Por Rafael Alhama Belamaric* Aunque hayan pasado tres años, sigue siendo más que un tema a debate un tema actual profundamente práctico y teórico-conceptual, No le he cambiado ni un punto ni una coma, aunque habría puntos para abrir, pues a pesar de todo, el tempo trae sus aires renovadores.
Con el título se
subraya la importancia y necesidad de enfocar,
analizar, conceptuar y hacer propuestas concretas de implementación práctica, considerando la
participación del colectivo laboral,
como parte de una filosofía y concepción más amplia de “participación de los trabajadores”, en sus interrelaciones
sociales y políticas.
En otras
palabras, no se trata de participar como fin en sí mismo, sino participar como condición y base de
unas relaciones sociales cualitativamente diferentes y superiores. Se trata de una participación real y efectiva de los
trabajadores, y ciudadanos todos, en
los procesos de dirección de la sociedad, desde el colectivo laboral,
como célula base.
Sólo así es posible
concebir una dirección de los procesos
al interior de las organizaciones, sean entidades
presupuestadas o empresas, empresas
estatales, o entidades con formas de gestión no estatal, que sean expresión real de los intereses individuales,
colectivos y sociales armonizados. Este planteamiento conceptual inicial es imprescindible, para saber de qué se está hablando. Luego del “para qué”, y el “por qué” que llevaría a un enfoque
necesariamente integral, vendría el
“cómo” práctico. Sin esta lógica del pensamiento, el cómo práctico
tiene corta vida y
más corto efecto.
Otra cosa, sería, fragmentar y simplificar la participación del colectivo
laboral al marco interno de la entidad laboral, empresa o unidad presupuestada, o cualesquiera de
las formas organizativas y de
gestión nuevas que pueden adoptar, a elementos solamente técnicos y organizativos, o de métodos,
estilos, o propuestas organizacionales desarrollados sobre todo en la segunda mitad
del siglo XX que llena una amplia bibliografía, como respuesta a exigencias
de socialización de las organizaciones y de dirección de éstas en las sociedades modernas
capitalistas desarrolladas.
Por las propias experiencias, pasadas más
recientes y más lejanas en el tiempo, por la acumulación de experiencias y de investigaciones realizadas desde
principios de la década del 70 del siglo
pasado, que muestran un estancamiento cuando no involución en la participación de los trabajadores, sobre todo en la última
década, y por las exigencias que plantean los Lineamientos de la Política Económica y
Social, en general, pero específicamente con
relación a los cambios en el Modelo de Gestión Económica y Esfera Empresarial, pero también las Cooperativas, Sistema
Presupuestario y Territorios, es imprescindible enfocar el problema sistémicamente, integralmente, en toda su complejidad.
En un texto
fundamental como es “Participación Social en Cuba” del CIPS de 2004, se abarca por un colectivo amplio de autores, en
un amplio espectro los diferentes
ángulos de la participación, desde variadas
disciplinas, teorías y concepciones el problema. Por tanto, ya existe una acumulación importante de
conocimientos, y no es necesario entrar a
exponer ni desarrollar las ideas y conceptos predominantes en el último siglo en el mundo,
o en Cuba.
Sólo citaré
algunos pasajes, como cuando Valdés Paz, J. dice: “La participación es un proceso social y
político complejo, en el cual es posible
distinguir por su contenido, en una secuencia ideal, fases o momentos cada uno de los cuales es una
manifestación de cierto grado de participación”. (el subrayado es nuestro).
Estamos hablando de
una sociedad concreta y un tiempo histórico determinado.
Por lo tanto, un proceso con su propia historicidad, y que muestra diferencias a lo largo de las décadas, y no a favor
de la participación, en el sentido
con que iniciamos el artículo:
en el sentido de socializar cada vez más el proceso de dirección, en general,
y en particular, la dirección de la empresa.
Entonces, una de las preguntas a hacer y problemas a formular es el siguiente: si la participación política es una variante de la participación social, y la participación
laboral es una expresión de aquella, en tanto en el socialismo en su etapa de tránsito
o construcción, como se
quiera, participar debe ser mucho más que elecciones
desde la concepción liberal, debe ser participar en el gobierno y la gestión, es participar en el poder político, ¿porqué la participación
social y política no se hace efectiva también a través de la participación de los trabajadores en los colectivos laborales? O, pudiera expresarse también así ¿porqué la participación de los colectivos laborales no tiene una expresión
más amplia en la participación social y política?
En 1980, se
estaba frente a grandes retos, en un momento en que se profundizaba la institucionalización del país, y se planteaban para el quinquenio tareas de perfeccionamiento de la empresa y
la introducción del cálculo
económico, y Fidel, en el aniversario XXVII del Moncada decía: “No lograremos la victoria y los éxitos solo con la aplicación de un sistema,
con la aplicación de una experiencia,
con la aplicación de la ciencia en la planificación y la gestión. Detrás
de eso tiene que estar el hombre…..”.
En los Lineamientos
Económicos y Sociales para el Quinquenio 1986-1990 constaba
entre los objetivos
fundamentales uno que decía: “Elevar sustancialmente la participación de la clase obrera
y de todos los trabajadores en los procesos económico- sociales. Impulsar la educación económica y técnica de los trabajadores”. Y más adelante, “El cumplimiento de este objetivo
exige el perfeccionamiento de los mecanismos de participación actualmente en vigor”.
La educación
económica y técnica, el nivel educacional y técnico profesional se siguieron
elevando, hasta alcanzar
veinte años después, la llamada tasa de capital humano
entre las más altas del mundo. Pero,
con baja realización, en lo que desde luego incide directamente la participación del y en el colectivo
laboral que abarca,
o debe hacerlo, a toda la empresa
o entidad laboral
cualquiera.
Regresando a una de las cuestiones
iniciales, se podría preguntar: ¿qué participación con qué contenido?
Colectivo laboral
y participación son dos conceptos, y su origen no puede proyectarse muy atrás en la historia. Surge con el
concepto doctrinario de derecho del
trabajo en el siglo XIX (el primero que se conoce
data de 1862 y la primera Ley de 1909 en Inglaterra), y cobra importancia con el contrato colectivo en el siglo XX sobre todo después de la II Guerra Mundial, y
desde luego la figura e importancia creciente
del sindicato como representante. Luego, también tienen desarrollos con escuelas y doctrinas, de trabajo colectivo, trabajo en equipo y de trabajo cooperativo.
El énfasis, en la sociedad capitalista, y el
sistema de propiedad expresión de
este modo de producción, está en la regulación de las relaciones entre el trabajador que realiza una labor y el patrón
que paga un salario, entre los que hay intereses contrapuestos.
A estos actores, se agregó con el
tiempo un tercer sujeto, y entre los tres determinaron
las relaciones laborales y el contrato colectivo hasta hoy día, aunque esta práctica, por la pérdida
de protagonismo de los
sindicatos por una parte, y las políticas neoliberales actuales, está perdiendo terreno.
Este desarrollo
histórico, que además no podía ser otro, no supo interpretarse correctamente entre nosotros, ni extrapolar a
partir del necesario análisis
crítico. Trajo como consecuencia, que Colectivo Laboral y Participación, se considerara por muchos, y durante mucho tiempo, como expresiones y conceptos “capitalistas” (¿?).
Guardando las distancias, en el socialismo
existen los sujetos, el trabajador, individuo
y colectivo laboral,
el Estado y sus instituciones, el empleador que representa
a la institución de la empresa estatal,
hasta ahora, representante de los intereses
de todo el pueblo, en consecuencia representante de la propiedad
social expresada a través de la propiedad
estatal.
La situación o el escenario hoy día se
complica con las nuevas formas de
gestión no estatal, que tienen organizados colectivos laborales, como las Cooperativas, que no son empresas, y la
forma de Trabajo por Cuenta Propia
que va más allá de la Propiedad Individual, y éstos a la corta hay que considerarlos también.
Económicamente hablando, cada uno tiene características propias de apropiación, distribución y consumo,
por tanto tiene intereses diferentes.
Pero, seguimos en sociedad salarial, y con intercambio monetario-mercantil, aunque las relaciones de producción son diferentes,
y el salario y los incentivos deben constituirse en una de las motivaciones principales, de lo
contrario el valor trabajo sigue perdiendo significado.
Por lo tanto, la participación, sin duda alguna,
pasa ante todo por las decisiones del colectivo laboral,
sobre el sistema salarial, su organización,
su distribución. No es, ni puede serlo, decisión de un nivel superior, ni de un especialista en la materia.
Estas experiencias, en mayor o
menor medida, ya se han pasado, sin grandes o ningún resultado significativo.
Recordar que en
los preceptos constitucionales se declara que “rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de
todo el pueblo sobre los medios
fundamentales de producción”. Este es un principio fundamental, que pudiera considerarse como la parte teórico-conceptual,
sobre todo para aquellos que consideran que la
teoría y los conceptos son extraterrestres, y no ideas sistematizadas salidas
de la práctica y la necesidad.
Si la empresa
estatal es expresión
de la Propiedad Social Socialista, y no hay intereses contrapuestos, sino intereses individuales, colectivos y sociales con
diferentes intereses incluso que pueden estar en conflicto, pero que es posible armonizar, entonces el colectivo laboral
que abarca y representa toda la empresa, incluido el director, debe tener
y ejercer funciones de dueño;
funciones de dirección, para que disminuyan o se eliminen los conflictos existentes. Esto implicaría Participación con mayúscula, con
procesos de dirección socializados, y dirección cooperada
que es dirección en igualdad de condiciones y con las mismas facultades, dirección compartida.
El estilo participativo puede tener variadas
manifestaciones. Puede estar más
próximo al paternalista que al cooperativo; en el primer caso, hay participación con facultad de veto superior, y pueden buscarse metas económicas y productivas
con determinado nivel de motivación
positiva, haciendo énfasis en la recompensa. Pero este estilo está muy alejado de lo que se necesita hoy en la
actualización del modelo económico
y de gestión empresarial. Se necesita una dirección cooperada, sin imposiciones de cargo o rango, que trasciende la entidad,
empresa u otra forma.
Por lo tanto,
tampoco se trata de separar las funciones estatales de las empresariales, aún cuando éstas pueden ir a favor de las que hoy no tiene la empresa. No se trata de
decir, estas funciones de este lado y
estas otras del otro lado; o éstas funciones que son de dirección de un lado y estas otras que son operativas del otro.
De esta manera, el diseño de estrategias o escenarios, que es un instrumental imprescindible en la empresa de hoy, ¿a quien le corresponde?
Para superar el
estado de cosas, es necesario superar también las concepciones largamente establecidas de dirigente-dirigido,
niveles jerárquicos, y sistema
político jerarquizado y centralizado, que ha
potenciado una burocracia vertical y horizontal, administrativa, territorial, excluyente, que conspira también
contra una amplia participación a nivel local y del Poder Popular.
Sin embargo,
a lo largo de la historia del socialismo, estas funciones se han visto limitadas en mayor o menor
medida, pero siempre limitadas, incluso en las experiencias y experimentos más autogestionados, abrogándose el Estado funciones inherentes a él y excluyentes del colectivo laboral,
incluso funciones operativas.
Cuando se plantea
como parte del modelo de gestión económica, la
necesidad de separar las funciones estatales y empresariales, el planteamiento es positivo en tanto se contempla compartir
funciones, pero la separación no implica cooperación ni responsabilidad común o colectiva
entre todos de todas las funciones, sino responsabilidad delimitada, de una y otra parte.
Como la gestión siempre responde y es expresión del tipo y forma de propiedad, es de suponer que las
funciones a nivel de empresa- colectivo
laboral sean de ejecución, mientras las de dirección sean facultades superiores. Como señala Valdés
Paz que “la ejecución sea el de mayor participación y otros como el de toma de decisiones sea el de menor”.
En consecuencia,
la participación del colectivo laboral, se puede ver limitada a la asignación de funciones operativas, lo cual
sería un paso de avance, pero sería extremadamente insuficiente en la concepción
de una dirección socializada, y en momentos en que se plantea potenciar los instrumentos financieros y gestión financiera
a nivel de empresa.
Si fuera así, con ello, se seguiría
en el primer nivel o dimensión de lo
que Martín (1997) señala en que se
expresa la participación: desde
“emulación socialista” cuya etapa más gloriosa ha pasado, pasando por “despliegue de la iniciativa y
la creatividad”, que está francamente estancada, pasando por el “desarrollo de la democracia laboral”, con las acciones de
opinar, proponer y criticar, ejercidas a lo largo de los años, y que hoy se resumen
en “informar”, hasta el “ejercicio de dirección como función especializada”, que sería el nivel más
complejo, y el más urgido, y posible dado el nivel de desarrollo alcanzado.
Prácticamente todos
los autores concuerdan que Colectivo Laboral
es “una comunidad de personas”, que están “unidad
por una actividad conjunta” que, en el socialismo, podríamos decir por
las “relaciones de producción
socialistas”, una “unidad de objetivos e intereses”, por “mutua responsabilidad”, “ayuda mutua”, y que disponen de “órganos de dirección”, con
mayor o menor autonomía, o
autodirección que sería el caso de mayor autonomía; sería lo más próximo a autogestión, un concepto que
todavía causa dudas e incomprensiones.
¿Cómo se expresaría esta dirección?
A partir del contenido funcional del trabajo; contenido socio- económicos
y contenido técnico-organizativo. Sin necesidad de entrar a
explicar cada uno, es imprescindible recordar que para Marx y Engels, la Propiedad se expresa en:
“las relaciones de los individuos entre sí, en lo tocante al material, el instrumento y
el producto del trabajo”; más tarde hablarían
del “productor asociado”, de la
propiedad social como premisa de la “verdadera
propiedad individual”.
De allí que, sin entrar en
el contenido funcional, y el contenido técnico-organizativo, que pueden estar más claro, el contenido socio-económico establece el vínculo
entre el trabajo
del individuo y de toda la
sociedad, que pasa por el colectivo laboral,
y que refleja las “relaciones sociales de producción”, uno de los conceptos más complejos y profundos
desarrollados por Marx y Engels, para las cuales
se realiza el proceso laboral.
¿Como entonces separar el proceso laboral
y el colectivo laboral, y las funciones
del colectivo laboral-empresa y las relaciones sociales del colectivo
laboral de las relaciones sociales
de producción existentes?
Si se separan,
que es probablemente lo que ha venido ocurriendo, primero se hacen disfuncionales las relaciones sociales
del colectivo laboral, y en
segunda, se separan las relaciones sociales de
las relaciones de propiedad. La consecuencia es muy práctica, y es la exclusión
de la empresa y entidades
en general de las funciones de dueño.
Recordemos que uno de los principios generales de las Bases Generales del Perfeccionamiento Empresarial (1998) decía:
“PARA PROPICIAR Y DESARROLLAR LA MAS AMPLIA PARTICIPACION
DE TODOS LOS TRABAJADORES Y QUE SE CONSTITUYA EN ELEMENTO DE DIRECCION Y ORGANIZACION EMPRESARIAL, EL PROCESO DE LA
TOMA DE DECISIONES DEBE UTILIZAR EL ANALISIS Y LA DISCUSION COLECTIVA DE LOS ASUNTOS QUE SE
SELECCIONEN, SOBRE LA BASE DE LA MAS AMPLIA INFORMACION Y LA COMUNICACION ADECUADA. DEBEN COMBINARSE ADECUADAMENTE LA RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL Y LA COLECTIVA. LOS JEFES RESPONDEN
POR SU ACTUACION ANTE UN SOLO JEFE”.
Pero, para ello, es
preciso diseñar e implementar transformaciones
en la gestión interna de los colectivos laborales, a partir de una nueva concepción del colectivo laboral, y
de los vínculos con los territorios y
la sociedad en su conjunto, sobre la base de nuevas concepciones y regulaciones para su implementación. En
particular, se trata de cambiar
las concepciones, vías y mecanismos del proceso de dirección.
También, actualizar los derechos y responsabilidades de los trabajadores y directivos que integran el colectivo laboral y sus vínculos reales; lograr efectivos procesos
de rendición de cuenta de todos los miembros al interior de los colectivos; cambiar las relaciones colectivo-individuo con el Estado, y una efectiva
representación laboral a nivel local y territorial.
Se trata de proyectar
y alcanzar un colectivo laboral
con una participación real y efectiva en las decisiones internas y
externas, que lleve al desarrollo de un proceso
de democratización de toma de decisiones, operativas y estratégicas, desde la propuesta
y recopilación de información,
hasta la implantación y seguimiento de las
decisiones. Sólo así se puede alcanza el máximo de eficiencia económica y productiva y de servicios,
sobre la base de todo el potencial del colectivo laboral.
Alguien
como Drucker, uno de los autores más leídos y respetados en la segunda mitad del siglo XX, pionero de los cambios en la empresa y la corporación capitalista, hace
más de diez años antes de morir,
reconocía que no le había dado la importancia que tiene, y subrayaba que en los próximos años para
alcanzar nuevas metas y objetivos económicos en las empresas,
sólo sería posible
si se atendían correctamente las relaciones sociales
de las organizaciones.