Por Pedro Monreal
1 de abril de
2019
Leyendo la
prensa cubana, parecería que el sistema empresarial estatal pudiera ser un tema
central de la discusión que se supone que tenga lugar en la Sesión
Extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular del próximo 13 de
abril.
Se conoce que
la reunión deberá evaluar la marcha del Plan Nacional de Desarrollo Económico y
Social hasta el año 2030 y el estado de la implementación de los Lineamientos
aprobados en el Séptimo Congreso del Partido, efectuado en abril de 2016. (1)
Particular
atención ha recibido recientemente dos componentes del sistema empresarial
estatal:
- el
funcionamiento de las llamadas Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial
(OSDE), y
- la
ampliación de facultades al sistema empresarial, “entre ellas: la
creación de empresas de alta tecnología, de parques
científico-tecnológicos y de vínculos entre las universidades y empresas;
así como el desarrollo de empresas productoras de aplicaciones y servicios
informáticos”. (2)
La inevitable
pregunta pudiera ser entonces: ¿son estos los dos componentes cruciales de la
función del sistema empresarial en la planificación que se identificaron en los
documentos guías de la reforma? (los “Lineamientos” y la “Conceptualización”).
Una lectura
rápida de ambos documentos deja claro que las OSDE no son mencionadas ni una
vez –aunque ya existían- en esos dos textos programáticos. (3)
Es curiosa la
manera en que ha tratado de ofrecerse públicamente una justificación para la
generalización de las OSDE. Ante la falta de una mención explícita a ellas en
los principales documentos guías de la reforma, ha llegado a afirmarse que el
concepto de las OSDE “ha estado presente” desde 1961 y se ha considerado
que la generalización de las OSDE estaba “implícita” en la primera
versión de los “Lineamientos” aprobados en 2011 y en los nuevos documentos
guías aprobados en 2017. (4)
En mi opinión,
se trata de un endeble intento para justificar la adición forzada de un nuevo
nivel de jerarquía a una pirámide burocrática que, en realidad, el marco
político aprobado para la reforma parecería intentar hacer más “chata” mediante
procesos de mayor autonomía empresarial y de relaciones horizontales por la vía
de los mecanismos de mercado.
Personalmente,
no logro hacer una lectura distinta del contenido explícito de los
“Lineamientos” y de la Conceptualización”. Lo anterior está expresado muy
claramente en esos documentos y, por tanto, la noción de que las OSDE están
“implícitas” en los documentos guías de la reforma se hace muy difícil de
digerir.
Por otra parte,
el punto de la ampliación de las facultades al sistema empresarial no se aborda
esencialmente en los dos documentos desde una perspectiva “tecnológica” –como
parece priorizarse ahora- sino desde una óptica económica de “funcionamiento
transversal”.
Es decir, los
documentos programáticos le conceden prioridad a aquellos factores de la
ampliación de facultades al sistema empresarial que tienen la capacidad de
incidir de manera amplia en la operación de la totalidad del sistema económico,
entre estos: el funcionamiento del mercado, la formación de precios, y la
integración de las empresas privadas.
En otras
palabras: los documentos proporcionan el marco político para dejar atrás un
sistema de planificación centralizado rígido y para pasar a un sistema de
planificación descentralizado que “tiene en cuenta la vigencia de las
relaciones de mercado y regula el accionar de ellas en función del
desarrollo socialista, contribuyendo a facilitar
de modo más eficiente y efectivo, el acceso
de los actores económicos de las diferentes
formas de propiedad y gestión a los
insumos y a los mercados de sus
producciones y servicios, en función de
cuyas demandas deben optimizar oportunamente las ofertas en surtido
y calidad” (5)
El sistema
económico que sería objeto de planificación incluiría “Empresas privadas de
mediana, pequeña y micro escalas según el volumen de la actividad, cantidad de trabajadores
y objeto social, que son reconocidas como personas jurídicas” (6).
También se ha decidido que el Estado y el Gobierno deben promover “un
efectivo y eficaz desempeño e interacción de
los actores económicos mediante la cooperación, integración y
complementariedad de los sistemas productivos, que
están compuestos por diversas
formas de propiedad y gestión” (7).
Igualmente, el
nuevo marco para la formación de precios define que “los precios son
determinados, en su mayoría, de forma descentralizada por los productores y
comercializadores atendiendo a la demanda,
excepto aquellos de interés social, cuya
fijación y control son realizados por las
instancias estatales autorizadas”. (8)
Como se conoce,
se trata de asuntos que han sido ampliamente reflejados en la vasta literatura
especializada sobre la planificación socialista y que han sido muy discutidos
en Cuba en varias ocasiones.
No obstante, el
plano en que debe ser discutido en la Asamblea Nacional no es el de la teoría
sino el de las políticas públicas concretas y ese es un terreno en el que tiene
mucha importancia la manera en que se enuncia lo que debe hacerse.
¿Qué evidencia
existe para justificar que la narrativa sobre la reforma empresarial y su
función en un nuevo enfoque de planificación deba continuar girando alrededor
de un artefacto burocrático secundario como son las OSDE?
¿Cuál es la
racionalidad de dedicarle mucha atención a la disquisición sobre empresas de
alta tecnología y parques científico- tecnológicos sin definir primero la
manera en que deben funcionar los mercados, los precios y la autonomía del
sistema empresarial que debe ofrecer el marco para que tales empresas y parques
tecnológicos pudieran operar adecuadamente?
¿No desviaría
este tipo de “prioridades” temáticas recientes la atención respecto a los
asuntos esenciales que deben definir la función que tendría en una
planificación “actualizada” el sistema empresarial en su conjunto (todas las
formas de propiedad y de gestión)?
¿Para cuándo
una ley de empresas?
¿No debería
predominar a estas alturas en Cuba una narrativa de la reforma de la empresa y
de la planificación que se caracterizara por una mayor “densidad” de
componentes claves como pudieran ser la función del mercado en las relaciones entre
las empresas estatales, la descentralización de la formación de precios, la
autonomía operativa, la legalización de la empresa privada y la integración de
esta a la planificación?
No puedo evitar
pensar en el símil del cura del pueblo que no se enteró, o que no quiso
enterarse, de que el Concilio Vaticano II había autorizado la celebración de la
misa en el idioma nativo y que tozudamente continuó diciendo la misa en latín.
Notas
3 Las OSDE
comenzaron a establecerse inicialmente de manera limitada. Algunos momentos
destacados fueron la creación de OSDE en la rama azucarera (Decreto No. 294 de
29 de octubre de 2011) y posteriormente en las industrias biotecnológica y
farmacéutica (Decreto No. 307 de 27 de noviembre de 2012) y en el Centro
Histórico de La Habana (Decreto No. 328 de 19 de noviembre de 2014). Las OSDE
Se generalizaron a partir de la aprobación del Decreto No. 335 de 5 de
septiembre de 2017. Se ha producido un proceso de fusión de esas entidades y de
creación de nuevas OSDE. Actualmente existen en el país 83 OSDE. Ver, Lissett
Izquierdo Ferrer, “Sistema empresarial cubano: Cambios necesarios”, Cubadebate,
1 de febrero de 2019, http://www.cubadebate.cu/cuba/2019/02/01/sistema-empresarial-cubano-cambios-necesarios/#.XKHdEaSxU-U
4 Ver el
interesante artículo de Lissett Izquierdo Ferrer anteriormente citado.
6 Ibidem pag.
29.
7 Ibidem pag.
40.
8 Ibidem pag.
37.