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lunes, 20 de agosto de 2018

Trabajo y salarios. Crítica del proyecto de Constitución de la República de Cuba

Lázaro González y Yaisel R. Pérez. El Estado como tal

Revolución es sentido del momento histórico;
es cambiar todo lo que debe ser cambiado…
Fidel Castro Ruz
Hemos estudiado la meticulosa elaboración del proyecto de Constitución, no obstante, tenemos algunas observaciones. En primer lugar, nos detendremos en el artículo 31, párrafo 120, y en segundo lugar en No. 76, párrafo 204. Es inconcebible que en un proyecto de tanta calidad no se hayan dado cuenta en su elaboración y discusión en la Asamblea Nacional que el mismo contradice lo planteado por Carlos Marx y V. I Lenin. Resulta errático y solo demuestra poco conocimiento sobre esta materia fundamental en la construcción del socialismo.
En el artículo 31 se señala “La distribución de la riqueza con arreglo al trabajo aportado,” (…) esta afirmación no es congruente con la realidad, ya que la riqueza se distribuye atendiendo a determinadas reglas y solo la parte destinada a los salarios corresponde proporcionalmente a los resultados laborales.
Carlos Marx en su obra “Crítica del Programa de Gotha” señala, después de efectuar las distintas partidas en que se distribuye la riqueza: “Solo después de esto podemos proceder a la “distribución”, es decir a lo único que, bajo la influencia de Lasalle y con una concepción estrecha, tiene presente el programa, es decir, a los medios de consumo que se reparte entre los productores individuales de la colectividad”. (1)
En el artículo No. 76, párrafo 206 se señala el apotegma “de cada cual según su capacidad, a cada cual; según su trabajo”. Como expresión del principio de distribución socialista es falso, es un invento de no se sabe quién, ya que en las obras de los clásicos del marxismo-leninismo no aparece esta expresión. El principio de distribución de la riqueza no puede restringirse a los salarios, tal pronunciamiento es muy estrecho, por ejemplo, la educación y la salud pública no se rigen por este “principio” del aporte laboral sino por las necesidades.
Por otra parte, en la construcción del socialismo no es posible, en la mayoría de los casos, laborar en correspondencia con su capacidad. Este es un ideal comunista que se obtendrá con el desarrollo de la economía cuando el trabajo sea una necesidad vital y el hombre se desarrolle en todos sus aspectos.
En la “Crítica del Programa de Gotha” Carlos Marx señala:
Congruentemente con esto, en ella el productor individual obtiene de la sociedad –después de hechas las obligadas deducciones– exactamente lo que le ha dado. Lo que el productor ha dado a la sociedad es su cuota individual de trabajo”.
Continúa escribiendo:
La misma cuota de trabajo que ha dado a la sociedad bajo una forma la recibe de esta bajo otra forma distinta”.
Por otra parte, señala,
Por eso el derecho igual sigue siendo aquí en principio, el derecho burgués, aunque ahora el principio y la práctica ya no se tiran de los pelos, mientras que, en el régimen de intercambio de mercancías, el intercambio de equivalentes no se da más que como término medio y no en los casos individuales.
A pesar de este progreso, el derecho igual sigue llevando implícita una limitación burguesa. El derecho de los productores es proporcional al trabajo que han rendido; la igualdad, aquí, consiste en que se mide por el mismo rasero: por el trabajo”.
Más adelante señala:
Pero estos defectos son inevitables en la primera fase de la sociedad comunista, tal y como brota de la sociedad capitalista después de un largo y doloroso alumbramiento”. (2)
V.I. Lenin en su obra “El Estado y la Revolución” señala:
Cada miembro de la sociedad, al ejecutar una cierta parte del trabajo socialmente necesario, obtiene de la sociedad un certificado que le acredita haber rendido tal o cual cantidad de trabajo. Por este certificado, recibe de los almacenes sociales de artículos de consumo la cantidad correspondiente de productos. Deducida la cantidad de trabajo que pasa al fondo social, cada obrero, por tanto, recibe de la sociedad lo que entrega a esta”.
Más adelante expresa:
Sin embargo, esto no es todavía el comunismo, ni suprime todavía el «derecho burgués» que da una cantidad igual de productos a hombres que no son iguales y por una cantidad desigual (desigual de hecho) de trabajo”.
Este es un «defecto», dice Marx, pero un defecto inevitable en la primera fase del comunismo… …Otras normas fuera de las del «derecho burgués», no existen”. (3)
Como se puede apreciar, en estas obras, en ningún momento se alude al apotegma “de cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo” y se estigmatiza el «principio de distribución socialista» referido a los salarios (fondo de consumo individual) considerándolo como una aberración.
Dilucidado este aspecto, queremos referirnos a la primera parte del artículo antes citado: “el trabajo se remunera en función de la cantidad, complejidad, calidad y resultados obtenidos”. Discrepamos de esta formulación, el trabajo se mide exclusivamente por la calidad y cantidad. La calidad comprende la complejidad y los factores extracalificatorios llamados comúnmente condiciones anormales de trabajo. La calidad no es del producto, es la calidad del trabajo o conjunto de características que diferencian un trabajo de otro; y la cantidad se mide por el tiempo laborado o por la cantidad de producción realizada.
En esta formulación, según interpretamos, porque es difusa y confusa, se quedan fuera los factores extracalificatorios (esfuerzo físico, temperatura, nocturnidad, etc.) Por otra parte, a nuestro modo de ver, en el artículo el término calidad se refiere a la calidad de los productos, no contemplado en el salario del trabajador, ya que es muy difícil medirlo, sobre todo en los trabajadores administrativos y los técnicos. Solamente se contempla en los pagos por rendimiento al no considerar en la producción realizada los artículos fuera de los parámetros de calidad establecidos. Por último, ¿qué se entiende por resultados obtenidos? Esto sobra si el principio es pagar por la calidad y cantidad de trabajo.
PROPUESTA
  1. Eliminar el párrafo 120 del artículo 31.
  2. En el artículo 76, párrafo 204 se redacte de la siguiente forma: El trabajo se remunera en función de la calidad y cantidad de trabajo aportado por el trabajador.
 La Habana, 13 de agosto de 2018
 Notas
1 Carlos Marx, Critica del Programa de Gotha, Edit. Progreso, Moscú, t.III, p.p.13-15
2 Ib.
3 V.I. Lenin, “El Estado y la Revolución”, Edit. Política, La Habana, pp.110-114

NOTA SOBRE LOS AUTORES:
Lázaro González Rodríguez. Doctor en Ciencias Económicas y Profesor Titular Adjunto de la Universidad de La Habana. Miembro de Honor de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba (ANEC). Desde 1961 hasta 1981 laboró en el Ministerio del Trabajo en la esfera de la organización del trabajo y los salarios, ocupando, entre otros cargos, los de Director de Salarios, Viceministro y Director fundador del Instituto Nacional para la Investigación Científica del Trabajo. En 1981 y hasta el año 2003 labora en el Ministerio de Industria Básica ocupando los cargos de Director Económico en la Unión de la Goma (1981-1984), Director de la Empresa de la Goma “Conrado Piña” (1985-2000) entidad laboratorio del MTSS y primera en aplicar el perfeccionamiento empresarial en el país. A partir de 2001 y hasta 2003 realiza actividades de asesoramiento en la esfera de la organización del trabajo y los salarios en el organismo central. Actualmente labora como consultor. Es presidente fundador de la Sociedad de Estudios del Trabajo de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba (ANEC). Desde su fundación hasta 2009 fue miembro del Tribunal de Grado Científico de Economía Aplicada. Autor de varios de los libros más sobresalientes publicados en Cuba sobre cuestiones relativas a la organización científica del trabajo, los salarios, la productividad, y los estímulos materiales y morales.
Yaisel Roberto Pérez Romero. Ingeniero Industrial, especializado en la economía del trabajo y la dirección de empresas. Ha trabajado como Especialista principal en la Empresa de la Goma. Como coautor ha publicado el libro “La ciencia del trabajo en la actualización del modelo económico y social cubano”. Ha publicado como coautor diversos artículos sobre el salario la organización del trabajo y la dirección empresarial. Consultor. Se ha desempeñado como especialista en banca en la Oficina Central del Banco de Crédito y Comercio.

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