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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

sábado, 5 de marzo de 2016

Las fases o etapas de la integración económica

Dr. Alfonso Casanova Montero
Lic. Ismael Zuaznabar Morales

Hoy en el mundo se incrementan los procesos de globalización y de integración mundial y por ello es importante para todos los países y más en los de economías muy interrelacionadas con el comercio internacional ,destacar los rasgos más generales de la integración económica y sus potenciales fases o etapas.

Tipos de integración según sus objetivos.

Los procesos de integración económica son generalmente dinámicos y difícilmente se desarrollan bajo un mismo esquema y contengan un solo tipo o modelo puro ya que habitualmente, a los elementos propios y característicos de cada etapa o fase integradora, en cada caso concreto, es muy común y normal se sumen alguna particularidad de otro modelo o fase integracionista a partir de las singularidades de sus miembros y regiones. 

La integración internacional, entre dos o más países, no debería verse solo desde los ángulos políticos o económicos cuando más bien resultan estos procesos de una combinación de ambos elementos a los cuales hay que sumar también factores religiosos, educativos, culturales, idiomáticos , geográficos y otros mas, sin dejar de lado otras variadas cuestiones que también inciden en la dinámica de estas acciones a favor de la unión económica internacional.


Así cuando se avanza hacia las etapas superiores de la integración económica aumenta la cantidad de elementos comunes entre sus participantes y de manera colateral las coordinaciones políticas crecen mientras se pasa de una a otra de las fases consideradas clásicas y aceptadas internacionalmente de estos procesos y se suman nuevos condicionantes y metas a alcanzar sobre las necesidades y circunstancias originales del área a integrar o a las exigencias iniciales de los países interesados en algún tipo de unidad económica política, social, cultural, científica, religiosa etc. 

Estas coincidencias y normativas comunes que surgen mientras avanzan los procesos pueden darse en variados campos específicos fuera de la economía clásica material y por eso es necesario al medir el dinamismo de los diferentes procesos de integración ver cuáles son los elementos dominantes en los esquemas existentes y por crear.

De esta manera las integraciones regionales e interregionales suelen articularse a través de diversos sistemas o fases a saber:

· Zona Preferencial de Comercio o Unión Fronteriza,

· Zona (o Tratado) de Libre Comercio( TLC)

· Unión Aduanera.

· Mercado Común.

· Unión Económica y Monetaria.

· Comunidad Económica o Unión Económica Completa

Estos distintos esquemas de integración requieren por parte de los Estados diferentes grados de compromisos y en los acuerdos más simples y elementales, estos no suelen ceder facultades o potestades esenciales de sus políticas, internas y externas, en órganos regionales y comunitarios, conservando para sí la plenitud o mayoría de sus derechos soberanos. Los órganos creados suelen tener, en estos casos, generalmente funciones propositivas, de control de los acuerdos, de análisis y estudios, y administrativas y las decisiones esenciales de avance, nuevos miembros, etc. y los temas de políticas comunes se toman, generalmente, por el acuerdo unánime o consenso de los miembros.

Destaca en el tema como a medida que se analizan los esquemas integracionistas más complejos se aprecia un mayor grado de compromisos asumidos por los Estados, y esto se observa en la complejidad de la estructura organizativa-funcional de los procesos de integración, las mayores funciones y poderes conferidos a los órganos comunitarios, en la elaboración del llamado derecho comunitario y por supuesto también en el método de solución de los conflictos elaborado, que puede variar desde las negociaciones directas, el sometimiento de la diferencia sobre algún tema especifico a un tribunal arbitral (ad - hoc o permanente) o la creación de un tribunal del proyecto con funciones permanentes y atribuciones suficientes para decidir sobre el derecho particular de los miembros y las decisiones de los Estados , como es el caso del Tribunal de Justicia en la Unión Europea.


Este nivel o fase implica el surgimiento de un acuerdo comercial internacional creado mediante un sistema de accesos preferenciales para determinados bienes o servicios de ciertos países, lo que ocurre generalmente a través de la reducción de las tarifas arancelarias, otorgadas por los interesados, a veces bilateralmente, sin la necesaria eliminación total de estas. Una zona este tipo puede ser creada mediante uno o varios acuerdos y aparece como la modalidad más sencilla y muchas veces inicial de la integración económica. Un ejemplo de ZPC es el formado por Rusia( ex URSS ) y los estados vecinos y entre la Unión Europea y algunas de sus ex colonias.

Puede existir en este tipo de acuerdos varias fases dentro de las siguientes.


Otro ejemplo de este tipo de acuerdo, aunque impuesto, fue el tratado llamado de “Reciprocidad Comercial” entre Cuba y Estados Unidos, firmados a principios del Siglo XX, con características desproporcionadas a favor del segundo cuando solo se concedía a Cuba un 20 % de rebaja de derechos aduaneros en algunos productos como el azúcar de caña, mientras los productores estadounidenses exigían reducciones para sus productos que oscilaban entre un 20 % y un 40 %, según las partidas. El gobierno cubano dilató la respuesta para elaborar una contrapropuesta bien fundamentada, pero la cancillería estadounidense presiono al presidente Tomás Estrada Palma (1902-1906) y al finalizar noviembre de 1902, la resistencia de la administración cubana se había debilitado notablemente, cuando llegó a La Habana el general Tasker H. Bliss para la negociación final del convenio. El tratado se firmó el 11 de diciembre de 1902 y pasó a los senados de los signatarios para su ratificación. (López Segrera. F, 1975)


Se entiende por tal un área o Tratado de Libre Comercio (TLC) surgido de un acuerdo internacional comercial multilateral o bilateral cuyo objetivo esencial y básico es aumentar el intercambio de bienes y servicios entre los participantes y puede verse igualmente como un proceso donde se da la gradual eliminación de los derechos arancelarios entre los miembros del TLC para los productos de los países integrados en el área establecida, pero manteniendo los aranceles propios respecto a los destinos e intercambios fuera del área preferencial acordada. En este acuerdo no surge un arancel común frente a terceros y esa es una de sus limitaciones.


Se dice también que es un nivel intermedio entre el régimen de preferencias aduaneras y las uniones aduaneras, ya que en los TLC cada país conserva su autonomía en la elaboración de su política comercial exterior y en sus esquemas tarifarios e impositivos, así como políticas de barreras no arancelarias particulares, a frente a agentes externos al tratado. Es decir que se procura la eliminación de las barreras arancelarias dentro del grupo creado pero cada territorio conserva su autonomía y por ello puede fijar a discreción sus aranceles extra-zona. 

Un caso destacado de esta etapa o fase de integración económica lo ofrece el Tratados de Libre Comercio de América del Norte(TLCAN) firmado entre México, los Estados Unidos de América y Canadá en 1992 y entre los estados latinoamericanos esta el Acuerdo de Complementación Económica MERCOSUR-Chile, el cual establece la formación una zona de libre comercio entre ambos, en un plazo de 10 años, empleando un programa de liberación comercial paulatino y progresivo a ser aplicado según listado aprobado de mutuo acuerdo de los bienes y los servicios a ser liberados de los territorios de las Partes . 


En América latina este formato de acuerdo se inicio en la segunda década del Siglo XX cuando Argentina y Uruguaya aprobaron la ampliación del comercio reciproco siendo importante destacar que este tipo de integraciones es la predominante entre los países subdesarrollados.


A tenor con las interpretaciones generalizadas de esta fase de los procesos de integración económica se conceptualiza a la Unión Aduanera (UA) como el acto donde ocurre o se acuerda , entre dos o más territorios nacionales definidos como entes jurídicos y políticos independientes , actuar frente a terceros como una sola unidad territorial , además la de crear condiciones para la eliminación intra-zona (total o parcial y de forma inmediata o gradual) de los derechos de aduana y otras restricciones al libre comercio de bienes y servicios en su intercambio de productos originarios de los miembros, y que los derechos y otras reglamentaciones aplicadas por las partes en su comercio extra zona serán homogéneos e idénticos, lo máximo posible.


Se define también a la UA como una forma intermedia de integración en la que los estados que la conforman eliminan actúan así como una unidad comercial internacional única y por tanto constituye un nivel más avanzado al existente en un TLC en donde los países miembros de este generalmente se limitan a eliminar o reducir las barreras arancelarias que dificultan el comercio entre ellos , pero no fijan obligatoriamente políticas comunes frente a terceros, y por eso aunque la UA es un paso de la integración inferior a un mercado común, supera el nivel de la zona de libre comercio.

Otro concepto o noción de lo que se entiende por unión aduanera resulta de la jurisprudencia de los tribunales internacionales y por ejemplo el Tribunal Permanente de Justicia de La Haya en el año 1931, en oportunidad de pronunciarse respecto al régimen aduanero existente entre Alemania y Austria, estableció que una Unión Aduanera requería:

· Unidad en los marcos jurídicos y de legislaciones y de aranceles entre sus integrantes.

· Unidad de políticas fronterizas y de territorio aduanero frente a los Estados no miembros

· Supresión de derechos de exportación e importación en los intercambios entre los Estados Parte, y

· El reparto, según proporciones establecidas de los derechos aduaneros.

La U.A se puede ver también como una convención o serie de acuerdos y tratados comerciales entre países que suprime el pago o percepción de derechos al salir las mercaderías de un lada hacia otro del acuerdo , destacándose que estos pueden tener aristas y hasta vertientes políticas, citándose como ejemplo la unificación germana del siglo XIX que fue posible gracias a la base creada entre los pueblos que integraron el antiguo Imperio alemán por el establecimiento y la formación de la unión aduanera entre las regiones de Prusia, Baviera, Hannover, Sajonia y otros Estados en 1834.

La UA se puede desarrollar sobre elementos esenciales tales como:

· Lliberación del intercambio entre los participantes, con la eliminación de los aranceles para los bienes y servicios seleccionados a tal efecto.

· Elaboración y aprobación por sus componentes de un Arancel Externo Común (AEC).

· Algunos procesos pueden sumar otra característica propia de la unión aduanera como es la creación de una Aduana Común que controle bajo una misma autoridad el intercambio externo de la zona y genere ingresos al área integrada.

Los resultados finales de la UA son esencialmente:

· Los derechos aduaneros son eliminados dentro del territorio común.

· Cada país utiliza iguales normas de aduana en sus relaciones con terceros.

· Se aplica una política comercial exterior común que la hace diferente de la zona de libre comercio pues en este nivel se establece el A.E.C.

· Se logra mayor unidad a los objetivos y metas del proceso en cuestión.


Se han desarrollado a lo largo de la historia, diversos esquemas o uniones aduaneras y algunas lograron sostenerse sólo formalmente, fracasando en la consecución de los fines propuestos, otras han logrado avances y sufrido retrocesos, y otras han ido desarrollándose lenta, pausadamente, pero de mantener el firme propósito de obtener el logro de sus objetivos, podrán lograr el desarrollo de la región. Podemos citar:

· El Grupo Andino.

· Mercado Común Centroamericano (M.C.C.A.).

· El CARICOM.

· La ALADI.

· El Mercado Común del Sur. (MERCOSUR).

· El Grupo Andino (CAN).

La reducción de las trabas comerciales entre dos o más países, ya sea porque formen un TLC o una unión aduanera, generalmente provocan incrementos de los flujos comerciales entre ellos, aunque esto no siempre sucede y es lo que se conceptualiza como “creación de comercio” elemento que merece una valoración positiva en la medida que aumente el tamaño de los mercados y además posibilita a los consumidores de los estados miembros acceder a bienes y servicios ofertados por los productores más eficientes, sin distingo de que sean nacionales o foráneos. 

No obstante no resulta positivo pensar que todo proceso de unión e integración generaliza sus beneficios a todos los países, empresas y ciudadanos miembros de tales acuerdos siendo muy generalizada la existencia de desigualdades significativas que existen, e incluso se desarrollan, a pesar de los benéficios del aumento de los flujos comerciales y de servicios que puedan resultar y en el análisis detallado del TLCAN se verá como México refleja tal criterio. 


En este tipo de acuerdo encontramos una etapa superior de la integración cuando se establecen entre sus partes la circulación libre de bienes y servicios más otros factores de la producción es decir trabajadores y capitales y se crean políticas unitarias y comunes ya no solo en actividades netamente comerciales sino que generalmente estas se extienden mas allá a las esferas productivas y hasta las financieras en ciertos caos. Esta al respecto por ejemplo, la Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea. 

Este nivel supera ampliamente al TLC y la UA pues incorpora a la fuerza de trabajo dentro de las elementos a normar de forma unificada y además alcanza a los restantes factores productivos lo cual fortalece a los procesos de integración, aunque impliquen la cesión parcial de la soberanía estatal , clásica, por lo que es necesaria la creación de instituciones u organismos supranacionales que aseguren la viabilidad de esta estructura económica abarcadora más allá del espacio de actuación clásico del poder del estado tradicional.

Por igual se define al mercado común cuando un conjunto de estados acuerdan promover el comercio libre de bienes y servicios entre ellos facilitando su libre circulación (pueden haber ciertas restricciones aun durante cierto tiempo) limitando o eliminando los aranceles a las importaciones/exportaciones dentro del grupo mas el trazado de políticas comunes en las diferentes áreas económicas, promover la libre circulación de personas y capitales además de lograr consenso para actuar unidos en la arena internacional. Ejemplos de mercado común es Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela)




Su existencia presupone el haber creado anteriormente un acuerdo y llegado al nivel de M C , a lo cual se suma la adopción de un signo monetario unificado, moneda única o mayoritaria dentro del grupo y exista una importante coordinación en el trazado de las políticas públicas comunes en las áreas acordadas.


En este nivel solo se haya la Unión Europea, (UE) con importantes limitaciones aún cuando no todos sus miembros forman parte de su unión monetaria y existen diferencias importantes en la concepción de ciertas políticas dentro del grupo como se detallara cuando se analice el sistema de integración europeo más delante.

Integración Económica Completa (IEC)

Implica además de todos los pasos anteriores la unidad políticas que se suma a la económica y la adopción de planes comunes y conjuntos en los más amplios asuntos de los estados modernos. Para calificar a este nivel se requiere la unificación integral de las concepciones y acciones en las esferas productivas, comerciales, monetaria, financiera, fiscal, social, de servicios, etc. y además implica el surgimiento de una autoridad supranacional cuyas decisiones recaen, sin restricciones, sobre los estados miembros.


La fase es el punto considerado como el más avanzado de integración que se conoce hasta la fecha lo que requiere e implica un fuerte compromiso económico y sobre todo político por parte de los estados miembros con el esquema elegido.

Este nivel comprende la integración de prácticamente todos los aspectos de la actividad económica de los interesados y lleva a la adopción de políticas gubernamentales, macro y micro económicas , uniformes y además de encontrarse en él las características analizadas en los esquemas anteriores, es decir: vigencia del arancel externo común, la libre circulación de capitales, bienes, servicios y personas, se suma además se establecen e implementan política internas y externa uniformes ,(algo generalmente lento) ; destacándose además una supra estructura orgánica, con órganos comunitarios supranacionales, no sólo políticos y legislativos, sino también judiciales, con la creación del Tribunal de Justicia de la Unión.

También se puede adoptar una documentación única o uniforme para los ciudadanos que serán denominados “ciudadanos comunitarios”, sin perder su identidad base, pero adquiere igualdad de derechos y garantías, obligaciones y responsabilidades en cualquiera de los estados miembros lo cual es un paso positivo pero a la vez generador de potenciales desacuerdos como el existente entre Gran Bretaña y el resto de la Unión Europea ,en relación al trato y beneficios de los ciudadanos de otros miembros en el territorio británico, tema aun en discusión a principios del año 2016.

Se destaca por igual la norma jurídica en este punto de las fases de la integración de que se sobresalen y respetan los objetivos e intereses comunitarios, que son privilegiados ante los intereses o conveniencias de los Estados individualmente. El único espacio que ha alcanzado cierto nivel de cercanía a este nivel de integración es la Unión Europea.


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