El pasado 17 de julio el Banco Central de Cuba (BCC) dio a conocer varias
medidas tomadas con vistas a aliviar las penurias de los clientes en su
relación con los bancos comerciales. Hay ciertas modificaciones favorables pero
el anuncio más digno de aplauso es el cobro en efectivo de las jubilaciones en
comercios estatales y no estatales ubicados en el entorno donde residen los
jubilados, aunque está por ver cómo funcionaría en la práctica. Las medidas continúan
dirigidas principalmente a incrementar los pagos digitales y reducir la demanda
del efectivo.
En mi opinión, las decisiones adoptadas no resolverán los problemas
creados por la Resolución 111/2023 del BBC que implantó la bancarización
forzosa de todas las personas naturales y jurídicas del país sin tener en
cuenta que no existen las mínimas condiciones técnicas y sociales para
pretender llevar a cabo esta tarea. La insistencia en aplicar a destiempo esta
medida ha incrementado el desprestigio del sistema bancario nacional afectando
gravemente la imprescindible confianza que los clientes deben sentir por la
agencia bancaria donde realizan sus operaciones. El funcionamiento eficiente y
amable del sistema bancario es vital para el desenvolvimiento de la economía y
Cuba se encuentra lejos de alcanzar esta condición.
Las deterioradas condiciones económicas y sociales del país creadas principalmente por el bloqueo recrudecido y el cerco energético implantado por el gobierno de Estados Unidos agobian a las empresas y a la población. Ante ello, las decisiones bancarias deben facilitar las operaciones monetarias, lo que no se obtiene con la bancarización forzosa. El BCC no tiene en cuenta conceptos clave en la relación de los clientes con los bancos comerciales. Éstos no son departamentos estatales que responden directamente al gobierno y que su único objetivo es ejercer el control, a como dé lugar, del movimiento del dinero entre las personas naturales y jurídicas. Los bancos son empresas estatales o no estatales que operan con autonomía en las relaciones con sus clientes en leal competencia para aumentar sus operaciones, obtener utilidades y elevar sus condiciones técnicas y organizativas a partir de sus propios financiamientos, aunque deben cumplir ciertas normas generales que dicte el BCC y los organismos monetarios internacionales, lo que debe aplicarse en el país en cuestión según las condiciones objetivas y subjetivas del momento. La autorización para que bancos privados operen en Cuba debe tender a mejorar esta situación.
El dinero que posee la población y las empresas es un activo de éstas y
no es propiedad de los bancos ni del Estado. Los depósitos son préstamos que
los clientes le otorgan al banco que adquiere una deuda por ello y tiene que
pagar un interés al respecto. En las difíciles condiciones económicas y
sociales actuales de nuestro país el principal objetivo del gobierno es el de
aumentar la producción de bienes y servicios y no el control del movimiento
monetario de los ciudadanos y las empresas.
En nuestras peculiares circunstancias los dueños del dinero tienen el
derecho a utilizarlo en efectivo o mediante recursos electrónicos según sus
propios intereses y no pueden ser obligados a depositarlos por ley en los
bancos, por demás con pésimas condiciones técnicas de operación, cobertura
electrónica y distribución territorial. La evasión fiscal debe combatirse por
las organizaciones tributarias utilizando otros medios y no obligando a
depositar los ingresos y los gastos en cuentas bancarias para deducir de ellas
los pagos al fisco. En nuestro caso el uso de los bancos en las operaciones
monetarias debe tener carácter voluntario para las personas naturales y
jurídicas, hecho que ocurrirá cuando reconozcan ventajas en ese
procedimiento por encima de la manipulación del efectivo.
Antes de lanzar la consigna de alcanzar una bancarización total hay que
crear condiciones técnicas y organizativas en el país como base para lograrlo, las
cuales hoy están evidentemente ausentes. Entre ellas, emitir suficiente monto
de efectivo en circulación con un cono monetario que incluya billetes de 10 mil
CUP; numerosa dotación de eficientes cajeros automáticos; más amplia
distribución territorial de sucursales bancarias; permanente cobertura de las
técnicas comunicacionales; elevada calificación del personal bancario estimulado
en su trabajo; facilidades de comunicación para responder con prontitud las
quejas, sugerencias y dudas de los clientes.
Mientras estas y otras condiciones para el trabajo del sistema bancario
no estén creadas no se puede establecer como objetivo inmediato la
bancarización total, por lo que mi propuesta consiste en que el BCC derogue la
Resolución 111/2023 y dicte una nueva Resolución que promueva la bancarización voluntaria.
La Habana, 7 de agosto de 2026

