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lunes, 5 de julio de 2021

El indiscreto encanto de la tecnoburocracia

Escrito por Víctor H. Purón Fonseca Publicado el 22 Junio 2021


Uno intenta pagar una compra en un establecimiento comercial, usando una plataforma electrónica allí habilitada, y la empleada se niega, "porque no está muy práctica en eso". Cuando regresa con el efectivo, el producto solicitado se agotó.

En distinta unidad comercializan otro bien solo por esa plataforma de banca electrónica. Vetan hacerlo a los poseedores únicamente de circulante de bolsillo. Los beneficiarios -sin descontar los infaltables coleros- se regocijan y celebran el privilegio.

Son formas de resistencia al cambio en la aplicación del programa de informatización de la sociedad. Comercio Interior es responsable de esas situaciones, no los creadores de la facilitación de la banca electrónica.

Sin embargo, sorprende encontrar a defensores de esos disparates pretextando "amor a la tecnología", incluso gestores de las plataformas. Parecen preferir los fueros del dinero sobre el de las comunes necesidades vitales de las personas. Hasta promueven una cola preferencial en los comercios de bienes y servicios para usuarios de esas plataformas. El abuso y el maltrato del privilegio los escandaliza menos, y calumnian públicamente a quien se opone como "odiador de la tecnología". Como suele decirse, confunden la gimnasia con la magnesia.

En tal proceder hay, aparte de ideas torcidas, ilegalidad. Se consideran contravenciones asociadas a las TIC, siempre que no constituyan delitos, entre otras violaciones, "difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas", según el inciso i del Artículo 68, del DECRETO-LEY NO. 370 “SOBRE LA INFORMATIZACIÓN DE LA SOCIEDAD EN CUBA”.

El texto legal, publicado en la Gaceta Oficial No. 45 Ordinaria de 4 de julio de 2019, precisa entre otros aspectos que a la persona natural que incurra en esta contravención "se le impone una multa de 3 mil pesos (3000 CUP). En caso de ser una persona jurídica, la sanción es de 10 mil pesos ($10 000 CUP)".

Un colega escribió que en el vehículo del desarrollo no vale mirar por el retrovisor. El Comercio Electrónico es desarrollo. El mismo Decreto Ley No. 370 lo define, en su Artículo 38, como "la actividad comercial que se desarrolla mediante la utilización de las TIC que comprende promoción, negociación de precios y condiciones de contratación, facturación y pago, entrega de bienes o servicios, así como servicios de posventa, entre otros".

Comercio Interior y demás organismos de la producción y los servicios pueden y deben hacer más para mejorar su gestión aplicando las TIC. De paso, se libra de la tentación del dinero circulando de mano en mano. Igualmente, con sus innegables avances, las entidades desarrolladoras de las aplicaciones en la eficacia para su implementación.

En ningún caso se vale argumentar a favor del atropello a los usuarios públicos, instaurando distinciones tecnológicas entre personas, y supuestos privilegios en el acceso a los bienes y servicios establecidos para todos, salvo las excepciones ordenadas y de bien común.

Debe complacerse la necesidad social de las TIC, no la aspiración de empoderarse de detentadores de la tecnología al margen del derecho de los demás. Bastante daño hace ya la burocracia enquistada para desear combinarla con la tecnocracia como reguladores socioeconómicos. El beneficio de la facilidad de las operaciones para los cobros y pagos por esas plataformas no significa tampoco discriminar a quienes no las emplean todavía.

Vale demandar, educar y capacitar, sin forzar a la población, en el uso de las nuevas tecnologías, para que el proceso de informatización de la sociedad cubana contribuya al desarrollo económico y social de la nación, a la calidad de vida de nuestro pueblo. Para que ese proceso sea "una herramienta de trabajo que se cuele en la cotidianidad del país, y demuestre la pertinencia de su uso en los más diversos escenarios". Tales son retos primordiales planteados por la dirección del país al comercio y el gobierno electrónicos.

Por el bien de la política de informatización de la sociedad en función del socialismo próspero y sostenible que se encamina, es criticable la indiscreción de promover privilegios impuestos que encantan circunstancialmente a grupos beneficiarios de la oportunidad. La aplicación de la ciencia y la técnica para incrementar los frutos del trabajo es un mandato del proyecto de todos, por todos y para el bien de todos.

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