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martes, 20 de junio de 2017

OFAC: Lo anunciado no surte efecto aún





Un auto antiguo estadounidense estacionado frente al hotel Inglaterra en La Habana, el sábado 17 de junio de 2017. Foto: Ramón Espinosa / AP.




Los cambios anunciados por el presidente Donald Trump en su política hacia Cuba no entrarán en vigor hasta que los Departamentos del Tesoro y del Comercio de los Estados Unidos ajusten sus regulaciones al respecto. Este proceso debe iniciar en menos de 30 días, pero podría durar “varios meses”, según la Casa Blanca.

El mandatario notificó el viernes pasado una restricción de los viajes de los estadounidenses a Cuba y de los negocios con las empresas vinculadas a las fuerzas armadas y de inteligencia de la Isla.

Si bien Trump no romperá relaciones con Cuba, la nueva política tiene diferencias con respecto a las medidas aplicadas por la Administración Obama.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés), ha publicado una lista de preguntas frecuentes con su correspondiente respuesta. 

En la mayoría de los casos no es posible evaluar un impacto concreto hasta que las nuevas regulaciones sean informadas.

Preguntas frecuentes sobre el anuncio del presidente Trump

1. ¿Cómo implementará OFAC los cambios al programa de sanciones de Cuba anunciado por el Presidente el 16 de junio de 2017? ¿Los cambios son efectivos inmediatamente?

OFAC implementará los cambios específicos del Tesoro a través de enmiendas a su Reglamento de Control de Activos Cubanos. El Departamento de Comercio aplicará los cambios necesarios a través de enmiendas a sus Reglamentos de Administración de Exportaciones. OFAC espera emitir sus enmiendas regulatorias en los próximos meses. Los cambios anunciados no surtirán efecto hasta que se emitan los nuevos reglamentos.

2. ¿Qué es el viaje individual de persona a persona y cómo el anuncio del presidente impacta esta autorización de viaje?

Los viajes persona a persona son viajes educativos que: (i) no involucran estudio académico de acuerdo con un programa de grado; y (ii) no tiene lugar bajo el auspicio de una organización que sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos para promover el contacto persona a persona. El Presidente instruyó al Tesoro para emitir regulaciones que pondrán fin a los viajes persona a persona. Los cambios anunciados no surten efecto hasta que se emitan las nuevas regulaciones.

3. ¿Se seguirá autorizado el viaje de persona a persona en grupos?

Sí. La modalidad de persona a persona en grupos es un viaje educativo que no implica estudios académicos de acuerdo con un programa de grado que se lleva a cabo bajo los auspicios de una organización que está sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos que patrocina tales intercambios para promover el contacto de persona a persona. Los viajeros que utilicen esta autorización de viaje deberán mantener una agenda completa de actividades de intercambio educativo que tengan como objetivo mejorar el contacto con el pueblo cubano, apoyar a la sociedad civil en Cuba o promover la independencia del pueblo cubano frente a las autoridades cubanas, y que resulte en interacción significativa entre el viajero y los individuos en Cuba. Un empleado, consultor o agente del grupo debe acompañar a cada grupo para asegurarse de que cada viajero mantenga un horario completo de actividades de intercambio educativo.

4. ¿Cómo afectan los cambios anunciados por el presidente el 16 de junio de 2017 a viajeros de persona a persona que ya han comenzado a hacer sus arreglos de viaje (como comprar vuelos, hoteles o autos de alquiler)?

Los cambios anunciados no surtirán efecto hasta que la OFAC emita nuevas regulaciones. Siempre que el viajero haya completado al menos una transacción relacionada con el viaje (como comprar un vuelo o reservar un alojamiento) antes del anuncio del Presidente el 16 de junio de 2017, todas las transacciones adicionales relacionadas con el viaje, ocurra antes o después de que se emitan los nuevos reglamentos de OFAC, estaría autorizado, siempre y cuando las transacciones relacionadas con los viajes sean consistentes con las regulaciones de OFAC al 16 de junio de 2017.

5. ¿Cómo afectan los cambios anunciados por el Presidente el 16 de junio de 2017 a otros viajeros autorizados a Cuba cuyos arreglos de viaje pueden incluir transacciones directas con entidades relacionadas con los servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos que puedan estar implicados en la nueva política hacia Cuba?

Los cambios anunciados no surtirán efecto hasta que la OFAC emita nuevas regulaciones. En consonancia con el interés de la Administración de no afectar negativamente a los estadounidenses por organizar viajes legales a Cuba, cualquier acuerdo relacionado con viajes que incluya transacciones directas con entidades relacionadas con los servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos que puedan estar implicados por la nueva política cubana será permitido, siempre que dichos arreglos de viaje se hayan iniciado antes de la emisión de las próximas reglamentaciones.

6. ¿Cómo afectan los cambios anunciados por el Presidente el 16 de junio de 2017 a las empresas sujetas a la jurisdicción estadounidense que ya están comprometidas en el mercado cubano y que puedan realizar transacciones directas con entidades vinculadas a los servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos potencialmente implicados por la nueva política cubana?

Los cambios anunciados no surtirán efecto hasta que la OFAC emita nuevas regulaciones. En consonancia con el interés de la Administración por no afectar negativamente a las empresas estadounidenses por participar en oportunidades comerciales lícitas, cualquier compromiso comercial relacionado con Cuba que incluya transacciones directas con entidades relacionadas con los servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos que puedan estar implicados por la nueva política de Cuba, se permitirá, siempre que esos compromisos comerciales estuvieran en vigor antes de la emisión de las próximas regulaciones.

7. ¿Afecta la nueva política cómo las personas sujetas a la jurisdicción de Estados Unidos pueden comprar boletos aéreos para viajes autorizados a Cuba?

No. La nueva política no cambiará la forma en que las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos que viajan a Cuba de acuerdo con las 12 categorías de viajes autorizadas pueden comprar sus boletos aéreos.

8. ¿Puedo seguir enviando remesas autorizadas a Cuba?

Sí. Los cambios de política anunciados no cambiarán las autorizaciones de envío Remesas a Cuba. Además, los cambios anunciados incluyen una excepción que permitirá transacciones relacionadas con el envío, procesamiento y recepción de remesas autorizadas en la medida en que de otra manera estarían restringidas por la nueva política que limita las transacciones con ciertos servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos identificados. Como resultado, las restricciones a ciertas transacciones en la nueva política cubana no limitarán la capacidad de enviar o recibir remesas autorizadas.

9. ¿Cómo afecta la nueva política a otros viajes autorizados a Cuba por personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos?

La nueva política no dará lugar a cambios en las otras autorizaciones de viaje (no individuales).

Tras la emisión de los cambios reglamentarios de la OFAC, las transacciones relacionadas con viajes con entidades prohibidas identificadas por el Departamento de Estado en general no serán permitidas. Una guía acompañará la emisión de las nuevas regulaciones.

10. ¿Cómo afectará la nueva política a las licencias específicas existentes de OFAC?

Las futuras regulaciones serán prospectivas y, por lo tanto, no afectarán a los contratos y licencias.

11. ¿Cómo sabrán las empresas estadounidenses si su contraparte cubana está afiliada a una entidad o sub-entidad prohibida en Cuba?

El Departamento de Estado publicará una lista de entidades con las cuales las transacciones directas generalmente no se permitirán. Una guía acompañará la emisión del nuevo Reglamento. Los cambios anunciados no surtirán efecto hasta que las nuevas regulaciones sean emitidas.

12. ¿Hay impacto de la nueva política sobre los viajes autorizados en cruceros o embarcaciones de pasajeros a Cuba?

Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos podrán realizar viajes autorizados a Cuba en cruceros o embarcaciones de pasajeros.

Tras la emisión de los cambios reglamentarios de la OFAC, las transacciones relacionadas con viajes con entidades prohibidas identificadas por el Departamento de Estado en general no serán permitidas. Una guía acompañará la emisión de las nuevas regulaciones.

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