Por Jorge Rodríguez Hernández
Con el propósito de mejorar la gestión y control de la producción industrial de alimentos y bebidas, y disponer de un registro para los productores de estos artículos, se aprobó en enero de 2019 una Política al respecto, avalada por los Lineamientos correspondientes.
A finales del mes de noviembre del pasado
año, en la Gaceta Oficial Ordinaria No 84 se hicieron públicos un Decreto y
tres resoluciones, en las cuales se regulan las normas sobre la producción
industrial de alimentos y bebidas, tanto por parte de las personas jurídicas
como naturales.
Mediante la inspección, el control y la
fiscalización por parte de la Oficina Nacional de Inspección Estatal, sin
perjuicio de otros inspectores facultados para ello, se aplicará, avalado por
los citados instrumentos legales, un régimen de contravenciones, que incluye
multas entre mil y 1 500 pesos hasta la paralización de la producción,
independientemente de otras medidas accesorias, entre las cuales se encuentra
la suspensión, cancelación o limitación de la licencia otorgada, entre otras.
Por esta vía, el Gobierno priorizará el
enfrentamiento diario de las ilegalidades y las indisciplinas sociales
asociadas a la producción industrial de alimentos y bebidas, actividad a la
cual se dedican más de 4 000 establecimientos en todo el país, y donde en
ocasiones se reportan fraudes en la elaboración de los productos.
Por otra parte, el Ministerio del Comercio
Interior (MINCIN) emitió la Resolución 163, publicada en la Gaceta Oficial, y
la cual establece el ´´Procedimiento para la tramitación, información y
análisis relacionados con el deterioro de la calidad de los alimentos´´,
mediante la misma las personas jurídicas que participen en el almacenamiento,
producción y comercialización de los productos alimenticios destinados al
consumo humano, tras la detección de un producto en mal estado o susceptible de
echarse a perder, deben solicitar a las autoridades sanitarias habilitadas, en
un plazo no mayor de 24 horas, la evaluación del producto, para su posterior
dictamen.
La citada resolución del MINCIN considera
como hecho extraordinario el deterioro, pérdida, destrucción de la conformidad
de la calidad de los alimentos, o decomiso de alimentos pertenecientes al
Estado cubano.
El referido instrumento legal estipula
también de que en caso de la ocurrencia de un hecho extraordinario pueda ser
constitutivo de delito, se procede a realizar la denuncia ante el órgano
competente, independientemente de establecer las responsabilidades y medidas
administrativas, que contribuyan a prevenir la reiteración de este tipo de
violaciones.
La normativa del MINCIN guarda estrecha
relación con el Decreto-Ley No 9 de 2020, sobre Inocuidad Alimentaria, el cual
establece regulaciones y principios en función de garantizar alimentos inocuos
y nutritivos, así como la responsabilidad para todos los actores que participan
en ese proceso.
Este último Decreto-Ley subraya que ´´en lo
referido al fraude alimentario por ejemplo se especifica que este puede ocurrir
por el reemplazo de un ingrediente por otro de menor valor, falsas alegaciones
en el etiquetado del empaque, adición de sustancias no requeridas con el fin de
mejorar o enmascarar su sabor, olor u otras cualidades, y la copia del nombre
de una marca o producto.´´
En estos casos, ´´se aplica un régimen de
infracción que, en dependencia de la magnitud del daño, puede ir desde una
multa hasta la responsabilidad penal´´.
Cuba no escapa al actuar fraudulento de
entidades jurídicas y personas naturales. Un residente en Cienfuegos escribió
en octubre de 2020 a la dirección del periódico Granma porque pagó 150 pesos
por un pomo de puré de tomate de cinco litros, sellado, con etiqueta de
Ceballos, en un mercado agropecuario de esa ciudad sureña.
Esta marca es reconocida en Cuba y en el
mundo, como sinónimo de calidad, reconoce el remitente, quien se pregunta:
¿producto sin calidad, o algunas minindustrias estarán plagiando las etiquetas
para vender a costa del prestigio de Industrias Ceballos? De lo vital que
resulta el establecimiento de políticas y disposiciones que disuadan el plagio
alimentario.
(Con información de Granma y Juventud
Rebelde)
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