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domingo, 14 de junio de 2026

PROYECTO DE LEY DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO. CONSIDERACIONES


Por Dr.C PASTOR CANTERO ECHAZÁBAL

CONSIDERACIONES:

PRIMERO. – En el segundo POR CUANTO además de observarse una incoherencia entre el género y número con respecto al sujeto de la oración en su redacción [segunda línea] al utilizarse el artículo “la” para expresar (…) … “que la corresponde a la ANPP crear o extinguir…” en aras de lograr un mayor acercamiento lenguaje constitucional, sugiero la siguiente redacción:

POR CUANTO: En el Artículo 108, inciso t), de la referida Ley Fundamental de la República, se refrenda que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular entre otras funciones la de crear o extinguir los organismos de la Administración Central del Estado o disponer cualquier otra medida organizativa que resulte procedente.

SEGUNDO. – Al amparo del Artículo tercero (3) constitucional el cual ratifica tres elementos ideológicos desde el marxismo, fundamentales [soberanía, pueblo y Estado] todo proyecto jurídico en consulta incuestionablemente va dirigido al pueblo, carente de cultura jurídica, lo que nos compromete aún más con la confección de estos documentos en cuanto a su comprensión y sencilles, por lo que en tal sentido sugiero, que en el acápite POR TANTO, se abra el articulado y se explique cuales son esas facultades que dimanan el artículo 108, inciso c) constitucional, observándose también en la redacción de este literal errores en su
construcción, en tanto, se trata de un solo artículo 108, y el artículo que lo antecede es “los” por lo que sugiriendo la siguiente redacción:

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en el ejercicio de la facultad conferida al amparo del artículo 108, inciso c), de la Constitución de la República de Cuba, en cuanto a aprobar, modificar o derogar las leyes y someterlas previamente a la consulta popular cuando lo estime procedente en atención a la índole de la legislación de que se trate, y considerar a la presente norma como parte de la conformación de la gobernanza socialista de todo el pueblo, aprueba la siguiente:

LEY No. ____ DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO

TERCERO. – En aras de una mayor coherencia con la jerarquización constitucional de las normas sugiero la siguiente redacción del artículo 3, teniendo en cuenta que no solo la Ley es competencia de la ANPP sino también los Decretos Leyes que viene obligada aprobar en sus sesiones de trabajo con igual rango de competencia jerárquica y que reitero se exige constitucionalmente, de la forma en que está redactado no aprecio la precisión exquisita a la que debemos aspirar con estos instrumentos, por lo que sugiero la siguiente redacción:

Artículo 3. La organización y funcionamiento de la Administración Central del Estado se rige por lo establecido en la Constitución, la presente Ley, y demás disposiciones normativas dictadas al efecto por las instituciones competentes.

CUARTO. – Soy de criterio que el artículo 4 debe ser también reformulado. Lo que las normas expresan no admite cuestionamiento alguno. Todo el mundo conoce haya o no ratificado en urna la Constitución de 2019, que es un instrumento de obligatorio cumplimiento, por tanto, recordarlo en este contexto es reiterar lo que ya conocemos, no es lo mismo exigir un comportamiento institucional al amparo de lo refrendado constitucionalmente, y con esto se coloca la exigencia constitucional en primer lugar, sí es la intención del legislador y unifico el acápite 2 de este artículo, sugiriendo la siguiente redacción:

Artículo 4. Las disposiciones y actos de los directivos, funcionarios y empleados de los organismos de la Administración Central del Estado, se ajustan a lo dispuesto y aprobado constitucionalmente por nuestro pueblo, velando por el cumplimiento estricto de la legalidad socialista para lo que deberán actuar permanentemente dentro de los límites de sus respectivas competencias. [ se elimina el acápite 2].

QUINTO. – No entiendo qué se ha querido decir con el inciso c) del Artículo 6, además de reiterativo en el inciso d) aprecio incoherencia en su redacción, y cito literalmente:

Artículo 6. Los organismos de la Administración Central del Estado desarrollan su actividad sobre la base de los principios de la democracia socialista, que, en lo correspondiente, se expresan en las reglas siguientes:

c) las disposiciones de los órganos estatales superiores les son obligatorias y, en ella, las disposiciones de los órganos superiores son obligatorias para los inferiores;
d) los órganos inferiores responden ante los superiores y le rinden cuenta de su gestión;

Sí de subordinación en materia de jerarquización de la norma se trata, y lo que se ha querido refrendar es el respeto y la ejecutividad de las normas superiores, entiéndase Leyes y Decretos Leyes con respecto a los organismos de la Administración Central del Estado, y de estos a sus subordinados en condición de organismos, directivos, funcionarios o empleados, la redacción debe ser menos enrevesada en busca de una mayor comprensión, por lo que sugiero la siguiente redacción:

Inciso c) las disposiciones de los órganos e instituciones estatales superiores les son de obligatoria ejecutividad en su competencia, particular exigible a todos los órganos que se le subordinan por lo que en tal sentido, los órganos inferiores responden ante los superiores y le rinden cuenta de su gestión; [aquí se funden los incisos c) y d) en tanto refieren el mismo contenido].

SEXTO. – Sí el instrumento ha estado refiriendo desde un inicio la subordinación y coherencia con la norma constitucional, sugiero sustituir al final del artículo 7.1 “… y de servicio a los intereses generales” concepto ambiguo en tanto no define al sujeto pudiendo ser aquí lo general un municipio, un Consejo Popular, una provincia, etc, por “y de servicio a los intereses del pueblo” considero que el “sujeto pueblo” debe ser la esencia de todo instrumentos jurídico y ello abarca todo el ámbito del territorio nacional, quedando redactado de la siguiente forma:

Artículo 7.1. La organización de la Administración Central del Estado se rige, además, por los principios de interés público, eficacia, eficiencia, objetividad, jerarquía, coordinación, cooperación y de servicio, por los intereses del principal sujeto de derecho, el pueblo.

En cuanto al Acápite 2 de este propio artículo 7, considero se confunde principios de políticas con políticas aprobadas, teniendo en cuenta que tanto la descentralización o centralización como la desconcentración o concentración, obedecen a políticas aprobadas y legitimadas jurídicamente, y toda norma es de obligatorio cumplimiento, por lo que considero debe eliminarse este pronunciamiento o acápite 2.

SEPTIMO. – Sugiero agregar al final del artículo 8 la bocal “o” …. quedando redactado el final de este artículo de la forma siguiente … […]… “o cuantas veces esta lo interese”.

En cuanto al Acápite 2, por observar reiteración en conceptos que denotan cierta ambigüedad, poca precisión y rigidez sintáctica, ejemplos;“También, en correspondencia” deviene en un doble uso de complemento directo que se arrastra del acápite precedente, con uno de los dos es suficiente; lo mismo sucede con “son responsables y rinden cuenta” basta decir… rinden cuenta, y es evidente que asumen la carga de la responsabilidad, de lo contrario no pueden rendir cuenta, y estas reiteraciones hacen tediosa y extensiva la norma innecesariamente; sugiero reformar su redacción de la siguiente manera:

2. En tal sentido, a propuesta del Primer Ministro, rinden cuenta de su gestión ante el Presidente de la República, el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo. (así de sencillo).

OCTAVO. – En cuanto a los títulos de los Capítulos y posteriores Secciones,en aras de ser consecuente con la técnica de redacción normativa de los sistemas jurídicos continentales o romanístico francés, particularmente España, de donde proviene nuestro acervo jurídico, sugiero se revise su uniformidad de presentación en tanto, los Capítulos deben ser genéricos, amplio que nombra la materia que posteriormente se desglosará en Secciones, por tanto, cada Sección debe ir acompañada de las preposiciones “de, de las, de los, etc” y no se observa uniformidad en este particular, e incluso, existen Capítulos que comienzan con preposiciones como el IV, de la organización, V, de las funciones, VI, de la misión, VII, de las oficinas, IX, de los organismos y X, de las relaciones, por lo que sugiero que a todos se les elimine las preposiciones y se expongan solo lo genérico del titulo que abarca el capítulo y se agreguen a las Secciones estas preposiciones, ejemplo:

CAPÍTULO IV

ORGANIZACIÓN DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO

Sección Primera

De la Integración de los organismos de la Administración Central del Estado

NOVENO. – Aludiendo a la técnica de redacción normativa referida en el párrafo que antecede en relación con la precisión de lo que se intenta acotar frente a posibles lagunas interpretativas de su redacción, debe ser una constante. En tal sentido insto a que se repase el Artículo 10.1 donde se invocan a dos instituciones, el Consejo de Ministros y la Administración Central del Estado, particular que implica en sí una función de subordinación que debiera resumirse en este artículo en aras de la economía procesal, a mí juicio, el acápite 2, sobra, porque lo que es evidente por su demostración, no necesita reiteración, ejemplo: sí en el Artículo 10.1 se refrenda que el Consejo de Ministros dirige la Administración Central del Estado, con todos las competencias en materia de funciones que expresa este literal, es evidente que los Organismos de la Administración Central del Estado, están subordinados al Consejo de Ministros; por tanto en aras de la economía procesal, el acápite 2, debe ser eliminado.

En este sentido sugiero se revise la norma en su conjunto y se elimine cualquier ambigüedad al respecto. De la misma forma sugiero, que la Comisión de Redacción y Estilo preste atención a la precisión que demanda las técnicas de redacción normativa en cuanto a formalidad, claridad y rigidez o solidez sintáctica, por considerar que con ello se economizaría y reduciría lo extensivo de esta norma, ganando una mayor comprensión los sujetos jurídicos (Consejo de Estado, de Ministros, directivos, funcionarios y empleados) a quien va dirigido el instrumento.

Atentamente,
Dr.C Pastor Cantero Echazábal | drcanteropastor@gmail.com

sábado, 13 de junio de 2026

PROPUESTA DE MODIFICACIONES AL PROYECTO LEY DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO


Por Dr Fidel Vascos González


Este proyecto de Ley se coloca en la dirección correcta con vistas a transformar la organización económica, política y social del país con vistas a que se logren solucionar los problemas que aquejan a la sociedad cubana actual. Considero que solo la aplicación de esta Ley no resolverá los problemas señalados y, más que una ley, se necesita diseñar, para su más pronta aplicación, una Reforma general integral en los diferentes campos que conduzcan al mejoramiento de la vida material y espiritual del pueblo cubano, Reforma que todavía se mantiene en espera. La grave situación económica, política y social que está viviendo el pueblo cubano creada por presiones externas realizadas por el gobierno norteamericano y su bloqueo económico, comercial y financiero agudizado por el reciente cerco energético implantado a la Isla, así como por errores internos en el diseño y aplicación en determinadas políticas públicas, requiere una respuesta más radical de la función ejecutiva del Estado que la presentada en este Proyecto de Ley. Se necesita incrementar la exigencia a los cuadros de dirección con vistas a que su labor sea cada vez más eficiente y austera. En el contenido de las decisiones incluidas en la Ley debe tenerse muy en cuenta el proceso ya iniciado en Cuba de la descentralización y desconcentración de la gestión económica hacia las empresas y la gestión política y social con la ciudadanía hacia los municipios. Además, la terminología, forma y contenido del Proyecto debe orientarse hacia el futuro y no utilizar términos y conceptos de un pasado ya superado por la historia.

Teniendo en cuenta estas consideraciones generales propongo las siguientes modificaciones al Proyecto.

- Suprimir los cargos de viceprimeros ministros y el órgano denominado Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, pues le restan responsabilidad y capacidad de decisión y convocatoria a los ministros (DISPOSICIÓN FINAL CUARTA);

- que el Presidente de la República asuma también las funciones de Primer Ministro como antes cuando existía el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros;

- propongo que se divulgue públicamente en un solo documento las denominaciones de los demás organismos de la Administración Central del Estado que son los que no se clasifican como ministerios ,así como la legislación específica que crea a cada uno de ellos con vistas a que la ciudadanía pueda emitir sus criterios al respecto (Art. 18 y 110);

- la denominación de Ministro-Presidente al Jefe del Banco Central de Cuba repite una terminología copiada de la Unión Soviética la cual resulta obsoleta. Propongo que el término se ajuste a la denominación actual que en general se utiliza en el mundo y denominarlo Gobernador del Banco Central de Cuba y, consecuentemente, Vicegobernador como su asistente (Art. 20.2 y 33.2);

- suprimir la condición de no tener otra ciudadanía para ser Ministro, Gobernador, Viceministro Primero, Vicegobernador Primero, Viceministro o Vicegobernador, o sea, para ocupar estos cargos basta que la persona sea cubano por nacimiento aunque tenga otra ciudadanía (Art. 34 y 43);

- en la clasificación de las unidades organizativas de los organismos se incluyen las Direcciones Generales lo que, en mi opinión, complejiza la labor estructural del organismo y repite funciones de los viceministros; en aras de reducir los eslabones de dirección y alcanzar una estructura más plana, propongo suprimir las Direcciones Generales como unidades organizativas (Art. 52.1 y Art. 53.1.2.3);

- dentro de los tres niveles de la estructura de dirección de los OACE propongo una política restrictiva en la creación de los delegados o jefes de la representación territorial a nivel regional o provincial para lo cual propongo otorgar el poder de veto a los consejos provinciales al respecto y propongo suprimir los delegados o jefes de la representación a nivel municipal; en mi opinión, todos los asuntos municipales deben ser dirigidos y coordinados por el gobierno municipal (Art. 65);

- en el Ministerio de Agroalimentación propongo incluir la de dirigir y controlar la política estatal de la actividad de caza y su comercialización (Art. 67 y 68);

- en el Ministerio de Comercio e Inversión Extranjera propongo incluir explícitamente que se prohíbe el monopolio estatal del comercio exterior, con excepción de los casos extraordinarios que apruebe el Consejo de Ministros, así como que las empresas estatales y no estatales no están obligadas a desarrollar sus relaciones de comercio exterior mediante empresas estatales de comercio exterior (Art. 69 y 70);

- propongo fusionar el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Deportes y Recreación en el Ministerio de Cultura, Deportes y Recreación y excluir explícitamente entre sus funciones la aplicación de cualquier tipo de censura en las actividades culturales, deportivas y recreativas, con excepción de las que apruebe el Consejo de Ministros (Art. 71, 72, 73 y 74);

- estoy de acuerdo con la fusión del Ministerio de Economía y Planificación y el Ministerio de Finanzas y Precios, no obstante en la denominación del nuevo organismo se introduce una incongruencia al mantener la palabra “planificación”. El actual sistema de dirección de la economía cubana requiere abandonar el modelo de planificación centralizada de asignación de recursos materiales y financieros heredado de la URSS y el CAME e incrementar el papel del mercado en la economía; en mi opinión, en el nuevo modelo de dirección económica que exigen las circunstancias nacionales e internacionales, el mercado se convierte en el principal regulador de la gestión empresarial tanto del sector estatal como no estatal, mientras que el Estado utilizaría la planificación central para regular el desarrollo de la economía nacional en su conjunto estableciendo el marco institucional y regulatorio adecuado para el desenvolvimiento de las leyes objetivas del mercado siempre garantizando que se mantengan los principios que ya hemos alcanzado de independencia nacional y justicia social; teniendo todo esto en cuenta propongo que el nuevo ministerio fusionado se denomine Ministerio de Economía y Finanzas (Art. 75 y 76);

- propongo fusionar el Ministerio de Educación y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología en el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Art. 77, 78, 79 y 80);

- propongo fusionar el Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio de Industrias en el Ministerio de Industrias (Art. 81, 82, 83 y 84);

- propongo crear el Ministerio de la Construcción, Recursos Hidráulicos, Hábitat y Vivienda (Art. 83, 84, 91 y 92);

- la Internet ha ampliado extraordinariamente la comunicación social permitiendo un libre intercambio de noticias y de opiniones que enriquecen el acervo cultural de los ciudadanos donde no cabe la censura a determinadas informaciones; la creación del Ministerio de Información y Comunicación Social no tiene contenido en este ambiente de libertad y parece que su función principal no declarada es controlar y censurar determinadas informaciones que el Estado no desea lleguen al ciudadano cubano; al respecto propongo suprimir el Ministerio de Información y Comunicación Social (Art. 85 y 86);

- propongo suprimir el Ministerio de Medio Ambiente, Hábitat y Vivienda. La protección del medioambiente puede ser responsabilidad de un organismo de la Administración Central del Estado que no clasifique como ministerio y, por tanto, no sea miembro del Consejo de Ministros. (Art. 91 y 92);

- con relación a las funciones específicas del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias propongo incluir lo subrayado y eliminar lo tachado en el texto siguiente: “dirigir, regular y controlar el sistema empresarial del organismo exclusivamente en función de la defensa según corresponda y aprobar los títulos habilitantes sobre los movimientos organizativos y objetos sociales que le conciernen (Art. 102, inciso q );

- propongo incluir lo subrayado en el Artículo 109 de los incisos siguientes:

d) regular el funcionamiento de las instituciones financieras estatales y no estatales propiedad de personas jurídicas nacionales y oficinas de representación de instituciones financieras extranjeras establecidas en el país para promover la estabilidad financiera con condiciones adecuadas de liquidez, solvencia y gestión;

e) ejercer la supervisión sobre las operaciones y negocios de las instituciones financieras estatales y no estatales propiedad de personas jurídicas nacionales y oficinas de representación de instituciones financieras extranjeras establecidas en el país;

f) regular y supervisar las actividades realizadas por entidades no financieras estatales y no estatales propiedad de personas jurídicas nacionales y oficinas de representación de instituciones financieras extranjeras establecidas en el país que prestan servicios de apoyo a las instituciones financieras, de cobranza, de pago u otras actividades que se realicen en el territorio nacional que guarden relación con la actividad financiera y cambiaría;

- propongo incluir lo subrayado y suprimir lo tachado en el texto siguiente: “Las autoridades de los organismos de la Administración Central del Estado y sus entidades subordinadas y adscritas tienen el deber de recibir las quejas y peticiones de las personas dirigidas al organismo o entidad correspondiente, las que están obligado a tramitar y responder en un término no superior a los 45 días hábiles con la debida celeridad”. (Artículo 144.1);

- propongo incluir lo subrayado y suprimir lo tachado en el texto siguiente: “También tienen el deber de tramitar y dar respuesta en un término no superior a los 45 días hábiles con la debida celeridad, a los planteamientos que los electores formulan a sus delegados, así como otros que le competen y que son puestos en su conocimiento, según corresponda, por otros órganos del Estado” (Art. 144.2).

La Habana, 10 de junio de 2026

domingo, 25 de mayo de 2025

Estado cubano: los tropiezos del regulador

En estos años aciagos aprendimos que en el complejo reajuste que vive nuestro Estado socialista a veces este hasta puede perder, desde distintas perspectivas, y que al hacerlo esa estructura esencial para la libertad y la justicia en Cuba perdemos los que lo hemos elegido para representar nuestros sagrados intereses y los de la nación

Publicado: Sábado 24 mayo 2025 | 08:04:05 pm.

ronquillo@juventudrebelde.cu

Cuando en un análisis público en el año 2017, todavía en fase de despegue el sector privado en el país, un funcionario apostillaba, como quien eleva a los elementos una plegaria divina: «El único que no puede perder es el Estado», algunos en el auditorio ponían caras de «poema». Si el único que no puede perder es el Estado, ¿a quién le corresponde hacerlo entonces, a nosotros?, parecían preguntarse…

Unos ocho años después aprendimos que en el complejo reajuste que vive nuestro Estado socialista a veces este hasta puede perder, desde distintas perspectivas, y que al hacerlo esa estructura esencial para la libertad y la justicia en Cuba perdemos quienes lo hemos elegido para representar nuestros sagrados intereses y los de la nación.

Ahora mismo, en medio de las duras disyuntivas de asfixia despiadada y reconfiguración socialista profunda, podemos apreciar, sin mayores profundizaciones académicas o de otra naturaleza, solo con el ojo del periodista atento a los dilemas nacionales y de la cotidianidad, algunas circunstancias en que nuestro Estado sufre pérdidas:

—Cuando toma decisiones sin suficiente consenso que no dan en la diana de la solución de los problemas.

—Cuando establece disposiciones, sin medir todos los alcances y circunstancias, y que luego deben ser revertidas.

—Cuando se adoptan normas que luego son violadas sin que se ejerza suficiente control.

—Cuando en un escenario donde se favorece y requiere de la convivencia y articulación de diversos actores económicos se pierde la capacidad de concertación.

—Cuando se evade el fisco, importante mecanismo de redistribución de la riqueza.

—Cuando se falla en la atención diferenciada a los más impactados por la crisis.

—Cuando se difumina su capacidad reguladora…

—Cuando adopta medidas para proteger la capacidad adquisitiva de las familias de menos ingresos que terminan por perjudicarlas.

—Cuando anuncia medidas circunstanciales que se extienden en el tiempo y permanecen sin explicación alguna…

Solo nombro algunas de las que son más evidentes y de las que más preocupación pública suscitan por el momento, sobre todo entre esa mayoría de cubanos con plena conciencia de la responsabilidad esencial de nuestro Estado en la preservación de la independencia nacional y la justicia social como principios irrenunciables.

No faltan quienes, para intentar defender las rectificaciones y transformaciones actuales, o con su guerra sucia comunicacional, pretenden levantar un extraño muro entre los intereses de los trabajadores y de los ciudadanos con los del Estado que estos eligieron para representar la soberanía de sus intereses y los de su país.


Las visitas de Díaz-Canel a los municipios y su diálogo directo con el pueblo, evidencian la prioridad que el Gobierno le confiere al contacto con las masas y los actores estatales y empresariales para conocer las mejores experiencias y también los principales problemas, en ese irrevocable camino de la construcción del socialismo. Foto: Estudios Revolución

Lo anterior, como afirmé en otro momento, resulta una seña difusa e inquietante en tiempos en que reconfiguramos los alcances y papeles del Estado. Nuestro debate nacional incluye, entre otros dilemas, cuál debería ser el cuerpo exacto y la función de esa institución, cuyo origen y atribuciones fueron analizados por numerosos estudiosos del socialismo, desde Carlos Marx y Federico Engels, autor este último de un texto emblemático como El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado, hasta nuestros días.

Lo cierto es que la teoría y la práctica socialistas han tenido en esa interrogante una prueba de generaciones. Lo acabamos de comprobar durante el 6to. Seminario Teórico entre el Partido Comunista de Cuba y su homólogo vietnamita que tuvo lugar hace unos días en La Habana, en la que el tema de la propiedad y el papel del Estado en las desafiantes condiciones del siglo XXI suscitaron las mayores inquietudes y los debates.

El fundador del primer Estado de obreros y campesinos y autor de un texto trascendental como El Estado y la revolución, dedicó energías intelectuales sustanciales a este asunto que consideró decisorio. Durante una conferencia pronunciada en la Universidad Sverdlov, el 11 de julio de 1919, Vladimir I. Lenin reconoció que el tema del Estado es uno de los más complicados y difíciles, y tal vez aquel en el que más confusión han sembrado los eruditos, escritores y filósofos burgueses.

«Porque es un problema tan fundamental, tan básico en toda política y porque, no solo en tiempos tan turbulentos y revolucionarios como los que vivimos, sino incluso en los más pacíficos, se encontrarán con él todos los días… a propósito de cualquier asunto económico o político… Todos los días, por uno u otro motivo, volverán ustedes a la pregunta: ¿qué es el Estado, cuál es su naturaleza, cuál es su significación?».

Semejantes cuestionamientos saltaron del invierno ruso a la calidez caribeña, a bordo de la tropicalizada Revolución Cubana, primer intento de levantar una experiencia socialista en el hemisferio occidental. Como señalé en otros momentos, también desde los primeros días este proceso fue perseguido por el «fantasma» del tipo de Estado sobre el cual se estructuraría, y la forma en que se relacionaría con el resto de las instituciones y los ciudadanos.

Si nos atenemos a los manuales, los revolucionarios lo usaríamos en la fase de transición hacia el comunismo —donde desaparecería—. En nuestro caso, como instrumento de las mayorías trabajadoras frente a la subversión burguesa. Lenin delineó su teoría de la dictadura del proletariado; mientras Antonio Gramsci concibió la compleja concepción de la hegemonía, ofreciéndole al Estado proletario connotaciones educativas e ideológicas superestructurales.

Ernesto Guevara, cuyas inquietudes filosóficas marxistas y predisposición para una práctica socialista disruptiva y provocadora son bien reconocidas, debió responder desde el temprano 1965 a la provocación, en un documento que nos queda entre las más lúcidas de sus meditaciones. En carta a Carlos Quijano, editor del semanario uruguayo Marcha, el Che admitió que es común escuchar de boca de los voceros capitalistas, como un argumento en la lucha ideológica contra el socialismo, la afirmación de que este sistema social o el período de construcción del socialismo al que estamos nosotros abocados, se caracteriza por la abolición del individuo en aras del Estado.

En la misiva apunta, entre otras consideraciones, la siguiente: «Esta institucionalidad de la Revolución todavía no se ha logrado. Buscamos algo nuevo que permita la perfecta identificación entre el Gobierno y la comunidad en su conjunto, ajustada a las condiciones peculiares de la construcción del socialismo y huyendo al máximo de los lugares comunes de la democracia burguesa, trasplantados a la sociedad en formación… Se han hecho algunas experiencias dedicadas a crear paulatinamente la institucionalización de la Revolución, pero sin demasiada prisa. El freno mayor que hemos tenido ha sido el miedo a que cualquier aspecto formal nos separe de las masas y del individuo, nos haga perder de vista la última y más importante ambición revolucionaria que es ver al hombre liberado de su enajenación».

Por ello, tras las graves escaramuzas sufridas por el socialismo, algunas de las cuales pudo avizorar el propio Che, no será sencillo el salto de un Estado expansivo, con su herencia de paternalismo, como el que intentamos superar en Cuba, a uno mucho más pequeño en estructura, aunque más grande por su modernidad, eficacia y sensibilidad social.


Consolidar las políticas sociales universales, entre las que cobra especial relevancia la educación, es una aspiración del Estado cubano en su propósito, no solo de actualizarse y perfeccionarse en su actuación, sino de concentrarse en las funciones que le son inherentes. Foto: Abel Rojas Barallobre

La disyuntiva no se decide solo en el avance, o las retrancas, de las políticas públicas que determinan la suerte de la profunda transformación estructural del país, una de las más notables del mundo actual, aunque no falten los interesados en pasarlo por alto. También se da en la subjetividad individual y en la social, razón por la cual se manipula para la combustión política, precisamente para demeritar, hasta caotizar y desarmar ese Estado.

Con tantos años de preminencia estatal en casi todos los ámbitos, acostumbrados a esperar que parte importante de las soluciones a nuestros dilemas surgieran de esa estructura, no tenemos siempre la predisposición «genética» para asimilar el cambio hacia un Estado cuyo peso y valor no dependerá tanto de su intervención directa en nuestra existencia como de su capacidad para erigirse en un potente y eficaz regulador de toda la sociedad.

Es lógico que ello ocurra, porque, pese a sus deformaciones, ese Estado ha sido esencial para promover la justicia, la dignidad personal y nacional, la equidad, la libertad, la solidaridad social e internacional y derechos fundamentales, entre otros atributos dignos de reconocerse y sin los cuales, sin duda, hubiera colapsado entre tantas tempestades propias e impuestas.

Pero si para ese cambio no están suficientemente preparados segmentos significativos de la ciudadanía, tampoco los responsables de hacer avanzar el Estado hacia dicho puerto, es previsible que las actuales confusiones entre Partido y Estado, entre funciones estatales y empresariales y otras interferencias, que enrarecen los límites y los terrenos de competencia de cada actor en el nuevo diseño institucional de la República se repetirán por un tiempo todavía imprevisible.

No por casualidad esta se recoge entre las principales transformaciones que fundamentan la actualización del modelo, incluidas dentro de la llamada Conceptualización de este. En el documento se establece que aspiramos a perfeccionar el Estado, sus sistemas, órganos y métodos de dirección, como rector del desarrollo económico y social, coordinador y regulador de todos los actores. Ello implica, se acentúa, que el Estado se concentre en las funciones que le son inherentes.

Entre las que la Conceptualización le atribuye se encuentran consolidar las políticas sociales universales y focalizadas con sostenibilidad, relevantes en la salud, la educación, la seguridad y asistencia sociales, la cultura, el fomento de la actividad física y deportiva, la formación en valores y la calidad de los servicios públicos; modernizar la administración pública; descentralizar facultades a los niveles territoriales y locales con énfasis en el municipio; aplicar de manera más efectiva la política de cuadros del Estado y del Gobierno y sus reservas, y perfeccionar el sistema de normas jurídicas sustentado en la Constitución de la República, asegurando los derechos de los ciudadanos.

En la proyección del modelo se adiciona que las funciones estatales en el ámbito económico y social —incluyendo las gubernamentales—, se derivan del carácter socialista del Estado cubano, rector de todos los actores económicos y sociales. Incluyen la elaboración, aplicación y perfeccionamiento de las políticas del Estado y el Gobierno, realizar su función de fisco, dictar regulaciones oficiales, así como dirigir su implementación y controlar su cumplimiento.

Ni los más connotados oponentes de nuestro Estado podrían negarle que parte importante del esfuerzo transformador de los últimos años en Cuba —pandemia coronavírica y obsesión enfermiza y oportunista anticubana de por medio—, se dirigió precisamente a este propósito, gracias a lo cual tenemos, además de una nueva estructura de este, enriquecida, equilibrada y compensada con el surgimiento del Gobierno, así como una amplia gama de políticas que promueven una singular metamorfosis de toda la sociedad.

Bastaría mirar el giro de 180 grados que ocurre en el ámbito de la propiedad, a partir de definiciones como la de que una cosa es el Estado como propietario, en representación del dueño colectivo, que es el pueblo, y otra los diferentes modelos en que esta puede gestionarse.

La ampliación acelerada del sector privado nacional, asociada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y el trabajo por cuenta propia, el estímulo a otras formas económicas asociativas, la liberación de ataduras a las empresas estatales para favorecer su despegue autónomo, aún sin cuajar favorablemente, y la ya para nada «invisible» mano del mercado, por momentos exageradamente visible, decidiendo en la economía, acento de la ciencia y la innovación en la gestión y en el contacto sistemático con las bases, testimonian sobre un Estado que cambia dramáticamente sus roles en las nuevas reglas del juego legales e institucionales que se derivan de la nueva Constitución.

Es una prueba de confianza en el Estado revolucionario que una mayoría de ciudadanos miremos sus reacciones, y hasta las exijamos, frente a nuestros dramas cotidianos: inflación e inflazón galopantes azuzadas no pocas veces por los actores públicos y privados, desde lo básico en los mercados de alimentos hasta otros productos, servicios que se resienten, insolidaridad y desorden social, creciente migración, y otros demonios menos objetivos, aunque mediados por estos, como la pérdida de perspectiva o de fe en algunos segmentos.

Como subrayamos en otros momentos, lo único que no podríamos permitirnos es que en la readecuación y acomodo de sus funciones y responsabilidades se transforme de omnipresente a ausente, que la ciudadanía, sobre todos los segmentos más humildes y golpeados por la situación actual, perciban sicológica y sociológicamente que se les está dejando a su suerte. Sería ir contra la naturaleza misma de nuestro Estado.

Es bueno recalcar que ello no depende únicamente de las reacciones del Estado y del Gobierno centralmente —también esencial—, en la misma medida en que muchas atribuciones y decisiones se trasladan a otros escalones y se comparten competencias con otras instancias, para acabar con los verticalismos excesivos.

Un problema ya a la vista, que se deriva de lo anterior, es la falta de congruencia que está suscitándose entre las políticas, programas y planteos que se hacen desde las instancias de dirección principales del país y la recepción y concreción de estas en la vida práctica hacia las bases.

También es evidente que muchos años de decidir desde arriba atrofiaron la capacidad de maniobra política de nuestras instituciones y sus dirigentes, desentrenados para una sociedad mucho más diversa y plural, donde los intereses ya no son tan lineales u homogéneos. Ello reclama dominar los terrenos de la concertación, una palabra casi olvidada cuando se discute sobre las nuevas formas de participación en nuestro socialismo.

La intelectual Graziella Pogolotti aconsejaría aprender a tener «dos orejas y una boca», como en la moraleja de cierta fábula, escuchar dos veces y hablar una única vez. Que las decisiones sean tales, como decía un grande de nuestra historia, que se puedan hacer cumplir, para que no vuelvan a reproducirse las diferencias que se nos dieron entre lo legal y lo legítimo. Y una vez que las decisiones se concertaron justa y democráticamente, exigir por su cumplimiento y su control.

No hay nada mansamente paternal en todo lo anterior, como tampoco lo será alcanzar el Estado deseado. Como bien vaticinó el Gran Vladimir la pregunta aún nos persigue…Y nos perseguirá…

sábado, 23 de abril de 2022

Papá Estado: ¿ausencia quiere decir olvido?

Con tantos años de preminencia estatal en casi todos los ámbitos, no tenemos siempre la predisposición «genética» para asimilar el cambio hacia un Estado cuyo peso y valor no dependerá tanto de su intervención directa en nuestra existencia como de su capacidad para erigirse en un potente y eficaz regulador de toda la sociedad

ronquillo@juventudrebelde.cu


El Estado cubano ha sido fundamental para promover la justicia y la dignidad personal y nacional. Autor: Falco Publicado: 23/04/2022 | 09:41 pm

No será sencillo el salto de un Estado expansivo, con su herencia de paternalismo, como el que intentamos superar en Cuba, a uno mucho más pequeño en estructura, aunque más grande por su modernidad, eficacia y sensibilidad social.

La disyuntiva no se decide solo en el avance, o las retrancas, de las políticas públicas que determinan la suerte de la profunda transformación estructural del país, una de las más notables del mundo actual, aunque no falten los interesados en pasarlo por alto. También se da en la subjetividad individual y en la social, razón por la cual se manipula para la combustión política, precisamente para demeritar, hasta caotizar y desarmar ese Estado.

Con tantos años de preminencia estatal en casi todos los ámbitos, acostumbrados a esperar que parte importante de las soluciones a nuestros dilemas surgieran de esa estructura, no tenemos siempre la predisposición «genética» para asimilar el cambio hacia un Estado cuyo peso y valor no dependerá tanto de su intervención directa en nuestra existencia como de su capacidad para erigirse en un potente y eficaz regulador de toda la sociedad.

Es lógico que ello ocurra, porque, pese a sus deformaciones, ese Estado ha sido esencial para promover la justicia, la dignidad personal y nacional, la equidad, la libertad, la solidaridad social e internacional y derechos fundamentales, entre otros atributos dignos de reconocerse y sin los cuales, sin duda, hubiera colapsado entre tantas tempestades propias e impuestas.

Pero si para ese cambio no están suficientemente preparados segmentos significativos de la ciudadanía, tampoco los responsables de hacer avanzar al Estado hacia dicho puerto, por lo que es previsible que las actuales confusiones entre Partido y Estado, entre funciones estatales y empresariales y otras interferencias, que enrarecen los límites y los terrenos de competencia de cada actor en el nuevo diseño institucional de la República se repetirán por un tiempo todavía imprevisible.

No por casualidad esta se recoge entre las principales transformaciones que fundamentan la actualización del modelo, incluidas dentro de la llamada Conceptualización de este. En el documento se establece que aspiramos a perfeccionar al Estado, sus sistemas, órganos y métodos de dirección, como rector del desarrollo económico y social, coordinador y regulador de todos los actores. Ello implica, se acentúa, que el Estado se concentre en las funciones que le son inherentes.

Entre las que la Conceptualización le atribuye se encuentran consolidar las políticas sociales universales y focalizadas con sostenibilidad, relevantes en la salud, la educación, la seguridad y asistencia sociales, la cultura, el fomento de la actividad física y deportiva, la formación en valores y la calidad de los servicios públicos; modernizar la administración pública; descentralizar facultades a los niveles territoriales y locales con énfasis en el municipio; aplicar de manera más efectiva la política de cuadros del Estado y del Gobierno, y sus reservas y perfeccionar el sistema de normas jurídicas sustentado en la Constitución de la República, asegurando los derechos de los ciudadanos.

En la proyección del modelo se adiciona que las funciones estatales en el ámbito económico y social —incluyendo las gubernamentales— se derivan del carácter socialista del Estado cubano, rector de todos los actores económicos y sociales. Incluyen la elaboración, aplicación y perfeccionamiento de las políticas del Estado y el Gobierno, realizar su función de fisco, dictar regulaciones oficiales, así como dirigir su implementación y controlar su cumplimiento.

Ni los más connotados oponentes de nuestro Estado podrían negarle que parte importante del esfuerzo transformador de los últimos años en Cuba —pandemia coronavírica y obsesión enfermiza y oportunista anticubana de por medio— se dirigieron precisamente a este propósito, gracias a lo cual tenemos, además de una nueva estructura de este, enriquecida, equilibrada y compensada con el surgimiento del Gobierno, así como una amplia gama de políticas que promueven una singular metamorfosis de toda la sociedad.

Bastaría mirar el giro de 180 grados que ocurre en el ámbito de la propiedad, a partir de definiciones como la de que una cosa es el Estado como propietario, en representación del dueño colectivo, que es el pueblo, y otra los diferentes modelos en que esta puede gestionarse.

La ampliación acelerada del sector privado nacional, asociada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y el trabajo por cuenta propia, el estímulo a otras formas económicas asociativas, la liberación de ataduras a las empresas estatales para favorecer su despegue autónomo, aun sin cuajar favorablemente, y la ya para nada «invisible» mano del mercado, por momentos exageradamente visibles, decidiendo en la economía, acento de la ciencia y la innovación en la gestión y en el contacto sistemático con las bases, testimonian sobre un Estado que cambia dramáticamente sus roles en las nuevas reglas del juego legales e institucionales que se derivan de la nueva Constitución.

Es una prueba de confianza en el Estado revolucionario que una mayoría de ciudadanos miremos sus reacciones, y hasta las exijamos, frente a nuestros dramas cotidianos: inflación e inflazón galopantes azuzada no pocas veces por los actores públicos y privados, desde lo básico en los mercados de alimentos hasta otros productos, servicios que se resienten, insolidaridad y desorden social, creciente migración, y otros demonios menos objetivos, aunque mediados por estos, como la pérdida de perspectiva o de fe en algunos segmentos.

Como subrayamos en otros momentos, lo único que no podríamos permitirnos es que en la readecuación y acomodo de sus funciones y responsabilidades se transforme de omnipresente a ausente, que la ciudadanía, sobre todos los segmentos más humildes y golpeados por la situación actual, perciban sicológica y sociológicamente que se les está dejando a su suerte. Sería ir contra la naturaleza misma de nuestro Estado.

Es bueno recalcar que ello no depende únicamente de las reacciones del Estado y del Gobierno centralmente —también esencial—, en la misma medida que muchas atribuciones y decisiones se trasladan a otros escalones y se comparten competencias con otras instancias, para acabar con los verticalismos excesivos.

Un problema ya a la vista, que se deriva de lo anterior, es la falta de congruencia que está suscitándose entre las políticas, programas y planteos que se hacen desde las instancias de dirección principales del país y la recepción y concreción de estas en la vida práctica hacia las bases.

También es evidente que muchos años de decidir desde arriba atrofiaron la capacidad de maniobra política de nuestras instituciones y sus dirigentes, desentrenados para una sociedad mucho más diversa y plural, donde los intereses ya no son tan lineales u homogéneos. Ello reclama dominar los terrenos de la concertación, una palabra casi olvidada cuando se discute sobre las nuevas formas de participación en nuestro socialismo.

La intelectual Graziella Pogolotti aconsejaría aprender a tener «dos orejas y una boca», como en la moraleja de cierta fábula, escuchar dos veces y hablar una única vez. Que las decisiones sean tales, como decía un grande de nuestra historia, que se puedan hacer cumplir, para que no vuelvan a reproducirse las diferencias que se nos dieron entre lo legal y lo legítimo. Y una vez que las decisiones se concertaron justa y democráticamente, exigir por su cumplimiento y su control.

No hay nada mansamente paternal en todo lo anterior, como tampoco lo será alcanzar el Estado deseado. Es obligado siempre a demostrar que como en una antigua canción, ausencia no quiere decir olvido.

miércoles, 26 de mayo de 2021

Estado, transición, alienación, extinción ( Parte I)

 Por Rafael Alhama Belamaric y Jesús García Brigos  

El Estado, en esta etapa de desarrollo, que como institución organizada especializada, sin olvidar su esencia clasista, permite la realización de acciones políticas en función del bien común, y a través del gobierno administra los recursos y acciones, y realiza los fines propuestos por el mismo Estado, debe, con la Constitución como norma jurídica suprema, hacer válido lo que se expresa en su Artículo 3, que del pueblo dimana todo el poder del Estado.

Esto implica la más amplia base social del poder, en tanto es sujeto activo el pueblo, como actor de la política, en la concepción fidelista expuesta e “La Historia me absolverá”. Esto es lo que le otorga fuerza y autoridad, y hace que sea sujeto activo protagónico en las más diversas formas y manifestaciones, organizaciones, estructuras y funciones. El poder que dimana y se debe ejercer efectivamente por el pueblo así concebido, obliga a unas relaciones políticas nuevas inéditas.

Si se tiene en cuenta la multiplicidad de actores económicos y sociales, de formas de propiedad, ni agotadas ni desaparecidas, pero por mucho tiempo suprimidas o irreconocidas, como la propia permanencia de  las relaciones las monetario-mercantiles, abortadas durante un tiempo o reprimidas durante otro, entre otros elementos, se comprenderá la complejidad de la tarea actual de innovar esta institución en su concepción actual.

Estado-instituto político y Sociedad, como elementos de una nueva unidad dialéctica, siendo dos realidades, no deben acentuar la distinción, sino que deben como una de las tareas básicas, transformar las funciones, facultades, estructuras y formas de sus instituciones, para acercar las decisiones, la ejecución y control de las mismas, a la sociedad, al individuo nada abstracto, hacer las propuestas suyas, no formalmente, sino porque parten de ellos y llegan a ellos. Esto no necesaria ni obligatoriamente implica cada día más estructuras.

Hasta la cultura del lenguaje debería cambiar, y buscar sustitutos al ”oído el parecer”, “garantiza”, “otorga”, “cede”, “regula”, “establece límites”,  que convierte al Estado en ente externo, ajeno, ajeno al individuo. Y esto lleva a ubicar al individuo más cercano a la enajenación que a la emancipación.

De esta forma, la extinción del Estado, está tan lejos como la superación del Estado de alienación.  

La alienación hay que verla como fenómeno que actúa y se expresa en todas las esferas de la vida cotidiana de las personas, Mediante medios y vías que profundiza el fenómeno, actúa y ejerce influencia psicológica y sociológica, económica e ideológica sobre las mismas. Más claro, la propia actividad del hombre, lo que construye el hombre, existe como algo ajeno a él, puesto que él, tiene muy poca o ninguna de influencia en su propia obra, ni en su ejecución, ni en el control, ni en la realización, ni en los resultados. Y esto inherente al sistema de propiedad privada adversarial, ha estado presente en las experiencias histórico- concretas de transformación socialista hasta el presente.

 ¿Por qué en una sociedad que se plantea una transformación relativamente profunda y radical, con predominio de la propiedad social, llamada estatal, o estatal llamada social  más que pregunta retórica es  un problema a resolver?

Como diría Kosik, K. el pensador checo, insigne precursor del pensamiento crítico de finales de la década del 50 del siglo pasado, que puso al hombre en el centro de sus propuestas, refiriéndose a las personas, “los encadena al funcionamiento de un sistema que los transforma en accesorios de sí mismos, en objetos de sí mismos...“. Señala que es “la unidimensionalidad del sistema, que lleva al hombre también a su propia unidimensionalidad“ y a ser considerado sólo, en el mejor de los casos, como sistema de necesidades que se mistifican, nunca realizado, o de intereses en disputa.

Hecho este planteamiento inicial, faltaría el motivo inmediato para escribir el artículo, - puesto que el de más largo plazo es un proyecto de investigación que se desarrolla en el Instituto de Filosofía  acerca de las necesarias propuestas conceptuales para el proceso de transformación socialista ante los retos actuales de Cuba, que a no pocos parecería sin importancia, y hasta innecesario.

El hecho es que nos movemos dentro de un paradigma imperante de Estado, históricamente agotado, que con su andar cansino no demuestra imaginación, mucho menos innovación, en tiempos que rápidos y múltiples cambios en la economía y toda la sociedad. 

El motivo inmediato fue el comentario oído al vuelo, uno más, al pasar frente a una empresa: “Tu sabes.....sin el Estado no hay producción....“ Aquello en mi cabeza estalló, primero como signo de admiración, e inmediatamente como signo de interrogación. A este se pudiera agregar los tantos “el estado lo necesita“, o “el país lo necesita“  que a diario se escuchan, y uno no puede dejar de pensar qué hay detrás de esas frases, si son parte de la cultura.

Sin hacer recuento histórico, - el tipo histórico de organización de la sociedad, con la división de los hombres, la división del trabajo, la división de la sociedad en clases-, la sociedad que hemos conocido, no podía existir sino en medio de una lucha abierta de estas clases entre sí, o bajo el dominio de un tercer poder: El Estado. Un poder que estuviera aparentemente por encima de las clases, que suprimiera sus conflictos abiertos y no permitiera la lucha de clases más que en el terreno económico, bajo la forma llamada legal, tal como desarrollaron Marx y Engels en su obra “La ideología alemana“. Esto no es una definición o descripción ahistórica, general, pero es un indicativo importante para entender el Estado como proceso contextualizado e histórico concreto, por lo tanto proceso vivo en transformación.

Engels demostró, basándose en los conocimientos antropológicos más avanzados de su época, al menos hasta hoy, que no siempre existió ese tipo histórico de Estado, como no habrá por siempre lo que se denomina o conoce el estado moderno del siglo XX. Hubo un tiempo, el del comunismo primitivo, en que no era necesario. Formas sociales de organización y funcionamiento se sucedieron, desde formas dominadas por la costumbre, la autoridad, el respeto de que gozaban los ancianos del clan, hasta que  un sector de la sociedad de individuos se diferenció para gobernar a los otros, para lo cual contarían de forma sistemática y permanente con un aparato de coerción. Cuando la riqueza material comenzó a ser apreciada y considerada como el bien supremo, y se usó la antigua organización de la gens para justificar su robo riquezas por medio de la violencia, fue necesaria una institución que no sólo perpetuase la naciente división de la sociedad en clases, sino también el derecho de la clase poseedora de explotar a la no poseedora y el dominio de la primera sobre la segunda. Y esa institución nació. Se inventó el Estado”.  !Ese tipo de Estado!

Si Engels demuestra que ese Estado, es el aparato especial para la coerción de los hombres, el problema y la pregunta de entrada es, si este tercer poder, el Estado, ¿es válido - en sus estructuras e instituciones actuales,  heredados en su concepción, de una sociedad de profunda división y luchas de clases, pero a la vez de transformaciones de sus bases sociales-, en una sociedad en transición para trascender los lastres que le ha definido?

¿Es el tercer poder en la sociedad en transición, aún con determinadas luchas de clases, o es un nuevo poder, aún como instrumento de coerción, pero como parte de unas relaciones políticas nuevas en el que el protagonista principal es el pueblo? O no, mejor dicho, donde el tercer poder es el pueblo como sujeto activo, efectivo para esa trascendencia

Es aquí donde hay que profundizar y conceptualizar lo que es el poder y política, y el pueblo como categoría política.

Engels en “El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado“, uno de esos libros fundamentales para entender qué es el Estado y cuál es su esencia, es categórico. Afirma que el Estado, aquel Estado que conoció en su época, no es un poder impuesto desde fuera de la sociedad. Al contrario es un producto de esta cuando llega a un grado de desarrollo determinado. Puntualiza: “Es la confesión de que esa sociedad se ha enredado en una irremediable contradicción consigo misma y está dividida por antagonismos irreconciliables, que es impotente para conjurar”. Y continúa: Pero para que estas clases, capas, grupos, con intereses económicos contrapuestos no se devoren a sí mismas y no consuman a la sociedad en una lucha estéril, surge la necesidad de un poder que aparezca situado por encima de la Sociedad que mantenga a la sociedad en los límites del ’orden’”. (el subrayado es nuestro). Esto son indudablemente elementos necesarios para trascender el estado de cosas.

Como la génesis de aquel Estado se encuentra en esa necesidad de frenar los antagonismos de clase, es el Estado de la clase más poderosa, es decir, de la clase económicamente dominante, que con ayuda de él, también se convierte en la clase políticamente dominante. Así, aquel-este llamado Estado moderno, se llega a consolidar como organización de la sociedad y como instituciones de poder específicas que adopta para gobernar la sociedad, como el instrumento en manos del capital y elemento de su sistema de dominación, para explotar el trabajo asalariado, y para frenar los antagonismos de clase.

Pero, el Estado, como “dueño“  de los medios de producción, o incluso en representación del dueño colectivo, el pueblo, en la nueva sociedad en transformación siguió similar dominio sobre el trabajo asalariado; por tanto, los resultados del trabajo, y modo de producción. 

Parafraseando a Marx y Engels, el índice de la madurez de la clase obrera, en un orden social nuevo, que ha privilegiado la educación y la superación del pueblo, de los trabajadores, debería serlo la capacidad de realización y desarrollo de las formas auto-organizadas y auto-gestionadas, como formas nuevas de dimensión no sólo económica, sino política y social. Son, hasta ahora, las formas más cercanas a que el productor asociado directo ocupe el lugar que le corresponde.

Como dice Engels en “El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado”: Con la desaparición de las clases desaparecerá inevitablemente el Estado. La sociedad, reorganizando de un modo nuevo la producción sobre la base de una asociación libre de productores iguales, enviará toda la máquina del Estado al lugar que entonces le ha de corresponder: al museo de antigüedades, junto a la rueca y al hacha de bronce“. 

Con la desaparición de las clases; de acuerdo. Pero eso no significa que de forma lineal y mecánicamente, primero desaparecen las clase, luego el Estado, y luego vendrán los productores libres o asociación de productores caídos del cielo, ocupando el lugar de las instituciones del Estado. No ha habido, y no puede haber tal secuencia, ni golpe, si no se crean condiciones previas para el surgimiento, evolución y desarrollo de las formas de asociación de productores libres. Y eso en primer lugar, significa, la racionalidad de la “buena“ burocracia administrativa, o llamada burocracia necesaria, que crece y crece desde hace más de un siglo, o su eliminación. Porque es en buena medida, causa y consecuencia, resultado de unas relaciones políticas, que no deberían tener lugar, que necesariamente tienen que transformarse radicalmente  en la etapa de transición del socialismo, donde comienzan los procesos de socialización de la dirección de naturaleza emancipadora “verdaderamente humana” como diría Marx.

De estos planteamientos se desprende que el Estado, ni se transformará, ni llegará a extinguirse de golpe, si las transformaciones sucesivas no conllevan a que la producción se reorganiza sobre la base de una asociación libre de productores iguales, que decide sobre la producción y los resultados de su trabajo. Y esta es la forma nueva del Estado en transformación, con estructuras desburocratizadas, COMO PRIMER PASO que implican nuevas relaciones políticas, nuevas relaciones sociales de producción y modos de gobernar.

Como dijera Meszaros en su obra “El desafío y la carga del tiempo histórico. El socialismo en el siglo XXI”, Premio Libertador 2009:Es inconcebible que se logre hacer irreversible el orden social alternativo sin la plena participación de los productores asociados en la toma de decisiones en todos los niveles del control político, cultural y económico”.

Y para ello, subraya que: “El orden reproductivo social alternativo, por el contrario, es inconcebible si no se vencen las autoritarias y adversariales determinaciones más profundas de los microcosmos heredados del capital. Esto será posible sólo instituyendo un modo de intercambio reproductivo cualitativamente nuevo, basado en los intereses vitales, compartidos a plenitud, de los miembros de los reestructurados microcosmos sociales no adversariales. Solo de esta manera pueden ser coordinados apropiadamente en una forma correspondiente de macrocosmo no adversarial.”(el subrayado es nuestro)

Esto no ha sucedido, ni siquiera en las experiencias de autogestión de avanzada, como diría Martha Harnecker “buscando un camino alternativo al sistema representativo burgués y al sistema estatista soviético“ (“El sistema político yugoslavo”, 2007), con diferentes variantes desde la más “radical“ -la experiencia yugoslava-, hasta la polaca, húngara, o checa, puesto que ni el Estado transformó sus instituciones y organizaciones burocráticas, ni las organizaciones de base de los productores llegaron a ser realmente asociación libre de productores, aun cuando tenían determinadas funciones.

En consecuencia, los colectivos laborales tanto de las organizaciones de los servicios sociales, como de las empresas, tenían los límites bien establecidos de las atribuciones y facultades “otorgadas“. Pero estas no alcanzaron para la autogestión social, que implica relaciones políticas, necesarias para el desarrollo de los productores asociados con políticas que suprimieran las estructuras paralelas burocráticas administrativas y partidistas.

Si al principio la intervención del Estado era débil y limitada, con pocos dominios entendidos como servícios publícos, y las funciones principales se limitaron a la regulación del trabajo, las finanzas, justicia, y soberania, es decir, defensa del enemigo externo, así como la policia, en su desarrollo posterior, el Estado comenzó a intervenir en casi todos los servícios públicos, así como regular desde la educación, ciencia. cultura, salud, seguridad social. Así comienza a cambiar el carácter y el contenido de la regulación por parte del Estado.

Acerca de los servícios públicos, como concepto, un desarrollo anglosajón, hay que tenerlo en cuenta porque forman parte de las transformaciones capitalístas del estado. Las instituciones de servícios públicos sobre todo tuvieron gran desarrollo en Francia, Alemania e Inglaterra. En Francia le dió impulso el Consejo de Estado (Conseil dEtat), así como la teoría desarrollada por Digi, Leon, Jeze, Bonar, entre otros. El primero hace un planteamiento interesante, que los servícios públicos deben sustituir el rol del Estado, “deber de los que gobiernan“. Dice sobre el servicio público: “en resumen, es toda actividad cuyo cumplimiento los gestores deben regular y controlar , puesto que es indispensable para la realización y desarrollo de las relaciones en la sociedad....“

El gran problema, es ¿quienes son los gestores? ¿son los servícios públicos que toman diversas formas organizativas y estructurales y se multiplican en niveles verticales y cada vez se alejan los gestores superiores de los intereses y las necesidades de los gestores de base?

Para Jeze. G. los servícios públicos son aquellos que cubren las “necesidades de interés general que los gestores en determinado momento han decidido satisfacer de forma particular, en forma de servícios públicos. Es esencial que el propósito de los gestores sea que esas necesidades sean cubiertas por los servícios públicos”. Otros autores señalan que los servicios públicos son la esencia del derecho público, con estructuras y actividad determinada por la autoridad, pero con alto contenido social son elementos básicos del derecho público.

El problema es que Estado de derecho y sus valores, y gobierno de derecho, término de la teoría constitucional anglosajona del siglo XIX, derecho positivista, curiosamente se consideró durante mucho tiempo en los países del socialismo real, también en Yugoslavia, como novum burgués, como consecuencia de las revoluciones burguesas contra las monarquías feudales absolutas, y curiosamente como contrario a la idea de extinción del Estado

Se considera que “ese concepto alemán de estado de derecho representa fórmula jurídica del estado liberal como tipo de estado“ (Nojman, F. en “Demokratska i autoritarna drzava“ (Estado democrático y autoritario) Zagreb, 1974). 

En su “Teorija drzave i prava“,  Pupic, B.1982 (Teoría del Estado y del derecho“,) apunta que el Estado socialista es considerado como estadio de transición que conduce a una sociedad sin clases, y el Estado de derecho es un “enorme fracaso metodológico y teórico“. Destaca que  la teoría del estado de derecho desde la comprensión marxista del derecho y del estado no tiene ningún sentido. “Es sólo una manifestación  burguesa más de la divinización de su estado y modo de vida, es una defensa a ultranza del orden establecido en el mundo capitalista“. (Pupic, B. 1982)

Entre las dos tendencias, diametralmente opuestas, la de los apologetas del estado y la otra de rechazo como la anarquista, se ubica la tercera tendencia, la llamada “marxista”, que por un lado rechaza los aspectos negativos del estado heredado, pero a la vez subrayan las bondades del Estado socialista, en uno u otro aspecto, y hasta lo glorifican. Pero pocos son los análisis acerca de la totalidad del Estado, ni siquiera cuando se define como categoría histórica.

Se termina por aceptar que, ni es negativa ni positiva, sino “necesaria y progresiva institución” que corresponde a la etapa de la sociedad de clases. El Estado es la estructura que posibilita el desarrollo continuado de la sociedad, y lo hace de tal manera que defiende el modo de producción de la clase dominante, por lo tanto medio para proteger sus intereses de clase. Así, sólo se repetían los planteamientos de los clásicos, que no pocas discusiones y documentos produjeron a la cuestión del Estado en general, y vinculado a la “dictadura del proletariado” en particular, en momentos en que se requería un desarrollo innovador del Estado, puesto que se estaba llevando a cabo desde hacía años una experiencia de autogestión única. De lo que más se hablaba y escribía era acerca de la “autogestión obrera” en las empresas, pero poco que esta era parte de una concepción más amplia de autogestión social más amplia como concepto, que exigía cambios profundos y radicales.

En Yugoslavia  la cuestión del Estado es pregunta central alrededor de la autogestión y de la “revolución socialista”. Primero, porque el estado heredado guarda las relaciones sociales del sistema anterior, y es lo primero que debe ser eliminado para poder construir las bases de la nueva sociedad. Segundo, como el Estado es “organización alienadapor parte de la mayoría de la sociedad, la tarea principal del socialismo y comunismo es la eliminación de todas las formas de alienación.

Se hacía necesaria total claridad científica acerca del Estado en la etapa de transición, de cuál es su esencia, papel y lugar, que en realidad, ya no es la misma, y cada día, se parecería menos a la organización heredada.

Sin embargo, esta claridad teórica, de gran significado práctico y político, difícilmente era llevada a la realidad. Tan difícil como asumir que las formas de alienación estaban presentes en el socialismo, una “alienación socialista”, alrededor de la cual se rompían lanzas.

Para Stjepanovic, N. (1958) la institución de servícios públicos con base en el derecho socialista, tiene un significado amplio como “unidades organizacionales“, órganos, organizaciones y otras actuaciones sociales. En otras palabras, son todas las organizaciones de la administración estatal. Es todo lo que abarca y hace el Estado. En un sentido más estrecho, son actividades y estructuras específicas a través de las cuales se realizan esas actividades. Krbek, I. (1955)  así como Popovic,S. y Dimitrijevic, P. son más específicos, y señalan que es importante tener en cuenta el contenido y el objetivo, de manera que determinadas actividades y servicios deben estar a nivel de comunidad bajo los principios de autogestión y con régimen de derecho especial. Aquí se hace evidente la bifurcación de los servicios públicos, de acuerdo al interés y el alcance. Aparece el concepto de “servicios de la sociedad“, o “servicios sociales“, y se entremezclan servicios públicos y de la sociedad, o se equiparan.

Muchos autores yugoslavos concuerdan en que para desarrollar la idea marxista de asociación de productores libres y asociaciones libres, que es tomada como guía, el sistema de autogestión social y su continuo perfeccionamiento representa una forma básica de organización y funcionamiento de los servicios públicos en la dirección de extinción de las funciones y derechos estatales.  

¿Cuáles son las formas en que se llevan  a cabo los servícios sociales?

Abarcan desde los órganos estatales, pasando por instituciones y cooperativas de usuarios hasta los ciudadanos individuales. Los órganos estatales, tanto en los países capitalístas como socialístas siguen siendo las formas básicas dominantes. Entonces, la cuestión y el gran problema es ¿en qué medida esos servícios son autónomos y autogestionados fuera del aparato estatal? ¿En qué medida forman parte de los mecanísmos estatales o incorporados al sistema estatal de órganos administrativos, determinan tareas y controlan según la legislación establecida? Pero no todos aceptan ni comprenden que la extinción del Estado y sus funciones en la forma actual, tenga por base los servicios sociales desarrollados como actividad pública, y que la separación de las funciones de los servicios sociales, con determinado rol disminuido del Estado, lleve a una transformación de las estructuras y funciones de este.   

Continuará