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sábado, 12 de diciembre de 2020

Lo que debe saber sobre los nuevos salarios, tributos, pensiones y prestaciones de la seguridad social (+ Video)

12 de Diciembre, Cubadebate

A partir del 1ro de enero se elimina la circulación legal del CUC y se establece una  tasa de cambio única de 24 CUP por un dólar. Desde esa fecha –que marca la arrancada del proceso de ordenamiento monetario– quedarán suprimidos los subsidios excesivos y gratuidades indebidas, y habrá una modificación en la distribución de los ingresos.

¿Cómo se conforma la nueva escala salarial? ¿Qué sucederá con las pensiones y prestaciones de la asistencia social? ¿Cuáles son las novedades en materia tributaria? Para ampliar sobre estas cuestiones, las ministras de Trabajo y Seguridad Social y de Finanzas y Precios comparecen este sábado en la Mesa Redonda.

En vivo, la Mesa Redonda

¿Qué principios sustentan la reforma salarial?


En el inicio del programa televisivo, la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó, recordó que la Tarea Ordenamiento es una necesidad impostergable y un paso imprescindible para avanzar en la estrategia económica y social del país.

“La transformación de los ingresos de la población ocupa un espacio fundamental dentro de los cuatro aspectos que se van a resolver con la Tarea Ordenamiento”, dijo, y explicó que hay seis principios que sustentan esta reforma integral de salarios, pensiones y prestaciones de la seguridad social.

En primer lugar, la eliminación gradual de subsidios excesivos y gratuidades indebidas. “La política es subsidiar a las personas y no los productos, para evitar el igualitarismo que a veces tenemos en la sociedad”. 

En segundo lugar, mantener el salario como fuente principal para financiar el consumo de los trabajadores y su familia, y eliminar las distorsiones salariales para estimular la incorporación al empleo y la promoción a cargos de dirección.

La imposibilidad ante el costo elevado que tiene una reforma de pensiones, conllevó que de manera aislada se hicieran algunos incrementos, se aplicaran algunos sistemas de pago, porque no había forma de incrementar el salario a escala en el sector empresarial y en otros sectores. “Medidas que en su momento fueron las que pudimos aplicar, pero que trajeron distorsiones salariales que se intentará ordenar con esta reforma”. 

En cuarto lugar, se fijan el salario mínimo, las pensiones y las prestaciones de la asistencia social, tomando como referencia el costo de la canasta de bienes y servicios de referencia (CBSR=1 528 pesos).

Se toman en cuenta, además, los conceptos de salario bruto y neto y el crecimiento de los salarios, pensiones y prestaciones, consistente con los equilibrios macroeconómicos.

La reforma integral de salarios fija el salario mínimo en 2 100 pesos mensuales. “Es el resultado de multiplicar el costo de la canasta de bienes y servicios por el coeficiente 1.3, y por 1.5 también, a partir de que todos los trabajadores deben realizar la contribución especial a la seguridad social”. 

Feitó Cabrera señaló que la escala salarial está integrada por 32 grupos de complejidad, con una relación entre el salario más complejo y el menos complejo de 4.5 veces, desde el salario mínimo (2 100 CUP) a máximo (9 510 CUP).

“La reforma integral de salarios lleva un ordenamiento a partir de una jerarquización que se aprueba de los principales cargos de dirección del país, del personal  técnico, donde hay un reconocimiento a los trabajadores de la salud, la educación, la investigación... No es solo un incremento salarial como el que hizo en julio de 2019”. 

El salario en el sector empresarial crece, como promedio, 9.6 veces, y en el presupuestado, 3.9 veces. En Cuba reciben el salario mínimo más de 24 700 trabajadores, dentro de ellos algunos que pertenecen al sector empresarial, el cual tendrá otros ingresos además del salario de la escala y los pagos adicionales.

Ministra de Trabajo: Se comienza a dar vuelta a la pirámide invertida

La ministra de Trabajo y Seguridad Social reiteró que no es un simple cambio de escala. “Esta reforma toma en cuenta la intensidad y la responsabilidad en el trabajo. Se comienza a dar vuelta a la pirámide invertida”. 

En este nuevo escenario, se incrementa la complejidad de los técnicos de nivel medio y el requisito de calificación de los técnicos de nivel superior. “Hay una diferenciación entre los profesionales, los técnicos de nivel medio, superior, que anteriormente no estaba bien diseñada y desestimulaba a los profesionales de la educación técnico-profesional con relación al empleo”.

“Se ha entendido, sobre la facultad que tienen los jefes de las entidades, que si aquellos trabajadores que no tienen el requisito de calificación de nivel superior cumplen excepcionalmente los requisitos y son idóneos, pueden, de acuerdo con el Código de Trabajo, Artículo 22, ocupar los cargos de nivel superior, aunque sean técnicos de nivel medio”, aclaró.

Para los recién graduados que cumplen el servicio social y no ocupan plazas, esta política concibe una diferenciación de acuerdo con el nivel de calificación entre el técnico medio, el superior y el de nivel superior, que en la política anterior no estaban diferenciados.

“Está previsto también un incremento del estipendio de los estudiantes universitarios”, confirmó.

En la reforma se eliminan y se incluyen en el salario escala los pagos adicionales y los sistemas de estimulación y otros pagos que se hacen en CUP y en CUC. “Había muchos parches, por ser técnico, por antigüedad, por ocupar cargos de dirección… Y también en sectores específicos. Si vamos a ordenar, vamos a integrar, y que en el salario escala esté reflejada la labor que se desempeña”.

Igualmente, se mantienen e incrementan sus cuantías los pagos adicionales por condiciones laborales anormales, por la categoría de Máster (440 CUP) y Doctor (825 CUP), el coeficiente de interés económico social de los trabajadores que laboran en el municipio de Caimanera (30%), por impartir docencia en Salud Pública y para las profesiones que se certifican internacionalmente, como los soldadores de la industria básica (605 CUP). 

También se mantienen otros ingresos en CUP adicionales al salario, como pronto despacho en la actividad portuaria, la actividad de trincaje en la empresa Navegación Caribe, los servicios en frontera en instituciones de la salud y el honorario de los árbitros de la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional (CCACI). 

“En este ordenamiento de la pirámide pudiera haber trabajadores en cuyos casos el salario recibido actualmente sea superior al que corresponde por la reforma. Se ha dispuesto que, de ocurrir esos casos, se respeten excepcionalmente, mientras se mantengan en el cargo, los ingresos que reciben esos trabajadores, porque no podemos afectarlos”, apuntó Feitó Cabrera.

“En este ordenamiento de la pirámide pudiera haber trabajadores en cuyos casos el salario recibido actualmente sea superior al que corresponde por la reforma. Se ha dispuesto que, de ocurrir esos casos, se respeten excepcionalmente, mientras se mantengan en el cargo, los ingresos que reciben esos trabajadores, porque no podemos afectarlos”, apuntó Feitó Cabrera.

Ello se calculará bajo la fórmula del promedio de los seis mejores meses, de los últimos 24, para evitar afectaciones tomando en cuenta que en el último año hemos estado bajo el impacto de la COVID-19. “Este es un ejemplo de no quedar desamparado, no vamos a desamparar a ningún trabajador que pudiera tener un ingreso inferior al actual a partir de la reforma”.

Perfeccionamiento de los ingresos en el sector empresarial

En la Mesa Redonda, salarios, tributos y prestaciones de la seguridad social. Foto: Roberto Garaicoa/ Cubadebate.

En un primer acercamiento al tema del perfeccionamiento de los ingresos en el sector empresarial, que será tocado en próximos programas, la ministra informó que se eliminan los sistemas de pago por resultados, asociados al cumplimiento de indicadores límites y directivos. 

“La tan cuestionada y criticada resolución 114, que para algunos trabajadores trajo beneficios y para otros no”, recordó.

La estructura del salario en el sector empresarial se compone de una parte fija, compuesta por el salario escala más los pagos adicionales aprobados, y una parte móvil, asociada a los resultados. La parte móvil comprende el pago a destajo y la distribución de utilidades por el aporte individual, que incluye un pago trimestral a cuenta, y el pago anual de utilidades.

“Es algo que ha evolucionado en el tiempo. Ahora el límite lo pone la eficiencia”, precisó. 

Llamó la atención sobre la responsabilidad que adquieren los directivos de las empresas, “porque hay que elaborar un reglamento para la distribución de esas utilidades de manera individual, a partir de lo aprobado por el consejo de dirección y con activa participación del sindicato. Debe comenzar su elaboración a partir de ahora, para tenerlo listo al culminar el primer trimestre de 2021”. 

La ministra informó que se mantiene el sistema de pago por rendimiento que se aplica a los constructores de las obras del turismo y en la Zona Especial de Desarrollo Mariel, que normalmente se conoce como la Resolución 15 de 2016.

El ordenamiento salarial en el sector empresarial se hizo a partir de la siguiente jerarquización en ese sistema: 

  1. Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE)
  2. Grupos empresariales integrados a las OSDE y subordinados a los órganos locales del Poder Popular (OLPP).
  3. Empresas según su categoría: alta tecnología / categorías I, II y III. 

Actualmente, el Ministerio de Trabajo aprueba las categorías del sistema empresarial del país. A partir de ahora, transcurrido el primer año, los directivos de las OSDE, a partir de esa metodología, aprobarán las categorías de sus empresas.

Sobre la inversión extranjera, la ministra ratificó que el salario se fija por acuerdo entre la empleadora y la empresa con capital extranjero, teniendo en cuenta la complejidad, condiciones del trabajo, requisitos adicionales de los cargos y la máxima de que el salario que se negocie no puede ser inferior al que le corresponde a cada cargo de la escala salarial. 

Feitó Cabrera informó que más adelante se realizará una Mesa Redonda para informar específicamente sobre la inversión extranjera.

Precisiones sobre el anticipo

Sobre el tema del anticipo salarial, explicó que se pensó porque la reforma de salarios se hace efectiva en diciembre, un mes antes del día cero. “Estamos previendo que los trabajadores tengan un mejor poder adquisitivo para enfrentar los precios que se implementarán a partir del 1 de enero, incluida la canasta familiar normada. El anticipo previsto es de 1 000 pesos para cada uno de los trabajadores”.

No es posible, por la misma dinámica en que se produce todo esto –continuó la ministra–, que las entidades pudieran adecuar las plantillas poniendo a las personas en el cargo y grupo que les corresponde, porque también se hizo una compactación de los cargos para simplificar y se concibieron nomenclaturas más amplias.

“En ese contexto se dará el anticipo. Después, cuando se haga el pago y los trabajadores cobren el mes vencido, se pagará la diferencia que hay entre lo que han cobrado hasta ese momento y lo que correspondería a partir del incremento. Es decir, su salario incrementado menos lo que hayan cobrado en el anticipo”.

Este anticipo corresponde a todos los trabajadores que se encuentran laborando, a las mujeres que se encuentran en licencia de maternidad, a las personas que tienen subsidio por maternidad y a los interruptos que estaban recibiendo garantía salarial, “prácticamente la mayoría de los trabajadores”.

Se exceptúan aquellos que están de licencia sin sueldo y los interruptos que injustificadamente no aceptaron la reubicación. “El anticipo está bien calculado y las personas verán que no va a haber ninguna complejidad. Comenzará a partir del 23 de diciembre”. 

Para el pago del anticipo, la ministra aseguró que cada una de las entidades debe tener actualizada la nómina y hacer la solicitud a las sucursales bancarias. “Hay un proceso previo que debe estar funcionando en cada una de las entidades del país, para que el día 23 se inicie el pago del anticipo a los trabajadores”. 

Marino Murillo: Estipendio de los estudiantes será multiplicado por cuatro

Sobre el estipendio de los estudiantes, Marino Murillo Jorge dijo que por resolución de los ministros de Educación y de Educación Superior, como promedio, esos ingresos serán multiplicados por cuatro. 

“Hay lugares donde las personas tienen sistemas de estímulos y es posible que con la nueva escala se queden por debajo, por eso se mantienen el sistema de estímulo anterior siempre que se mantengan en el cargo. Ocurre fundamentalmente donde hay sistemas de estímulo en CUC, que hoy abarcan a unas 900 000 personas”, señaló Murillo Jorge. 

En cuanto a la inversión extranjera, comentó que también cambian las reglas del juego. “Este sistema podrá pagar en la medida en que la empresa sea más eficiente, lo cual se convenia con la empresa empleadora”. 

El país cuenta con más de tres millones de asalariados en el sector estatal, en una proporción de casi 50-50% entre el sector empresarial y el presupuestado. “Un incremento del salario en el sector presupuestado es a golpe del financiamiento del presupuesto. Tenemos que entender que el sistema empresarial financia el crecimiento del salario; en el presupuestado, va a la cuenta del presupuesto”, dijo.

“Hay cosas que tenemos que ir integrando. Vamos a hacer la reforma salarial contra diciembre, y la Tarea Ordenamiento empieza el 1 de enero; por tanto, es a partir de enero cuando las empresas ponen sus nuevos precios, que tienen incluidos la devaluación más el costo de la reforma salarial.

“Pero en diciembre van a pagar la nueva reforma salarial sin haber subido los precios de empresa. Hay entidades donde esa decisión puede provocar pérdidas y necesiten financiamiento y un tratamiento a esa pérdida, que se podrá diferir según las normas contables del Ministerio de Finanzas y Precios, de manera que las empresas puedan recuperarla con los precios que establezcan a partir de enero”.

Principios de la Reforma de Pensiones de la Seguridad Social

Sobre la seguridad social, la ministra Marta Elena Feitó Cabrera precisó que a partir de la Tarea Ordenamiento se establece como cuantía de la pensión mínima el valor de la canasta de bienes y servicios, que es de 1 528 pesos. “Tenemos en el país 1 700 000 pensionados de la seguridad social y todos van a recibir incrementos”. 

En esta escala salarial, se establece que a partir de 501 pesos, se suman 1 528 a esa cuantía para que esa pensión no pierda capacidad de compra. 

Asimismo, se modifica el cálculo de las pensiones para las nuevas altas por edad, invalidez y por causa de muerte del régimen general y para los pensionados del Minfar y el Minint.

En esta modificación, en el primer año de aplicación de la reforma se procede igual que tiene actualmente la Ley de Seguridad Social (de los últimos 15 años, los 10 de mejor salario, y a partir de ahí se ubica en la escala salarial que corresponde), y en los cuatro años siguientes se calcula el promedio de los ingresos devengados a partir del año de aplicada la reforma. 

“En las personas que reciban una pensión por causa de muerte de un trabajador, hay un principio a tener en cuenta, que es que la pensión del causante se divide por la cantidad de beneficiarios”. 

Para los regímenes especiales de la seguridad social que tienen establecida una escala de contribución que selecciona la persona (trabajadores por cuenta propia, usufructuarios de tierra, cooperativistas), se establece que las pensiones vigentes y las que se concedan durante el primer año de aplicación de la reforma reciben un incremento que garantiza el costo de la CBSR (1 118 pesos).

Además, se incrementan en cuatro niveles las cuantías de la escala de contribución que hoy llega hasta 2 000 pesos con una pensión de 1 200 pesos, el equivalente al 60% de esa escala.

“Aunque este incremento es voluntario, es necesario que los trabajadores piensen y analicen que la pensión se calcula a partir del promedio de los últimos cinco años o del promedio de años que contribuyó a partir de la aplicación de la reforma salarial. Por tanto, los que se mantengan en las escalas actuales van a recibir entonces una pensión menor. Les sugerimos a las personas que se documenten, pregunten, vayan a las filiales del Instituto de Seguridad Social para hacer esta modificación”. 

Para los trabajadores que actualmente reciben prestaciones por maternidad y subsidios por enfermedad, la cuantía se recalcula y se aplica al nuevo salario el porcentaje que corresponda. “No se va hacer un recálculo integral de la prestación, pero de ahora en adelante hay que aplicar el porcentaje que corresponda al nuevo salario”. 

Asimismo, para los nuevos casos, se aplica durante el primer año a los efectos del cálculo. El promedio del nuevo salario se divide entre los meses que lo haya percibido. “En la seguridad social para las bases de cálculo se toma en cuenta un año anterior. Ahora se va a tomar en cuenta el tiempo que la persona venga devengando el salario”. 

La ministra informó también que el pago anticipado de las pensiones de la seguridad social se realizará a partir del 17 de diciembre en las sucursales bancarias y unidades de correo. 

Principios de la reforma de la asistencia social

Según Feitó Cabrera, se mantendrán las prestaciones en servicios y en especies. Foto: Roberto Garaicoa/ Cubadebate.

“Hoy tenemos 119 000 núcleos beneficiarios de la asistencia social y 101 000 núcleos que reciben prestaciones monetarias de la asistencia social por los ingresos insuficientes. Dentro de ellos, hay unos 29 000 que reciben prestaciones excepcionales de la asistencia social”, dijo la ministra de Trabajo y Seguridad Social.

Según Feitó Cabrera, se mantendrán las prestaciones en servicios y en especies. Por ello, la prestación mínima de la asistencia social para un núcleo de una persona será de 1 260 pesos, 60% del salario mínimo que tiene el país. La cuantía se corresponde, según el número de miembros del núcleo, con un incremento de 800 pesos cada uno, equivalente al costo de la alimentación.

Además, se mantienen e incrementan las prestaciones excepcionales aprobadas para los núcleos donde existen otros ingresos. Estas se evaluarán en un plazo de seis meses posteriores a la aplicación de la reforma, a los efectos de mantenerlas o extinguirlas. 

Asimismo, no se extinguirán las prestaciones que se dan a los combatientes de las guerras de liberación. 

“Está prevista la protección inmediata a nuevos núcleos que pudieran resultar económicamente vulnerables. Es una cuestión en la que se ha venido trabajando y revisando en cada uno a nivel del consejo popular por los trabajadores sociales, ya que se busca la rapidez en la prestación”. Se refuerzan también los mecanismos de otorgamiento de prestaciones para nuevos casos. 

Según la ministra, hasta el 2009, un total de 3 228 madres de hijos con discapacidad severa recibían protección por la asistencia social. Ahora, se incrementa la prestación hasta el nuevo salario que le corresponde al cargo que ocupaban. Las 734 madres protegidas con posterioridad al 2009 reciben una prestación de la asistencia social al resultar insolvente el núcleo familiar.

Al finalizar su intervención, Feitó Cabrera informó que a partir del 26 de diciembre se inicia el pago anticipado de las prestaciones de la asistencia social en las unidades de correo.

Despejando dudas sobre impuestos y tributos

Bolaños Weiss agregó que al exceso de 9 510 y hasta 10 000 pesos se le aplica una tasa superior, correspondiente a 5%. Foto: Roberto Garaicoa.

En la continuación de la Mesa Redonda, la ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, señaló que en cuanto a la contribución especial a la seguridad social se continuará pagando el 5%, el cual se aplica a la totalidad de las remuneraciones salariales. “O sea, todos aquellos ingresos que se conceptualizan como salario en el caso de los trabajadores de las entidades estatales”.

Tomando en cuenta la jerarquización del salario y los incrementos en estas cuantías, “reviste importancia que todos aportemos solidariamente a esta contribución especial de la seguridad social”. En ese sentido, Bolaños Weiss recalcó que se mantiene la contribución que aportan los empleadores. 

“Esta contribución se aplica desde el salario correspondiente al mes de diciembre, cuando se recibirá un anticipo”, subrayó.

En cuanto a los impuestos sobre ingresos personales, se establece un mínimo exento de 3 260 pesos mensuales (anteriormente era de 2 500 pesos). 

“Para lograr esa coherencia entre el salario y los precios, también tuvo que insertarse el sistema tributario, y reconocer entonces un mínimo exento superior al que está actualmente establecido para que esa capacidad de compra de la persona no sea afectada y para dejar un importe que pueda financiar los costos esenciales de vida de nuestros trabajadores en cualquiera de los sectores”, afirmó. 

En ese sentido, la titular explicó que el mínimo exento se refiere a aquellos trabajadores que ganen por concepto salarial hasta 3 260 pesos, los cuales no pagan este impuesto.

“Cuando se gana más de 3 260 pesos, entra a aplicarse el impuesto por el exceso y no por la totalidad de ese ingreso. Por tanto, al exceso de 3 260 y hasta 9 510 pesos  –la diferencia que existe en la escala– se aplicará un tipo impositivo del 3%”.

Bolaños Weiss agregó que al exceso de 9 510 y hasta 10 000 pesos se le aplica una tasa superior, correspondiente a 5%. O sea, se aplica para el pago una escala progresiva con tipos impositivos según las remuneraciones obtenidas.


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