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martes, 9 de febrero de 2021

¿ Qué dice la Unión Eléctrica sobre la venta de paneles solares a la población? ¿Qué dice la Aduana sobre la importación?. Comentario HHC


¿Cómo puedo adquirir y que cantidad de paneles solares necesito para cubrir los consumos eléctricos de mi vivienda?

Rta/ El Programa de Desarrollo de las fuentes renovables de energía y la eficiencia energética concibe la venta de paneles a las personas naturales. Están en vigor las normas para la instrumentación de esta venta. Lamentablemente, nuestra industria, por las dificultades económico-financieras que atravesamos, no ha podido garantizar la producción de paneles fotovoltaicos para poner a disposición de la red de comercio minorista en la venta a la población. Actualmente, los sistemas fotovoltaicos instalados en el sector residencial son muy pocos y resultado de la importación de personas naturales.

Para saber qué cantidad de paneles necesita para cubrir su consumo de electricidad, lo primero que se requiere es saber cuál es el consumo diario de su vivienda; para ello, divida entre 30 el consumo promedio mensual de su casa (este dato aparece en el recibo de la factura eléctrica) Para ilustrar mejor proponemos hacer un ejercicio. Supongamos que su consumo promedio mensual es de 185 kWh.

1ro. 185 kWh / 30 días equivale a un consumo promedio diario de 6.16 kWh.

2do. Multiplicamos el consumo promedio diario por 1000 para hallar la cantidad de energía neta en watts que se requiere captar del sistema fotovoltaico:

6.16 kWh x 1000 = 6160 watt-hora

3ro. Dividimos el valor total de energía requerida entre 5, que es la cantidad de horas promedio de luz diaria de sol que sirven para que el panel pueda captar y almacenar:

6160 watt-hora/5 horas = 1232 watts es la potencia requerida en paneles para su vivienda.

4to. Ahora corresponde dividir esa potencia requerida en paneles para su vivienda entre la potencia del panel para saber qué cantidad de paneles necesita. Aquí de nuevo debemos hacer una suposición, porque las potencias de los paneles pueden variar de acuerdo al fabricante. Supongamos entonces que la potencia de los paneles es de 260 watts,

1232 / 260 = 4.74 ≈ 5 paneles.

Es decir, que requiere 5 paneles para cubrir con energía solar el consumo diario de su vivienda.

¿ Qué dice la Aduana? Esto no ha cambiado

De: agr-dap1 <publico@agr.aduana.gob.cu>
Date: mié., 4 dic. 2019 a las 12:15
Subject: Re: Panales Solares
To: Humberto Herrera Carles <hhcarles@gmail.com>


Humberto Herrera:

Dando respuesta a su consulta le informamos que los paneles solares no están prohibidos, por lo que dentro del l;imite de importación sin carácter comercial y para el uso doméstico que tiene como pasajero que es de hasta 1 000.00 pesos y de 200.00 pesos en caso de que fuera por envío, se pueden importar.

La valoración del artículo se realizaría a partir de lo que se establece en el Decreto Ley 22 de abril de 1979 artículo 8:

A los efectos de la liquidación de los derechos ad valoren que por el presente arancel se establecen,es facultad de la Aduana tomar como base del valor adeudable, uno de los siguientes elementos:

a) La factura de compra

b) La declaración de Aduana

c) El precio aprobado en el territorio nacional

En cuanto a los productos que no tengan precio de venta aprobado, se toma como base el precio más elevado del producto análogo, o el componente de precio más elevado.

Atentamente,


Asesora Jurídica

Atención al Público

Comentario HHC: Un panel solar para casa, exceden en mas de 1000 pesos fácil, así que cuatro? es decir solo se pueden importar en la práctica algo relacionado para cargar cosas menores ¿ un celular?- ¿ Cuáles son la razones que impiden la importación, libre de impuestos, de paneles solares?. 




4 comentarios:

  1. Voy, en este comentario y como se repite hasta el cansancio, a pensar como Pais.
    1._ Se reconoce que la UNE por muchas causas no puede producir los paneles solares necesarios para ofertar a la población que desea adquirirlo.
    2._ El consumo residencial es un % importante del consumo energetico nacional.
    3._ Nadie duda que estimular la importacion de esa tecnologia puede constituir un ahorro importante del consumo domestico.
    4._ ¿Porque entonces no se permite la importación libre de impuestos a todo ciudadano que desee adquirirlo, sin burocraticamente considerarlo como un articulo más de consumo?
    5._ La UNE puede crear empresas especializadas en su montaje y mantenimiento o tal vez permitir que los emprendedores por medios propios, brinden estos servicios.
    ¿ESO NO SERIA PENSAR COMO PAIS?

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  2. https://derehoambiental.wordpress.com/2020/03/03/tarea-vida-legislando-las-energias-renovables-v/

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    1. Estimado Alberto muchas gracias y excelente su artículo. Lo he publicado además, asi contribuimos a reflotar el planeta.

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