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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz
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miércoles, 2 de abril de 2025

Gobierno aplaza restricción del comercio mayorista para cooperativas y mipymes privadas. Comentario HHC

La polémica normativa que obliga a los actores privados a vincularse “de forma directa” a entidades estatales, fue prorrogada hasta el 30 de septiembre para el caso de las las cooperativas y mipymes, aunque no para los trabajadores por cuenta propia (TCP).


Redacción OnCuba
abril 2, 2025
en Economía


Los mercados privados ya no pueden contar como proveedores mayoristas con trabajadores por cuenta propia. Foto: AMD.


El Gobierno cubano aplazó la implementación de la resolución 56 de 2024 del Ministerio de Comercio Interior (MINCIN) para las cooperativas no agropecuarias y mipymes privadas.

La polémica normativa, que restringe las actividades de comercio mayorista para varios actores económicos, fue prorrogada hasta el 30 de septiembre para el caso de las las cooperativas y mipymes, aunque no para los trabajadores por cuenta propia (TCP).

A estos últimos les fue retirada esa facultad de su espectro de acciones permitidas, tal como se había anunciado el pasado diciembre, al darse a conocer la resolución gubernamental. Entonces, se les dio un plazo de 120 días hábiles para liquidar sus mercancías con esta finalidad.

Así lo confirmó este martes una comunicación del Gobierno en sus redes, en la que no se ofrecen argumentaciones sobre el aplazamiento de la medida en unos casos y no en el de los TCP.

La nota oficial confirma que los trabajadores por cuenta propia “al cumplimiento del plazo establecido, culminan la liquidación de inventarios de mercancías en tránsito y en plaza, destinados al comercio mayorista o venta al por mayor”.

Además, reitera que se “mantiene el comercio minorista en todos los actores no estatales que tienen aprobada esta actividad”.

El comunicado gubernamental reafirma que la empresa estatal es el “actor fundamental” de la economía cubana y señala que fueron aprobados “los objetivos generales y directivas para el perfeccionamiento de la actividad de comercio por los actores económicos no estatales”, aunque sin precisar más detalles al respecto.

La nota informa igualmente sobre la aprobación de seis negocios conjuntos entre entidades estatales y mipymes privadas, aunque sin especificar sobre sus perfiles, y sobre la visita realizada por el Gobierno a los 16 municipios que ya aprueban de manera descentralizada los nuevos negocios privados de sus territorios.

La resolución y la polémica

Publicada en diciembre pasado, la resolución 56 del Mincin forma parte de un paquete normativo impulsado por las autoridades cubanas con el fin declarado de reorganizar y “actualizar” el funcionamiento del comercio mayorista en la isla.

Este marco regula estrictamente las operaciones comerciales de los actores privados y restringe sus actividades mayoristas a transacciones con entidades estatales o mediante comercializadoras mayoristas controladas por el Estado.

La normativa excluye a los trabajadores por cuenta propia del comercio mayorista y les permite únicamente gestionar de esta forma mercancías derivadas de sus propias producciones.

En contraste, las mipymes y cooperativas que tienen esta actividad como su objeto social principal podrían seguirla ejerciendo luego de actualizar sus licencias comerciales, aunque operando bajo contratos con participación estatal directa.

En caso de tenerla como actividad secundaria, tenían 120 días hábiles para liquidar su mercancía, algo que con el aplazamiento ahora anunciado se extendería hasta finales de septiembre.

Según las autoridades, las medidas establecidas en la norma buscan corregir “distorsiones” en el sistema económico y garantizar un mayor control estatal sobre sectores estratégicos.

No obstante, analistas independientes las han señalado como otro paso para aumentar el control sobre el sector privado de la isla y rebajar el alcance de sus dinámicas de mercado. En particular, han sido polémica la exclusión total de los TCP del comercio mayorista, algo que obliga a muchos a depender del mercado informal o reducir sus operaciones.


El Estado busca oxígeno

Otro punto de controversia es la obligatoriedad de vincularse “de forma directa” al Estado para las mipymes y cooperativas no agropecuarias dedicadas a esta actividad.

En la nueva licencia comercial se especifica que la comercialización tendrá que realizarse mediante contratos con participación de entidades estatales, que comprenden las comercializadoras mayoristas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

De acuerdo con el economista cubano Pedro Monreal, la resolución 56 “convierte los actores no estatales, que tienen liquidez y flexibilidad y que hoy realizan la mayor parte del comercio minorista, en una gran masa de clientes cautivos de las empresas mayoristas estatales, estas sin divisas y no pocas de ellas ineficientes”.

Según el experto, con la normativa “parece intentarse ‘oxigenar’ el sector mayorista estatal, asfixiando el sector privado”.

Además, en su opinión “queda al desnudo la falacia de la ‘igualdad’ entre actores económicos” pues “se discrimina al sector mayorista privado despojándolo de su mercado”.


Empresa estatal socialista por sobre el resto

El anuncio oficial publicado este lunes reiteró, en primer plano, que “la empresa estatal socialista es el actor fundamental” de la economía cubana y reiteró el carácter “complementario” de los “restantes actores económicos”.

Muchos foristas que comentaron el comunicado oficial en Facebook cuestionaron la preminencia normativa al empresariado estatal, si una parte importante de lo que produce, como artículos de aseo personal y otros bienes, lo comercializa en divisas.

“Pues de socialista ni un pelo. Por qué vender la producción nacional… en una moneda que no es la del trabajador? Yo no quiero que me lo regalen ni me lo subsidien, yo quiero que me lo vendan en la moneda que el estado me paga a mí y con la que supuestamente debo satisfacer mis necesidades”, escribió una internauta identificada como Elizabeth González.

Por su parte, el forista llamado José Antonio Bravo estimó que la “Empresa Estatal Socialista ni funciona, ni se pega a las necesidades del pueblo, solo sirve para ampliar mecanismos de corrupción y de oportunistas”, en tanto para Gonzalo Sanchoyerto resulta más que evidente que “ese tipo de empresas sobrevive ni se sabe cómo”, dado que la mayoría de ellas padece de “endeudamiento”, en las que “a veces no hay dinero ni para el salario”.

De acuerdo con el economista Omar Everleny Pérez, “la situación actual de muchas empresas estatales (pérdidas, baja rentabilidad y baja productividad, entre otras) no solo se debe a que no disponen de recursos frescos, sino a que son incapaces de generar nuevas utilidades para mantener el negocio de forma ininterrumpida, devolver financiaciones, pagar sus obligaciones corrientes y generar valor”.

Según este académico, uno de los problemas es que la nueva y pospuesta ley de empresas, cuya discusión parlamentaria se anunció para 2022 y aún no ha sido aprobada, “no puede ser una ley para las empresas estatales, sino para todas las formas de propiedad existente. Y según se sabe, se llamará Ley de la Empresa Estatal Socialista”.

“Ya de inicio partiría con una incongruencia cuando se apruebe”, consideró sobre este particular.

Comentario HHC: Emitir una ley para aplazarla hasta Septiembre porque al parecer son lineas de deseos y no realidades, es preocupante.

Se puede estar o no de acuerdo con las opiniones publicadas, pero lo peor no son las criticas, es que tal parece que no hay un rumbo definido bien pensado y apegado a la realidad existente del pais. Que no son " remiendos" por aqui y por allá, segun sea lo que se ponga de " moda". Queda en entredicho el Plan de estabilización macroeconómica. 

La empresa estatal no será eficiente y el principal actor económico, por decreto, lo será con sus resultados, y cooperando en igualdad ( que tiene la ventaja del apoyo estatal) de condiciones con el resto de los actores económicos. 

La economía mas fuerte de Europa es Alemania, y el principal actor económico son las Cooperativas, también llamado ese modelo " economía social de mercado", con una Seguridad Social y Nivel de vida de altos estandares. "Es un sistema basado en la cooperación y el consenso más que en la competencia, y abarca al conjunto del entramado socio-económico, desde el sistema financiero al industrial o al estado".

sábado, 7 de diciembre de 2024

No se trata de la limitación o cancelación de una licencia comercial, sino de ordenar un comercio

 La Resolución 56/2024 del Ministerio de Comercio Interior, publicada en Gaceta Oficial el pasado jueves, establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista de los actores económicos no estatales, entiéndase por estos las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas; cooperativas no agropecuarias (CNA) y los trabajadores por cuenta propia (TCP)

La comercialización mayorista de los actores económicos privados debe realizarse con la participación del Estado. Foto: Juvenal Balán

La Resolución 56/2024 del Ministerio de Comercio Interior, publicada en Gaceta Oficial el pasado jueves, establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista de los actores económicos no estatales, entiéndase por estos las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas; cooperativas no agropecuarias (CNA) y los trabajadores por cuenta propia (TCP).

El viceministro primero del organismo, Yosvany Pupo Otero, explicó a la prensa que la norma también establece el proceso de emisión, vigencia y actualización de las licencias comerciales.

Precisó que se relaciona con el Decreto 107/2024, publicado en agosto de este año, que dispone las actividades que no pueden ejercer estas formas de gestión no estatal y las relaciones con el comercio al por mayor, o mayorista, y al comercio al por menor, o minorista.

Sin embargo, acotó, no establecía la fecha para ello, aspecto que se resuelve con la presente Resolución.

Pupo Otero destacó que el proceso de gradualidad en el ordenamiento está basado en el comercio mayorista por los TCP.  «Hoy hay un número significativo de ellos que lo hacen porque no estaba prohibido, por tanto, hasta ahora no se incumplía ningún elemento».

También dispone que solo podrán ejercer el comercio mayorista las mipymes privadas y CNA que lo tengan definido en su actividad principal, con la participación de entidades estatales.

Acotó que el Decreto 107 que se puso en vigor en septiembre de este año define, para el TCP, que su actividad principal y secundaria deben estar en correspondencia y, con la Resolución 56, los actores que tienen definido como principal la comercialización mayorista disponen de 90 días para dar su anuencia sobre si continuarán este proceso con la participación del Estado, y 120 días hábiles de no seguir con el proceso.

«Los tres actores pueden continuar las ventas de forma mayorista hasta liquidar sus inventarios en caso de que lo tengan en actividad secundaria», señaló.

¿CÓMO SERÁ LA PARTICIPACIÓN ESTATAL EN EL PROCESO?

La propia Resolución –precisó– establece que la participación con entidades estatales puede ser mediante una relación directa y de otros tipos, a partir de lo establecido en el Decreto 310/2012.

«Las personas asocian que en esa relación se tiene la obligación de vender al Estado todos los recursos, pero no es así. Existen contratos de compra-venta, de comisión, de consignación, de prestación de servicio y sobre la base de la voluntad de las partes se van adecuando las características», puntualizó.

Por otra parte, resaltó que esta acción permitirá a los actores económicos no estatales utilizar infraestructura y experiencia comercial y contribuye, además, a la disminución de los costos de transportación y almacenamiento, impactando en los precios minoristas de los productos con destino a la población.

Pupo Otero significó que el comercio minorista va dirigido al consumidor final: la población; en tanto la mayorista a un consumo intermedio, es el elemento intermedio entre el productor y el consumidor final por lo que uno de los objetivos de la Resolución es la disminución de los costos, y que lo que se expenda a la población no tenga un incremento.

«No se trata de la limitación o cancelación de una licencia comercial, se trata de ordenar un comercio que no tiene solamente alcance a los actores económicos no estatales, sino también a los estatales», aclaró.

El ordenamiento del comercio mayorista y minorista propicia alianzas de trabajo y encadenamientos productivos entre los actores económicos estatales y no estatales, y favorece la protección al consumidor desde la contratación.

jueves, 5 de diciembre de 2024

Gaceta Oficial publica resolución sobre ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por actores económicos no estatales

 En este artículo: Comercio, Cooperativas, Economía, Gaceta Oficial de la República de Cuba, Gobierno, Ministerio de Comercio Interior (MINCIN), MiPyME, Sector no estatal

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La Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria) publicó este jueves la Resolución 56, del 15 de octubre de 2024, de la ministra del Comercio Interior, que establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por los actores económicos no estatales.

La Resolución 56 entró en vigor este jueves, como expresa su disposición final.

Este proceso se desarrollará de manera gradual y propiciará alianzas de trabajo entre los actores económicos estatales y no estatales.

El Decreto 107/2024, De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, en su disposición transitoria mandata a la ministra del Comercio Interior a emitir las disposiciones que correspondan a fin de implementar los aspectos que con respecto a la actividad de comercio se disponen.

Descargue la Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria), del 5 de diciembre de 2024 - 228 kB

Preguntas y respuestas sobre la Resolución 56 de la ministra del Comercio Interior

La Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria), del 5 de diciembre de 2024, publicó la Resolución 56, del 15 de octubre de 2024, de la ministra del Comercio Interior, que establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por los actores económicos no estatales.

El Ministerio del Comercio Interior publicó en su web una guía de preguntas y respuestas sobre la Resolución 56.

¿Qué establece la Resolución 56/2024?

La Resolución 56/2024 establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por los actores económicos no estatales, y la emisión, vigencia y actualización de las licencias comerciales.

La referida norma jurídica, responde a la Disposición Transitoria Única del Decreto 107, De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, de 2 de agosto de 2024, que mandata a la ministra a implementar los aspectos que, con respecto a la actividad de comercio se disponen en el Decreto, y para ello prever los plazos pertinentes.

¿Cuándo entra en vigor la Resolución 56/2024?

La Resolución 56/2024 se pone en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria), del 5 de diciembre de 2024.

¿En qué consisten el comercio mayorista y el comercio minorista? ¿Cuál es su diferencia?

En la literatura existen varias definiciones del comercio mayorista y minorista, la principal diferencia radica, en el tipo de cliente que atiende. El comercio minorista vende al consumidor final directamente, la población.

El comercio mayorista de producciones nacionales o importadas va dirigido a entidades comercializadoras minoristas o mayoristas, consumidores industriales e institucionales y personas naturales autorizadas; es el intermedio entre el productor y el consumidor final.

¿Pueden los actores económicos no estatales realizar comercio minorista?

Todos los actores económicos no estatales pueden realizar la actividad de comercio minorista, siempre que esté aprobado en su objeto social o proyecto, y cuenten con la licencia comercial para ello.

¿Se mantiene vigente la licencia comercial de los actores económicos no estatales que ejercen la actividad de comercio minorista? 

Sí, se mantiene la vigencia de la licencia comercial de los actores económicos no estatales que realizan la actividad de comercio minorista, que puede incluir la venta de minorista de mercancías a la población y las prestaciones de servicios a personas naturales y jurídicas.

¿Cómo se realizará el ordenamiento de la comercialización mayorista?

El ordenamiento de la comercialización mayorista se realizará de manera gradual.

Se otorga un plazo de 90 días hábiles para que las micro, pequeñas y medianas empresas privadas y cooperativas no agropecuarias cuya actividad principal sea la comercialización mayorista, ratifiquen que continuarán realizando la actividad mayorista con la participación de entidades estatales; para ejercerla actualizan su objeto social y licencia comercial. El proceso de actualización del objeto social y la licencia comercial se hará de forma expedita para estos actores.

Los que no lo ratifiquen, cuentan con un plazo máximo de hasta 120 días hábiles, después de la puesta en vigor de la Resolución para liquidar sus inventarios con este fin y pueden continuar la comercialización minorista, si la poseen definida en su objeto social y cuenta con licencia comercial.

Las micro, pequeñas y medianas empresas privadas y cooperativas no agropecuarias cuya actividad secundaria sea el comercio mayorista, disponen de hasta 120 días hábiles a partir de la emisión de la Resolución, para la liquidación de su mercancía, con el fin mayorista. Pueden comercializar de forma minorista esta mercancía, siempre que lo tengan definido en su objeto social y posean licencia comercial para ello.

Para realizar la comercialización mayorista, se requiere modificar su objeto social, definiendo como actividad principal el comercio mayorista con participación de entidades estatales, según los procedimientos establecidos.

El trabajador por cuenta propia que actualmente realiza comercio mayorista, dispone de hasta 120 días hábiles para la liquidación de las mercancías con esta finalidad; puede continuar la comercialización minorista, de tenerla aprobada en su proyecto de trabajo y estar inscrito en el Registro Central Comercial.

¿Puede el trabajador por cuenta propia desarrollar la actividad de comercio mayorista?

No, el trabajador por cuenta propia no puede ejercer la actividad de comercio mayorista, según lo dispuesto en el Decreto 107/2024, De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, sección F.

Los que actualmente realizan comercio mayorista dispone de hasta 120 días hábiles para la liquidación de su mercancía con esta finalidad.

Pueden comercializar los inventarios de forma minorista, si lo tiene definido en su proyecto de trabajo.

¿Los actores económicos no estatales que tienen aprobada la producción como actividad principal pueden realizar comercio mayorista?

Sí, los actores económicos no estatales que son productores, podrán realizar la comercialización mayorista de sus producciones a personas naturales y jurídicas, previa obtención de la licencia comercial, donde se especifica esta actividad. No pueden comercializar de forma mayorista otros productos nacionales o importados, solo sus producciones.

También, pueden comercializar de forma minorista sus producciones u otros productos nacionales e importados, si lo tienen aprobado en su objeto social o proyecto, según sea el caso y posean licencia comercial.

¿A qué actores económicos no estatales se les cancelan las licencias comerciales para ejercer la actividad de comercio mayorista?

El Registro Central Comercial cancela de oficio las licencias comerciales emitidas a micro, pequeñas y medianas empresas privadas y cooperativas no agropecuarias que tienen aprobada la comercialización mayorista en su objeto social como actividad secundaria, a partir de la puesta en vigor de la Resolución.

Además, cancela de oficio la inscripción de la actividad de comercio mayorista de bienes nacionales o importados a los trabajadores por cuenta propia.

¿Cómo se realiza la comercialización mayorista de productos agropecuarios?

La comercialización mayorista de productos agropecuarios, se realiza según lo establecido en la legislación vigente. El Decreto 35/21, De la comercialización de productos agropecuarios, establece en el Capítulo III, Sección Primera, las generalidades para la comercialización de productos agropecuarios y en la Sección Segunda, define la comercialización mayorista de productos agropecuarios.

En esta sección en los Artículos 20 se definen las personas naturales y jurídicas autorizadas a ejercerla; en Artículo 21, se define el espacio donde se puede realizar la comercialización mayorista, en este caso los mercados agropecuarios mayoristas, así como los elementos organizativos en cuanto a su ubicación y beneficio de los productos.

En el artículo 22 se brinda información sobre la contratación.

¿Cómo podrán realizar comercio mayorista las micro, pequeñas y medianas empresas privadas y las cooperativas no agropecuarias que la tienen en su objeto social aprobado como actividad principal?   

Se realiza de forma directa a entidades estatales o a través de las comercializadoras mayoristas estatales.

Una vez expresada su voluntad de continuar ejerciéndola, actualizan su licencia comercial en un término de hasta 90 días hábiles, posteriores a la puesta en vigor de la Resolución.

En la nueva licencia comercial se especifica que la comercialización se realiza mediante contratos con participación de entidades estatales, que comprenden las comercializadoras mayoristas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

En el Decreto 310/2012 se regulan los tipos de contratos, que se pueden establecer entre ambas partes.

¿Qué beneficios aporta la realización del comercio mayorista con participación de entidades estatales o las comercializadoras mayoristas estatales?

El comercio mayorista con la participación de entidades estatales o a través de las comercializadoras mayoristas estatales, permite a los actores económicos no estatales utilizar infraestructura, transporte y experiencia comercial.

Contribuye, además, a la disminución de los costos de transportación y almacenamiento, impactando en los precios minoristas de los productos con destino a la población.

El ordenamiento del comercio mayorista y minorista propicia alianzas de trabajo y encadenamientos productivos entre los actores económicos estatales y no estatales. Favorece la protección al consumidor desde la contratación.

¿Qué actores económicos no estatales se inscriben el Registro Central Comercial?

Se inscriben los actores económicos que realizan actividades de comercio interior, tales como: venta minorista de mercancías, servicios gastronómicos, servicios personales, técnicos comerciales y de uso doméstico y el comercio mayorista.

¿Cómo se realizan los trámites ante el Registro Central Comercial?

Los trámites ante el Registro Central Comercial, se realizan de forma presencial y en línea a través de https://oficina-rcc.xutil.net.

sábado, 20 de agosto de 2022

Criterios con respecto a las nuevas medidas para el comercio exterior y el comercio interno mayorista y minorista

Dr Javier Pérez Capdevila, Facebook *

Queridos amigos y seguidores, por petición de muchos de ustedes, hoy les dejo mis criterios (no son verdades absolutas, sino mis verdades) con respecto a las nuevas medidas para el comercio exterior y el comercio interno mayorista y minorista, y ellas son:

Primero: Las medidas debieron haberse tomado hace muchos años atrás cuando nuestra economía estaba en mejores condiciones, porque hoy Cuba no es sólo un país de riesgo para los inversores por el embargo financiero que nos impone EEUU (para no perder tiempo en el debate ¿bloqueo o embargo?), sino que lo es también por la gran deuda acumulada a pesar de las cantidades condonadas.

Segundo: Un inversor externo, sea quien sea, conoce que la empresa estatal socialista está con un considerable nivel de descapitalización, lo cual crea duda sobre el futuro éxito de las ventas mayoristas.

Tercero: Debió anteceder a esta medida la venta de dólares como garantía de que el mercado minorista estaría en condiciones de comprar, y hasta ahora sólo se anunció la compra.

Cuarto: Las medidas a las que nos negamos durante años, ahora se van tomando cuando ya no queda de otra y no hay un conjunto de opciones de donde escoger, es decir, se ralentiza mucho la acción.

Quinto: La forma en que anunciamos cualquier medida nos deja claro que refieren voluntades sin un respaldo estratégico o al menos algorítmico, es decir, no hay la más mínima garantía de que tendrán un impacto positivo en el pueblo (los de a pie). Acá se debe tener en cuenta que se anuncian muchas medidas, pero el impacto positivo en nosotros aún es imperceptible.

Sexto: El “ordenamiento” ha traído consigo la generación de contradicciones entre las fuerzas productivas y las relaciones de producción, e incluso, ya hay muchos negocios privados que generan plusvalía, es decir, hay trabajo no retribuido a los obreros (impropio del socialismo). Quiero decir que pagan muy poco a sus trabajadores, en su mayoría jóvenes (esto lo sabemos los ciudadanos de a pie).

Séptimo: La no existencia en Cuba de centros minoristas internacionales como son las cadenas de supermercados o centros comerciales, es un factor que resta valor atractivo a la inversión mayorista en Cuba.

Octavo: El hecho de que el lema estatal sea: “al monopolio del comercio exterior no hemos renunciado ni renunciaremos”, limita la entrada de insumos y materias primas al país, tanto por la voluntad de los inversores como por el freno al desarrollo de la gestión importadora por parte de los negocios privados.
Noveno: Explicaron en la mesa redonda que “Estas decisiones no resuelven por sí solas los problemas que hoy enfrentamos”, como se ha dicho con todas las medidas, es decir, son reconocidas como paliativos y no como soluciones de algún problema por pequeño que fuera.

Espero que estos criterios puedan ayudar en algo a pensar con mayor concepción estratégica, más rápido y con demostración de que se posee la competencia: PREVISIÓN.

ANEXO

Previsión

1. Acción y efecto de prever.
2. Acción de disponer lo conveniente para atender a contingencias o necesidades previsibles.

Prever

1. Ver con anticipación.
2. Conocer, conjeturar por algunas señales o indicios lo que ha de suceder.
3. Disponer o preparar medios contra futuras contingencias.

*Jefe del Departamento de Programas y Proyectos de CTI en CITMA Guantánamo y Científico cubano, matemático, PhD Ciencias Económicas, Profesor Titular. Condecorado con la Orden Carlos J. Finlay y Premio Nacional de la Academia de Ciencias.

sábado, 27 de noviembre de 2021

Intercambian experiencias empresas del Comercio Mayorista y actores económicos (+Fotos)

 

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La Habana, 27 nov (ACN) El I Foro de intercambio del Comercio Mayorista con los nuevos actores económicos, COMAE 2021, sesiona en el Palacio de Convenciones de La Habana, con el objetivo de generalizar las mejores experiencias y buenas prácticas en la concertación de encadenamientos productivos y complementariedad entre esas figuras.

La cita deviene colofón de la I Jornada Económica Productiva Cuba 2021, está dedicada al aniversario 502 de la fundación de esta Villa de San Cristóbal, la auspician el Ministerio de Comercio Interior (MINCIN) y la Cámara de Comercio, y con ella se pretende, además, elevar el rol de las empresas mayoristas como parte del proceso de actualización del modelo económico cubano.

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Ante representantes de entidades de diversas ramas, de Mipymes, cooperativas no agropecuarias (CNA), de proyectos de desarrollo local y trabajadores por cuenta propia, en la apertura Grisel Ávila Díaz, vicetitular del MINCIN, señaló como otro de los objetivos del encuentro perfeccionar el ordenamiento de la comercialización mayorista y sus modalidades, elevando su papel e impacto en el desarrollo sostenible y sustentable.

Subrayó que durante el foro se tratarán temas de mucha importancia como la integración y desarrollo de la actividad comercial, la promoción del modelo de negocios de las entidades y sus encadenamientos productivos, los servicios de importación y exportación, el aprovisionamiento y gestión de inventarios, la informatización y el uso de las TIC y la lógica sustentable, entre otros.

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Es un reto y también un deber el desarrollo de las nuevas formas de gestión para alcanzar la satisfacción de las necesidades de la población, expresó la funcionaria.

La viceministra acotó que constituye un desafío asumirlo en el contexto desfavorable que provoca el boqueo estadounidense, el cual impacta en el desabastecimiento y la inestabilidad de productos, limita el avance del mercado mayorista para esos actores, el financiamiento y el acceso a las nuevas tecnologías, y la adquisición de inmobiliarios, equipamiento y otros medios.

Manifestó que en el empeño por lograr una economía próspera y sostenible tenemos que mejorar y modernizar no solo tecnologías sino en formas de pensar, de actuar, y en ello todos somos partícipes.

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A COMAE 2021 asisten también Antonio Luis Carricarte, presidente de la Cámara de Comercio; Pedro Víctor Simón, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores del Comercio, la Gastronomía y los Servicios, y Francisco Silva Herrera, director general de Ventas de Mercancías del MINCIN.

En un primer momento en una de las salas del Palacio de Convenciones empresas comercializadoras mayoristas de los ministerios de la Construcción, de Industria, de Comercio Interior, de la Industria Alimenticia y de la Agricultura, así como del Grupo de Administración de Empresas (GAE) exponen sus principales bienes y servicios, y seguidamente lo harán representantes de Mipymes, CNA, de proyectos de desarrollo local y cuentapropistas.

También varios stands exhiben productos que elaboran y comercializan estos actores económicos.

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lunes, 8 de marzo de 2021

Informatización y abastecimiento, retos del mercado mayorista para trabajadores por cuenta propia (+Fotos)

Solo minutos duran los productos en la página, aseguran varios clientes de la plataforma de comercio electrónico del mercado mayorista Mercabal

07 MARZO 2021 09:03:48 | REDACCIÓN DIGITAL



Mercado mayorista de alimentos (Mercabal) de 26 y 31. Foto: Abel Padrón Padilla

Minutos, solo minutos duran los productos en la página, aseguran varios clientes de la plataforma de comercio electrónico del mercado mayorista Mercabal para trabajadores por cuenta propia, arrendados y cooperativas no agropecuarias. Como parte del proceso de informatización del comercio las formas de gestión antes mencionadas que tengan contratos con Mercabal pueden comprar de forma online en mercabal.enzona.net, los productos necesarios para realizar su actividad.

Desde un grupo en Telegram, los usuarios se ayudan entre ellos e informan a los recién llegados de los trucos para adquirir los productos de alta demanda. Jorge Alberto Rodríguez Suárez plantea que la página ha tenido muchos problemas, empezando porque todos los productos se agotaron a los tres minutos de abrir la tienda. Marla Carranza, también cliente de Mercabal dice que tiene que abrir muchas veces la plataforma y que los envíos se demoran varios días en llegar.

Muchas son las inquietudes de los usuarios que acceden a esta plataforma, aunque ha sido recibida con beneplácitos por todos aquellos que encuentran en este mercado mayorista los insumos básicos para desarrollar su actividad por cuenta propia. En uno de los comentarios de Cubadebate se plantea que la apertura de este mercado resulta clave para cerrar canales y brechas a la economía sumergida.

El Mercado Mayorista de Alimentos Mercabal fue creado el 16 de marzo de 2018 en correspondencia con el Lineamiento 251 del VII Congreso del Partido.

“Se desarrollarán mercados de aprovisionamiento que vendan a precios mayoristas y brinden los servicios de alquiler de medios y equipos, sin subsidio, al sistema empresarial, al presupuestado y a las formas de gestión no estatal”

En los inicios, solamente ofertaba sus servicios a las cooperativas no agropecuarias de La Habana y a raíz de la organización de las formas de gestión no estatal y la disponibilidad de los productos, se ha ido extendiendo al resto de las actividades del trabajo por cuenta propia.

A finales del 2019, se extiende a los trabajadores por cuenta propia de Plaza de la Revolución y del Barrio Chino. “En el mes de julio del 2020, Mercabal abrió sus puertas para 4 actividades de Servicios Gastronómicos en Cafetería, Restaurante, Bares y Recreación y Panadería–Dulcería, de toda la Habana. En los meses de agosto y septiembre se extendió para el resto del país”, dijo Francis Herrera Chacón, especialista principal de negocios, colaboración e inversión extranjera de la Empresa Mayorista de Productos Alimenticios y Otros Bienes de Consumo.

En el caso de La Habana, precisó la especialista se inició la venta mediante el pago por tarjeta magnética a través de los POS, con un precio de hasta el 20% de descuento en algunos productos. “En estos momentos todas las ventas se realizan a través de la plataforma que se encuentra en Enzona desarrollada por Xetid. De los 2058 trabajadores por cuenta propia de las cuatro actividades de servicios a los cuales abastece Mercabal en la capital, 930 se encuentran registrados en la plataforma online”, precisó Herrera Chacón.


Mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

La capital en estos momentos cuenta con dos establecimientos de Mercabal. “El mercado mayorista de 26 que atiende a las cooperativas no agropecuarias y los arrendados y el del Barrio Obrero que brinda servicio a los trabajadores por cuenta propia de las cuatro modalidades definidas”, acotó.

Ubicado en 26 y 35, en el municipio capitalino de Plaza de la Revolución el conocido Mercado de 26 fue el primero que se estableció en el país, por la necesidad de crear almacenes mayoristas para el abastecimiento de las formas de gestión no estatal.

Denis Figuero Labrada, director del Mercabal de 26 y 35 atiende 79 cooperativas no agropecuarias y 157 arrendados. "Todos los productos son de alta demanda –aseguró el directivo- pues son vitales para la realización de las actividades que comprenden las licencias. “Por ejemplo, la harina, el huevo, los líquidos, las bebidas alcohólicas y en el caso de los arrendados y las cooperativas el producto más demandado es el cigarro criollo”, aclaró.

Mercabal online, los retos de la informatización


Productos del mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

¿Qué pasos deben seguir para ser cliente de Mercabal?
Tener un contrato con Mercabal
Crearse una cuenta en Enzona
Registrarse en la plataforma mercabal.enzona.net. Se confirma que la persona está presente en el registro de contratos.
Crear un usuario y acceder a la página web

Existen dos modalidades de entrega de los productos: la recogida en tienda o el envió hasta la casa. El tiempo de entrega se ha extendido hasta 5 días hábiles, debido a problemas con la transportación.

“En esta arrancada hemos tenido atrasos en los tiempos de entrega a los clientes, para solucionarlo hemos contratado porteadores privados. El transporte que teníamos destinado no satisfacía la cantidad de pedidos generados”, reconoció Magaly Bravo Herrera, directora de Mercabal Barrio Obrero.

“No podemos pasarnos el día con el teléfono en la mano” dicen algunos, otros se quejan de los megas que gastan intentando comprar y un cliente que “tenía todo lo que necesitaba en el carrito y no lo pudo pagar por problemas en la página”, estos son criterios que Cubadebate recogió en las redes sociales de Mercabal.

Francis Herrera Chancón especialista del Grupo de Alimentos dijo que en ocasiones han existido inestabilidades en el funcionamiento de la plataforma o en la disponibilidad de algunos productos. “A pesar de estas dificultades diariamente de actualizan los inventarios de la página web y se encuentran disponibles aproximadamente 20 productos”, destacó.

La directora de Mercabal en el Barrio Obrero comentó que muchos clientes realizan varias compras en el mismo día. “Esto se debe a que desean asegurar un producto por encima de otro. Compran, por ejemplo el huevo, lo montan en el carrito, pagan y luego vuelven a entrar para adquirir los otros productos que necesitan”. Por esta razón, el establecimiento ha decidido que si un mismo usuario efectúa cinco pedido en el día, la transportación de la quinta compra será libre de costo, informó Bravo Herrera.

Casos y cosas del abastecimiento


Otros productos del mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

Sin dudas, la creación de un mercado mayorista para la compra de insumos por parte de los trabajadores por cuenta propia constituye un paso de avance para el desarrollo de estas formas de gestión no estatal. “Existe un per cápita de productos mensuales que pueden adquirir los clientes, atendiendo a la actividad que realizan y a la disponibilidad de los productos”, afirmó Francis Herrera Chacón, especialista de la Empresa Mayorista de Productos Alimenticios y Otros Bienes de Consumo.

El arroz, la harina, el azúcar, los huevos tienen todos los meses un plan establecido, debido a la alta demanda. “Desde la concepción del plan de la economía para el 2021, - acotó Herrera Chancón- se definieron cantidades de estos productos que cada mes se van a entregar, no solo en La Habana, sino en los Mercabales de cada provincia. Esto no quiere decir que el per cápita satisface toda la demanda que tienen esta formas de gestión no estatal, pero garantiza un número de productos que pueden adquirir todos los meses”.

El Ministerio de la Industria Alimentaria es el principal proveedor, pues estas actividades tienen su esencia en la elaboración de alimentos. La funcionaria destacó que se ofertan materias primas que les permitan a los trabajadores por cuenta propia producir alimentos, u otros productos listos para la venta, como refrescos y bebidas.

Hay otros proveedores del MINAL que se han incorporado de acuerdo con su disponibilidad como Los Portales, Bucanero, Bravo, Nestlé, Ember, Papas Company, Stella, entre otros.

El diseño de la página garantiza que a cada actividad se le asigne los productos que necesiten para satisfacer sus necesidades y la cantidad que se puede ofertar. “Hay productos que se le asignan a una actividad específica, por ejemplo, las coberturas de chocolate son para los que tienen licencia de panadero- dulcero, sin embargo algunos restaurantes y cafetería plantean que ellos también elaboran dulces y necesitan este producto. En estos casos, si hay disponibilidad del producto se incluye para la adquisición de estos TCP”, dijo Héctor Erremayor Morales, director de la Unidad Básica.

En lo que va del 2021 se han vendido más de 5 millones de pesos en el Mercabal de Barrio Obrero y en el mercado mayorista de 26 y 35, aproximadamente 15 millones de pesos, en este último, la cifra aumenta; debido a un producto de alta demanda como es el cigarro.

Al referirse al tema de los precios de los productos la especialista de Grupo de Alimentos dijo que ellos se rigen por la resolución de Ministerio de Finanzas y Precios para la venta a los trabajadores por cuenta propia. Esta norma establece que los productos tengan el precio minorista con un descuento de hasta el 20 %, siempre que no hayan perdida para el mercado. “Por lo tanto, los productos que el costo del proveedor permita el descuento del 20% se le realiza o se le descuentan otras cuantías. Hay otros productos que por su costo no llevan descuento como es el caso del huevo”, indicó.

Asimismo aseguró que existen bienes que tienen precios centralizados instituidos por el Ministerio de Finanzas y Precios y otros son designados por el presidente del Grupo de Alimentos.

Productos del mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

Productos que se pueden adquirir en el mercado mayorista de alimentos (Mercabal) de 26 y 31. Foto: Abel Padrón Padilla

El vinagre es otro de los productos presentes en el mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

Clientes se abastecen en el mercado mayorista de alimentos (Mercabal) de 26 y 31. Foto: Abel Padrón Padilla

Productos del mercado mayorista de alimentos (Mercabal) de 26 y 31. Foto: Abel Padrón Padilla

Productos del mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

Surtido de productos del mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

El ron es otra de las mercancías que se pueden adquirir en el mercado mayorista de alimentos (Mercabal) del Barrio Obrero. Foto: Abel Padrón Padilla

(Tomado de Cubadebate)

miércoles, 29 de mayo de 2019

¿Qué pasó con la Zona Franca de Berroa?: un comentario y una pregunta.


El dogma del monopolio del comercio exterior por el Estado en el socialismo mató el proyecto de Zona Franca de Berroa concebido por CIMEX al inicio de los años noventa del pasado siglo a raíz de la amplia experiencia de esa empresa en la compra de mercancías en la Zona Libre de Colón, Panamá, para las tiendas que vendían en divisas durante los años ochenta del pasado siglo.

La ventaja de ya tener en suelo cubano los productos en el momento en que hacían falta fue desaprovechada en aras de iniciar el proceso de compra en el exterior por una empresa del MINCEX, o autorizada para ello, cuando el ente interesado tuviera la disponibilidad de divisas necesarias para ello. Eso de que tiempo es dinero no solo vale en el capitalismo.

En la Zona Franca de Berroa las mercancías de propiedad de los comerciantes extranjeros estaban físicamente en Cuba, pero no habían pasado la aduana y podían permanecer hasta un año en el país. No había que ir al extranjero a comprarlas.

Pese al férreo cerco de la Aduana General, cuando el comprador recibía la autorización para ello podía ir a Berroa a comprar lo que le hiciera falta y encontrara en sus almacenes. Porque la Aduana no permitía ni permite la importación por un ciudadano cubano de algo que tenga “fines comerciales”, aunque hoy en día existan más de 600.000 trabajadores autorizados para ello.

“Si la montaña no va hacia Mahoma, Mahoma va hacia la montaña” y es lo que han decidido hacer las autoridades panameñas al conceder una visa libre por 30 días a cualquier cubano que quiera ir a comprar a ese país y que puede adquirir los dólares (balboas para los panameños) en el mercado libre de la calle que existe en Cuba.

Los panameños no creen en dogmas y son pragmáticos. Por ello venden más de 20.000 millones de dólares anuales en la Zona Libre de Colón, la segunda más grande del mundo después de la de Hong Kong en China (que queda en un país socialista, aunque con un régimen especial).

No está de más señalar que las mercancías existentes en una Zona Franca constituyen capital extranjero transitoriamente radicado en Cuba que nada le cuesta al país, lo que va de la mano con la ley para las inversiones extranjeras en Cuba. Yo mismo llegué a tener hasta un millón de dólares en mercancías en mi almacén en Berroa enviadas a consignación por empresarios extranjeros.

¿Alguien se atreverá a retomar esta idea en las presentes circunstancias en que se plantea establecer un nuevo modelo económico y social para Cuba, desafiando al “Santo Oficio” Ideológico encargado de conservar la pureza del socialismo cubano?