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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

martes, 7 de agosto de 2018

Acueducto en Sancti Spiritus beneficiará a más de 25 mil personas



A más de 25 mil personas beneficiará el acueducto de Jatibonico, que se ejecuta en la central provincia de Sancti Spiritus con aporte nacional y de la Agencia Española de Colaboración Internacional para el Desarrollo, aseguró hoy un funcionario.

Filiberto Obregón, especialista de Inversiones del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INRH) en el territorio, confirmó a la prensa local que se ejecutaron 80 kilómetros de redes de los 86,5 previstos.

Como parte vital, precisó, se induce la realización civil de la Planta Potabilizadora que junto a las redes hidráulicas son imprescindibles para concluir las inversiones en diciembre próximo.

Prensa Latina conoció que la red creada beneficiará al municipio jatiboniquense, donde radica una de las mayores papeleras del país, y las localidades de Taguasco, Siguaney, Zaza del Medio y Tuinucú y la comunidad de La Yaya.

El valor de las obras iniciadas en el 2011 se estima en unos 10 millones de pesos y tendrá como principal fuente de suministros la presa Lebrija, ubicada al norte de esa localidad.

La cooperación de España en la isla está orientada al desarrollo rural y cambio climático y hábitat, así como a sectores como la educación y la cultura, entre otros.

Los principales proyectos de mejora y ampliación de los sistemas de agua potable y saaneamiento tienen como escenarios las ciudades de Cueto (provincia de Holguín), la Palma (Pinar del Río), Guisa (Granma), Jatibonico (Sancti Spíritus), Báguanos (Holguín) y Guantánamo.

(Con información de Prensa Latina)

¿Las políticas de Trump están afectando el crecimiento a largo plazo de Estados Unidos?

Aug 6, 2018 KENNETH ROGOFF

CAMBRIDGE – El presidente Donald Trump suele golpearse el pecho y atribuirse el mérito de cada nuevo repunte de la economía de rápido de crecimiento de Estados Unidos. Pero en lo que concierne al desempeño económico, los presidentes norteamericanos tienen considerablemente más influencia en las tendencias de largo plazo que en las fluctuaciones de corto plazo.

Sin duda, los recortes impositivos y las alzas del gasto de Trump han ofrecido cierto estímulo adicional de corto plazo. Aparentemente, lo mismo sucedió con los compradores extranjeros de productos estadounidenses como soja, que se apresuran a abastecerse antes de que la guerra arancelaria se recaliente del todo. Aun así, no es fácil acelerar una economía de 20 billones de dólares, ni siquiera con un déficit presupuestario de casi 1 billón de dólares, como sucede en la administración Trump. En verdad, las fluctuaciones de corto plazo en los inventarios de las empresas probablemente hayan contenido el crecimiento en la misma medida que otros factores lo han apuntalado temporariamente.

En un contexto político irascible, no es fácil pensar en el largo plazo. Pero, gracias a la magia del interés compuesto, las medidas que elevan marginalmente el crecimiento a largo plazo son muy importantes. Por ejemplo, las políticas de desregulación del transporte del gobierno del presidente Jimmy Carter a fines de los años 1970 sentaron las bases para la revolución minorista de Internet. Los enormes recortes impositivos del presidente Ronald Reagan en los años 1980 ayudaron a restablecer el crecimiento de Estados Unidos en las décadas subsiguientes (pero también exacerbaron las tendencias de desigualdad). Y los esfuerzos del presidente Barack Obama (y antes que él, del presidente George W. Bush) para contener los daños de la crisis financiera de 2008 sustentan la economía fuerte por la cual Trump quiere adjudicarse todo el mérito.

¿Cuál será el efecto acumulado de las políticas económicas de Trump en la economía dentro de diez años? Dejando de lado el jaleo político, el jurado sigue reunido.

Empecemos por el lado probablemente positivo del libro contable. La reforma del impuesto corporativo de fines de 2017 fue una de esas raras circunstancias en las que el Congreso norteamericano agilizó y mejoró ampliamente el sistema impositivo bizantino de Estados Unidos, aunque debería de haberse fijado la tasa del impuesto corporativo en el 25%, no en el 21%.

A Obama tal vez le habría gustado mucho sancionar un proyecto de ley similar. Pero, durante su presidencia, el Congreso controlado por los republicanos insistió en que cualquier propuesta no tenía que "tener impacto en los ingresos" ni siquiera en el corto plazo, lo cual es un obstáculo político difícil para cualquier reforma tributaria fundamental. Los esfuerzos de Trump por recortar la regulación, particularmente a las pequeñas y medianas empresas, probablemente también sean un plus para el crecimiento de largo plazo, revirtiendo algunos excesos que se filtraron al final del mandato de Obama (aunque Trump está mechando buenas y malas regulaciones).

Un área poco conocida en la que la administración Trump parece estar esgrimiendo nuevas ideas es la readaptación de los trabajadores desplazados y la mejora de la capacitación vocacional a nivel de la escuela secundaria. En principio, la tecnología y los datos le permiten al gobierno federal ayudar a ofrecer mejor información a padres y trabajadores sobre qué capacidades son las que más se buscan, así como la ubicación geográfica de los empleos.

La hija del presidente, Ivanka Trump, está encabezando el esfuerzo. Si bien es fácil ser cínico (algunos dicen que el nuevo programa es apenas una excusa para recortar fondos de los programas de readaptación existentes), la idea de que las plataformas digitales pueden mejorar sustancialmente la re-educación y la formación es buena.

Pero si bien la administración Trump ha fortalecido de varias maneras el potencial de crecimiento de largo plazo de la economía de Estados Unidos, la otra columna del libro contable es bastante lúgubre. Por empezar, un amplio rango de estudios -desde el trabajo del ya fallecido economista David Landes hasta una investigación más reciente de Daron Acemoglu del MIT y de James A. Robinson de la Universidad de Chicago- determina que las instituciones y la cultura política son los únicos determinantes más importantes del crecimiento de largo plazo. La recuperación del daño que Trump está infligiendo a las instituciones y a la cultura política en Estados Unidos puede llevar años; si fuera así, los costos económicos podrían ser considerables.

Es más, en virtud del desdén de la administración por la ciencia, los presupuestos propuestos para la investigación básica, que incluye a los Institutos Nacionales de Salud y a la Fundación Nacional para la Ciencia, fueron reducidos marcadamente (por suerte, el Congreso de Estados Unidos rechazó los recortes). Y la aplicación de la ley antimonopolio, necesaria para contrarrestar el poder monopólico excesivo en muchas partes de la economía, está esencialmente inactiva. Eso exacerbará la desigualdad en el largo plazo; las minas de carbón y los aranceles comerciales de Trump, en el mejor de los casos, son curitas para cubrir una herida de bala.

Por último, pero no menos importante, muchas de las regulaciones a las que apunta Trump deberían fortalecerse, no eliminarse. Es difícil imaginar que destripar a la Agencia de Protección Ambiental y retirarse del acuerdo climático de París ayude al crecimiento de largo plazo, dado que los costos de limpiar la contaminación más adelante superan marcadamente los costos de mitigarla hoy.

En cuanto a la regulación financiera, las toneladas de nuevas reglas adoptadas después de la crisis financiera de 2008 han sido un sueño hecho realidad para los abogados. En lugar de intentar gestionar al detalle a la banca, sería mucho mejor garantizar que los accionistas sufran más "en carne propia", de manera que los grandes bancos sean más proclives a evitar el riesgo excesivo. Por otro lado, neutralizar la legislación existente sin reemplazarla por algo adecuado sienta las bases para otra crisis financiera.

De manera que, si bien la economía de Estados Unidos en efecto está creciendo rápidamente, el pleno alcance del legado económico de Trump tal vez no se sienta durante diez años o más. Mientras tanto, si se produce una crisis, no será culpa de Trump -al menos según Trump, que ya se está preparando para culpar a la Reserva Federal de Estados Unidos por aumentar las tasas de interés y echar por la borda todo su buen trabajo.

Jul 31, 2018 JOSCHKA FISCHER

KENNETH ROGOFF Professor of Economics and Public Policy at Harvard University and recipient of the 2011 Deutsche Bank Prize in Financial Economics, was the chief economist of the International Monetary Fund from 2001 to 2003. The co-author of This Time is Different: Eight Centuries of Financial Folly, his new book, The Curse of Cash, was released in August 2016.

Sembrar las tierras ociosas, meta que no caduca

Las nuevas normas jurídicas-que derogan el decreto Ley 300 y su reglamento- permitirán incentivar al campesinado cubano. Foto: Juan Pablo Carreras Vidal
Si de desarrollo económico se trata, una variable indispensable a despejar constituye el progreso del sector agrícola, a partir de la búsqueda de soluciones coherentes con las limitantes que hoy lo frenan, y que han resultado en planteamientos de sus principales protagonistas. A fin de cuentas, de ello depende el desencadenamiento de sus fuerzas productivas, y la tierra a la que sirven.
Con ese propósito, el de encontrar cauce oportuno a las dificultades, el Consejo de Ministros aprobó nuevas modificaciones a la política para la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo, cuya instrumentación comenzará hoy, a partir de la publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria no. 39, de las normas jurídicas que la respaldan: el Decreto Ley No. 358/2018, y su reglamento, el Decreto No. 350/2018.
Las medidas –acotó a Granma Orlando Díaz Rodríguez, director jurídico del Ministerio de la Agricultura (Minag)–, parten de la importancia de consolidar el proceso, y les otorgan mayores garantías a los usufructuarios, a la vez que permiten un mayor control estatal sobre el uso eficiente y racional de la tierra, en aras de desarrollar la producción agropecuaria y forestal del país.
Las nuevas modificaciones están basadas en el estudio de las experiencias prácticas y de los reclamos de los productores en diversos escenarios. Foto: Otoniel Márquez
Esos propósitos han conducido el proceso de entrega de tierras en usufructo desde sus inicios, hace diez años, y son los mismos que han permitido lograr incrementos productivos, aún insuficientes respecto a la demanda –como admitió Eddy Soca Baldoquín, director de Suelos y Contrl de la Tierra del Minag– pero ilustrativos, al reforzar la necesidad de poner en explotación la superficie ociosa de Cuba.
Al decir de Díaz Rodríguez, no son medidas aisladas, sino que forman parte de un sistema, integrado además por decisiones que acompañan el cumplimiento de los acuerdos del 7mo.Congreso del Partido, así como otras en el ámbito de la agricultura, entre las que se hallan la aprobación de la política de ventas directas por los agricultores pequeños a las entidades del turismo y las destinadas al perfeccionamiento de la gestión de las bases productivas.
Las nuevas modificaciones, puntualizó Soca Baldoquín, están basadas en el estudio de las experiencias prácticas en la aplicación de las anteriores normas jurídicas, y de los reclamos de los productores en diversos escenarios.

EN MATERIA DE MODIFICACIONES

Las nuevas normas jurídicas –que derogan el Decreto Ley 300 y su reglamento– permitirán incentivar al campesinado cubano, con modificaciones como la extensión hasta 20 años –antes eran diez– del periodo que puede entregarse el usufructo a las personas naturales, a la vez que el plazo de vigencia puede prorrogarse sucesivamente por igual periodo de tiempo. En el caso de las personas jurídicas –establece la norma– puede entregarse por un periodo indeterminado, cuando antes era solo por 25 años.
Otra novedad constituye el incremento de la cantidad máxima de área a entregar, a personas que no posean tierra en ningún concepto, de 13.42 hectáreas (ha) que establecía la anterior norma, a 26.84 ha (dos caballerías). Ello permitirá evitar la entrega de pequeñas superficies agrícolas que, según profundizó Díaz Rodríguez, generaba trabas para la aplicación de la ciencia y la técnica, y el ordenamiento de la tierra.
No obstante, en el caso de la ganadería mayor y cultivos a realizar en polos productivos, se aprobó que el área mínima a entregarse sea de 26.84 ha, la que puede ampliarse hasta 67.10 ha (cinco caballerías), «siempre que las condiciones lo permitan», con el propósito de «facilitar la aplicación de tecnologías y lograr resultados competitivos».
Objeto de modificación significó también el aumento del área para la construcción o ampliación de bienhechurías, hasta el 3 % del total de la tierra entregada, cuando antes era de un 1 %. «Determinadas actividades de la agricultura, por ejemplo, el tabaco o la ganadería, requieren un componente mayor de instalaciones y obras en la tierra», afirmó Díaz Rodríguez.
Por otra parte, figuran entre los cambios, la autorización para la entrega a personas naturales –antes era solo a las jurídicas– de áreas ociosas de la ganadería comercial, para las producciones de cría y ceba de ganado, no así las destinadas a la producción de leche o planes genéticos, las que tienen sus programas de desarrollo.
Afiliarse al régimen especial de seguridad social garantiza la protección de los usufructuarios en casos como jubilación, invalidez o embarazo. Foto: Granma
En ese sentido, abunda el Director Jurídico del Minag que en el anterior decreto no se aprobó la entrega de tierras de la ganadería comercial, pues muchas de las áreas corresponden a programas de desarrollo. No obstante, la actual flexibilización permite entregar superficies sujetas a término, hasta que se demande su empleo según el programa de desarrollo ganadero.
En la actualización de las normas se incluye, además, la entrega de superficie ociosa en usufructo a personas jurídicas, de las tierras dedicadas al acercamiento de áreas cañeras a los centrales azucareros y las bioeléctricas.
Asimismo, se estableció la «obligatoriedad» de sembrar el alimento que requiere el ganado mayor, «hasta cubrir el balance alimentario de la masa» –no prevista en el Decreto Ley 300– pues es una necesidad, en el desarrollo de la ganadería, disminuir la mortalidad por desnutrición, y que «las fuentes alimenticias se produzcan en el país», dijo Díaz Rodríguez.
Las nuevas normas eximen de la obligación de establecer contratos productivos, a aquellas personas naturales usufructuarias cuya única finalidad sea la utilización de la tierra para el autoabastecimiento familiar.

MÁS CERCA DEL SURCO


Como una de las modificaciones a las normas, resalta la posibilidad de que las personas naturales poseedoras de tierras puedan vincularse o integrarse a empresas agropecuarias, azucareras o forestales. Ello constituía una pretensión del usufructuario, que antes solo podía vincularse a una Unidad Básica de Producción Cooperativa (UBPC), una Cooperativa de Producción Agropecuaria (CPA), granjas estatales de nuevo tipo o a una Cooperativa de Crédito y Servicios (CCS).
La medida permite un mayor alcance de la responsabilidad que tiene la empresa estatal en la atención directa a los usufructuarios, que implica la prestación de servicios, la venta de insumos y la comercialización de sus producciones, significó Díaz Rodríguez, y añadió que la integración requerirá la entrega de la tierra que posee el campesino en usufructo, para luego convertirse en obrero o cooperativista.
A las normativas –que entrarán en vigor a los 60 días de publicadas en la Gaceta Oficial– se añaden nuevas causales para la extinción del contrato, entre las que se encuentran:
- La utilización de financiamientos ilícitos para el desarrollo de las producciones.
- El incumplimiento de lo dispuesto por el régimen de la seguridad social (se aprobó que al comenzar a regir el Decreto Ley, los usufructuarios cuentan con un plazo de seis meses para realizar la afiliación, y transcurrido este término sin que se haya cumplido con esta obligación, se procede a extinguir el usufructo).
- Que los usufructuarios no trabajen y administren de forma personal y directa las tierras (aunque podrán contratar fuerza de trabajo para realizar las labores agrícolas que garanticen sus producciones, cumpliendo las regulaciones establecidas para ello).
- Manifestar una conducta moral y social contraria a los principios éticos de nuestra sociedad.
- El incumplimiento por el usufructuario de las obligaciones establecidas en el Decreto Ley y su Reglamento.
En relación con la segunda causal enunciada, Ana Margarita Martín Pérez, directora de política y proyecciones del Instituto Nacional de Seguridad Social, ahondó en conferencia de prensa realizada este lunes, sobre la importancia de afiliarse al régimen especial de seguridad social para el caso de los usufructuarios.
La especialista indicó que no tienen que hacerlo aquellos acogidos por otra condición, «como los asalariados del sector estatal, que tienen una protección por el régimen general de seguridad social; quienes están afiliados a otro régimen especial; o el que ya está jubilado y establece un contrato de usufructo».
Los beneficios de la legislación se materializan en la protección durante la edad de la jubilación, en los casos de una invalidez total temporal o permanente, o de una usufructuaria embarazada hasta el año de nacido el bebé, añadió.
De igual forma, se incorpora la posibilidad de la extinción parcial del usufructo, «cuando se requiere utilizar parte del área por necesidad pública o con un interés social». En este proceso, al usufructuario se le indemniza con el valor de las bienhechurías, y se tiene en cuenta que las producciones en el área cumplan su ciclo productivo, explicó Díaz Rodríguez.
En el caso de que el usufructuario presente deudas pendientes de pago y no tenga posibilidades de liquidarlas, la entidad que recibe las tierras asume su pago, abunda el especialista.
Otro elemento a destacar consiste en que el usufructuario que recibe tierras con bienhechurías puede realizar el pago de estas a su propietario a través de un crédito bancario, una vez sean avaluadas por la empresa.
Las modificaciones comprenden, además, elementos novedosos respecto a los procedimientos. Entre ellos se encuentran:
A partir de radicado el expediente de solicitud de tierras estatales ociosas en usufructo, no se reciben más solicitudes sobre esa misma área, para eliminar los casos de solicitudes múltiples.
El Delegado o Director de Agricultura dicta providencia de archivo definitivo cuando el solicitante desista de su solicitud o no se persone luego de haber transcurrido 15 días de haberlo citado para realizar cualquier trámite.
Se ajustaron algunos términos para la realización de acciones necesarias en el proceso, como el aumento hasta 30 días naturales, para la entrega de la tierra por el Delegado o Director de Agricultura; y hasta 10 días, para la notificación de la Resolución que aprueba o niega el usufructo. Además, se disminuyó a 20 días el término para la comprobación de las solicitudes de incremento de áreas.
Quedó aprobada la posibilidad de establecer recurso de apelación, cuando no se entrega la totalidad del área solicitada, así como que al declararse con lugar cualquier recurso, se dispone la entrega de la tierra en la propia resolución.
Se precisaron aspectos necesarios a tener en cuenta en la concertación del contrato de usufructo, encaminados al esclarecimiento de obligaciones y responsabilidades de las partes, entre ellas que el contrato de usufructo debe dejar claro la situación de las servidumbres comunes, en caso de existir, dentro de las tierras a entregar.
Arelis Pérez, directora nacional de Atención al Contribuyente de la ONAT, puntualizó en conferencia de prensa que este año comenzaron a aplicarse gradualmente los impuestos previstos en la Ley Tributaria, sobre el uso, posesión y ociosidad de la tierra, los cuales no tienen un fin recaudatorio, sino que se trata de revertir los ingresos en el mismo sector agropecuario, en aras de regular y estimular la explotación de la superficie agrícola.
El desarrollo agrario de Cuba pasa ineludiblemente por los hombres y mujeres que trabajan la tierra, y las condiciones para dar el salto productivo; no obstante, depende también de actualizar constantemente las normativas que lo rigen. Es eso lo que pretenden las nuevas modificaciones: poner los pies sobre la tierra, y hacerla producir.
Foto: Granma
¿QUÉ SE COMPRENDE COMO BIENECHURÍA?
Edificaciones, instalaciones u otras obras necesarias o útiles para la adecuada atención y protección a los cultivos, animales y plantaciones, la conservación y el mejoramiento de los suelos y las cosechas. Los bosques, las plantaciones temporales y permanentes, y las labores agrícolas de preparación de tierras y cultivo, necesarias para la producción. Las viviendas del usufructuario y sus familiares.
Foto: Granma