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sábado, 3 de febrero de 2018

Mitrans emite nuevas regulaciones para entidades y trabajadores por cuenta propia que operan taxis en CUC

Por: René Tamayo León
Actualizan normativas para servicio de taxis en CUC. Autor: Abel Rojas Barallobre.











El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros aprobó el pasado 19 de enero los principios para la generalización del sistema de gestión para las empresas que prestan servicios de taxis en pesos cubanos convertibles (CUC).
En base a ello, el Ministerio del Transporte (Mitrans) emitió una serie de disposiciones que deberán ser cumplidas por las agencias de taxis, las agencias de gestión de pasaje y los trabajadores por cuenta propia que arriendan equipos, servicios o locales de la empresa Taxis Cuba.
Las nuevas “reglas del juego” para las entidades y su empleomanía, y para los trabajadores por cuenta propia que operan vehículos de alquiler en esta moneda, están disponibles en la Gaceta Oficial No. 11 Extraordinaria del 31 de enero de 2018 (versión digital en www.gacetaoficial.gob.cu).

De las agencias

A través de la Resolución No. 12/2018, el Mitrans fijó las Normas generales para el funcionamiento de las unidades empresariales de base (UEB) denominadas agencias de taxis, las que están subordinadas a la Empresa Taxis Cuba, integrada al Grupo Empresarial de Servicios de Transporte Automotor (GEA), el cual es atendido por el Ministro del Transporte.
Las agencias —indica— funcionan bajo el principio de autofinanciamiento, a partir de los servicios que brindan por la explotación de los vehículos que se les asignen, así como por otros servicios conexos. Pueden arrendar microbuses, autos modernos, autos antiguos, yipis, cocotaxis y trenes turísticos a trabajadores por cuenta propia (taxistas arrendatarios).
También pueden prestar servicios a los transportistas con vehículos de su propiedad (taxistas propietarios), titulares de Licencia de operación de transporte, que se asocien con ellas, y con los que se suscriben contratos para ofrecerles una serie de prestaciones.
La resolución dictamina que los vehículos de los taxistas, propios o arrendados, han de estar provistos de taxímetro o tarifario oficial, el distintivo de «Taxi» y signo distintivo o una pegatina que los autoriza a prestar servicios y a utilizar las piqueras que para este fin autorice la administración pública correspondiente.
Todos los vehículos vinculados, sean arrendados o propios, han de estar pintados de amarillo con el techo blanco y la rotulación establecida por la empresa para cada tipo de estos. Se exceptúan los fabricados antes de 1960. Los taxistas propietarios han de asumir los gastos por el cambio de imagen.
Todos los taxistas pueden optar por los servicios de recogida, por los servicios a crédito o ambos.
Además de los vehículos, la agencia de taxi puede arrendar a trabajadores por cuenta propia o a cooperativas no agropecuarias (arrendatarios de locales) que estén vinculados a la actividad, locales para la prestación de servicios conexos.
Sobre los clientes, la Resolución No. 12/2018 añade que pueden serlo todas las personas naturales y jurídicas, siempre que cumplan las normativas que les resulten aplicables; y se establecerán categorías de tarifas según el tipo de cliente, por los volúmenes y por la frecuencia de su demanda.
Con respecto a los suministros y la contratación, establece que la agencia de taxi elabora un plan de compra de los recursos necesarios para mantener en funcionamiento el ciento por ciento de los autos modernos, yipis y microbuses, garantizando su mantenimiento y reparación.
También puede adquirir, de forma centralizada, neumáticos, baterías, lubricantes y otros elementos básicos necesarios a los medios de transporte que operan los taxistas arrendatarios de autos antiguos, cocotaxis y trenes turísticos, así como para los taxistas propietarios con contrato suscrito.
Sobre los portadores energéticos, dispone que la agencia sea la encargada de proveer combustible a los propietarios y arrendatarios de taxis, y garantizar que los taxistas arrendatarios y propietarios tengan una tarjeta magnética para el consumo de combustible, la cual es personal e intransferible.
La cuota de combustible asignada a los autos modernos, yipis y microbuses arrendados, así como a los cocotaxis y microbuses que prestan servicio en rutas preestablecidas (ruteros) será la equivalente a la necesaria para prestar servicios por el promedio de kilómetros recorridos diariamente.
Para el resto de los vehículos, la legislación fija una cuota mínima mensual de combustible según ciertos parámetros.

Agencias de gestón de pasaje

La resolución No. 13/2018 del Mitrans instituye las Normas generales para el funcionamiento de las UEB agencias de gestión de pasaje, pertenecientes a la Empresa Taxis Cuba, las cuales —subraya— funcionan bajo el principio de autofinanciamiento y optimizan los servicios de taxi a partir de su gestión.
Ofrece servicio de recogida a través de la central de llamadas, y por reserva o a crédito a través de contratos. No realiza transacciones en efectivo y todos los cobros y pagos se ejecutan a través de una agencia bancaria mediante los instrumentos de pago establecidos.
La resolución resuelve, además, que para prestar estos servicios pueden suscribir contrato con la agencia de gestión de pasaje todos los taxistas adscritos a las agencias de taxis de la empresa que radiquen en la misma provincia de la gestora, tengan la condición de propietarios o de arrendatarios.

Contratos de arrendamiento o servicios para los taxistas

La resolución No. 14/2018 del Mitrans versa sobre las Normas para los contratos que suscriba la empresa para el modelo de gestión de arrendamiento de taxis.
Los taxistas que deseen suscribir contratos, además de los requisitos establecidos en la legislación vigente, deben presentar la Licencia de operación de transporte vigente y el certificado actualizado de la inspección técnica del vehículo.
También deben abrir una cuenta corriente en pesos cubanos (CUP) y otra en pesos cubanos convertibles (CUC) en una sucursal bancaria y para ambas solicitar tarjeta de débito; y acreditar su afiliación a la seguridad social y su número de identificación tributaria.
Previo a la suscripción de los contratos, sea por arrendamiento de vehículos, por servicio a taxistas propietarios o por arrendamiento de locales, la agencia exige formar una provisión de fondos como garantía, cuyos términos explica en extenso, por lo cual reiteramos leer la Gaceta Oficial indicada.

Pagos adicionales a los trabajadores de las agencias

Para los trabajadores estatales de las agencias de taxis y las agencias de gestión de pasaje, recomendamos leer la resolución No. 15/2018 del Mitrans, también en la misma Gaceta Oficial y que aprueba el pago adicional máximo según la demanda de servicio de taxi del territorio donde cada una radique.
La legislación estableció a este fin tres rangos de demanda según las provincias: demanda alta, La Habana y Matanzas; demanda media, Pinar del Río, Cienfuegos, Villa Clara, Sancti Spíritus, Ciego de Ávila, Camagüey, Holguín y Santiago de Cuba; y demanda baja, Artemisa, Mayabeque, Las Tunas, Granma, Guantánamo y el municipio especial Isla de la Juventud.

Precios y tarifas para trabajadores por cuenta propia

Por último, la resolución No. 16/2018 del Mitrans establece los precios y las tarifas en CUP y CUC —según corresponda—, de los servicios y productos que ofrece a los trabajadores por cuenta propia vinculados a los modelos de gestión económica en las agencias de taxi y agencias de gestión de pasaje de la Empresa Taxis Cuba, y las agencias de Coches Hicacos y Ómnibus Hicacos, estas subordinadas a la Empresa Provincial de Transporte de Matanzas.
Fija así las tarifas para el arrendamiento de los vehículos pertenecientes a las agencias de taxis, y las tarifas de prestación de servicios a propietarios de vehículos contratados.
También enmarca la venta a los transportistas con contrato, por parte de las agencias de taxis, de piezas de repuesto y materiales para el mantenimiento y la reparación de los vehículos; los precios de los servicios de mantenimiento y reparación; y la adquisición de combustible, entre otras tarifas.

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(Tomado de Juventud Rebelde)

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