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martes, 1 de septiembre de 2026

Sanciones de EE.UU. estrangulan principales sectores económicos de Cuba. Comentario HHC

Las sanciones golpean empresas estatales y mixtas, junto a funcionarios gubernamentales, altos mandos militares, directivos de empresas y de organizaciones.





La Empresa Cuba Petróleos (Cupet), eslabón clave en la cadena de exploración, extracción, gestión y comercialización de combustibles estuvo entre las primeras empresas estatales sancionadas

Foto: Jorge Luis Baños/IPS)

La Habana, 31 ago.-  Las empresas estatales cubanas que hasta ahora podrían haber estar operando y generando algunos ingresos en divisas están en la diana de las sanciones de la administración estadounidense de Donald Trump, con su inclusión en una lista que, en menos de cuatro meses, ha impactado a importantes sectores económicos de Cuba.

Mediante la Orden Ejecutiva (OE) 14404 Imposición de sanciones a los responsables de la represión en Cuba y de las amenazas a la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos, emitida por el presidente estadounidense el pasado 1 de mayo de 2026, los departamentos de Estado y del Tesoro y su Oficina de Control de Activos Extranjeros  (OFAC) han intensificado la estrategia de máxima presión con cerca de 40 entidades sancionadas.



¿Qué significa estar en la lista negra?

 

    • Congelación de bienes (cuentas bancarias y propiedades) en Estados Unidos.
    • Ninguna persona o empresa bajo jurisdicción estadounidense puede realizar transacciones con integrantes de la lista.
    • Sanciones aplicables a empresas o bancos de otros países que hagan negocios con entidades o personas sancionadas.
    • Exclusión del sistema financiero global vinculado a Estados Unidos.

Hasta el momento, la administración estadounidense ha sancionado a entidades y personas relacionadas con sectores de la economía como los hidrocarburos, turismo, minería, comercio exterior, metalurgia, finanzas, transporte y puertos, construcción y contratación de personal.

Las designaciones en la lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (SDN) han estado dirigidas a cortar los ingresos y debilitar las redes comerciales e industriales, poniendo en jaque tanto a la ya escasa producción de bienes, como a servicios esenciales y a las ventas minoristas, que se traducen en tiendas desabastecidas.

Los argumentos empleados se sustentan en la defensa de la seguridad nacional de Estados Unidos ante una supuesta amenaza a sólo 90 millas, algo que especialistas nacionales y observadores internacionales coinciden en considerar “exagerado” y La Habana rechaza en cada ocasión, denunciando además “el genocidio que intenta asfixiar a todo un pueblo”.

La inclusión en el listado contempla la congelación de bienes e intereses patrimoniales en Estados Unidos, con sanciones para personas o entidades extranjeras que operen en sectores clave de la economía cubana como energía, defensa y materiales conectados, metales y minería, servicios financieros o seguridad de la economía cubana.

“Cualquier persona que proporcione servicios a estos actores sancionados corre el riesgo de ser sancionada. Los bancos extranjeros y otras empresas que proporcionen servicios a estas entidades deben congelar esas actividades de inmediato”, advirtió el secretario de Estado Marco Rubio, de origen cubano.

Rubio ha advertido a Cuba que las sanciones continuarán y que en la isla no habrá “válvula de escape” ante la presión de la administración de Donald Trump por cambios significativos.

Junto a las empresas, han sido sancionados funcionarios gubernamentales, desde el propio presidente Miguel Díaz-Canel y personas de su círculo familiar, ministros, altos mandos militares, directivos de empresas y de organizaciones.




La Oficina de Control de Activos Extranjeros es la entidad del Departamento del Tesoro encargada de aplicar sanciones económicas y comerciales a países y grupos de personas supuestamente implicados en actividades de terrorismo, tráficos de drogas y otras.

La lista negra

La primera ficha en caer fue el  Grupo de Administración Empresarial S.A. (Gaesa), considerado el brazo financiero y comercial del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, al que se atribuye el control de sectores clave de la economía, entre estos, el turismo,  puertos, comercio minorista y parte del sector bancario.

El argumento usado en esta designación, el 7 de mayo, fue “operar o haber operado en el sector de servicios financieros de la economía cubana”. Junto a Gaesa fue incluida la minera Moa Níquel, empresa de riesgo compartido con la canadiense Sherritt en la provincia oriental de Holguín, que decidió disolver de inmediato sus empresas conjuntas en Cuba, generando un proceso de venta de activos que la puso en manos de la entidad estadounidense.

A partir de entonces otras entidades estatales del sector empresarial, incluso fuera del universo de Gaesa S.A., han sido sancionadas con cierta periodicidad por el gobierno estadounidense:

4 de junio

  • Minera La Victoria S.A.: empresa conjunta cubana de extracción de oro creada por la entidad australiana Antilles Gold Ltd y la empresa estatal cubana Geominera S.A.
  • Amistur Cuba S.A.: Agencia de viajes asociada al Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos, entidad también sancionada de conformidad con la OE 14404.

11 de junio

  • Unión Cuba-Petróleo (Cupet): empresa dedicada a la extracción, refinamiento y producción de crudo en la isla. El ministro cubano de Energía, Vicente de la O Levy, también fue sancionado.

23 de junio

  • Almacenes Universales S.A: empresa cubana de logística y almacenamiento especializada en servicios de almacenamiento, manipulación y transporte, incluyendo actividades portuarias. Controla el tráfico de contenedores en la Zona Especial de Desarrollo del Puerto de Mariel.
  • Rafin S.A.: servicios financieros, opera como un componente clave de gestión financiera del conglomerado Gaesa.
  • Banco Financiero Internacional S.A.: institución bancaria comercial absorbida por Gaesa en 2016. Gestiona la gran mayoría de las transacciones que involucran a entidades extranjeras que operan dentro de Cuba.
  • Geominera S.A.: empresa estatal bajo la jurisdicción del Ministerio de Energía y Minas, aprovecha la inversión extranjera de la empresa australiana Antilles Gold y otras compañías para administrar los activos minerales metálicos no niquelosos de Cuba. Administra la minera La Victoria S.A., sancionada en conformidad con la Orden Ejecutiva 14404 el 4 de junio de 2026.
  • Empresa Siderúrgica José Martí (Antillana de Acero): mayor productora de acero en bruto de Cuba, fue objeto recientemente de un proceso de modernización y expansión en colaboración con entidades rusas.

13 de julio

  • Corporación Antillana Exportadora (Antex S.A.): agencia exportadora de fuerza de trabajo a Angola.
  • Enetec S.A.: entidad estatal cubana dedicada a la importación y exportación de combustibles y lubricantes.
  • Coreydan S.A.: entidad estatal cubana dedicada a la importación de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos relacionados.
  • Grupo Empresarial del Comercio Exterior (Gecomex): organización estatal dedicada al control, importación y exportación de productos esenciales. Considerado canal de recaudación de capital estatal y control del flujo de bienes internacionales.
  • Organización Superior de Dirección Empresarial Caudal S.A.: entidad estatal cubana especializada en seguros, reaseguros, servicios financieros y servicios profesionales relacionados.
  • Grupo Empresarial de Transporte Marítimo Portuario (Gemar): entidad estatal cubana dedicada a la administración de puertos, operaciones de carga/descarga y flota marítima, facilitación logística de envíos y operaciones comerciales.
  • Ministerio del Turismo: organismo de la administración central del Estado, rector de la actividad turística en Cuba, exceptuando al grupo Gaviota S.A. de Gaesa.

23 de julio

  • Ceiba Investments: empresa con sede en la isla europea de Guernsey que invierte en bienes raíces cubanos, cuya filial panameña (Ceiba MTC Properties Inc.) asumió la propiedad total de una antigua empresa conjunta de Gaesa luego de que esta fuera sancionada, dedicada a la gestión de inversiones extranjeras enfocadas en turismo y desarrollo comercial, generación de ingresos directos.
  • Empresa de Energía S.A. (Enersa): empresa importadora de gas, gas licuado y lubricantes.
  • Einarbo S.A.: empresa importadora de gas, gas licuado y lubricantes procedentes de México e India.
  • Terminal de Contenedores de Mariel S.A.: principal terminal de contenedores en Cuba ubicada en el puerto de Mariel, en la provincia de Artemisa. Transfirió el puerto de Mariel a Coral Marítima S.A., a mediados de junio, en una transacción para evadir sanciones.
  • Coral Marítima S.A.: empresa sancionada por haber actuado o pretendido actuar directa o indirectamente en nombre del sancionado Grupo Empresarial de Transporte Marítimo Portuario (Gemar).
  • Orbit S.A.: procesador de remesas controlado “casi con certeza por Gaesa”, según el Departamento de Estado.
  • Comercializadora de Servicios Médicos Cubanos S.A.: empresa estatal exportadora de servicios de salud internacionales que gestiona las misiones médicas cubanas, la principal fuente de divisas de Cuba. Es sancionado el ministro de Salud Pública, José Ángel Portal.

6 de agosto

  • Empresa Cubana Importadora y Exportadora de Productos Técnicos (Tecnoimport): filial de Gaesa, dedicada a la importación de productos técnicos, incluidos equipos militares, en nombre del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ambos sancionados por el Departamento de Estado el 7 de mayo y el 4 de junio de 2026, respectivamente.
  • Sociedad Mercantil Duna S.A.: importación de productos y de equipos de índole militar desde China y Rusia.
  • Unión de Industrias Militares: conglomerado militar dedicado a la producción y reparación de armas y equipos militares para las Fuerzas Armadas Revolucionarias, así como a la modernización de armamento de origen ruso.
  • Empresa Militar Industrial Yuri Gagarin: empresa militar que tiene como misión el mantenimiento y la reparación de helicópteros y aeronaves de uso militar.
  • Empresa Cubana Exportadora e Importadora de Servicios, Artículos y Productos Técnicos Especializados S.A.: importación y exportación de equipos, tecnología, materiales de construcción y otros bienes. Presta servicios directamente a los sectores de defensa y seguridad cubanos.

20 de agosto

  • Acinox Comercial: empresa estatal cubana que facilita la importación y exportación de productos metalúrgicos y equipos industriales.
  • Empresa Importadora Exportadora y Comercializadora de Metales (Metalcuba): facilita la importación de productos industriales pesados, incluyendo combustibles especializados y componentes metálicos, en nombre de actores estatales y no estatales.
  • Ministerio de la Construcción: organismo de la administración central del Estado, órgano rector y constructor estatal de obras de infraestructura pública y hoteles.
  • Empresa de Níquel Ernesto Che Guevara: extracción, refinación y procesamiento industrial de derivados del níquel en la provincia de Holguín, clave en la generación de divisas por exportaciones mineras de propiedad estatal.
  • Grupo Empresarial Geominero Salinero: exploración y explotación de minerales no metálicos, metales preciosos y sal.
  • Empresa Central de Abastecimiento y Ventas de Equipos de Transporte Pesado (Transimport): importación de vehículos, maquinaria pesada y equipos de transporte para el sector público.
  • Empresa Comercializadora de Artículos (Consumimport): importación de bienes de consumo comercial, electrodomésticos y piezas de repuesto, financiamiento del aparato estatal mediante la centralización comercial de importaciones de consumo.
  • Corporación de Abastecimiento al Turismo (Coratur S.A.): entidad dedicada al suministro e importación de insumos alimentarios y logísticos para la red hotelera.
  • Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales (Acorec S.A.): suministro y contratación de fuerza laboral cubana a firmas extranjeras acreditadas.

Las medidas han tenido alcance también en centros dedicados a la ciencia:

  • Centro de Investigaciones del Petróleo: entidad perteneciente a Cupet y dedicada a la investigación y desarrollo de los combustibles, la exploración petrolera y las energías futuras. (2026)
Comentario HHC: Las medidas descritas van mucho más allá de un simple castigo político. Constituyen un asedio económico integral diseñado para desmantelar el modelo de gestión estatal cubano. Sus implicaciones son profundas y se pueden dividir en varios planos:

1. Implicaciones Económicas: El "Estrangulamiento por Capas"

Bloqueo a los ingresos clave: Al sancionar a Cupet (energía), Moa Níquel (minería) y la Comercializadora de Servicios Médicos (principal fuente de divisas), muestra que EE.UU. ha identificado y atacado los tres pilares que generan dinero duro para el Estado cubano.

Aislamiento financiero absoluto: La inclusión de bancos (Banco Financiero Internacional) y procesadoras de remesas (Orbit S.A.) busca desconectar a Cuba del SWIFT y del sistema interbancario mundial. Esto no solo impide que Cuba cobre por sus exportaciones, sino que también dificulta que pueda comprar alimentos, medicinas o repuestos en el mercado global, ya que ningún banco internacional querrá arriesgarse a ser "sancionado secundariamente" (el efecto dominó que menciona el texto).

Efecto en la inversión extranjera: La sanción a empresas mixtas (como Moa Níquel con Sherritt o Minera La Victoria con Antilles Gold) tiene un efecto disuasorio brutal. Cualquier inversor extranjero sabe ahora que asociarse con el Estado cubano conlleva un riesgo de ser incluido en la lista SDN, lo que seca la inversión extranjera directa para el futuro.

2. Implicaciones Políticas y de Gobernanza

Criminalización del Estado Mayor: Al sancionar no solo a empresas, sino a ministros, al presidente Díaz-Canel y a altos mandos militares (FAR), el gobierno de EE.UU. está equiparando la función gubernamental con una actividad delictiva a los ojos de su legislación. Esto busca generar inestabilidad institucional, sugiriendo que cualquier negociación futura debe excluir a la actual cúpula dirigente.

Guerra contra el holding militar (Gaesa): El texto revela que el núcleo del ataque es Gaesa, el conglomerado de las FAR. Al descapitalizar a Gaesa, EE.UU. golpea el "Estado mayor económico" de la revolución, intentando romper el vínculo entre el poder militar y el control de la economía turística y portuaria.

3. Implicaciones Humanitarias y Sociales (El daño colateral)

Desabastecimiento y carestía: El texto menciona "tiendas desabastecidas" y afectación a la importación de alimentos y bienes de consumo (Coratur, Consumimport). Al cortar el crédito y las cadenas logísticas, las sanciones impactan directamente en la canasta básica familiar, generando escasez de combustible, alimentos y medicinas.

Afectación a la salud y la ayuda humanitaria: Señala que el impacto llegó incluso a la ayuda humanitaria de Naciones Unidas. Esto es especialmente grave porque implica que las sanciones, aunque dirigidas al Estado, obstaculizan la llegada de suministros esenciales para la población civil, un efecto que el derecho internacional humanitario considera problemático.

4. Implicaciones Geopolíticas: El Efecto "Búmeran"

Empuje hacia otros aliados: Al cerrar las puertas de Occidente, EE.UU. fuerza a Cuba a reforzar su dependencia de Rusia y China. Se alude a modernización con "entidades rusas" y compras desde China, lo que demuestra que, aunque el bloqueo busca aislar a Cuba, lo que consigue es integrarla más en el bloque de países anti-occidentales.  Y  Rusia con su guerra en Ucrania, no mantiene un comercio activo y dinámico  con Cuba. Los BRICS son una alternativa.

Tensión con aliados de EE.UU.: Sancionar a filiales de empresas canadienses (Sherritt) o australianas (Antilles Gold) genera roces diplomáticos con aliados tradicionales de Washington, que ven perjudicados sus intereses comerciales legítimos.

Menos mal que EEUU dice que su sistema es de libre comercio. Practica la hipocresia , arbitrariedad, e ilgalidad como politica de Estado. Hay ademas cobardia, porque el principal afectado es el pueblo cubano.

Todo esto significa

- Violación de la Carta de la ONU (Artículo 2.4) y del principio de no intervención en asuntos soberanos.

- Aplicación ilegal de sanciones unilaterales sin autorización del Consejo de Seguridad.

- Imposición de medidas extraterritoriales que violan la soberanía de terceros Estados.

- Configuración de un castigo colectivo y violación del Derecho Internacional Humanitario.

Afectación grave y sistemática de los derechos humanos fundamentales de la población cubana, incluyendo el derecho a la salud, la alimentación y el agua.

En resumen y detalle y cito:

" 1. Violación del Principio de No Intervención y la Soberanía Nacional

Este es el pilar fundamental de las violaciones denunciadas. El derecho internacional, consagrado en el Artículo 2(4) de la Carta de la ONU, prohíbe la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado. Las medidas unilaterales son consideradas una forma de coerción que vulnera este principio.

Coerción económica para doblegar la voluntad de un Estado: El bloqueo es una "medida coercitiva unilateral" destinada a presionar a Cuba para que cambie su sistema político y económico, lo que la Corte Internacional de Justicia (en el caso Nicaragua vs. EE.UU.) ya calificó como un acto ilícito de intervención .

Extraterritorialidad: Las sanciones pretenden imponer la ley estadounidense a terceros países, violando su soberanía al obligarlos a suspender el comercio legítimo con Cuba bajo amenaza de represalias . Esto ha sido condenado por la UE como una violación de las normas de comercio internacional .

2. Violación del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y el Castigo Colectivo

Se considera que el bloqueo y el cerco energético constituyen un castigo colectivo contra la población civil, una práctica prohibida por el DIH, que exige distinguir entre objetivos militares y la población civil, y prohíbe medidas que causen sufrimiento a la población por motivos de represalia.

El cerco energético como "bloqueo naval": Al impedir la llegada de combustible (esencial para hospitales, plantas de agua y producción de alimentos), la medida es comparada con un bloqueo naval, considerado un acto de guerra contra la población civil .

Obstaculización de la ayuda humanitaria: Las sanciones a entidades logísticas y financieras dificultan la llegada de suministros humanitarios esenciales, incluyendo los de Naciones Unidas, lo que vulnera las normas del DIH que protegen el acceso a la asistencia humanitaria .

Genocidio económico: El gobierno cubano califica las medidas como un "acto de genocidio", argumentando que buscan asfixiar a la población para provocar una crisis humanitaria que derive en un cambio de régimen . Expertos de la ONU han advertido que la medida podría "conducir a una grave crisis humanitaria" .

3. Violación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos

Las sanciones afectan la capacidad del Estado cubano para garantizar los derechos económicos y sociales más básicos de su población.

Derecho a la salud: El bloqueo petrolero y las sanciones han provocado el colapso de la cadena de frío para medicamentos y vacunas, la suspensión de cirugías y el cierre de servicios médicos .

Derecho a la alimentación y al agua: La falta de combustible para la generación eléctrica y el transporte impide la producción y distribución de alimentos, y compromete el suministro de agua potable .

Derecho a un nivel de vida adecuado: La ONU ha señalado que las sanciones están causando el "desmantelamiento" de los sistemas de alimentación, sanidad y suministro de agua, afectando de manera desproporcionada a los más vulnerables .
4. Ilegalidad de las Sanciones Unilaterales

Las sanciones unilaterales son ilegítimas porque no han sido autorizadas por el Consejo de Seguridad de la ONU, el único órgano con competencia para imponer sanciones internacionales obligatorias .

Sanciones secundarias: Estados Unidos impone sanciones a empresas y bancos de terceros países que comercian con Cuba, lo que es considerado una violación de la igualdad soberana de las naciones y una intromisión en sus asuntos internos .

Rechazo internacional mayoritario: La Asamblea General de la ONU ha votado durante más de tres décadas (con una abrumadora mayoría de países, incluyendo 165 en 2025) a favor de poner fin al bloqueo, condenándolo como contrario al derecho internacional . El Grupo Africano y la UE han manifestado su rechazo a estas medidas por su impacto humanitario y su violación de las normas de comercio ".