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lunes, 17 de julio de 2017

Anuncios clasificados develan discriminación en el mercado laboral cubano


En sitios web, empresas privadas y estatales de La Habana proliferan convocatorias sexistas y racistas, que violan el Código del Trabajo vigente en la nación caribeña.



Los anuncios discriminatorios relacionados con el mercado laboral proliferan con mayor fuerza en páginas web de clasificados como Revolico, PorlaLivre, Cubísima, Bachecubano, Listadecuba y Mercadojobs. En esta foto, uno de la cadena de tiendas TRD Caribe. Foto: Archivo IPS_Cuba

La Habana, 17 jul -. Anuncios clasificados discriminatorios hacia las mujeres y las personas negras proliferan en sitios web y en algunas empresas privadas y estatales de esta capital, un fenómeno que si bien no es nuevo, resulta más visible en la actualidad, alertan especialistas.

La cadena de tiendas TRD Caribe dio a conocer hace unos meses una convocatoria dirigida a “dependientes comerciales para el turismo”, quienes, entre otros requisitos, debían ser menores de 35 años, poseer una “presencia adecuada, buen porte y aspecto”, además de una estatura superior a 1,55 metros las mujeres y 1,60 los hombres.

Por otra parte, una persona residente en la isla caribeña publicó en la plataforma virtual Revolico que buscaba una “muchacha joven para trabajar en restaurante” en Asia. “La muchacha debe ser blanca, saber un poco de inglés y tener buena presencia”, añadió.

Foto: Print screen del sitio web Revolico

“La sociedad debe estar alerta ante esas expresiones de discriminación, violatorias de lo establecido en la legislación laboral cubana”, afirmó la abogada y profesora universitaria Yamila González. 

Miladys, quien labora como dependiente en un bar en La Habana Vieja, comentó a la Redacción IPS Cuba que en su establecimiento también “han colocado anuncios de trabajo en los que exigen determinadas características físicas y si no las cumples, no puedes estar allí”.

“Aunque a veces no son tan estrictos y si demuestras que eres buena en el trabajo, lo demás deja de importar”, expresó la joven, de 26 años, egresada de la carrera de Cultura Física y Deportes.

Para Raiza, de 23 años, “ese es un tema complejo, del que no se habla”.

“Nunca había analizado el problema, pero es cierto que ahora los lugares de más nivel solo contratan a mujeres bonitas, sobre todo en las paladares o las tiendas”, reflexionó la mujer, vinculada al área de los servicios gastronómicos desde los 19 años, primero en empresas estatales y ahora en un restaurante privado.


Otro anuncio en Revolico  Foto: Print screen del sitio web Revolico

Yamila González, vicepresidenta de la no gubernamental Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC), opinó que “no es un fenómeno nuevo, aunque actualmente son más visibles esos clasificados, tanto en el cuentapropismo como en instituciones estatales, sobre todo relacionados con las tiendas recaudadoras de divisas y el turismo”.

“Toda la sociedad debe estar alerta ante esas expresiones de discriminación, violatorias de lo establecido en la legislación laboral cubana”, agregó la experta a la Redacción IPS Cuba.

A su juicio, además de atentar “contra el derecho al trabajo de las personas, contravienen los principios constitucionales y el concepto de igualdad promovido en el país”.

La abogada hizo alusión a la Ley No. 116, denominada Código del Trabajo, en la cual se regulan todos los aspectos relacionados con el espacio laboral en la nación caribeña.


Un ejemplo más de discriminación. Foto: Print screen del sitio web Revolico

Según el Artículo 2 de dicho documento, “todo ciudadano (de Cuba) en condiciones de trabajar tiene derecho a obtener un empleo atendiendo a las exigencias de la economía y a su elección, tanto en el sector estatal como no estatal”.

Asimismo, dispone que en el acceso al trabajo no pueden mediar criterios discriminatorios “por el color de la piel, género, creencias religiosas, orientación sexual, origen territorial, discapacidad y cualquier otra distinción lesiva a la dignidad humana”.

Incluso, la Sección Novena del estatuto, referida al principio de idoneidad, enfatiza que en “el proceso de determinación de los trabajadores que permanecen en la entidad y de los disponibles” se debe evitar cualquier manifestación de “favoritismo”, así como de “discriminación de género o de otro tipo”.

Al respecto, González aseguró que “en Cuba se ha priorizado que el acceso al trabajo no esté mediado, ni condicionado por características físicas, o sea, si eres una persona alta, baja, trigueña, rubia, mestiza, negra…”.

“Los conocimientos y las capacidades deben ser los aspectos esenciales a tener en cuenta para la contratación de las personas en cualquier sector”, puntualizó la jurista.

Asimismo, precisó que “si una persona percibe que su derecho ha sido vulnerado, puede acudir al Órgano de Justicia Laboral de su entidad o directamente a la Fiscalía General de la República para realizar una denuncia”.

“En el Código Penal cubano, artículo 295, acápite uno, aparece recogido el delito contra el derecho de igualdad, que establece desde multas hasta sanciones de privación de libertad”, acotó.

La especialista informó que el tema ha comenzado a ser abordado por el proyecto Género y Derecho, que desde 2011 coordina la UNJC, con la colaboración del Fondo de Población de las Naciones Unidas.

“En la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana estamos trabajando para visibilizar estas discriminaciones, que son difíciles de percibir porque son indirectas, no suelen manifestarse mediante una negación explícita”, explicó González.

“Hay que trabajar más en la promoción de la cultura jurídica, porque si las personas no visualizan esas cuestiones como violaciones de sus derechos, ni se quejan, ni reclaman, ni denuncian”, añadió.

En su opinión, “el enfrentamiento a estos problemas pasa por la capacitación, la educación y por el reconocimiento social de que esos también son actos discriminatorios”.

No obstante, señaló que “un análisis muy riguroso debe realizarse con funcionarios y funcionarias que rigen los destinos de instituciones estatales e igualmente con el sector privado, porque la legislación laboral es para todas las personas y no puede ser violada”. (2017)

1 comentario:

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