fundación para la Normalización de las Relaciones entre EE.UU. y Cuba (ForNorm) realizó una declaración de condena a la prohibición de vuelos a nueve aeropuertos de Cuba, en la que se expresa que esta medida busca hacer más difícil la vida de los cubanos. 
  • El 26 de octubre de 2019, la congresista demócrata por California, Barbara Lee, criticó en Twitter las restricciones de vuelos a Cuba. Expresó que “La cancelación de vuelos de Trump a Cuba es otro esfuerzo para destruir cualquier relación entre nuestros países. Estas políticas aislacionistas y atrasadas dañarán a los cubanos y estadounidenses por igual”. 
  • El 26 de octubre de 2019, el congresista demócrata por Vermont, Eliot Engel, criticó en Twitter las restricciones de vuelos a Cuba. Engel declaró que esta era una decisión “corta de miras que perjudicará al pueblo cubano y a sus familiares en los EE.UU.”. 
  • El 28 de octubre de 2019, la organización estadounidense Cooperación en Educación Médica con Cuba (MEDICC, por sus siglas en inglés) criticó en un comunicado de prensa las medidas de restricción a los viajes a Cuba. William Keck, director ejecutivo de esta organización, declaró que la medida dificultará la cooperación médica entre Cuba y los EE.UU. 
  • El 1 de noviembre de 2019, once senadores estadounidenses enviaron una carta a Mike Pompeo y Elaine Chao, secretarios de Estado y Transporte, respectivamente, en la que se oponen a la decisión de suspender los vuelos de aerolíneas estadounidenses desde los EE.UU. a nueve aeropuertos cubanos. En la misiva, se cataloga esta medida como “otro paso atrás para los pueblos de Cuba y los EE.UU.” y se critica el enfoque adoptado por el presidente Trump hacia Cuba, en tanto este “ha perjudicado severamente a las empresas, agricultores y ciudadanos estadounidenses y cubanos, al tiempo que no ha logrado ningún objetivo de política exterior o seguridad nacional de los EE.UU.” 

El texto fue firmado por los senadores Amy Klobuchar (demócrata por Minnesota); Elizabeth Warren (demócrata por Massachussets); Patrick Leahy (demócrata por Vermont); Chris Van Hollen (demócrata por Maryland); Tom Udall (demócrata por Nuevo México); Tammy Duckworth (demócrata por Illinois); Sheldon Whitehouse (demócrata por Rhode Island); Jack Reed (demócrata por Rhode Island); Ron Wyden (demócrata por Oregón); Jeanne Shaheen (demócrata por New Hampshire) y Chris Murphy (demócrata por Connecticut). 

  • El 9 de noviembre de 2019, la coalición U.S. Hands Off Venezuela South Florida auspició en Miami un evento titulado “¡No al bloqueo contra Cuba!”, dedicado a condenar esta política estadounidense. En el acto participaron las organizaciones Alianza Martiana, Fundación para la Normalización de las Relaciones entre Cuba y los EE.UU. (ForNorm), entre otras entidades comunitarias y locales. 
  • El 20 de noviembre de 2019, el senador demócrata por Vermont, Patrick Leahy, resaltó mediante un comunicado la importancia del acercamiento entre Cuba y los EE.UU. Manifestó su oposición a las restricciones de viajes impuestas por el gobierno de Donald Trump al expresar que Cuba es el único país del mundo al que los estadounidenses no pueden viajar libremente “porque el presidente Trump aparentemente cree que es su prerrogativa decirles a los  estadounidenses dónde pueden viajar y gastar su propio dinero”. Se refirió además a la necesidad de restablecer el normal funcionamiento de las oficinas consulares en beneficio de los ciudadanos de ambos países. 
  • El 28 de noviembre de 2019, varios líderes religiosos estadounidenses enviaron una carta al presidente Donald Trump en la que condenaron el retroceso de las relaciones bilaterales y expresaron que las sanciones impuestas a Cuba desde 1960 no han conllevado beneficio alguno. Específicamente, pidieron el levantamiento de las restricciones a los viajes y las remesas, la suspensión de la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton y el reinicio de los servicios consulares de la embajada estadounidense. 
  • El 10 de diciembre de 2019, la organización Engage Cuba manifestó mediante Twitter su oposición a la entrada en vigor de la suspensión de vuelos directos entre los EE.UU. y Cuba, con excepción del aeropuerto “José Martí” de La Habana. Expresó que esta medida es negativa para los estadounidenses y los cubanos, y que solo resulta positiva para los políticos de línea dura en contra del acercamiento con Cuba. 
  • El 16 de diciembre de 2019, la directora ejecutiva de la organización Centro para la Democracia en Las Américas (CDA), Emily Mendrala, calificó como “doloroso” el retorno del gobierno de Trump a las políticas aislacionistas con respecto a Cuba. Expresó que “los cubanos y los estadounidenses por igual merecen un enfoque que esté protegido de los caprichos de la política interna de los EE.UU.”. También instó al Congreso a tomar medidas para aprobar proyectos de ley que garanticen la libertad de los estadounidenses de viajar a Cuba. 
  • El 17 de diciembre de 2019, la congresista demócrata por California, Barbara Lee, expresó en su cuenta en Twitter que el gobierno de Trump ha revertido el progreso que se había alcanzado entre Cuba y los EE.UU., lo que ha perjudicado tanto al pueblo cubano como al estadounidense.  
  • El 10 de enero de 2020, varias organizaciones estadounidenses emitieron un comunicado conjunto en condena a las restricciones de vuelos chárteres a Cuba y a favor de la aprobación de una ley de libertad de viajes. Entre estos grupos se encuentran el Centro para la Democracia en las Américas (CDA), Engage Cuba, la Oficina de Washington para América Latina (WOLA), el Grupo de Trabajo para Asuntos Latinoamericanos (LAWG) y Oxfam America. 
  • El 10 de enero de 2020, la congresista demócrata por Florida, Kathy Castor, se opuso mediante su cuenta oficial en Twitter a las restricciones a los vuelos chárteres a Cuba. Expresó que las familias de la comunidad de origen cubano serían las más afectadas con la medida. 
  • El 11 de enero de 2020, la organización D.C. Metro Coalition celebró en Washington el evento “EE.UU., manos fuera de Cuba (US Hands Off Cuba)”, que tuvo el objetivo de mostrar solidaridad con la Revolución Cubana y condenar el bloqueo de EE.UU. contra la Isla. 
  • El 11 de enero de 2020, la organización de emigrados cubanos Alianza Martiana, condenó en un comunicado oficial la suspensión de vuelos chárteres a varios destinos de Cuba, con excepción de La Habana. 
  • El 8 de febrero de 2020, la organización Alianza Martiana organizó una caravana de más de un centenar de vehículos en Miami, con el objetivo de defender la libertad de viajes hacia Cuba y condenar las restricciones impuestas por el gobierno de Donald Trump en este sector. En la iniciativa participaron además las organizaciones Liga de Defensa Cubano Americana, Cuban Americans for Engagement (CAFE), Puentes Cubanos, Fundación para la Normalización de las Relaciones entre los EE.UU. y Cuba (ForNorm) y U.S. Hands Off Venezuela South Florida. 
  • El 6 de marzo de 2020, el presidente de la Iglesia Episcopal de los EE.UU., obispo Michael Curry, declaró que esa institución confesional mantendrá su oposición a la política de bloqueo. 
  • El 19 de marzo de 2020, el profesor y ciudadano estadounidense de origen cubano, Carlos Lazo, escribió una petición online en la plataforma Change.org, dirigida al presidente Donald Trump, que demanda levantar las restricciones a Cuba mientras dure la pandemia de la COVID-19. 
  • El 26 de marzo de 2020, el Consejo Nacional de las Iglesias de Cristo en los EE.UU. y el Consejo de Iglesias de Cuba emitieron una declaración conjunta en la que exigieron el fin inmediato del bloqueo estadounidense. 
  • El 26 de marzo de 2020, las organizaciones Caribbean Educational and Baseball Foundation (CEBF), Center for Democracy in the Americas (CDA), Cuba Educational Travel (CET), Cuba Study Group, Engage Cuba, Latin America Working Group, National Foreign Trade Council (NFTC) y Washington Office on Latin America (WOLA) firmaron un comunicado oficial conjunto que solicita la suspensión de las sanciones a Cuba para facilitar suministros humanitarios y médicos en medio de la pandemia de la COVID-19. 
  • El 27 de marzo de 2020, el representante demócrata por Massachussets, James McGovern, escribió un mensaje en Twitter en el que manifestó estar de acuerdo con todos los que pidieron a los EE.UU. suspender las sanciones a Cuba para facilitar la ayuda humanitaria en el contexto de la COVID-19. 
  • El 29 de marzo de 2020, el director ejecutivo del Fondo para la Reconciliación y el Desarrollo, John McAuliff, escribió una carta a la encargada de Negocios en La Habana Mara Tekach., en la que abogó por la cooperación entre Cuba y los EE.UU. ante la pandemia y por la suspensión de las sanciones unilaterales contra Cuba y otros países.

  •  El 31 de marzo de 2020, el académico estadounidense Peter Kornbluh publicó un artículo de opinión en la revista The Nation, en el que se manifestó a favor del levantamiento del bloqueo a Cuba y abogó por la cooperación internacional en el marco de la pandemia de la COVID-19. 
  • El 2 de abril de 2020, el estadounidense descendiente de cubanos, Brian Armas Lauzán, inició una petición en la plataforma Change.org, dirigida al Senado y la Cámara de Representantes de los EE.UU., en la que demanda el fin del bloqueo a Cuba y destaca la labor internacionalista de la Isla en el contexto de la pandemia de la COVID-19. 
  • El 5 de abril de 2020, el director de cine estadounidense Oliver Stone y el profesor de derechos humanos internacionales en la Facultad de Derecho de la Universidad de Pittsburgh, Daniel Kovalik, exigieron en un artículo en el medio New York Daily News, el fin de las “sanciones terriblemente crueles” de la administración de Donald Trump contra Cuba y otros países en medio de la pandemia de la COVID-19. 
  • El 9 de abril de 2020, el legislador de Nueva York, José Rivera, presentó en el Congreso estadual una resolución que aboga por el fin del bloqueo contra Cuba.  
  • El 14 de abril de 2020, la Fundación para la Normalización de las Relaciones entre los EE.UU. y Cuba (ForNorm) publicó en la plataforma Change.org, una petición dirigida al Departamento del Tesoro de los EE.UU., en la que solicita la suspensión inmediata de las sanciones económicas contra Cuba en el contexto de la COVID-19. 
  • El 28 de abril de 2020, la Asociación Cultural José Martí, perteneciente a la organización de emigrados de origen cubano en los EE.UU., Alianza Martiana, publicó un mensaje en el que reclama la eliminación inmediata de la política de bloqueo y ratifica su apoyo al pueblo de Cuba. 
  • El 5 de mayo de 2020, el senador demócrata por Vermont, Patrick Leahy, y el congresista demócrata por Massachussets, James McGovern, enviaron junto a otros 25 legisladores una carta a Mike Pompeo y Steven Mnuchin, secretarios de Estado y Tesoro, respectivamente. La misiva insta a ambos funcionarios a confirmar que no existen impedimentos para el envío a Cuba de equipos médicos, alimentos, artículos humanitarios e información de salud pública, a pesar del bloqueo. 
  • El 5 de mayo de 2020, el Consejo de la ciudad de Richmond, California, aprobó de forma unánime una resolución que pide el levantamiento de las restricciones a la colaboración médica y científica entre Cuba y EE.UU., en el contexto de la lucha contra la pandemia de la COVID-19. 
  • El 7 de mayo de 2020, la organización DC Metro Coalition in Solidarity with the Cuban Revolution, organizó una manifestación frente a la embajada de Cuba en la capital estadounidense, para condenar el ataque terrorista contra esa sede diplomática y pedir el levantamiento de las sanciones del gobierno de EE.UU. 

5.2 Oposición de la comunidad internacional.

 Durante el periodo analizado el rechazo de diversos actores del sistema internacional al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba se ha incrementado, a partir del marcado recrudecimiento de esta política y, en particular, de su componente extraterritorial, expresado, entre otras medidas, en la decisión de activar el Título III de la Ley Helms-Burton a partir de mayo de 2019. 

En el contexto actual de la lucha contra la pandemia de la COVID-19 han sido numerosas las voces que en el mundo han condenado esta política, toda vez que  su impacto resulta mucho más doloroso en esta situación de crisis sanitaria internacional.    

A continuación, se relacionan algunos ejemplos que tipifican el rechazo de la comunidad internacional al bloqueo: 

  • El 29 de abril de 2019, el colectivo ALBA-TCP Francia manifestó su solidaridad con Cuba ante el recrudecimiento del bloqueo impuesto por los EE.UU. a la Isla durante casi 60 años. En un comunicado publicado por dicha organización, se rechaza categóricamente la intención de aplicar el Título III de la Ley Helms-Burton a partir del 2 de mayo de 2019, al tiempo que se condena ‘‘la nueva injerencia’’ y la aplicación por parte del gobierno estadounidense de leyes extraterritoriales, con el fin de obstaculizar el desarrollo de Cuba. 
  • El 15 de mayo de 2019, los Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad de Estados del Caribe (CARICOM), reunidos en Granada, acordaron en el comunicado final de la XXII Reunión del Consejo de Relaciones Exteriores y de la Comunidad: “reiterar el firme apoyo de la Comunidad (de CARICOM) al levantamiento del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los EE.UU. contra Cuba”. 
  • El 16 de mayo de 2019, la Red de Intelectuales, Artistas y Movimientos Sociales en Defensa de la Humanidad (REDH) se sumó al rechazo de la comunidad internacional ante la decisión del gobierno de EE.UU. de recrudecer el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba. A través de una declaración publicada en su sitio web, la Red hizo un llamado urgente a todas las fuerzas progresistas y a la opinión pública mundial para movilizarse en contra de la Ley Helms-Burton, calificándola como una afrenta a Cuba, a América Latina y al mundo entero, al desconocer el elemental principio de la soberanía de los países. 
  • El 22 de mayo de 2019, el Consejo de Ministros del Grupo de África, Caribe y Pacífico (ACP) aprobó durante su 109º período de sesiones, una declaración en contra del bloqueo que aplican los EE.UU. contra Cuba. El texto aprobado expresa el pleno apoyo y solidaridad de los miembros del ACP con el pueblo y el gobierno cubanos, a la vez que expresa su profunda preocupación y rechaza la activación del Título III de la Ley Helms Burton y sus efectos extraterritoriales. Asimismo, insta al Gobierno de los EE.UU. a levantar el bloqueo y reconoce que este constituye el obstáculo principal para la implementación por parte de Cuba de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. 
  • El 14 de junio de 2019, durante la VI Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la CARICOM y Cuba, celebrada en Georgetown, Guyana, se adoptó una declaración final en la que se rechaza la imposición de medidas coercitivas unilaterales y se insta al gobierno de los EE.UU. a poner fin al bloqueo de forma inmediata y sin condiciones. En el documento se reconoce el recrudecimiento de la naturaleza extraterritorial de esta política y la persecución de las transacciones financieras cubanas. Además, se denuncia la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton y otras medidas de carácter unilateral impuestas por el gobierno de EE.UU. contra Cuba, que refuerzan el bloqueo y violan flagrantemente el Derecho Internacional, al tiempo que socavan la soberanía y los intereses de terceros. 
  • El 15 de julio de 2019, el entonces Relator Especial sobre las Repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos, Sr. Idriss Jazairy, presentó ante la Asamblea General de las Naciones Unidas un informe sobre este tema, en el que refiere que las medidas coercitivas unilaterales con  alcance extraterritorial se ven casi universalmente rechazadas por ser contrarias al derecho internacional, como puso de manifiesto la resolución 73/8 de la Asamblea General, relativa a la necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba.. 
  • En el debate general del 74 período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrado entre el 24 y el 30 de septiembre de 2019, dignatarios de 43 países, incluidos 19 jefes de Estado y de Gobierno, denunciaron el bloqueo impuesto por los EE.UU. contra Cuba y abogaron por su inmediato levantamiento. En tres de estas intervenciones, se incluyeron agradecimientos a la colaboración médica cubana. 
  • En la declaración final de la XVIII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del MNOAL, celebrada en Bakú, Azerbaiyán, los días 25 y 26 de octubre de 2019, se incluyó una enérgica condena al bloqueo, la Ley Helms-Burton y demás medidas y agresiones impuestas por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba. 
  • El 7 de noviembre de 2019, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó, por vigésimo octava ocasión consecutiva, la resolución ‘‘Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los Estados Unidos de América contra Cuba’’, con el voto favorable de 187 Estados miembros. 
  • Durante el debate y la adopción de la resolución cubana, 46 oradores se pronunciaron a favor de la necesidad de que EE.UU. ponga fin al bloqueo que mantiene contra Cuba. En particular, se destacaron las intervenciones de los representantes de 6 grupos de concertación política y organizaciones regionales y subregionales, a saber: el Grupo de los 77 más China, el Grupo Africano, el Movimiento de Países No Alineados, la Comunidad de Estados del Caribe, la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático y la Organización de la Cooperación Islámica. 
  • El 10 de febrero de 2020, la trigésimo tercera Asamblea Ordinaria de Jefes de Estado y Gobierno de la Unión Africana (UA), celebrada en Etiopía, aprobó una Resolución sobre el impacto de las sanciones y medidas coercitivas unilaterales. El texto aprobado por la UA, en su sección B, incluye su preocupación por la continuidad e ilegalidad del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto a Cuba. En el documento también se reconoce al bloqueo como el principal obstáculo para que Cuba implemente la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, al tiempo que se reafirma el apoyo a la Resolución de la Asamblea General de la ONU sobre el tema, que cada año recibe el voto favorable de los Estados africanos. Los países miembros de la UA denuncian las nuevas sanciones adoptadas por EE.UU. que amplían el componente extraterritorial del bloqueo, en particular a partir de la implementación total del Título III de la Ley Helms-Burton.  
  • Los jefes de Gobierno asistentes a la 31ª Reunión ordinaria de la CARICOM, celebrada en Barbados los días 18 y 19 de febrero de 2020, reiteraron su preocupación por el recrudecimiento de las sanciones anunciadas por el gobierno de EE.UU. en virtud del Título III de la Ley Helms-Burton, encaminadas a fortalecer el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por ese país contra Cuba. Asimismo, denunciaron la aplicación de leyes y medidas de carácter extraterritorial, que reconocieron como contrarias al Derecho Internacional, y expresaron su agradecimiento por la asistencia médica brindada por Cuba a los Estados miembros de la CARICOM a lo largo de los años. También rechazaron las campañas dirigidas a desacreditar la colaboración médica brindada por los cubanos. 
  •  El 13 de marzo de 2020, la Oficina de Información del Consejo de Estado de China publicó un documento donde denunció que el gobierno de los EE.UU. viola derechos humanos al bloquear a Cuba y Venezuela. 

Luego de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarase la COVID-19 como una pandemia global, el 11 de marzo de 2020, numerosos actores del sistema internacional se han pronunciado contra el bloqueo y/o las medidas coercitivas unilaterales de manera general. Así lo evidencian los ejemplos relacionados a continuación: 

  • El 19 de marzo de 2020, el Ministerio de Exteriores y Expatriados de Siria emitió una declaración expresando solidaridad con Cuba ante el bloqueo y las sanciones impuestas por EE.UU., en tanto obstaculizan los esfuerzos para detener la pandemia de la COVID-19. 
  • El 19 de marzo de 2020, el Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino) emitió un comunicado llamando a la suspensión inmediata de “sanciones, embargos y bloqueos comerciales, económicos y financieros como los que sufren países como Cuba y Venezuela” en el contexto de la lucha global contra la COVID-19. Posteriormente, en la Declaración del Parlamento Latinoamericano sobre la Suspensión del Pago de la Deuda Externa y la Suspensión de Bloqueos Económicos, aprobada el 25 de marzo, reiteró este llamado e insistió en que la solidaridad internacional y el derecho humanitario demandan la suspensión inmediata de cualquier tipo de limitación impuesta a países y comunidades, y la transformación de esas limitaciones en acciones de apoyo mutuo. Esta petición fue reiterada el 7 de abril de 2020, en una declaración emitida con motivo del Día Mundial de la Salud. 
  • El 23 de marzo de 2020, varias asociaciones de cubanos residentes en Europa publicaron una carta abierta dirigida a los presidentes y primeros ministros de los países de la Unión Europea, solicitándoles interceder ante el gobierno de EE.UU. para que levante el bloqueo impuesto a Cuba. Asimismo, denunciaron el recrudecimiento de esta política desde la llegada de Donald Trump a la Casa Blanca y señalaron que, dadas las necesidades impuestas por la COVID-19, era doblemente genocida mantener el bloqueo contra la Isla. 
  • El 24 de marzo de 2020, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Michelle Bachelet, hizo un llamado a suspender o aliviar con urgencia las sanciones contra países como Irán, Cuba, la República Popular Democrática de Corea y Zimbabue. Posteriormente, en el marco de una reunión informativa virtual del Consejo de Derechos Humanos, celebrada el 9 de abril, la ACNUDH insistió en que las sanciones que tienen impactos negativos en la salud y los derechos humanos de personas vulnerables debían ser levantadas o ‘‘adaptadas’’ urgentemente. 
  • El 25 de marzo de 2020, el Secretario General de la ONU, António Guterres, envió una carta a los países miembros del G-20 instando a que se suprimieran las sanciones que limitan los esfuerzos de los países para enfrentar la COVID-19. Dos días después, emitió una declaración dirigida a los Estados y a los principales órganos del sistema de Naciones Unidas sobre la respuesta a la COVID-19, en la cual reiteró la importancia de levantar las sanciones económicas que afectan la capacidad de los países de responder a la pandemia. 
  • El 26 de marzo de 2020, el presidente argentino, Alberto Fernández, pronunció un discurso durante una reunión extraordinaria del G20, en el cual llamó a los mandatarios reunidos a no quedar pasivos frente a sanciones que suponen bloqueos económicos que solo asfixian a los pueblos en medio de la crisis humanitaria desatada por la COVID-19. 
  • El 28 de marzo de 2020, la organización británica de solidaridad Cuba Solidarity Campaign publicó en su sitio web (cuba-solidarity.org.uk) una carta abierta para pedir el levantamiento del bloqueo estadounidense contra la Isla, en retribución al apoyo de la Isla caribeña a la lucha global contra la COVID-19. Hasta el 7 de abril de 2020, se habían registrado alrededor de 12 667 firmas de apoyo a esta solicitud, incluyendo las de 24 miembros del Parlamento británico. 
  • El 29 de marzo de 2020, el Grupo de Puebla, alianza que integran varios líderes progresistas internacionales, instó a los países del mundo a solicitar al gobierno de los EE.UU. que ponga fin a los bloqueos impuestos unilateralmente contra Cuba y Venezuela. 
  • Los copresidentes de la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana (EuroLat) emitieron, el 30 de marzo de 2020, una declaración sobre la COVID-19, en la cual llamaron a la comunidad internacional a suspender temporalmente las medidas restrictivas o punitivas, como bloqueos de carácter económico, comercial o diplomático, con el objetivo de concentrar los esfuerzos en la lucha contra la pandemia. 
  • El 31 de marzo de 2020, la entonces Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a la alimentación, Hilal Ever, declaró en un comunicado que ‘‘la imposición continua de sanciones económicas paralizantes sobre Siria, Venezuela, Irán, Cuba y, en menor grado, Zimbabue, por nombrar los casos más destacados, socava gravemente el derecho fundamental de los ciudadanos comunes a una alimentación suficiente y adecuada’’. Añadió que el levantamiento inmediato de este tipo de sanciones unilaterales constituye una cuestión de urgencia humanitaria. 
  • El 2 de abril de 2020, el Secretario Nacional del Partido Comunista Francés (PCF), Fabien Roussel, realizó una declaración exigiendo al gobierno estadounidense el levantamiento inmediato de su bloqueo contra Cuba, en momentos en los que la comunidad internacional enfrentaba el azote de la COVID-19. 
  • El 3 de abril de 2020, la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre Medidas Coercitivas Unilaterales, Alena Douhan, realizó una declaración sobre el impacto de estas medidas en el contexto de la COVID-19. En la misma, solicitó a los gobiernos que sean retiradas o suspendidas todas las sanciones. 
  • El 3 de abril de 2020, en una rueda de prensa virtual, la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España, Arancha González, expresó el apoyo de la Unión Europea a la aplicación de la ‘‘excepción humanitaria’’ para suspender las sanciones económicas impuestas a países como Cuba, Irán y Venezuela, de modo que estos puedan acceder a material sanitario necesario para el enfrentamiento al coronavirus.  
  • El 3 de abril de 2020, el Grupo de Amistad y Solidaridad con el pueblo de Cuba en el Parlamento Europeo envió un mensaje de agradecimiento al gobierno cubano por el envío de brigadas médicas a Europa para ayudar en la contención de la COVID-19. Además, se reconoció la tradición solidaria de los profesionales cubanos de la salud y se exigió el levantamiento del bloqueo contra la mayor de las Antillas, para que esta pueda hacer frente a las contingencias extraordinarias que genera la batalla contra el coronavirus.  
  • El 3 de abril de 2020, la organización no gubernamental Oxfam publicó una nota de prensa titulada ‘‘El bloqueo de Estados Unidos contra Cuba agrava la crisis por COVID-19 en la Isla’’. 
  • El 5 de abril de 2020, en una declaración emitida por el Secretario General del Congreso Nacional Africano (ANC), Ace Magashule, se solicita a la administración de Donald Trump que ‘‘levante de inmediato todas las sanciones contra Cuba, Irán, Venezuela, Nicaragua y Palestina, para permitir que los gobiernos de estas naciones tengan el apoyo y los recursos necesarios para proteger a su pueblo’’. Asimismo, el Congreso Nacional Africano expresó su reconocimiento a Cuba por el ‘‘increíble ejemplo de humanidad y solidaridad internacional’’ al desplegar brigadas médicas en varios países para ayudar a combatir la COVID-19. 
  • El 6 de abril de 2020, cerca de 60 colectivos y asociaciones sociales de España enviaron un comunicado a la ACNUDH, exigiendo la suspensión de sanciones y bloqueos contra Venezuela, Cuba, Irán y Palestina para que estos países puedan enfrentar la emergencia sanitaria causada por la pandemia de la COVID-19. 
  • Desde el 6 de abril de 2020, el Foro de Sao Paulo, agrupación de partidos y movimientos progresistas de América Latina y el Caribe, convocó a una jornada de movilización de dos semanas contra los bloqueos y sanciones económicas impuestas por el gobierno de EE.UU. a Cuba, Venezuela y Nicaragua, para abogar por su levantamiento ante la pandemia de la COVID-19. La jornada tuvo como objetivo principal la recogida del mayor número de firmas posible en apoyo al documento online ‘‘Petición contra el bloqueo ilegal de los países y por la solidaridad entre los pueblos’’, publicado en la plataforma www.change.org, además de la difusión de información sobre las consecuencias humanitarias y económicas de las sanciones de EE. UU. para dichos países. 
  • El 6 de abril de 2020, el Alto Representante de la Unión Europea (UE) para la Política Exterior, Josep Borrell, emitió declaraciones resaltando que cualquier sanción internacional que pese sobre países como Cuba o Venezuela no puede perjudicar el envío de ayuda humanitaria, especialmente durante la pandemia del coronavirus. 
  • El 11 de abril de 2020, el partido español Izquierda Unida (IU), que forma parte de la coalición en el gobierno, publicó un pronunciamiento de adhesión a la campaña internacional ‘‘Bloqueo no, solidaridad sí’’, impulsada en apoyo a Cuba frente a las acciones hostiles de EE.UU. en el marco de la pandemia de la COVID-19. 
  • El 12 de abril de 2020, durante la misa de Pascua, el papa Francisco pidió al mundo ‘‘relajar’’ las sanciones impuestas a los países afectados por el coronavirus, las cuales les impedían ofrecer una ayuda adecuada a sus ciudadanos. 
  • El 30 de abril de 2020, un grupo de titulares de mandatos de derechos humanos[3] del sistema de las Naciones Unidas se pronunció contra el bloqueo impuesto por EE.UU. contra Cuba y llamó a su levantamiento, en tanto esta política obstruye las respuestas humanitarias encaminadas a ayudar al sistema de salud de la Isla a luchar contra la pandemia de la COVID-19, en particular el financiamiento para la compra de medicinas, equipos médicos, alimentos y otros bienes esenciales. Los expertos señalaron, además, que el gobierno de EE.UU. ha ignorado los repetidos llamados a levantar las sanciones que perjudican la capacidad de Cuba y otros países de responder efectivamente a la pandemia y salvar vidas. También manifestaron estar particularmente preocupados por los riesgos para el derecho a la vida, a la salud y otros derechos fundamentales de los sectores más vulnerables de la población cubana, incluyendo a las personas con discapacidad y los ancianos, quienes corren un riesgo mucho mayor en caso de contraer el virus. 

Durante el periodo que aborda este informe, se multiplicaron los reclamos de poner fin a esta injusta política. Se registraron 256 acciones de las organizaciones de solidaridad con Cuba en 87 países. Se emitieron declaraciones, denuncias de parlamentos, líderes de opinión, ministros, entre otras personalidades que solicitan poner fin a las prohibiciones que obstaculizan el acceso de Cuba a recursos vitales para combatir la pandemia de la COVID-19, al menos durante la emergencia sanitaria. 

Conclusiones 

El tema abordado en este informe tiene una importancia vital para el pueblo cubano, al estar directamente relacionado con el derecho a la vida, con la existencia misma de una nación. El bloqueo viola los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, entorpece el normal desarrollo de las relaciones internacionales y lesiona seriamente los legítimos intereses de muchos Estados, instituciones y personas en todo el mundo. 

Entre abril de 2019 y marzo de 2020, el gobierno de los EE.UU. reforzó el bloqueo contra Cuba hasta alcanzar niveles de agresividad sin precedentes. En particular, la dimensión extraterritorial de esta política se ha intensificado brutalmente con la aplicación íntegra de la Ley Helms-Burton desde mayo de 2019. Esta legislación constituye una afrenta a los principios del Derecho Internacional y a las normas internacionales de comercio, en tanto dispone acciones de presión económica lesivas a la soberanía de Cuba y de terceros países. Otras medidas nocivas para la economía y el pueblo cubanos aplicadas en este período son: el incremento de la persecución de las transacciones financieras y comerciales de Cuba, el asedio para privar al país de los suministros de combustible, la prohibición de vuelos desde los EE.UU. a las provincias cubanas fuera de La Habana y la campaña de descrédito contra los programas de cooperación médica cubana. 

El gobierno estadounidense se ha empleado con saña en sabotear la cooperación internacional que Cuba presta solidariamente en la esfera de la salud y que resulta mucho más necesaria en tiempos de emergencia sanitaria. Con una campaña de calumnias, políticos y funcionarios de EE.UU. atacan directamente un programa basado en las más genuinas concepciones de las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur, que cuenta además con el reconocimiento de la comunidad internacional y disfruta del elogio de los máximos funcionarios de las Naciones Unidas y varios de sus organismos. 

En el periodo analizado el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden de los 5 mil 570.3 millones de dólares. Esto representa un incremento de alrededor de mil 226 millones de dólares con respecto al período anterior. Por primera vez, el monto total de las afectaciones ocasionadas por esta política rebasa la barrera de los cinco mil millones de dólares, lo cual ilustra hasta qué punto se ha intensificado el bloqueo en esta etapa. Las afectaciones calculadas no contemplan las acciones del gobierno de los EE.UU. en el contexto de la pandemia de la COVID-19, debido a que exceden el cierre del periodo analizado. Esta información será incluida en el informe que se presentará el próximo año. 

A precios corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política alcanzan la cifra de 144 mil 413.4 millones de dólares. Tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por más de un billón 98 mil 8 millones de dólares. 

Como se ha demostrado, el bloqueo constituye el principal obstáculo para el desarrollo económico y social de Cuba y para el bienestar de las cubanas y cubanos, así como para la implementación del PNDES y de la Agenda 2030 y sus ODS. 

Los EE.UU. han ignorado, con arrogancia y desprecio, las 28 resoluciones adoptadas por la Asamblea General de la ONU que condenan el bloqueo, así como las numerosas voces que, dentro y fuera del territorio estadounidense, abogan por el fin de esta política. 

En este contexto de especial complejidad, Cuba y su pueblo confían en continuar contando con el apoyo de la comunidad internacional en su legítimo reclamo de poner fin, de manera unilateral e incondicional a esta injusta política.    

[1] Estas empresas son: Eli Lilly and Company; Varian Medical Systems; Radiology Oncology Systems Inc (ROS); General Electric International Inc (GE); Mercury Medical; Masimo; y Bayer.

[2]  Autorizaciones que se intercambian con los bancos corresponsales, las cuales permiten filtrar y limitar la mensajería que se recibe y el tipo de mensaje que se envía (conocida por sus siglas en inglés como RMA).

[3] El comunicado fue suscrito por los siguientes expertos: Alena Douhan, Relatora Especial sobre la repercusión negativa de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanosSaad Alfarargi, Relator Especial sobre el derecho al desarrollo; Catalina Devandas Aguilar, Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad; Agnès Callamard, Relatora Especial sobre ejecuciones arbitrarias, sumarias o extrajudiciales; Livingstone Sewanyana, Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo;. Obiora Okafor, Experto Independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional; Nils Melzer, Relator Especial cobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.