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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz
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martes, 23 de abril de 2024

ACERCA DE LA LLAMADA ENTIDAD CENTRAL DE PROPIEDAD PÚBLICA

Por Luis Marcelo Yera

Posiblemente, el tema más polémico en los intercambios sobre la próxima ley de la empresa estatal socialista, sea el referido a la institución central que estaría a cargo de orientar e impulsar su desempeño.

Un término genérico que se emplea para referirse a este tipo institución, es el de Entidad Central de Propiedad Pública (ECPP), el cual llegó a Cuba a través de un importante seminario impartido en 2016 por la Unión Europea, en el Instituto Nacional de Investigaciones Económicas (INIE)[1].

El objetivo de este trabajo es aportar más elementos y recomendaciones sobre este tipo de entidad.

La ECPP es una estructura estatal que ha mostrado su viabilidad, en lo que respecta a que el Estado ejerza mejor su papel de representante del dueño. Muchos países la aplican, al concentrar a todas o las principales empresas de este tipo de propiedad, mediante diferentes expresiones organizativas (Holdings, Comisión, Consejo Superior, Comité, y otras), a la vez que se implementa una determinada separación entre la propiedad y la gestión en dichas empresas.

El empleo de la ECPP en países capitalistas ha representado un triunfo contra el neoliberalismo, al significar un rechazo a la privatización a ultranza de empresas estatales, además de una demostración de las superiores posibilidades de estas si se aplica un cambio disruptivo en su gobernanza.

Una ECPP de referencia en el mundo capitalista –aunque también es reconocida por China y Vietnam-, debido a su concepción al aplicar la lógica del sector privado en su administración, es Temasek Holdings, de Singapur, creado en 1974 y regido por la Ley de Sociedades del país. Temasek es una suerte de organización corporativa que tiene al Ministro de Finanzas como único accionista. Este último nunca interviene en las decisiones de inversión de Temasek, al igual que esta tampoco lo hace en relación con las empresas de su cartera, las que pagan impuestos como cualquier otra, siendo estos su único aporte al presupuesto nacional, si se hace abstracción de lo mucho que este último recibe del único accionista de la entidad.

En 2014, en el cuarenta aniversario de la fundación de la Temasek, el entonces Presidente del país, Dr. Tony Tan Keng Yam, expresó: “Claramente, no era asunto del gobierno administrar tales empresas, por lo que Temasek se creó para hacerse cargo y poseer unas 35 empresas e inversiones diversas”, representando estas últimas en marzo de 2023 un portafolio global de 287 mil millones de USD, principalmente localizado en Singapur y el resto de Asia. A su vez, el Presidente de Temasek desde 1996 a 2013, S. Dhanabalán, también declaró: “Encomendar a la junta directiva y a la gerencia la realización de negocios y la planificación y ejecución de la sucesión sin interferencia política, nos hace únicos en la comunidad de empresas estatales”[2].

Por otra parte, en los países de orientación socialista que han adoptado la ECPP, en este caso, China y Vietnam, la misma ha representado una alternativa válida al fallido esquema aplicado por el llamado Socialismo Real, en el que numerosos ministerios tutelaron a las empresas de sus sectores o ramas, restringiendo fuertemente su autonomía.

En China, la Comisión de Administración y Supervisión de Activos Estatales (SASAC, por sus siglas en inglés), es una organización ad-hoc que fue creada en 2003, unos 25 años después del inicio de las reformas y no incluye a todas las empresas estatales del país. Hoy está adscrita al Consejo de Estado (equivalente en Cuba al Consejo de Ministros) y se rige por la Ley de Sociedades. La SASAC está internacionalizada y, al cierre de septiembre de 2023, controlaba 98 corporaciones con activos por 7 480 MM USD y utilidades por 155 247 MM USD[3], siendo el Estado el accionista mayoritario de cada una de ellas. Esta entidad orienta e impulsa la reforma y reestructuración de las empresas que atiende, promoviendo un sistema empresarial moderno y competitivo, enfocado a la Responsabilidad Social Empresarial. Su dirección es atendida por el Partido Comunista de China, al ser su presidente uno de los Secretarios de su Comité Central. SASAC paga impuestos al presupuesto nacional, pero también transfiere billones de yuanes al mismo para incrementar el fondo de seguridad social[4].

Por su parte, Vietnam creó en 2006 la Corporación para la Inversión de Capital Estatal (SCIC, por sus siglas en inglés, que hoy se mantiene), mientras maduraban las condiciones para fundar en septiembre de 2018 su ECPP, el todavía joven Comité de Gestión del Capital Estatal (CMSC, por sus siglas en inglés), 32 años después del comienzo de las reformas, el cual administra hoy 19 grupos y corporaciones que alcanzaron en 2023 ingresos por 43 700 MM USD, con una ganancia antes de impuesto de 2 200 MM USD[5].

El CMSC, no abarca a todas las empresas estatales del país, a la vez que sus cuadros principales provienen de las altas esferas del gobierno.

Es importante expresar que las ECPP de China y Vietnam, las cuales administran grandes empresas con un fuerte componente ramal, llevan a cabo una provechosa cooperación entre ellas para desarrollar sus respectivos planteles empresariales.   

Una reciente tesis doctoral[6] demuestra que la economía política generada en la Unión Soviética, no tuvo en cuenta determinadas leyes y principios vinculados a la concepción materialista y dialéctica de la historia, por lo que no pudo revelar que el paradigma productivo socialista está vinculado a un conglomerado de agrupaciones empresariales organizadas ramalmente, el que durante la transición convive con los demás tipos socioeconómicos de propiedad. Ello avala, al menos "anatómicamente”, a las ECPP de ambos países amigos. 

Algunas reflexiones sobre Cuba  

Aunque la institución central que se maneja en Cuba pretende cubrir todas las empresas estatales, debe considerarse que la misma disponga en su interior de un ente que aglutine, gradual y principalmente, a las mejores agrupaciones empresariales del país, como, por ejemplo, el Grupo Empresarial de Tabaco de Cuba (TABACUBA).

La institución central cubana debe estar adscrita al Consejo de Ministros, mientras que para su ente deben reservarse cuadros de alto nivel provenientes de dicho Consejo.  

Cuba no debe descartar acompañar el proceso de desarrollo del mencionado ente, del proceso de cooperación de las entidades correspondientes de China y Vietnam, así como del vínculo particular con cada una. 

Lo anterior puede ser importante para conformar un banco estratégico de aspirantes a integrar el ente élite de la institución central cubana.

Sin embargo, no debe olvidarse que una mayor flexibilidad y autonomía no es garantía de un buen desempeño. De lo primero han disfrutado más los grupos empresariales BioCubaFarma y AZCUBA, al no estar vinculados a ningún ministerio, y, sin embargo, los resultados de este último han sido deplorables.

De igual manera, existen actividades altamente sensibles cuyo traslado a otro tipo de control debe ser sopesado cuidadosamente y dedicárseles su debido tiempo. 

 

(23-4-2024)



[1] Se hace referencia al seminario “Gobierno corporativo de empresas públicas”, impartido durante varios días por dos expertos extranjeros.

[2] La información brindada en este párrafo está tomada de varios sitios de internet.

[3] Ver, “China evaluará a los directivos de empresas estatales por su rendimiento en el mercado”, en https://m-es-investing-com.cdn.ampproject.org

[4] Desde la anterior nota hasta aquí, se consultaron varias fuentes de internet.

[5] Tomado de diferentes sitios de internet.

[6] Se hace referencia a, “Los tipos socioeconómicos en la fundamentación de las políticas futuras sobre el universo empresarial cubano”, defendida con éxito en mayo de 2023, por el autor de este trabajo. 

jueves, 7 de diciembre de 2023

ANTEPROYECTO DE LA EMPRESA ESTATAL SOCIALISTA

Por Humberto Herrera Carlés

Les comparto el link con el documento que se titula este post, para el que quiera descargarlo.

https://drive.google.com/file/d/1-xNNYZDZ1yPgcglOZzvBb1azKxkzz5SG/view?usp=drive_link

La buena noticia es :  !!! que hay ya  un Anteproyecto !!!. 

jueves, 2 de noviembre de 2023

Ante la Ley de Empresa

Por Luis Aparicio Cruz

En un artículo publicado el pasado setiembre sobre la Reestructuración de la Economía cubana expresé:

“…la evolución de la Reforma depende en gran medida de la velocidad a la que se reestructuren las Empresas Estatales y se reorganice el Sistema Empresarial del país, bajo un marco legal que otorgue iguales derechos a todos los actores, independientemente de la forma de propiedad, una vez definidos los Medios Fundamentales de Producción. La regulación para ello se ha pospuesto más de una vez”

Ahora está previsto debatir en la próxima sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular un proyecto de la diferida Ley de Empresas, a este tema le dedico los siguientes párrafos.

En primer lugar es imprescindible para cualquier reflexión sobre este tema tener en cuenta el margen de legislación que nos ofrece la Constitución de la República en sus Fundamentos Económicos:

ARTÍCULO 18. En la República de Cuba rige un sistema de economía socialista basado en la propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción como la forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que tiene en cuenta, regula y controla el mercado en función de los intereses de la sociedad. 

ARTÍCULO 22. Se reconocen como formas de propiedad, las siguientes: 

a)   socialista de todo el pueblo: en la que el Estado actúa en representación y beneficio de aquel como propietario. 

b)  cooperativa: la sustentada en el trabajo colectivo de sus socios propietarios y en el ejercicio efectivo de los principios del cooperativismo. 

c)  de las organizaciones políticas, de masas y sociales: la que ejercen estos sujetos sobre los bienes destinados al cumplimiento de sus fines. 

d)    privada: la que se ejerce sobre determinados medios de producción por personas naturales o jurídicas cubanas o extranjeras; con un papel complementario en la economía. 

e)  mixta: la formada por la combinación de dos o más formas de propiedad.

f)   de instituciones y formas asociativas: la que ejercen estos sujetos sobre sus bienes para el cumplimiento de fines de carácter no lucrativo. 

g)   personal: la que se ejerce sobre los bienes que, sin constituir medios de producción, contribuyen a la satisfacción de las necesidades materiales y espirituales de su titular. 

A partir del texto constitucional la Ley de Empresas debiera tener en cuenta que en el mercado van a estar actuando en funciones empresariales la Empresa Estatal (tenedora de los medios fundamentales de producción), los distintos tipos de Cooperativas, la Empresa Privada de capital nacional y extranjero y las Empresas Mixtas.

Siguiendo el orden de la Constitución debemos definir cuáles son los medios fundamentales de producción.

Acogidos a este enunciado se llegó a estatizar toda la economía del país, hecho que comienza a rectificarse. Cuando se dice fundamentales”, estamos refiriéndonos a ineludibles, estos son aquellos de los que necesariamente depende el funcionamiento de todos los actores económicos en cualquier escenario, la propia Ley Fundamental se refiere a ellos:

ARTÍCULO 23. Son de propiedad socialista de todo el pueblo: las tierras que no pertenecen a particulares o a cooperativas integradas por estos, el subsuelo, los yacimientos minerales, las minas, los bosques, las aguas, las playas, las vías de comunicación y los recursos naturales tanto vivos como no vivos dentro de la zona económica exclusiva de la República. 

ARTÍCULO 24. La propiedad socialista de todo el pueblo incluye otros bienes como las infraestructuras de interés general, principales industrias e instalaciones económicas y sociales, así como otros de carácter estratégico para el desarrollo económico y social del país. 

ARTÍCULO 22 Todas las formas de propiedad sobre los medios de producción interactúan en similares condiciones; el Estado regula y controla el modo en que contribuyen al desarrollo económico y social. La ley regula lo relativo al ejercicio y alcance de las formas de propiedad 

Estas precisiones expresan claramente hacia donde debe dirigirse la nueva Ley en busca del crecimiento de la Economía, el aumento de la productividad, principal factor determinante del crecimiento potencial de la economía, y el desarrollo social:

Estimular la creación de nuevas empresas, Incentivar cambios en el mapa empresarial que conduzcan a una estructura productiva equilibrada; eliminando todas las trabas que frenan su constitución, inversión, crecimiento y desarrollo, promover vías de colaboración y encadenamientos, para ello es imprescindible adoptar las decisiones siguientes: 

  • No limitar el tamaño posible de las empresas privadas. Rectificar la lista de actividades no permitidasPermitir que una persona natural pueda ser socio de más de una empresa, a fin de canalizar el ahorro nacional hacia las inversiones
  • Establecer reglas que transfieran celeridad a la vida de las empresas. Eliminar todos los frenos preceptivos y administrativos que impiden el crecimiento y la creación de empleo, los que entorpecen la asignación de recursos´
  • Crear las instituciones estatales y/o privadas que contribuyan al financiamiento de las empresas y al desarrollo de los mercados financieros. Establecer en la Ley el precepto: “Todas las formas de propiedad sobre los medios de producción interactúan en similares condiciones”, por lo que esta Ley debe integrar todas las formas de propiedad nacional y extranjera.

Sobre la Empresa Estatal escribí el 27 de febrero de 2021, en este blog, lo siguiente:

“…resulta de imperiosa necesidad efectuar un estudio integral de todo el sistema empresarial estatal, partiendo de un Plan de Negocios que exponga la factibilidad de la empresa y trace su estrategia a corto y mediano plazo. Hecho esto la Empresa Estatal Socialista estará en condiciones de ponerse un traje nuevo.”

Lo reiteramos, es necesario un análisis a profundidad de toda la actividad empresarial estatal, cuestionando: ¿Es un medio de producción fundamental?, ¿es factible económicamente? Y tomar decisiones acerca del futuro de cada una de las entidades.

Dotar a la Empresa Estatal de la autonomía muchas veces anunciada para que pueda actuar con independencia, valentía y aire emprendedor para tomar las decisiones oportunas a fin de cumplir los objetivos para los que fue constituida, sin una tutela centralizadora y burocrática

El sector cooperativo está legislado:

Recientemente se publicó el Decreto-Ley 76/2023 “De las Cooperativas Agropecuarias” que establece: 

Artículo 14.1 del “El Consejo de la Administración Municipal aprueba o deniega, mediante Acuerdo, la creación de las cooperativas agropecuarias de su territorio en un término de sesenta días naturales a partir de recibida la solicitud, oído el parecer del delegado municipal de la Agricultura, de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños o del sindicato correspondiente, según sea el caso”- 

Se continúa dilatando los procesos de constitución; los productores, los que quieren emprender un proyecto de primera necesidad para el país, al que ponen sus recursos, tienen que esperar 60 días para que los gobernantes del territorio, que tienen muchas otras responsabilidades, le den el visto bueno. 

Las Cooperativas No Agropecuarias están reguladas por el Decreto Ley 47/2021, el que establece: 

Artículo 13. El Ministerio de Economía y Planificación autoriza la creación de las cooperativas 

La propiedad privada sobre determinados medios de producción está regulada por el Decreto-Ley 46/2021 Sobre las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME); para ser constituidas requieren la autorización del Ministerio de Economía y las personas naturales solo pueden ser socios de una empresa. No existe Ley o Decreto que permita a las personas naturales cubanas emprender un negocio de mayor tamaño. Estas restricciones deben ser corregidas en la nueva Ley. 

La Inversión Extranjera está regulada por la ley no. 118 de la Inversión Extranjera, abril 2014, comparada con la anterior, ofrece mayores posibilidades y facilidades a los inversionistas extranjeros, incorpora nuevos sectores, sin embargo, el reglamento para su aplicación genera un camino extenso y complejo, lo que constituye un freno, por impotencia, para el inversor; téngase en cuenta los plazos de tiempo legales que puede tener constituir una nueva empresa en otras latitudes. 

Sobras razones para estimular la Inversión Directa de Capital Extranjero, para ello deben ofrecerse, además de las oportunidades, un procedimiento ágil y transparente por lo que se debe actualizar la Ley de 2014 y formalizar un nuevo reglamento no burocrático, permitir la contratación directa de la fuerza de trabajo; otorgar estimulación fiscal y arancelaria.

 

Es inaplazable la participación del sector privado, nacional y extranjero en la recuperación y crecimiento del PIB, para que se incremente el empleo con altas tasas de crecimiento de la productividad. Los resultados de la Economía al cierre de 2022 lo exigen.

 

Junto a muchos colegas hemos coincidido en que el país necesita una Reforma Estructural de amplias dimensiones para salir de la profunda crisis en que se encuentra, también coincidimos en que la Reforma tiene que comenzar por el sector que crea la riqueza: La Empresa. Para ello se requiere una ley que no frene, sino que sea una vía expedita para el progreso del sistema empresarial en todo su desenvolvimiento.

Han transcurrido más de 5 años desde que se anunció la ley, también tenemos consenso en cuanto a que el tiempo es una variable crítica y ya está en el momento que no admite un minuto más de dilación, cada día que transcurre sin concretar la Reforma se convierte en meses y hasta años para ver los resultados, no requiere demostración.

domingo, 5 de marzo de 2023

Acerca de la ley de empresas en Cuba. Opiniones

Dra Ilena Diaz: 

Ley de empresa, cuidado no creamos que por tener una se resuelve todo:

1) para lograr la autonomía hay que cambiar el entorno de las empresas estatales, es decir, todo lo que hoy se regula centralmente y que, de hecho, interviene en la gestión y decisión de las empresas, por ej. El monopolio del comex, la inversión extranjera, los destinos de las utilidades, etc

2) la Ley no entra en detalles y la quiebra, con lo que estoy de acuerdo, debe ser una ley independiente para todos los actores

3) para que la ley supere lo estatal de lo no estatal, no basta una única ley, es necesario un cambio de políticas y de concepción. Baste decir que la constitución habla de similares condiciones y esto se usa de modo muy a conveniencia, sin entender su fundamento

Por último, lo que necesita la Empresa Estatal es una transformación integral que según el tipo de empresas se le regularan económicamente por un sistema de incentivos de forma diferenciada, modificando el entorno regulatorio que provea la autonomía y entonces, que ello se plasme en una ley.

El asunto con los actores no estatales es más complejo, aunque una ley, incluso de sociedades, es que realmente las aceptemos, las asumamos, las fomentemos como parte indisoluble y necesario de nuestro tejido y no lo sigamos viendo como un mal necesario.

Luis Marcelo Yera: 

Creo que en el caso de la empresa estatal, la ley debe de hacer pronunciamientos generales válidos, a tono con nuestra propia experiencia y la mundial con estas entidades.

Por ejemplo, creo que la única alternativa viable a contemplar en la ley en cuanto a centralizar los medios fundamentales de producción, es la de introducir una Entidad Central de Propiedad Pública (término y organización muy utilizada en el mundo), equivalente a un conglomerado de grupos empresariales o compañías, que impida el tutelaje de los ministerios a estas empresas.

La ley debe defender un adecuado balance centralización/descentralización de decisiones que les aporte una autonomía comparable a lo mejor alcanzado por sus similares en el mundo.

Debe establecer clasificaciones en diferentes ámbitos; institucionalizar la consulta a los trabajadores en varias esferas; hacer referencia a la medición de la productividad de la mejor manera posible; aplicar las mejores técnicas de organización y dirección; fomentar su incremento; velar porque sus utilidades sean suficientes; incluir lo correspondiente a la Responsabilidad Social Empresarial; dejar un margen para la introducción de empresas públicas, etc.

Dr Silvio Calves

Muy buena alerta y hay que pensar más en los ciudadanos que muchas veces no tienen opciones de a cuál empresa acudir, pues, hemos sido un país de proliferación de monopolios.

Ileana Díaz Fernández

Coincido en general con todos los criterios, lo que enfatizaba es que la Ley no soluciona los problemas de la EE, puede ser un referente, pero si no se entiende q hay que cambiar muchas normas, resoluciones, lo que implica cambiar un enfoque de dirección de la economía, no se logra nada y la ley será papel muerto. Mientras solo se sepa dirigir de forma vertical, de ordeno y mando, la EMPRESA ESTATAL SEGUIRÁ SIENDO LA VARIABLE DE AJUSTE, es decir, si falta combustible, se le quita a la empresa, si hay q arreglar los barrios, que otro no arregló, se le da la tarea a la empresa, si el presupuesto tiene mucho déficit se aumentan los pagos de las empresas al presupuesto, si hay inflación se topan precios y otras medidas. Así no hay empresa que funcione, porque el enfoque es rentista, no de fomento. Si no hay esa concepción, es difícil que la ley lo contemple y en el supuesto q por un acto de magia se lograra, si no hay convencimiento, la forma de dirigir seguirá siendo la misma sin dejarla ser empresa.

Dr. Humberto Blanco Rosales: Ojo: como se dice en matemática, es condición necesaria, pero no suficiente. Hay mucho por hacer en el marco institucional para la regulación y fomento diferenciados de los actores económicos y en el entorno macroeconómico. Y en cuanto a la ley, más que una ley que los abarque a todos, se trata de un marco jurídico para los diversos actores, dadas sus diferencias. Y que regule temas como la competencia y la quiebra.

Se trata, también, de comprender que existe toda una diversidad de modelos de negocios y en general de enfoques en la gestión empresarial, y particularidades tecnológicas, económicas, culturales, de fuerzas actuantes, que diferencian sectores de actividad y a las empresas participantes. Tal diversidad no puede constreñirse a una normativa que pretenda prescribir una única y pormenorizada manera de gestionar las empresas. Sencillamente no funciona.

Ley de Empresas en Cuba, necesidad inaplazable

No es para las empresas estatales, sino para todas las formas de propiedad existentes y en todas las escalas.




Al parecer, el gobierno cubano ultima los detalles de la futura Ley de Empresas, ley que debió aprobarse hace ya algunos años y que fue pospuesta nuevamente en 2022. Al fin, todo indica que el nuevo Parlamento que se constituirá este año lo tendrá en su agenda para la última sesión, en diciembre del 2023.

Dentro de lo que se ha llamado “Actualización del Modelo Económico”, una Ley de Empresas es algo muy importante si el objetivo es avanzar. Si no se le da solución a las incongruencias del tejido empresarial cubano, no se puede aspirar a salir del punto tan bajo en que se encuentra la economía cubana.

Pocos conocen los detalles de la normativa final, pero las autoridades del país comentaron que se había encuestado a más de 600 empresas estatales lo que les permitió a ellos discutir sobre el alcance, objetivos y principios de la futura ley.

Pero hay que recordar que la nueva Ley de Empresas no es para las empresas estatales, sino para todas las formas de propiedad existentes y en todas las escalas.

Alejandro Gil Fernández, ministro de Economía y Planificación, comentaba hace pocas semanas que para esa ley se estaban valorando los movimientos organizativos y de descentralización, la tipología, la integración, el patrimonio, las formas de asociarse o expandirse, el régimen económico, la autonomía, las relaciones financieras con el Estado, la participación de los trabajadores, los órganos de dirección, la responsabilidad social y el control y la auditoría interna, entre otros aspectos.

Afirmó Gil Fernández también que “esta ley ayudará a poner en su lugar muchas cosas asociadas a sus misiones, gobernanza, Juntas de gobierno, Osde (Organización Superior de Dirección Empresarial), asignación de recursos, facultades para promover la inserción internacional y creación de negocios con inversión extranjera”.

La nueva normativa tiene que superar la disyuntiva entre lo estatal y no estatal, y reconocer los elementos de autonomía empresarial, seguridad jurídica y propiedad que exigen todas las empresas para poder cumplir sus fines.

Pero, ¿cuál es la estructura de las entidades cubanas al cierre de diciembre del 2022?


El gráfico ilustra que no son las empresas estatales las protagonistas del tejido empresarial cubano en cuanto a número, aunque ciertamente suman el mayor número de activos, de empleos, de valor de producción, en actividades estratégicas, entre otros indicadores.

Hay que tener en cuenta que la Constitución cubana plantea en su artículo 27 que la empresa estatal “es el sujeto principal de la economía nacional”, y aunque se reconoce su autonomía en administración y gestión, sigue siendo altamente dependiente de las decisiones y regulaciones que establece la dirección del país. Y ese es un problema que lastra a la empresa estatal.

El modelo económico socialista que impera en Cuba no ha podido garantizar el bienestar económico, ya que se ha intentado hacerlo avanzar desde un nivel muy bajo de su desarrollo productivo y construirlo, durante un largo período, a partir de la preeminencia de empresas estatales cargadas de ineficiencia.

No existen documentos teóricos o programáticos que expliquen cuántas empresas estatales deberían existir en Cuba, en qué ramas deben estar las mismas, y si no es mejor hablar de empresas públicas. Nunca se ha precisado que para que una empresa sea socialista tiene que ser estatal. Pero esa idea está fija de algunos decisores. Fue lo que condujo a la conocida Ofensiva Revolucionaria de 1968, con las nacionalizaciones de todas las empresas existentes en el país.


Refinería de Cienfuegos S.A. Foto: Otmaro Rodríguez.

Se sabe que una empresa de propiedad estatal sólo podría ser competitiva si tiene autonomía. Es decir, si ella toma sus propias decisiones y goza de una verdadera gerencia empresarial para la administración de recursos.

Tampoco nunca ha quedado definido el concepto de “medios de producción fundamentales”. Pienso que los decisores consideran que la fortaleza de la economía socialista cubana estaría garantizada por la cantidad de las empresas que están bajo el sistema estatal, y eso es un craso error.

Hay que tener muy presente el concepto de empresa socialista y cuál es su clasificación estadística y en qué ramas están; si en la producción de acero, o administrando un kiosko.

La tan añorada Ley de Empresas tendrá que definir cuáles son los incentivos prevalecientes para las empresas cubanas en su totalidad.

En el conglomerado empresarial cubano hay un gran número de empresas con pérdidas y una ineficiencia más que probada. Por ende, es necesario que en esa ley se refleje la quiebra de las empresas con pérdidas consecutivas. que afectan el desarrollo económico.

No se debe temer al cierre de esas empresas en pérdidas y, en algún caso, darla a los trabajadores en forma de acciones, para que ellos intenten reflotarla, ya que serían beneficiados de las utilidades que ellos mismos sean capaces de lograr. No se debe menospreciar la inventiva de algunos colectivos cubanos.

Es necesario que esa Ley de Empresa clarifique y reanalice la estructura empresarial de Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE) y las Unidades Empresariales de Base (UEB) ya que estas últimas no tienen personalidad jurídica, lo cual les impide contar con una cuenta bancaria —con todas las restricciones que ello implica. En esa situación se encuentran los pocos centrales azucareros cubanos que existen todavía.


Vendedor de rositas de maíz y granizado. Foto: Otmaro Rodríguez.

La subordinación de las empresas a las OSDE no ha sido un buen invento, mucho menos para los que más producen y sí un beneficio para las que menos. Hay empresas que distribuyen poca utilidad, o cero, y las que pueden no lo hacen, por no tener liquidez. Sin embargo, las direcciones de las OSDE distribuyen a veces más utilidades entre ellas.

Las OSDE existen precisamente para mantener el control burocrático centralizado a nivel de país y para maniatar a las empresas de base. Los distintos planes que se le imponen a las empresas de base las amarran en su desempeño y son generalmente mal concebidos, ya que un deporte nacional es nunca cumplir los planes existentes, y en eso se destacan los planes inversionistas empresariales.

El entorno de la actividad empresarial en Cuba es la misma que caracteriza a todo el país, entre ellas la burocracia, inseguridad jurídica, orientaciones superiores, entre otras.

La economía cubana necesita definir ya el nuevo marco jurídico, político, económico y social para las empresas. Esa Ley tiene que eliminar las barreras regulatorias. Y debe permitir superar la preocupación por el crecimiento de las empresas privadas o cooperativas. Es decir, romper el atavismo que impide la acumulación de las empresas.

La Ley debería establecer las diferencias entre las distintas empresas, con sus formas de organización jurídica, su tamaño, su clasificación sectorial, territorial, y objetivo de beneficio.

Es inconcebible, en un país tan pequeño como Cuba, con fuertes rivales internacionales y un bloqueo asfixiante contra el país, nos demos el lujo de seguir aplazando y cuestionando temas vitales. Sobran experiencias internacionales de países que han comenzado su desarrollo en menos tiempo que el cubano y cada año ascienden un peldaño, mientras Cuba sigue retrocediendo.

Durante un tiempo China intentaba proteger a su empresa estatal, pero a la vez le daba amplias facilidades al sector privado: jugaba a la competencia, y a la vez tenía sectores estratégicos que controlaba, como por ejemplo, la banca. Pero hoy China es la segunda economía del mundo y la empresa estatal es minoría. Entonces por qué perder tiempo intentando descubrir lo que otros ya hicieron, y con resultados concretos.

viernes, 17 de febrero de 2023

Preparan en Cuba las bases del anteproyecto de Ley de empresas. Comentario HHC

Por: Fidel Rendón Matienzo

En este artículo: CubaEconomíaEmpresaGobiernoLeyPolíticaSociedad
 



Reunión del Consejo Interinstitucional de uno de los macroprogramas del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030, el de Gobierno, institucionalidad y macroeconomía. Foto: ACN

Camino a contar con una Ley de Empresas, cuyo anteproyecto será sometido a discusión y aprobación en diciembre de este año por la Asamblea Nacional del Poder Popular, desde el 2022 Cuba trabaja en la concreción de las bases que podría tener esa normativa, se supo hoy en la capital.

Los resultados de una encuesta realizada con ese propósito a 646 empresarios estatales, en busca de los primeros consensos, fueron expuestos en una reunión del Consejo Interinstitucional de uno de los macroprogramas del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030, el de Gobierno, institucionalidad y macroeconomía.

Alejandro Gil Fernández, vice primer ministro y titular del Ministerio de Economía y Planificación (MEP), destacó la importancia del proceso de debates y consultas que se desarrollará en todo el territorio nacional, en aras de enriquecer el documento inicial, ahora en preparación para someterlo a la valoración de la dirección del país.

Subrayó que el llamado del General de Ejército Raúl Castro Ruz a estremecer la empresa estatal socialista, la Constitución de la República, los Lineamientos del VII Congreso del Partido y la Conceptualización del Modelo Económico Cubano sirven de guía para sentar los principios de la futura legislación.

La mencionada encuesta permitió recoger los primeros consensos alrededor del alcance, objetivos y principios de la ley.

Sobre la empresa estatal se valorarán sus movimientos organizativos y descentralización, tipología, la integración, el patrimonio, las formas de asociarse o expandirse, el régimen económico, la autonomía, las relaciones financieras con el Estado, la participación de los trabajadores, los órganos de dirección, la responsabilidad social y el control y la auditoría interna, entre otros.


Alejandro Gil Fernández, vice primer ministro y titular del Ministerio de Economía y Planificación (MEP), destacó la importancia del proceso de debates y consultas que se desarrollará en todo el territorio nacional, en aras de enriquecer el documento inicial, ahora en preparación para someterlo a la valoración de la dirección del país. Foto: ACN

Gil Fernández y Johana Odriozola Guitart, viceministra del MEP, recordaron el peso de la empresa estatal en la economía cubana, como principal aportadora de bienes y servicios, por lo cual debe distinguirse por su eficiencia y eficacia.

¿Cuál es el modelo de empresa que necesitamos?, se preguntó el vice primer ministro, y aclaró que esta ley ayudará a poner en su lugar muchas cosas asociadas a sus misiones, gobernanza, Juntas de gobierno, Osde (organización superior de dirección empresarial), asignación de recursos, facultades para promover la inserción internacional y creación de negocios con inversión extranjera, entre otros aspectos.

En el encuentro del Consejo Interinstitucional del macroprograma Gobierno, institucionalidad y macroeconomía representantes de la academia y de varios organismos expusieron sus criterios en torno a la futura normativa, cuya aprobación por la Asamblea Nacional del Poder Popular se adelantó para diciembre del actual año.

(Tomado de ACN)

Comentario HHC: La tristemente célebre, "Comisión de Implantación de los Lineamientos" avanzó bastante en este sentido, pero como nos ocurre en ocasiones , no se concretó. Pero no se debe desechar lo avanzado en el plano teórico- práctico, como tampoco los aspectos positivos del Perfeccionamiento Empresarial de las FAR, así como el proceso de descentralización de autoridades en el década el 90 en sectores claves de la economía como el turismo entre otros, mismas que se dieron marcha atrás a estas últimas, porque nos dijeron en ese entonces, que dejamos las arcas del estado sin divisas para cumplir los grandes presupuestos sociales del estado socialista, a pesar de que se cumplian con el pago de impuestos.

La realidad es que de la etapa de descentralización de autoridades, hay una tesis de doctorado con Premio Ignacio Loyola de la CEPAL de la Dra Yaima Doimeadios de la Facultad de Economía de la UH que tiene por titulo, "El crecimiento económico en Cuba: un análisis desde la productividad total de los factores", en que se desmostraba que esa es la etapa de más incremento de la productividad de los factores en todo el periodo revolucionario. No son creencias, son resultados.

Por otra parte, la empresa estatal , es muchas veces un " elefante blanco" hasta en el capitalismo, dependiendo de las funciones que tengan asignadas, pero la burocracia es una tendencia caracteristica de la misma con excepciones claro está.

Lamento no conservar una carta del ex Ministro del MINBAS Marcos Portal allá por 1985-1989, donde nos enviaba libros como " Pasión por la excelencia", " Lideres el arte de mandar" " La Teoria Z", " El Control Total de Calidad", etc. donde en una de ellas hablaba de como el mundo evolucionaba hacia empresas pequeñas y flexibles, que pudieran sobrevivir y reinvertarse, y obtener resultados, y hacia un paralelismo con la idea del Comandante en Jefe en su guerra de guerrillas contra el ejército de Batista.

No veo sinceramente un análisis serio, al menos público, de las actuales empresas estatales con pérdidas, las causas de las mismas y las posibilidades existentes de cómo remontarlas. Lo mas público, es desde mi punto de vista , fatal, es que se declaren en quiebra y se extingan , pero esa sería la peor y mas fácil de las opciones, maxime cuando actuamos muchas veces por lo que este de " moda", como si hubieramos encontrado la piedra filosofal del momento. Siempre hay alternativas antes de llegar a ese punto, reinventandose con estudios de mercado, con reingienería, inversiones pequeñas para mejorar la calidad, perfeccionar productos, disminuir gastos fijos, realizar alianzas ganar- ganar etc, etc

Menciono lo anterior porque sería muy pecaminoso ignorar 60 años de experiencias. No es con la coyuntura actual que se deben tomar decisiones estratégicas, sino pensando hacia el futuro , con lo transitado y garantizando que dependamos de nuestros resultados en lo fundamental, para siempre.