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viernes, 4 de septiembre de 2026

Decreto-Ley 120/2026 “Del Sistema Empresarial Estatal Cubano”. Breves comentarios


Para descagar el Decreto Ley en el siguiente link     https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-o72.pdf

Por Humberto Herrera Carlés

Sistema Empresarial Cubano (Decreto-Ley 120/2026)

1. ACIERTOS PRINCIPALES

Reforma Estructural y Gobernanza

Descentralización de facultades: Permite a grupos empresariales, empresas y nivel territorial crear nuevas entidades, democratizando el emprendimiento estatal.

Juntas de Gobierno técnico: Órganos colegiados con 80% de expertos y 20% de representantes trabajadores, profesionalizando la supervisión sin interferir en la autonomía empresarial.

Autonomía Empresarial Ampliada

Facultades sustantivas: Definición de productos, precios por métodos de mercado, aprobación de estructura y plantilla sin indicaciones externas, apertura de cuentas bancarias.

Autonomía salarial: Determinación del sistema salarial con participación sindical, bajo principios de igualdad y diferenciación.

Instrumentos financieros: Emisión de bonos corporativos, pagarés e inversiones financieras, ampliando las fuentes de financiamiento.
Participación y Control

Participación vinculante: Los trabajadores participan obligatoriamente en planificación, control mensual, sistema salarial y destinos de utilidades.

Transparencia: Obligación de rendir cuentas a trabajadores y órganos estatales, con controles externos espaciados mínimo 6 meses.

Fondos comunes: Los grupos empresariales pueden crear fondos de inversión, liquidez y garantía para financiar proyectos colectivos.

2. LIMITANTES PRINCIPALES

Centralismo Residual

Concentración de decisiones clave: El INAEE mantiene control sobre accionistas, composición accionaria y cuantía mínima del aporte estatal.

Clasificación discrecional: Las categorías empresariales (estratégicas, competitivas, etc.) no tienen criterios objetivos definidos, generando incertidumbre.

Inversiones presupuestarias: Las sociedades mercantiles no pueden recibir financiamiento estatal para inversiones, excepto por excepción con múltiples aprobaciones.

Restricciones Fiscales y Financieras

Provisiones voluntarias no deducibles: Desincentiva la creación de reservas para contingencias, contrario al principio de prudencia.

Suspensión de la insolvencia: La causal de extinción por insolvencia patrimonial queda postergada, manteniendo empresas ineficientes.

Desafíos Operativos

Inconsistencia de plazos: 180 días para transformar unidades organizativas vs. 180 días hábiles para liquidación, creando tensiones.

Burocracia documental: Exigencia extensa de documentos para movimientos organizativos que ralentiza procesos ágiles.

Escasez de expertos: Las Juntas de Gobierno requieren especialistas, pero la base calificada es limitada a nivel territorial.

3. RECOMENDACIONES ESTRATÉGICAS

Fortalecimiento Institucional

Capacitación masiva: Crear una "Academia del INAEE" para formar especialistas en gobierno corporativo y gestión empresarial, aprovechando el período de transición de 180 días.

Registro nacional de expertos: Establecer un banco de profesionales calificados para integrar Juntas de Gobierno, con programas de formación continua.

Sistema de mentoría: Acompañar a los nuevos equipos territoriales con funcionarios experimentados durante el primer año.

Flexibilización y Simplificación

Revisión fiscal: Permitir la deducibilidad parcial de provisiones voluntarias para incentivar la previsión financiera y la gestión de riesgos.

Régimen simplificado para mipymes: Establecer tratamiento fiscal y administrativo diferenciado para micro, pequeñas y medianas empresas estatales.

Digitalización de trámites: Implementar plataformas electrónicas para movimientos organizativos, reduciendo plazos y cargas documentales.

Implementación Gradual

Hoja de ruta por etapas: Priorizar la autonomía plena en empresas "competitivas" en el primer año, con evaluación semestral y ajustes progresivos.

Criterios objetivos de clasificación: Desarrollar reglamento con indicadores cuantitativos para cada categoría empresarial, con revisiones trienales.

Fondo de capitalización: Crear mecanismos de rescate para empresas viables con dificultades financieras temporales, antes de llegar a la disolución.

Participación y Transparencia

Indicadores de participación efectiva: Medir no solo la asistencia a asambleas, sino la incidencia real de los trabajadores en decisiones clave.

Portal de transparencia empresarial: Publicar estados financieros, auditorías y destinos de utilidades en plataformas accesibles para trabajadores y sociedad.

Protocolos intersectoriales: Establecer mecanismos ágiles de coordinación entre INAEE, Ministerio de Finanzas y Precios y Banco Central para decisiones complejas.

Desarrollo del Ecosistema

Polos empresariales: Promover la convergencia de empresas estatales, mipymes y cooperativas en cadenas de valor con potencial exportador.

Ventanilla única para internacionalización: Agilizar la obtención de autorizaciones de comercio exterior e inversión en el exterior.

CONCLUSIÓN

El Decreto-Ley 120/2026 constituye un avance histórico al reconocer la autonomía, descentralización y participación como pilares de la empresa socialista cubana. Sus aciertos en gobernanza, autonomía financiera y participación trabajadora sientan bases sólidas para la transformación estructural. Sin embargo, persisten desafíos en centralismo residual, restricciones fiscales y capacidad institucional que requieren atención. 

El éxito dependerá de la capacidad del INAEE para ejercer un rol facilitador y de la voluntad empresarial para asumir la autonomía como responsabilidad. La implementación gradual es prudente, pero debe acompañarse de hojas de ruta claras con hitos verificables. Este marco normativo, bien implementado, puede catalizar la transformación del sistema empresarial cubano hacia un modelo más eficiente, participativo y socialmente responsable, manteniendo su esencia socialista.

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