LAS TUNAS.–Aunque la entrega de subsidios a personas naturales con el fin de mejorar su situación habitacional data en nuestro país del año 2012 y varias modificaciones se han introducido a esa política, no cabe duda de que el Decreto Ley 342, publicado en la Gaceta Oficial el 11 de abril del 2017, trazó nuevas e importantes pautas para el desarrollo de este programa social.
La determinación de ciertos requisitos condicionantes para que proceda o no una solicitud, la posibilidad de que los consejos de administración desarrollen convocatorias en correspondencia con el financiamiento de que dispongan, y el hecho de que ciertas excepciones sean contempladas hoy como prioridad, constituyeron algunos de los elementos más novedosos.
Concluida en todos los municipios del balcón del oriente la primera convocatoria, con más de 2 500 solicitudes radicadas, Granma se acerca a las interioridades de esta sensible política, a su implementación en el territorio y a los retos que aún quedan por delante.
EL SUEÑO REALIZADO DE POSEER UN TECHO
«Mi hermana está ciega, vivía en muy malas condiciones y la posibilidad de un subsidio fue una bendición para ella. Mira, ese ranchito que ves ahí atrás es el lugar donde ella vivía, si lo comparamos con esta casita que tiene ahora, la mejoría es notable. Ella siempre me dice que no tiene palabras para agradecer a su Revolución este regalo».
Así comenta Aracelys Ramírez Durañona, cuya hermana, Haidée, pasó a formar parte de las más de 4 000 familias que en Las Tunas recibieron el derecho a esta alternativa. Al cierre de diciembre del 2017, el monto destinado a esta política social ascendía a 168 346 000 pesos, y para el presente calendario, se prevén 30 137 000 pesos.
Criterios similares tienen Marixa Pérez Ávila, cuya madre también fue beneficiada, así como Emilio López Cruz y Angelina Pérez Vega, quienes más allá de cualquier tropiezo sufrido en el camino, solo tienen hoy palabras de agradecimiento, pues reconocen que de otro modo hubiera sido imposible resolver sus problemas habitacionales.
Aseverar que todo está perfecto, que no existen dificultades en este complejo proceso, sería irracional; no obstante, esta reportera pudo comprobar que el seguimiento al tema de los subsidios en Las Tunas está respaldado por un sistema de trabajo que comienza en la base y llega hasta las máximas autoridades del territorio.
VENTA DE MATERIALES Y SUBSIDIOS, BINOMIO INSEPARABLE
En nuestro país existe claridad de que los aportes que realiza el comercio son indispensables para sustentar importantes programas sociales y el de los subsidios no es la excepción. Precisamente, el presupuesto con que cuentan los consejos de las administraciones municipales (CAM) para el otorgamiento de ese respaldo económico depende de lo que se recaude por concepto de venta de materiales de la construcción.
Yelenys Tornet Menéndez, directora provincial de Finanzas y Precios, explicó a este medio de prensa los procedimientos que se siguen para otorgar dicho financiamiento.
«Comercio tiene un plan de venta de materiales de la construcción, de ese renglón aporta el 70 % cuando son materiales de balance nacional y el 25 % cuando se trata de la producción local. La suma de ambos impuestos da lugar a una recaudación por concepto de materiales de la construcción, y de esa recaudación total, el 51,5 % se destina a los municipios para el programa de subsidios. Ese monto se lleva al consejo de la administración provincial (CAP) y allí se aprueba la distribución del financiamiento. Con el acuerdo del CAP, se procede a hacer una modificación presupuestaria y se le asigna a cada municipio el porcentaje que se le aprobó».
La morosidad en la ejecución de ese presupuesto puede significar que al concluir el año se pierda un financiamiento, cuyo fin responde a necesidades puntuales de miles de familias, por eso, explica la directiva, el seguimiento es imprescindible.
«Nosotros en los CAP alertamos sobre la utilización de ese presupuesto, porque no podemos permitir inejecuciones. Sabemos que estos aportes por concepto de materiales de la construcción no cubren la totalidad de las necesidades de subsidios, pero al menos el monto del que se dispone tiene que ser ejecutado con eficiencia y sin morosidad.
«Una vez que se abre la cuenta del subsidiado en el banco ya ese financiamiento no se pierde, aunque usted ejecute la obra en un año o un año y medio, y las dependencias internas del Poder Popular deben ser muy rigurosas en este sentido. Gracias a esa alerta constante, el año 2017 lo terminamos con una ejecución presupuestaria prácticamente del 100 %».
Lógicamente, aunque un grupo importante de materiales pertenecen al balance nacional, vale destacar que incrementar la producción local no se limita solo a una alternativa para fortalecer los programas constructivos, sino que tiene también un impacto económico, pues, a mayores producciones, mayores ventas y, por consiguiente, mayor presupuesto destinado al programa.
Pero ahí no queda todo, detrás de cada subsidio debe funcionar un engranaje, cuyo resultado final no puede ser otro que la satisfacción de una necesidad de primer orden.
¿CÓMO SE «EDIFICA» EL SUBSIDIO?
Una de las problemáticas esenciales que caracterizaron a esta política desde sus inicios, era el hecho de que, al no existir un término establecido para presentar la solicitud, las mismas eran recepcionadas durante todo el año en las oficinas de trámites de la vivienda; muchas veces superaban la realidad concreta de la disponibilidad de presupuesto y, por lo tanto, se acumulaban por años sin una respuesta positiva.
La posibilidad de que hoy los CAM determinen las convocatorias a efectuar, con un mínimo de dos por año, permite reordenar ese proceso, y establece un plazo de un mes para que los interesados se presenten. Pero esa posibilidad trae aparejada también la concentración de un gran número de solicitudes y requiere, por lo tanto, de una preparación cada vez mayor de las personas que trabajan en cada uno de los escalones por los que transita el subsidio.
La experiencia de Yunieski Pérez Sosa, jefe de la Oficina de trámites del municipio cabecera, a partir de la primera convocatoria, permite comprender la complejidad de esta tarea.
«Sobre todo en la primera semana fue muy grande la concurrencia, quizá porque las personas no entienden todavía que las prioridades no se establecen por ser el primero en entregar la solicitud, sino por las condiciones reales de cada quien, y que el hecho de que un expediente quede pendiente de aprobación, no establece escalafón para próximas convocatorias».
Varios elementos organizativos se han implementado en la provincia con el fin de garantizar el curso adecuado de las solicitudes y la respuesta a quienes durante varios años han estado solicitando este beneficio. Así lo aseveró María Esther Curvelo Pérez, especialista en investigación y desarrollo de la Dirección Provincial de la Vivienda.
«La capacitación ha sido un punto en el que hemos insistido mucho, sobre todo en el caso de los técnicos que son los que trabajan directamente en el consejo popular. Por otra parte, especializamos a los jurídicos de las direcciones municipales y son ellos los que se encargan de los trámites legales.
«Se orientó también darles seguimiento a las personas que estaban solicitándolo desde años anteriores, los técnicos hicieron un levantamiento, logramos visitar muchos de esos casos críticos y que llegaran hasta las oficinas de trámite, porque en aquel momento no existía la vía mediante la ley para darles la solución.
«Nosotros hacemos la evaluación técnico-económica y Trabajo hace las investigaciones sociales, que incluyen el estudio socioeconómico; lo recogido en ambos dictámenes determina si la solicitud procede o no. Incluso contrastamos la información y cuando uno de los dos no procede se le hace un análisis más profundo. El CAM también tiene sus términos y puede aplicar mecanismos para comprobar esa investigación, incluso se les están entregando fotos y videos que respalden el contenido de los dictámenes».
La Resolución 18 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, asociada al Decreto Ley 342, reduce el diapasón para ese estudio. La claridad con que se definen aspectos como los ingresos percápita de cada miembro de la familia, la incapacidad de solicitar subsidios para aquellas familias donde algún miembro en edad laboral y capacitado para trabajar se encuentra desvinculado, así como las excepciones a tener en cuenta, constituyen una valiosa herramienta para definir de primera instancia si un caso procede o no, sin necesidad de elevarlo al CAM.
También las direcciones de Planificación Física tienen una alta responsabilidad en el proceso. Sus especialistas aseguran que el desconocimiento de la ley y la falta de un trabajo coordinado, trajeron consigo que personas sin la documentación necesaria que acreditase su titularidad solicitaran e, incluso, recibieran un subsidio.
Esta problemática, que impedía después el inicio de acciones constructivas y que se convirtió en un dolor de cabeza para no pocos subsidiados, encuentra hoy alternativas, según explica Yosdelys Castellanos Espinoza, jefa del departamento de Trámites y Atención a la Población de la Dirección Municipal de Planificación Física en Las Tunas.
«Contamos con solo cuatro técnicos para responder a todos los trámites de la población, eso incluye a los subsidiados, por eso no podemos estar presentes durante todo el proceso de conformación del expediente. Pero tomamos como alternativa revisarlos, una vez conformados, antes de pasar al Consejo de la Administración.
«Si detectamos una irregularidad, ese expediente no se eleva, sino que se le indica a la persona la documentación que debe actualizar y de ese modo puede presentarse a una nueva convocatoria. Como sabemos que hay quienes no cuentan con los recursos económicos para pagar el Derecho Perpetuo de Superficie, aunque poseen un solar, les emitimos un certifico que avale el otorgamiento de ese terreno, y una vez recibido el subsidio pueden entonces pagarlo».
CONSIDERACIONES QUE NO PUEDEN IGNORARSE
Es este un tema muy amplio para el que no serían suficientes las páginas de este diario si se intentara indagar en todas sus aristas. No obstante, aunque hemos concentrado el análisis en las más recientes modificaciones a la política, contenidas en el Decreto Ley 342, hay elementos muy puntuales que no pueden obviarse.
La entrega de subsidios es una alternativa a la cual el país destina millones de pesos y requiere por lo tanto máxima atención y seguimiento. Ello implica que crezca el nivel de información que reciben las personas al respecto, para que entiendan que este monto se otorga por única vez, y que un uso incorrecto del mismo implica la no terminación de la obra. Así mismo, debe ser más profundo el accionar de las dependencias internas, frente a ilegalidades e irregularidades denunciadas por los técnicos de la vivienda.
Es imprescindible también el acompañamiento a quienes emprenden estas obras constructivas y que, en no pocas ocasiones han puesto, sin saberlo, sus recursos en manos inescrupulosas, que luego no responden ante la ley por los actos cometidos.
Finalmente, nada puede dejarse a la espontaneidad, aún quedan muchas personas necesitadas que no asisten a hacer sus solicitudes, aunque lo necesiten, pues no tienen la orientación e información suficientes para hacerlo. Llegar hasta ellos, abrirles el camino hacia una oportunidad de esta índole, es un empeño en el que, de cierto modo, todos podemos contribuir.
PRECISIONES
- El término para dar respuesta a las solicitudes de subsidios ahora es de hasta 70 días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de estas. Las convocatorias y sus resultados se darán a conocer públicamente por los medios de información y comunicación locales.
- Si el beneficiado fallece, renuncia al subsidio otorgado, sale definitivamente del país o se presentan otras causas afines, las personas que forman parte del núcleo familiar u ocupan el inmueble, siempre y cuando tengan derecho al mismo, pueden presentar la solicitud de continuar con el subsidio.
- De aprobarse el otorgamiento, el nuevo beneficiado asume las obligaciones y derechos establecidos al respecto.
- De comprobarse que el subsidio fue otorgado a partir de datos y declaraciones falsos, el Consejo de la Administración Municipal dispone su cancelación y el reintegro al Presupuesto del Estado por el beneficiado del monto utilizado.