El Estado surgió hace miles de años como resultado de la división de la sociedad en clases sociales antagónicas y la lucha entre ellas. Su característica esencial lo define como un aparato en manos de la clase económica y políticamente dominante para reprimir al resto de la sociedad. Desde aquel remoto pasado y a lo largo de la historia humana posterior, las masas subyugadas por el Estado han luchado para lograr su emancipación. El objetivo de esta lucha está muy bien definido en la declaración política del V Congreso del Partido Comunista de Cuba (octubre 1997) titulada “El Partido de la unidad, la democracia y los derechos humanos que defendemos”. En su texto se lee lo siguiente::
“La idea de una sociedad democrática, donde el pueblo ejerza la autoridad y se gobierne a sí mismo, ha acompañado a la humanidad a lo largo de la historia como un ideal y elevado anhelo que siempre los poderosos han tratado de aplastar mientras otros la han considerado una quimera inalcanzable.”
“Su presencia permanente durante siglos, antecediendo a nuestra era, precediendo incluso a muchas religiones, le ha dado a esa aspiración un valor universal colocada en el centro de las reflexiones mas nobles y las luchas mas heroicas del hombre.”
“La esencia de esas luchas ha sido siempre la emancipación humana, sin la cual se hace imposible la realización del ideal democrático.”
“Aunque los imperialistas pretendan adueñarse del concepto de democracia, su sistema, en esencia antidemocrático, explota, oprime y excluye a las grandes mayorías. Para engañarlas hablan de la democracia representativa, pero ella expresa solo los intereses de las oligarquías.”
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“La democratización continúa siendo una meta consustancial a la lucha de los trabajadores, los humildes, los oprimidos del mundo. Ella adquiere una importancia aun mayor en la actualidad cuando la globalización neoliberal pretende imponer un capitalismo totalitario: en él solo existe el mercado y el pueblo no cuenta para nada.”
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“Nuestra democracia socialista es esencial en la continuidad de la obra que iniciamos en 1959, en favor de las mas humanas relaciones sociales. Ella abre la posibilidad de proseguir la marcha de la Revolución hacia adelante, para entregar a los cubanos del siglo XXI un país, como quería Martí, con toda la justicia conquistada”.
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En estos textos del V Congreso del Partido se resume la concepción de la democracia que promueve la Revolución Cubana con el objetivo de que el pueblo se dirija a si mismo sin depender, en los principales asuntos públicos, de las decisiones de sus representantes que, a su vez, el propio pueblo postula y elije. La trayectoria electoral del proceso revolucionario cubano demuestra los avances alcanzados en este objetivo y los retos a los que se enfrenta para su plena consecución, lo que pretendo evaluar en los párrafos siguientes.
Desde su instalación en 1959 la organización electoral del sistema político cubano para constituir los poderes del Estado ha seguido un derrotero en pos de alcanzar la plena democracia en la cual el pueblo se dirija a si mismo. Las condiciones objetivas y subjetivas de cada momento han determinado que los avances hayan sido por etapas, como puede apreciarse a continuación.
La Ley Fundamental de 7 de febrero de 1959, promulgada por el Gobierno Provisional Revolucionario a escasas semanas del triunfo del Primero de Enero de ese año, determinaba que el poder legislativo se ejercía por el Consejo de Ministros mientras que el poder ejecutivo lo atribuía al Presidente de la República, asistido por el Consejo de Ministros. Al Presidente de la República le correspondía nombrar y remover libremente a los Ministros de Gobierno incluyendo al Primer Ministro. La Ley es omisa en cuanto a cómo se designaba al Presidente de la República, pero la práctica indicó que esa responsabilidad correspondía al Consejo de Ministros, pues fue este órgano quien designó al Dr. Osvaldo Dorticós Torrado en ese alto cargo, en sustitución del Dr. Manuel Urrutia Lleó quien ocupaba esa responsabilidad y había renunciado.
Durante esta etapa provisional los cargos superiores del Estado y del Gobierno no eran electos, sino designados por las mas altas autoridades revolucionarias que gozaban de un elevado prestigio político ante el pueblo habida cuenta de su ejecutoria en la victoriosa lucha contra la tiranía de Batista y sus proyecciones conceptuales y realizaciones prácticas para transformar la sociedad en beneficio popular. Junto a ello hay que tener en cuenta que una Revolución verdadera como la cubana es fuente de derecho.
La provisionalidad del Gobierno Revolucionario se extendió hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1976 que, en materia de organización del Poder Popular, establecía asambleas a nivel nacional, provincial y municipal. Esta Constitución disponía que la Asamblea Nacional del Poder Popular era el órgano supremo del poder del Estado y el único con potestad constituyente y legislativa de la República. La Asamblea Nacional del Poder Popular elegía, de entre sus diputados, al Consejo de Estado, integrado por un Presidente, un Primer Vicepresidente, cinco Vicepresidentes, un Secretario y veintitrés miembros más. El Presidente del Consejo de Estado era jefe de Estado y jefe de Gobierno. Los diputados integrantes de la Asamblea Nacional eran elegidos por las Asambleas Municipales del Poder Popular.
La Constitución de 1976 disponía que el Consejo de Ministros era el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituía el Gobierno de la República. La Asamblea Nacional designaba, a propuesta del Presidente del Consejo de Estado, al Primer Vicepresidente, a los Vicepresidentes y demás miembros del Consejo de Ministros. El Presidente, el Primer Vicepresidente y los Vicepresidentes del Consejo de Ministros integraban su Comité Ejecutivo, órgano que podía decidir sobre las cuestiones atribuidas al Consejo de Ministros.
En cuanto a los órganos locales del Poder Popular, los delegados a las Asambleas Municipales se elegían por circunscripciones electorales previamente determinadas, eran postulados directamente por los electores de la circunscripción y elegidos por éstos mediante el voto libre y secreto en boletas electorales que incluían, al menos dos y hasta ocho candidatos para cada cargo a elegir. Las Asambleas Municipales elegían, a través del voto secreto, a los delegados a las Asambleas Provinciales del Poder Popular.
La Constitución de 1976 instauró por primera vez la designación de los cargos a las Asambleas Nacional, Provinciales y Municipales mediante elecciones, en las cuales los ciudadanos postulaban y elegían directamente solo a los delegados a las Asambleas Municipales, quienes, después de elegidos, actuaban como sus representantes para elegir a los delegados a las Asambleas Provinciales y a los diputados a la Asamblea Nacional, propuestos en estos dos últimos casos por Comisiones de Candidaturas integradas por la Unión de Jóvenes Comunistas y las organizaciones de masas.
Un mérito excepcional de esta Constitución reside en promulgar que el partido político único que dirige la Revolución no postula a los candidatos a los cargos electivos del Estado. Con esta decisión, la concepción y práctica constitucional cubana se aparta del método que utiliza el resto del mundo, pues en todos los países donde existen este tipo de elecciones los candidatos tienen que ser necesariamente postulados por los partidos políticos y no por el pueblo directamente o las organizaciones de la sociedad civil. Que el partido político no postula es un aporte de la Revolución Cubana a las ciencias políticas y específicamente al sistema electoral del Estado.
En 1992 la Asamblea Nacional aprobó una Reforma a la Constitución de 1976 mediante la cual se estableció que los diputados de la Asamblea Nacional y los delegados de las Asambleas Provinciales del Poder Popular serían elegidos por el voto libre, directo y secreto de los electores, y no por las Asambleas Municipales. Los delegados a las Asambleas Municipales seguían siendo postulados y elegidos por los electores de las circunscripciones. Con esta Reforma Constitucional se dio un paso mas en el desarrollo de la democracia socialista otorgando a los electores la responsabilidad de elegir a quienes serían los integrantes de los órganos electivos del Estado en los niveles provinciales y nacional, los cuales continuarían siendo postulados por las Comisiones de Candidatura integradas por la UJC y las organizaciones de masas.
La Constitución de 2019 mantuvo lo dispuesto por la Reforma Constitucional de 1992 en cuanto al sistema electoral de la nación. En materia de organización y funcionamiento del Estado, entre las modificaciones mas importantes introducidas por la nueva Constitución se incluyen el establecimiento de los cargos de Presidente de la República, de Vicepresidente de la República y de Primer Ministro, así como la supresión de las Asambleas Provinciales del Poder Popular, las cuales fueron sustituidas por un Gobierno Provincial del Poder Popular conformado por un Gobernador y un Consejo Provincial.
El Presidente de la República es el Jefe del Estado y es elegido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de entre sus diputados a propuesta de la Comisión Nacional de Candidatura. El Vicepresidente de la República es elegido de la misma forma. El Primer Ministro es el Jefe de Gobierno de la República y es designado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, a propuesta del Presidente de la República.
Por su parte, el Gobernador, que es el máximo responsable ejecutivo-administrativo en su provincia, es elegido por los delegados de las asambleas municipales del Poder Popular correspondientes, a propuesta del Presidente de la República. El Vicegobernador es elegido en la misma forma que el Gobernador. A su vez, el Consejo Provincial es el órgano colegiado y deliberativo presidido por el Gobernador e integrado por el Vicegobernador, los presidentes y vicepresidentes de las asambleas municipales del Poder Popular y los intendentes municipales. La Constitución 2019 también estableció la Administración Municipal, la cual tiene como objetivo esencial satisfacer, entre otras, las necesidades de la economía, de salud, asistenciales, educacionales, culturales, deportivas y recreativas de la colectividad del territorio a que se extiende su jurisdicción, así como ejecutar las tareas relativas a la prevención y atención social. El Consejo de la Administración Municipal es designado por la Asamblea Municipal del Poder Popular, a la que se le subordina y rinde cuenta, y es presidido por el Intendente, tiene carácter colegiado, desempeña funciones ejecutivo-administrativas y dirige la Administración Municipal.
Con vista a asegurar el perfeccionamiento del sistema electoral del país, la Constitución 2019 dispuso la creación del Consejo Electoral Nacional como órgano permanente del Estado, que tiene como misión fundamental organizar, dirigir y supervisar las elecciones, consultas populares, plebiscitos y referendos que se convoquen, asistido por los Consejo Electorales provinciales, municipales y de circunscripciones. El Consejo Electoral Nacional está integrado por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario y los vocales previstos en la ley. Los integrantes del Consejo Electoral Nacional son elegidos y revocados, según corresponda, por la Asamblea Nacional del Poder Popular o, en su caso, por el Consejo de Estado.
Con la Constitución 2019 se han creado las condiciones para completar lo alcanzado hasta hoy y avanzar hacia la plena Democracia Directa Electoral en Cuba mediante la cual los electores no solo elijan sino también postulen a todos los candidatos a elegir. En la situación actual, los delegados de las Asambleas Municipales se postulan y eligen directamente por los electores, procedimiento que se aplica desde hace varios años y que ha demostrado su viabilidad y eficiencia. Las Asambleas Provinciales ya no existen por lo que los electores no tienen que postular y elegir delegados a esas instancias. Los diputados a la Asamblea Nacional son elegidos por los electores. Para alcanzar la plena Democracia Directa Electoral en Cuba solo faltaría que los diputados sean postulados también por los electores, suprimiéndose las actuales Comisiones de Candidatura.
Concibo el procedimiento para que los electores postulen directamente a los diputados de la siguiente forma. Los candidatos a diputados serían postulados por la provincia donde residen. Se abriría un tiempo para que los ciudadanos que deseen postularse, se pronuncien al respecto como candidatos autónomos. Teniendo en cuenta que el número de candidatos que se autopropongan sería superior a los diputados a elegir, se organizarían Elecciones Primarias Directas para reducir su número de acuerdo a una escala de los votos que obtengan. Los candidatos mas votados en las Elecciones Primarias Directas se nominarían en la boleta electoral y en un número mayor a los cargos de diputados a elegir mediante una boleta abierta y no cerrada como se realiza actualmente. Los candidatos a diputados tendrían la oportunidad de exponer ante los electores su programa de trabajo que acometerían al ser electos y los temas que defenderían y rechazarían, para lo cual utilizarían los medios de comunicación con un tiempo igual para todos y las amplias posibilidades que brinda Internet. Al respecto se prohibirían los “pasquines electorales” utilizados antes de 1959 en nuestro país, con las fotos y lemas de los candidatos, que provocan el justo rechazo de la población. Con este método se modificaría el actual procedimiento mediante al cual solo se exponen los méritos del candidato y su biografía laboral.
Variantes de Elecciones Primarias ya se practican en países de América Latina. La mas exitosa es la del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) mediante la cual, el 21 de noviembre de 2021, el Partido escogió sus candidatos finales a incluir en la boleta para elegir a 3082 gobernadores, alcaldes e integrantes de los consejos legislativos regionales y consejos municipales del país. A las Elecciones Primarias Abiertas (EPA) del PSUV para escoger a sus candidatos a dichos cargos públicos se presentaron 100 mil pre-candidatos propuestos por las bases del Partido. El 8 de agosto se realizaron las EPA en la cual participaron mas de 3,5 millones de electores y no solo del PSUV, pues cualquier ciudadano venezolano podía participar en la elección de los candidatos partidistas. Como resultado de las EPA se oficializaron unos 30 mil candidatos del PSUV para aspirar a ocupar los 3082 cargos electivos en una relación de 10 candidatos por cada cargo a elegir.
En nuestro caso, el principal objetivo que se lograría con la Postulación y Elección Directa de los Diputados por los electores es la óptima legitimización de los integrantes de la Asamblea Nacional como los representantes populares de mayor respaldo político, moral y cívico de la nación. A su vez, los diputados responderían de su actuación solo ante sus electores, los cuales podrían revocarlos en todo momento. Con este procedimiento para postular y elegir a los diputados, la Asamblea Nacional adquiriría una proyección superior a la actual y sus responsabilidades ciudadanas y legales estarían por encima del Consejo de Ministros y del Sistema de los Tribunales. Con ello se superaría el concepto de “independencia de poderes” proclamada por la democracia burguesa, instaurándose una nueva democracia socialista donde todo el poder estaría concentrado en la Asamblea Nacional la cual no estaría subordinada a ningún otro órgano u organismo estatal, político o social. Los llamados “poder ejecutivo” y “poder judicial” no tendrían actuación independiente y serían “funciones del Estado” subordinados a la Asamblea Nacional, la cual asumiría el poder supremo del Estado como última instancia en materia legislativa, ejecutiva y judicial. El método de la Democracia Directa Electoral también abarcaría a los cargos dirigentes de los órganos electivos mediante la postulación de candidatos autónomos.
Con estas ideas pretendo abrir el debate hacia un perfeccionamiento de la democracia socialista en Cuba en la cual los electores jueguen el papel protagónico que les corresponde, para lo cual me baso en la línea de masas promovida y aplicada en múltiples ocasiones por Fidel Castro, líder histórico de la Revolución Cubana. Comprendo que una modificación de esta magnitud, cuyas repercusiones abarcarían no solo el proceso electoral sino al modelo del sistema político en su conjunto, el cual mantendría las funciones dirigentes del partido político único, no puede realizarse en un corto tiempo y requiere de un diseño ampliamente debatido para analizar todas sus aristas, así como de una masiva preparación política y cívica de la población y los cuadros del país llevada a cabo mediante un largo proceso por etapas. El objetivo del empeño sería alcanzar que el pueblo, que es el soberano, postule, elija y controle directamente la actuación de sus representantes en todos los niveles y que éstos reconozcan a sus propios electores como única instancia a rendir cuenta de su trabajo como delegados y diputados, perfeccionándose de esta forma el control popular en general. Para ello también habría que establecer un procedimiento expedito para revocar en cualquier momento a quienes no cumplan con el mandato del pueblo.
En próximos artículos abordaré otras modalidades de la Democracia Directa, convencido que pudiera ser la forma mas consecuente de la plena democracia socialista a la que aspiramos.
La Habana, 10 de septiembre de 2022
Excelente artículo. El o los diputado, quien es el diputado por el cuál voté? Jamás ha estado en una rendición de cuentas, jamas ha ido o han ido allí a donde democráticamente y entusiastamente los elegimos a decir ni esta boca es mía. El diputado se me perdió, despues que lo elegí.
ResponderEliminarMuy bueno> La revolución tiene que continuar a perfeccionar su democracia socialista , involucrando las personas en la nominación . Otro paso importante es profundizar la gestion social produtiva
ResponderEliminarEl tema de la democracia es complejo no se puede inferir tan fácil por lo que está escrito en la ley.
ResponderEliminarPrimero en el barrio se elige a un delegado que generalmente no ha explicado ningún programa de mejoras ni se ha destacado como líder en la comunidad. Es un buen ciudadano (cuando lo es) que el partido en comendo la tarea y uno de sus miembros asume la responsabilidad de proponerlo. Porque digo esto porque ningún líder religioso o no socialista es propuesto y menos aceptado. Quien tenga dudas que viva la vida.
Segundo los delegados provinciales los caen en un listado y generalmente no son conocidos por la comunidad. Es decir que se crea la primera brecha entre el pueblo y sus representantes. Quien tiene el poder no rinde cuentas directamente.
Tercero los diputados a la asamblea nacional están x distante del pueblo. Son otro listado que elabora la Comisión de Candidatura y que no pertenecen ni a la provincia en muchas ocasiones. Los asientos son compartidos entre delegados del pueblo y representantes de las organizaciones de masas y otras organización, es como si el pueblo necesitara de las organizaciones o que este estuviera dividido.
Por último NUNCA se elige, siempre se acepta o no. Es decir que si algún diputado no es electo el asiento se queda vacío. Por eso la campaña de Vote por todos.
Nada que como se dice falta para tener la plena demogracia.