Fidel


"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

lunes, 23 de febrero de 2026

¿SE ELIMINAN LOS ARANCELES DE U.S RELACIONADOS CON CUBA ?

Por Joshua Suarez Facebook



🇨🇺

⚠️
Análisis jurídico integral de la orden 14380 (20 de febrero de 2026)
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La orden firmada el 20 de febrero de 2026 produce un efecto limitado y técnicamente preciso: elimina únicamente los aranceles adicionales ad valorem impuestos bajo IEEPA en una serie de órdenes ejecutivas previas, pero no termina las emergencias nacionales ni el régimen general de sanciones.
👉
¿Qué pasa específicamente con la 14380?
1️⃣
Se eliminan solo los aranceles adicionales bajo IEEPA
La nueva orden dispone que:
• Los “additional ad valorem duties” (recargos porcentuales sobre importaciones)
• Impuestos bajo autoridad de IEEPA
• En virtud de la 14380 dejan de estar en vigor y deben dejar de cobrarse “tan pronto como sea practicable”.
Si la 14380 había impuesto, por ejemplo, un recargo adicional del X % a ciertos bienes relacionados con Cuba bajo IEEPA, ese recargo queda eliminado.
2️⃣
La emergencia nacional declarada en la 14380 sigue vigente
El texto es explícito:
• La emergencia nacional no se termina.
• La 14380 no se revoca.
• El fundamento legal bajo la National Emergencies Act sigue activo.
Eso significa que el Presidente conserva autoridad IEEPA sobre ese marco.
3️⃣
Todas las demás medidas de la 14380 permanecen intactas
No se afectan:
• Sanciones financieras
• Bloqueos de activos
• Prohibiciones de transacciones
• Restricciones regulatorias
• Controles de exportación
• Cualquier otra medida que no sea el arancel adicional bajo IEEPA
👉
Resumen para la 14380:
Arancel adicional bajo IEEPA
❌
Eliminado
Emergencia nacional
✅
Sigue vigente
Régimen de sanciones
✅
Sigue vigente
Restricciones financieras
✅
Siguen vigentes
Autoridad presidencial bajo IEEPA
✅
Se mantiene
‼️
Conclusión precisa
‼️
👉
La 14380 no fue cancelada ni debilitada estructuralmente.
Solo se retiró el componente de aranceles adicionales bajo IEEPA.
Es una modificación económica puntual, no un levantamiento de sanciones ni una normalización de relaciones.
International Emergency Economic Powers Act (IEEPA)
¿Qué es IEEPA?
IEEPA es una ley federal de Estados Unidos de 1977 que otorga al Presidente amplios poderes para regular o bloquear actividades económicas cuando declara una emergencia nacional frente a una amenaza extranjera.
Su fundamento jurídico se activa junto con la National Emergencies Act, que regula cómo se declaran y administran emergencias nacionales.
👉
¿Cuándo se puede usar?
IEEPA se puede invocar cuando existe:
• Una amenaza inusual y extraordinaria
• Que provenga total o sustancialmente del extranjero
• Y que afecte la seguridad nacional, la política exterior o la economía de EE.UU.
El Presidente debe declarar formalmente una emergencia nacional para activarla.
👉
¿Qué permite hacer?
Bajo IEEPA, el Presidente puede:
1️⃣
Bloquear bienes
Congelar activos de gobiernos extranjeros, empresas o personas.
2️⃣
Prohibir transacciones
Impedir que ciudadanos o empresas estadounidenses hagan negocios con entidades sancionadas.
3️⃣
Restringir comercio
Regular o prohibir importaciones y exportaciones.
4️⃣
Imponer medidas económicas
Incluyendo, como en el caso que analizaste, aranceles adicionales ad valorem.
👉
¿Qué NO permite?
IEEPA no autoriza:
• Uso de fuerza militar.
• Confiscación permanente automática sin proceso legal.
• Acciones sin declarar formalmente emergencia.
👉
¿Quién la ejecuta en la práctica?
Principalmente:
• Departamento del Tesoro (OFAC)
• Departamento de Comercio
• Departamento de Seguridad Nacional (Aduanas)
Importancia práctica
IEEPA es la base legal central de la mayoría de los regímenes de sanciones económicas de EE.UU., incluyendo sanciones contra:
• Gobiernos extranjeros
• Redes de narcotráfico
• Terrorismo
• Programas nucleares
• Interferencia extranjera
❇️
Conclusion:
IEEPA es la herramienta legal que permite al Presidente usar poder económico como instrumento de seguridad nacional durante una emergencia declarada.

domingo, 22 de febrero de 2026

Violaciones de la orden ejecutiva de Trump de imponer aranceles a quien le venda petroleo a Cuba.

 La decisión de imponer aranceles a los países que compren petróleo a Cuba, anunciada por el presidente Donald Trump mediante una orden ejecutiva, constituye, desde la perspectiva del derecho internacional, una violación grave y multifacética. Expertos de la ONU y asociaciones internacionales de juristas han calificado esta medida como una forma extrema de coerción económica unilateral con efectos extraterritoriales, que contraviene los principios fundamentales de la Carta de las Naciones Unidas, las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el derecho internacional humanitario .

A continuación, se detallan las principales leyes y principios del derecho internacional que esta acción vulnera:

1. Violaciones a la Carta de las Naciones Unidas y al Derecho Internacional Consuetudinario

Esta orden ejecutiva socava los pilares fundamentales sobre los que se asienta el orden internacional, establecidos en la Carta de la ONU.

  • Principio de No Intervención y No Interferencia en Asuntos Internos: Al dictar con quién pueden o no comerciar otros estados soberanos, Estados Unidos está interfiriendo directamente en sus asuntos internos. La medida busca coaccionar a terceros países para que alteren sus relaciones comerciales lícitas, lo que viola una norma consuetudinaria de larga data en el derecho internacional .

  • Principio de Igualdad Soberana de los Estados: La Carta de la ONU (Artículo 2.1) establece que todos los miembros son iguales en soberanía. Imponer sanciones a estados soberanos por ejercer su derecho a comerciar libremente niega este principio fundamental, al tratar a estos países como entidades subordinadas que deben acatar las decisiones unilaterales de Washington .

  • Prohibición de Medidas Coercitivas Unilaterales sin Autorización del Consejo de Seguridad: De acuerdo con el Artículo 41 de la Carta, solo el Consejo de Seguridad de la ONU tiene la autoridad para imponer medidas que no impliquen el uso de la fuerza armada (como sanciones económicas) para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales. Al no existir dicha autorización, la orden ejecutiva es un acto unilateral incompatible con el derecho internacional .

2. Violaciones al Derecho de la Organización Mundial del Comercio (OMC)

La medida de Trump ignora por completo las normas que rigen el comercio internacional en el seno de la OMC.

  • Extraterritorialidad Ilegal de la Ley Doméstica: La orden ejecutiva pretende aplicar la ley estadounidense (invocando la International Emergency Economic Powers Act o IEEPA) más allá de sus fronteras para regular actividades comerciales que ocurren enteramente entre otras naciones y no tienen una conexión directa con Estados Unidos. Esta aplicación extraterritorial de la ley doméstica es contraria a los principios de la OMC .

  • Incumplimiento de los Acuerdos Comerciales Multilaterales: La amenaza de imponer aranceles punitivos a las importaciones provenientes de países que comercian con Cuba es incompatible con los compromisos de Estados Unidos en el marco de la OMC, que se basa en la no discriminación y la previsibilidad del comercio. La medida elude los mecanismos multilaterales de solución de diferencias .

3. Violaciones al Derecho Internacional Humanitario y de los Derechos Humanos

Más allá de las relaciones entre estados, esta política tiene consecuencias devastadoras para la población civil cubana, lo que constituye violaciones graves a sus derechos humanos.

  • Castigo Colectivo a la Población Civil: Al restringir el suministro de combustible, la medida afecta directamente el acceso a servicios esenciales como la generación de electricidad, el funcionamiento de hospitales, el suministro de agua potable, el transporte público y la producción y distribución de alimentos. Privar a la población de estos bienes esenciales puede ser considerado una forma de castigo colectivo, prohibido por el derecho internacional humanitario .

  • Violación de Derechos Económicos y Sociales: Las acciones que provocan escasez de combustible tienen un "efecto dominó" que menoscaba derechos fundamentales protegidos por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como el derecho a la salud, a la alimentación y a un nivel de vida adecuado .

4. Violación de Instrumentos Regionales y Resoluciones Internacionales

La medida también contradice compromisos asumidos en el ámbito regional y la voluntad expresada repetidamente por la comunidad internacional.

  • Proclamación de América Latina y el Caribe como Zona de Paz: Firmada por los países de la CELAC en 2014, esta proclama obliga a resolver las controversias por medios pacíficos y a abstenerse de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza. La política de asfixia económica de Estados Unidos socava directamente la paz y la estabilidad de la región .

  • Resoluciones de la Asamblea General de la ONU: La comunidad internacional, a través de la Asamblea General de la ONU, ha aprobado de forma abrumadora y año tras año (con votaciones como 187-2 o 185-2) una resolución que pide el fin del bloqueo a Cuba. Esta nueva medida ignora y desacata la voluntad de la mayoría de los estados miembros de la ONU .

En resumen, la decisión de imponer aranceles a los socios comerciales de Cuba no solo es una escalada del bloqueo histórico, sino que representa un acto de "agresión económica" que desafía el estado de derecho internacional, erosiona el multilateralismo y prioriza la coerción unilateral por encima de la diplomacia y la cooperación, con un costo humano directo e inaceptable para el pueblo cubano.

Hoy culmina en México la Campaña" "De pueblo a pueblo, acabemos con el bloqueo" (Fotos)

Por Humberto Herrera Carlés

Hoy culmina la Campaña de recolección que desde el 14 de febrero se viene realizando en Mexico.

Lugar: Zócalo de la CDMX.

Objetivo: Recolección de medicamentos y alimentos para enviar a Cuba como muestra de apoyo.

Organizadores: Colectivo de solidaridad militante 'Va por Cuba' y la Asociación de cubanos residentes en México 'José Martí'.


Además, durante estas fechas también se realizaron actividades culturales y de entretenimiento en el mismo espacio, gestionadas por la Secretaría de Cultura de la CDMX.

Ayer participé, junto a otros compañeras y compañeros que han estado todo este tiempo ( incluyendo a mi compañera Ivon Guerra),  porque entre semana trabajo,  en la recogida de alimentos, medicinas de todo tipo, productos de aseo , lámparas fotovoltaica, velas, hasta alimentos para gatos.

Es increíble la cantidad de pueblo mexicano que han ido a entregar no lo que les sobra sino lo que tienen, y hasta niños, ( hijos de mexicanos que estaban participando) ayudaron a repartir agua y otras tareas.


Pasaron también cubanos a provocar, diciendo que eso no llegaba al Pueblo cubano, a gritar patria y vida (minúscula) . No contaban con que habíamos cubanos patriotas que deseamos lo mejor para la Patria . Nunca voy entender a esos cubanos.

!!!!! Al pueblo mexicano mi eterno agradecimiento !!!!

P.D Fotos nuestras

viernes, 20 de febrero de 2026

Trump lleva su guerra comercial al mundo entero: todo lo que hay que saber. Comentario HHC



El nuevo arancel entrará en vigor el 24 de febrero y estará vigente durante 150 días.


Imagen ilustrativaDouglas Rissing / Gettyimages.ru


El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la imposición de un gravamen comercial del 10 % para todos los países del mundo, tras la decisión del Tribunal Supremo de anular parte de sus aranceles.

La Casa Blanca publicó los detalles de la nueva barrera comercial y señaló que entrará en vigor el 24 de febrero.



En el comunicado de prensa se indica que la imposición del arancel se debe a "emergencias nacionales ante amenazas inusuales y extraordinarias para la seguridad nacional, la política exterior o la economía de Estados Unidos".

De la otra publicación de la Casa Blanca también se desprende que el arancel adicional no se aplicará a las importaciones a EE.UU. de algunos minerales críticos, recursos energéticos, recursos naturales, fertilizantes, medicamentos y ciertos tipos de productos electrónicos.

Los medios señalan que, desde el punto de vista legal, un arancel de este tipo solo puede imponerse por 150 días, y luego requeriría la aprobación del Congreso.
"Puedo destruir el comercio, puedo destruir un país"

Trump expresó su descontento con la decisión del Tribunal Supremo y prometió buscar vías alternativas para mantener sus aranceles.

"Puedo destruir el comercio, puedo destruir un país, incluso puedo imponer un embargo que destruya ese país. Puedo embargar. Puedo hacer lo que quiera, pero no puedo cobrar ni un solo dólar", expresó el mandatario en conferencia de prensa.

La anulación

La Corte Suprema estadounidense declaró este viernes ilegales los fundamentos con los que la administración Trump impuso aranceles globales y, por tanto, anuló su aplicación. La sentencia invalida tanto los gravámenes destinados a combatir el tráfico de drogas como los conocidos como 'aranceles recíprocos', al considerar que excedieron las facultades legales otorgadas por el Congreso.

El presidente de la Corte Suprema, John Roberts, subrayó que la facultad de imponer aranceles es "muy claramente una rama del poder impositivo". Recordó que la Constitución de EE.UU. otorga al Congreso, y solo a este organismo, "acceso a los bolsillos del pueblo" a través de la recaudación de impuestos. Por lo tanto, cualquier delegación de ese poder al Ejecutivo debe ser explícita y clara.

Comentario HHC: Esto de Trump, es la prueba de que estamos en presencia de un sicópata, con delirios de grandeza. La perreta y su infantilismo le dio por poner a todos los paises el 10 % de aranceles, lo veremos rectificando una y otra vez, su improvisación. El chantaje, la presión (abuso) es su arma favorita.

Por otra parte,  no es su fuerte cumplir la ley, asi anda con 34 delitos a cuesta, y mando atacar al Capitolio cuando perdió las elecciones. Ahora la Corte Suprema le corrige la plana, y reprocha a magistrados que votaron en su contra, porque dice que es una traición porque el los propuso y aprobó, otra prueba que no es la ley lo que impera en su mundo mafioso y fascista que esta rigiendo en el gobierno de EEUU.

Paradojicamente los analistas plantean  que la Corte Suprema lo benefició en parte, porque con ello la economía puede mejorar, y sería positivo para las elecciones de medio término de Noviembre 2025, donde tradicionalmente, el punto débil de los Republicanos es la economía .Pero Trump, tiene tres prioridades él, él y él.

Cuba, en esa guerra arancelaria se puede beneficiar y también perjudicar. Hay que observar como evoluciona todo, pero es una anarquía el mundo cada vez mas, con imprevisibles consecuencias, como resultado entre otras, del actuar estadounidense, que saben que han perdido hegemonía.