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lunes, 19 de agosto de 2019

Tributos e impuestos para el presupuesto de todos

A pocos días de que se iniciara el pago del incremento salarial a los trabajadores del sector presupuestado continúan existiendo preguntas sobre todo lo que implica este proceso



El incremento salarial es un estímulo al sector, y ha sido muy bien acogido por los trabajadores. Foto: Estudios Revolución
A pocos días de que se iniciara el pago del incremento salarial a los trabajadores del sector presupuestado continúan existiendo preguntas sobre todo lo que implica este proceso.
El tema de la tributación es uno de ellos, porque evidentemente es una novedad para la mayoría de los que hoy son beneficiados con el incremento salarial.
La Resolución 300/2019, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.16 y emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), regula el pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social y el Impuesto sobre los Ingresos Personales a los trabajadores del sector presupuestado.
Dicha norma deroga la Resolución No.134 de 2014, del propio Ministerio, y alcanza ahora a todos los trabajadores del sector que tributarán una Contribución Especial a la Seguridad Social. Según explica Yahily García Poma, directora de Política de Ingresos del mfp, «este es el momento propicio para generalizar la forma de pago de estas contribuciones en todo el sector presupuestado».
Agrega que este pago, a partir del incremento salarial, es un paso de avance en la implementación de la Ley Tributaria cubana, cumpliendo con el principio de generalidad que consiste en que todas las personas realicen su aporte al Estado en correspondencia con su capacidad económica.
Según la citada Resolución se aplica escalonadamente y, para su cálculo, se utilizan dos tipos impositivos, protegiendo a los trabajadores de menores ingresos. Toda aquella remuneración que sea inferior a 500 cup aplicará un tipo impositivo de un 2,5 %, y todos los ingresos que superen los 500 cup, un 5 %.
Asimismo, se establece que la forma de pago es a través de la entidad empleadora, que retiene y aporta al Presupuesto las cuantías que correspondan por cada trabajador, dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, por la totalidad de ingresos gravados correspondientes al mes anterior, según consta en el registro de nóminas.
«Cuando las personas vayan a cobrar, ya sea por caja o por tarjeta magnética, ese porciento estará descontado de su salario», explica García.
«El objetivo es que todos aportemos al Presupuesto del Estado, que en Cuba tiene un marcado carácter social. El Presupuesto de la Seguridad Social continúa siendo deficitario, y actualmente es el Estado quien cubre la diferencia entre lo que se ingresa por estas contribuciones y los gastos asociados a la seguridad social.
«De igual manera, es importante que la población comprenda que las contribuciones a la seguridad social constituyen una garantía presente y futura para nuestra población», añade la funcionaria del MFP.


La contribución a la seguridad social que realizarán los trabajadores del sector presupuestado se hará por las entidades empleadoras como parte de su sistema de retenciones. Foto: Ariel Cecilio Lemus



ALGUNAS PRECISIONES SOBRE LOS IMPUESTOS

Otro aspecto novedoso para los trabajadores del sector presupuestado es el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, el cual solo lo realizarán aquellos que perciben un salario escala a partir de los 2 500 cup, y que quedarán gravados con un tipo impositivo de un 3 % sobre las remuneraciones obtenidas por este concepto. Al igual que en el caso de la contribución a la Seguridad Social, este impuesto lo retendrán las entidades empleadoras.
«A diferencia de otros actores que pagan el Impuesto sobre los Ingresos Personales, los trabajadores implicados en los términos establecidos por esta Resolución están exonerados de la presentación de la declaración jurada para su liquidación y pago anual», subrayó García.
En el caso de las personas que practiquen el pluriempleo, será la entidad que paga la remuneración la encargada de velar porque se cumplan los requisitos y se haga la retención pertinente.
«Para el trabajador que ejerce el pluriempleo en una misma entidad, será esta la encargada de realizar las retenciones de la Contribución Especial a la Seguridad Social y del Impuesto sobre los Ingresos Personales, de conformidad con lo establecido en la Resolución, y a tales efectos verifica que se cumplan los requisitos para su exigencia, en relación con el total de las remuneraciones gravadas.
«Para el trabajador que mantiene un régimen de pluriempleo con diferentes entidades, cada una de ellas analizará la procedencia de la aplicación de los tributos referidos en la norma, en función de los pagos que realizan de forma independiente al trabajador, y practicará las retenciones correspondientes», explica la Directora de Política de Ingresos del MFP.
De igual manera sucede con las personas jubiladas y contratadas: estas pagarán los referidos tributos en correspondencia con la remuneración recibida por el trabajo realizado y no por la jubilación que les está destinada mensualmente.
Según Yahily García, para la implementación de esta norma es importante que las entidades empleadoras establezcan una adecuada relación con la Oficina Nacional de Administración Tributaria, que permita el cumplimiento de lo dispuesto y que los aportes se realicen de forma correcta y oportuna.
«El tema de la tributación sobre el salario ha tenido poca aplicación, y en estos momentos es posible su extensión por el impacto económico en la población de la medida salarial para el sector presupuestado, que los pone en una mejor situación y capacidad para realizar este aporte.
«El incremento salarial es un estímulo al sector, y ha sido muy bien acogido por los trabajadores. El pago de los tributos que guardan relación con la misma contribuye también a la sostenibilidad de esta. Pagar impuestos es un deber ciudadano y un acto solidario. Que cada cubano se sienta partícipe de este aporte es importante, porque a fin de cuentas, es un presupuesto que todos disfrutamos», concluyó Yahily García.
EN CIFRAS

1 470 736 trabajadores de los organismos de la Administración Central del Estado, los órganos locales del Poder Popular, las organizaciones y asociaciones han sido beneficiadas con el incremento salarial.

1 281 523 personas beneficiarias de la seguridad social percibirán el incremento. 

700 millones de pesos es el costo estimado anual a la seguridad social por este incremento.

2,5 % será el tipo impositivo para quienes obtengan ingresos mensuales hasta 500 pesos. 

5 % será el tipo impositivo para quienes obtengan ingresos mensuales superiores a 500 pesos.

3 % será el tipo impositivo para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales de aquellas personas que perciben un salario escala a partir de los 2 500 pesos.

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