Introducción
Realizar
un diagnóstico del funcionamiento de las primeras cooperativas creadas en Cuba
fuera del sector agropecuario pudiera parecer un tanto apresurado, pues ellas llevan
operando no más de nueves meses. No obstante, este análisis pudiera resultar
útil si se considera que ellas están presentando problemas significativos cuya
solución en algunos casos no sería tan complicado implementar, y que se podría
evitar que las cooperativas que se creen en el futuro sufran de ellos.
Para
evaluar el funcionamiento de las cooperativas no agropecuarias (también
conocidas por sus siglas como CNA) es necesario tener en cuenta los objetivos
que con su promoción se persiguen, los cuales son referidos en la primera
sección de este trabajo. En la segunda sección, se describe el marco legal que,
con carácter experimental, fue aprobado para la creación y funcionamiento de
las cooperativas no agropecuarias, y se analizan algunas de sus deficiencias.
Se mencionan a continuación las propuestas de cooperativas que han sido
aprobadas y las que finalmente han sido constituidas legalmente. En la cuarta
sección se sistematizan los principales resultados encontrados al estudiar un
número significativo de cooperativas no agropecuarias ya en funcionamiento,
enfatizando los problemas que ellas han encontrado. Finalmente se ofrecen
algunas recomendaciones para ayudar a que en este proceso de promoción de
cooperativas no agropecuarias --inédito en nuestro país y en gran medida en el
mundo, pues pocos países se han propuesto convertir un gran número de empresas
estatales en cooperativas-- se obtengan los resultados esperados.
Objetivos
de la promoción de cooperativas no agropecuarias
Poco
después del triunfo de la Revolución se comienzan a fomentar distintos tipos de
cooperativas agropecuarias en distintas etapas y circunstancias del proceso
revolucionario. Pero estas organizaciones socioeconómicas estuvieron
restringidas al sector agropecuario, por la influencia de la concepción que el
socialismo soviético tenía de ellas y de la empresa estatal como única forma de
propiedad social (Piñeiro, 2012: pp. 82-84). Sin embargo, respondiendo al
llamado del Presidente Raúl de la necesidad de realizar cambios estructurales y
conceptuales de nuestro socialismo, se comienza a vislumbrar la cooperativa
como una de las formas empresariales del llamado sector “no estatal” en
expansión. Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la
Revolución[1]
y declaraciones oficiales plantean que las cooperativas deberán jugar un rol
importante en el nuevo modelo económico cubano, e incluso se les reconoce como
una forma socialista de propiedad colectiva
(Lineamiento 25).
El
principal objetivo de la promoción del sector no estatal es lograr mayores
niveles de eficiencia y productividad de la economía cubana. Así, el proceso de
promoción de cooperativas en Cuba está guiado explícitamente por los siguientes
objetivos:
Ø Transferir actividades
económicas no fundamentales del sector estatal al sector no estatal de la
manera más socializada posible
Ø Permitir a las empresas
estatales concentrarse en sus actividades principales contratando a
cooperativas los servicios de apoyo y otras actividades secundarias
Ø Generar empleo estable y no
precario como alternativa para los trabajadores redundantes en las empresas
estatales, y para la población en general
Ø Satisfacer necesidades de los
territorios, ofreciendo bienes y servicios deficitarios con calidad y a precios
asequibles para la población
Ø Aumentar y diversificar la
oferta de servicios y bienes de consumo de manera socialmente responsable y
autosustentable
Como
ha sido expresado por el Presidente Raúl Castro, el Vicepresidente Marino
Murillo y otros funcionarios[2],
y se refleja en las normativas aprobadas, las cooperativas son vistas como
formas empresariales preferibles o priorizadas a la empresa privada o Trabajadores
por Cuenta Propia (TCP), porque ellas son más socializadas. Es decir, se
reconoce que estas organizaciones socioeconómicas generan y distribuyen la
riqueza de forma más equitativa y justa: todos los asociados de la cooperativa
son dueños con el mismo derecho a participar en la toma de decisiones, órganos
de dirección y en el control, y las utilidades repartibles se distribuyen según
la contribución de trabajo y no de capital.
Así,
la expansión y consolidación de las cooperativas en nuestra economía y sociedad
busca lograr los objetivos antes mencionados y, al mismo tiempo, promover y
avanzar los principios y valores éticos de la construcción socialista.
Marco
legal de las cooperativas no agropecuarias
El
marco legal que permite la puesta en marcha de cooperativas no agropecuarias de
manera experimental fue aprobado finalmente el 11 de diciembre de 2012 con la
publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria no. 53[3],
que contiene 5 normativas:
1)
Decreto-Ley
305 – establece la conceptualización de las cooperativas no agropecuarias y otros
aspectos fundamentales de su constitución, funcionamiento y extinción
2)
Decreto-Ley
306 – establece el régimen especial de seguridad social que se les aplica
3)
Decreto
309 – establece su reglamento general
4)
Resolución
570 – establece el procedimiento de licitación de locales estatales que podrán
ser arrendados por cooperativas
5)
Resolución
427- establece el régimen impositivo y otras normas sobre contabilidad y
precios
Estas
regulaciones establecen la posibilidad de crear cooperativas de trabajo
colectivo y cooperativas de productores a partir de la asociación de varios TCP.
Es decir, aún no son legisladas las cooperativas de consumidores ni las de
segundo grado.[4]
A diferencia de experimentos anteriores y lo normado para los TCP, no se
establecen limitaciones ni en cuanto a las actividades siempre que sea de
interés social, ni en cuanto a en qué territorios podrán ser creadas.
El
Decreto-Ley No. 305, en su artículo 2.1, establece que las cooperativas no
agropecuarias se definen como “una organización con fines económicos
y sociales, que se constituye voluntariamente
sobre la base del aporte de bienes y derechos y se sustenta en el trabajo de sus socios, cuyo objetivo
general es la producción de bienes y la prestación de servicios mediante la
gestión colectiva, para la satisfacción del interés social y el de los socios.” También se le reconocen los siguientes
principios:
§ Voluntariedad
§ Cooperación
y Ayuda Mutua
§ Decisión
colectiva e igualdad de derechos de los socios
§ Autonomía
y sustentabilidad económica
§ Disciplina
cooperativista
§ Responsabilidad
social, contribución al desarrollo planificado de la economía y al bienestar de
sus socios y familiares
§ Colaboración
y cooperación entre cooperativas y con otras entidades.
Una
cooperativa puede tener como mínimo tres miembros o “socios”. Estos deben ser
residentes permanentes en Cuba, ser mayores de 18 años y estar aptos para las
labores productivas que realizará la cooperativa. Todos los socios de una
cooperativa deben aportar trabajo, con independencia de cualquier otro aporte
que hagan.
La
legislación establece el procedimiento para la creación de cooperativas a
partir tanto de la iniciativa de grupos de personas como a partir de entidades
estatales, ya sean empresariales o gobiernos locales. Permite que entidades estatales
que deseen “deshacerse” de unidades empresariales en funcionamiento o darle uso
a instalaciones hoy inutilizadas pongan esos locales a disposición de
cooperativas. En el primer caso, los trabajadores, si están interesados en
formar una cooperativa y arrendar el local, tendrán prioridad. Pero en caso que
el local esté en desuso, o que los trabajadores no estén interesados, se
realizarán licitaciones abiertas y públicas.
La
Resolución No. 570 del MEP que detalla las regulaciones para la licitación previa
al arrendamiento de los locales estatales que se decida pasar a la nueva forma
de gestión. Los arrendamientos serán por 10 años prorrogables por iguales
períodos, sin límites.
En
esta primera fase de la experiencia solo está prevista la licitación para los
locales actualmente cerrados, pues se supone —por lo planteado por la política
y funcionarios estatales— que los colectivos que trabajan actualmente en los
locales en utilización que se está pensando cooperativizar sean consultados
previamente para asegurar que están interesados en pasar a ese tipo de gestión.
No obstante, en el caso que los trabajadores de una unidad empresarial cuyo
organismo superior decida cooperativizar no estén interesados en crear una
cooperativa que gestione la unidad bajo contrato de arrendamiento, los
trabajadores se declaran “disponibles” y se le aplican los procedimientos
correspondientes[5]
y el local pasa a ser licitado.
Procedimiento
de creación de cooperativas no agropecuarias
El procedimiento
para la creación de cooperativas no agropecuarias consta de las siguientes
fases o etapas:
·
Propuesta
y evaluación
·
Aprobación
·
Negociación
·
Constitución
El Decreto-Ley 305
y Decreto 309 establecen el procedimiento para presentar la propuesta de
cooperativa no agropecuaria y hasta la constitución y registro legal de esta.
La aprobación durante esta fase experimental será potestad del Consejo de
Ministros (CM), a solicitud de la Comisión de Implementación de los
Lineamientos (CIDEL), la cual recibirá propuestas de los Consejos de Administración
de los gobiernos municipales (Consejos de Administración Municipales- CAM), a
través de los Consejos de Administración de los gobiernos provinciales (Consejos
de Administración Provinciales- CAP) correspondientes, y de empresas estatales,
a través de su Organismo de la Administración Central del Estado (OACE)
correspondiente.
Las
propuestas que surjan de la iniciativa de grupos de personas deberán ser
presentadas en el gobierno municipal donde piensan realizar la actividad. En La
Habana se decidió que las propuestas sean recibidas en las direcciones
municipales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
En
este diagrama se describe el proceso:
Si su origen es por iniciativa del grupo de socios
potenciales:
- Las propuestas se entregan a los
CAM donde se vaya a realizar la actividad
- El CAM las eleva al CAP
- EL CAP al OACE “organismo rector de
la actividad” correspondiente
- El OACE a la CIDEL
- La CIDEL analiza lo plateado por el
CAP y OACE y sugiere aprobación o no al CM
- CM aprueba según recomendación de
la CIDEL
Si su
origen es por inducción de entidades estatales:
- Las propuestas las entrega el CAP u
OACE a la CIDEL
- Si CAP, al OACE correspondiente
- El OACE al CIDEL
- El CIDEL al CM
- CM aprueba
Los interesados en
crear una cooperativa pueden crear lo que han llamado una “cooperativa en
formación” y designar un “comité gestor” que se encargue de los trámites de
constitución--y licitación para los casos en que se esté buscando un local
estatal—o contratar a terceros para ello. Estas organizaciones socioeconómicas
pasan a adquirir personalidad jurídica cuando se inscriban en el Registro
Mercantil, después de haber realizado la asamblea constitutiva ante notario.
Funcionamiento
El
Decreto 309 describe el funcionamiento de los órganos de dirección,
administración y control de la cooperativa. Respondiendo al principio de
gestión democrática que define a estas organizaciones, es la Asamblea General
de todos los miembros de la cooperativa la que elige a los integrantes de los
restantes órganos mediante voto secreto y directo. La Asamblea General además modifica
los estatutos, define en los estatutos cómo distribuir las utilidades, decide
sobre la incorporación de nuevos asociados, controla a los órganos de
dirección, entre otras decisiones importantes de la cooperativa.
Como
los TCP, las cooperativas no agropecuarias podrán operar en cualquier moneda,
podrán abrir cuentas bancarias en ambas monedas. Asimismo, los precios de venta
de las cooperativas serán formados por oferta y demanda; excepto algunos bienes
y servicios muy específicos que por su importancia en el consumo de la
población el Estado decida regular (arroz, chícharos, papas, cigarro, ron,
transporte, etc.). A diferencia de los TCP, ellas tienen personalidad jurídica
como una empresa.
Otra
ventaja que disfrutan las cooperativas respecto a los TCP es que ellas tendrán
la posibilidad de acceder a los insumos que vende el Estado —ya sea mediante
proveedores minoristas como mayoristas— con un 20% de descuento en relación a
los precios minoristas. Aquellas que sean formadas a partir de empresas
estatales también podrán continuar accediendo a los insumos que le eran
asignados a través del Plan, recibiendo este 20% de descuento. Incluso en el
caso de algunos insumos, se podrán vender de manera planificada a aquellas
cooperativas que realicen actividades relacionadas con “intereses sociales”.
Además, podrán importar y exportar a través de las agencias estatales ya
existentes.
Estas
organizaciones deben aplicar la norma específica de contabilidad para las
cooperativas no agropecuarias no. 7, anexo único de la Resolución 427 del
Ministerio de Finanzas y Precios. El
patrimonio de la cooperativa, que consta del capital inicial y todos los demás
bienes y derechos de la cooperativa, es propiedad colectiva de todos los socios
de la cooperativa. El capital de trabajo inicial se constituye a partir de los
aportes dinerarios de los socios (para los cuáles no se establece un mínimo) y
los créditos bancarios que se le otorguen.
Como
es la práctica internacional, las cooperativas deberán destinar parte de sus
utilidades para fondos obligatorios (solo la Reserva para Pérdidas y
Contingencias, que deberá tener más del 2% de los gastos y hasta el 10% de
estos) y no obligatorios (operaciones, inversiones, actividades
socio-culturales, etc.) que ella decida tener. Inicialmente, mientras no se
logre que la Reserva tenga el mínimo establecido, deberán destinar a los fondos
el 50% de las utilidades, y ya después un 30%.
Se
acepta la contratación de fuerza de trabajo solo hasta un período máximo de 3
meses y de manera que sea igual o menor que el 10% de las horas-hombres que
suman los asociados.
Se
espera que las nuevas cooperativas no agropecuarias sean socialmente
responsables hacia las comunidades aledañas y, en algunos casos, participen del
sistema de planificación de la economía. Aunque esto último aun no ha quedado
esclarecido cómo ocurrirá, se sabe que las cooperativas podrán comprar insumos
del Estado que serán desagregados hasta ellas cuando se elaboren los planes; lo
cual no implica que no puedan comprar otros insumos y de distintos proveedores.
También resulta relevante que algunas cooperativas creadas a partir de unidades
estatales establecerán compromisos de satisfacer encargos estatales, es decir,
de asegurar el suministro de bienes y servicios que se consideren de interés
social a precios acordados.
Supervisión
No
se subordinarán administrativamente a ninguna entidad estatal, aunque sí
“metodológicamente” pues el organismo que rige la actividad correspondiente, la
cual será declarada en el objeto social de la cooperativa (el cual debe ser
identificado para su constitución), velará porque ellas respeten las normas
técnicas y de calidad de sus actividades.
Por
otro lado, no se concibe en este momento la creación de una institución que
supervise el funcionamiento de las cooperativas, por lo que el órgano,
organismo o entidad nacional que autorice la constitución de las cooperativas
será responsable directo del apoyo, control y evaluación de la experiencia; y
deberá hacer esto sin interferir en su autogestión. Así, los gobiernos
municipales y ministerios serán los encargados de controlar que las
cooperativas cumplan con las normativas, incluyendo aquellas relacionadas con
su gestión democrática.
Régimen
tributario
Como
establece la Resolución no. 427 del Ministerio de Finanzas y Precios, las
cooperativas no agropecuarias deberán pagar impuestos sobre utilidades, ventas,
servicios y por la utilización de la fuerza de trabajo, en caso que contraten
más de 5 trabajadores. Además de los beneficios especiales ya declarados en la
nueva Ley Tributaria 113 (un 5% menos en la contribución a la seguridad social,
es decir, de un 20% en lugar del 25% que pagan los TCP; y en la escala del
impuesto sobre utilidades que va del 10 al 45% en lugar del 15 y hasta 50% para
los TCP), ellas podrán deducir del impuesto sobre las utilidades del 100% de
los gastos (justificando solo el 60%) y una exención igual al salario medio de
la provincia multiplicado por el número de miembros de la cooperativa, es
decir, es una exención per cápita. Esta exención es adicional a los 10 mil
pesos que ya consideraba la Ley 113 y que también disfrutan los
cuentapropistas. Además, se les eximirá del pago de todos estos impuestos por
los primeros tres meses de operaciones.
Como
establece el Decreto-Ley 306, sobre el régimen especial de seguridad social de
los socios de las cooperativas no agropecuarias, ellas deberán realizar
contribuciones a la seguridad social según un régimen especial. Los miembros de
cooperativas cuentan con todas las prestaciones de la seguridad social del
régimen general (protección por enfermedad, accidentes profesionales o no,
maternidad, invalidez total y a su familia en caso de muerte), y a diferencia
de los TCP que contribuyen con una base de un 25%, la base para los
cooperativistas es de un 20%.
Financiamiento
Para facilitar el
financiamiento de estas cooperativas, se creó un fondo fideicomiso del
Presupuesto del Estado que será gestionado por los bancos a partir de las
normas emitidas por el BCC, que será destinado en forma de créditos blandos a
aquellas cooperativas que por sus condiciones iniciales no sean sujeto de
crédito. Como establece el DL 305, este
fondo será a partir de una reserva del presupuesto del Estado que se le va a
dar al sistema bancario para que este otorgue créditos. Estos créditos deberán
ser otorgados fundamentalmente para capital inicial. Las cooperativas podrán
además solicitar créditos a los bancos comerciales, en condiciones similares a
una empresa estatal. Hasta enero de 2014 el 73% de las cooperativas aprobadas
en los dos primeros grupos habían solicitado créditos.
Carácter
experimental
Este marco legal
tiene un carácter experimental. Se ha declarado públicamente la intención de
eventualmente aprobar una Ley General de Cooperativas como existe en la mayoría
de los países (Castro, 2012a; 2012b; Leyva, 2012; Rodríguez et al, 2012).
Aspectos más relevantes
del marco legal
- solo se permiten cooperativas de trabajadores y productores (asociación de TCP)
- mínimo de socios es tres
- todos los socios deben aportar trabajo
- contratación de trabajadores asalariados solo temporal
- sin subordinación, solo “metodológicamente” supervisadas por ministerio correspondiente
- se registran en el registro mercantil, adquiriendo personalidad legal como empresa
- no están limitadas a realizar ciertas actividades, siempre que sea de interés social
- utilidades deben ser distribuidas de acuerdo al trabajo; solo es un fondo de reservas obligatorio
- libertad para poner precios, excepto para los bienes o servicios con “impacto social” (hasta ahora solo transporte de personas, venta de cigarro, tabaco y ron)
- pueden comprar insumos de empresas estatales a precios minoristas con 20% de descuento; algunos serán asignados por el estado
- podrán importar y exportar vía agencias estatales
- podrán arrendar establecimientos estatales por períodos de 10 años, prorrogables
- recibirán un trato preferencial en relación a otras formas de gestión no estatales:
o
tienen
prioridad en las licitaciones
o
pueden realizar actividades no permitidas para TCP
o
la
carga tributaria es aproximadamente 50% de la de los TCP:
•
contribuyen
5% menos a la Seguridad Social (5% menos que los TCP)
•
la
escala para el cálculo del impuesto sobre utilidades es 5% menor en cada
rango (10-45% en lugar de 15-50% para
TCP)
•
pueden
deducir todos los gastos, excepto los anticipos (TCP solo hasta el 60%)
•
pueden
deducir el salario medio provincial multiplicado por el número de socios
•
disfrutan
de un período de gracia por los tres primeros meses desde su constitución
o
pueden
comprar insumos a empresas estatales a precio mayorista menos un 20%
o
pueden
recibir créditos blandos de bancos estatales
Principales
deficiencias del marco legal
El marco legal de las nuevas cooperativas ha
nacido con algunas deficiencias o incógnitas que es de esperar sean resueltas
cuando avance el proceso de promoción cooperativa, o al menos cuando se elabore
la Ley General de Cooperativas.
1)
En primer lugar, destaca
la ausencia de una institución que supervise el funcionamiento interno de las
cooperativas, en particular lo relativo el acatamiento de las normas de gestión
democrática y los derechos y deberes de los asociados. Esta es la práctica en
el mundo porque se ha aprendido que solo institución una entidad (estatal o
autónoma) que se especialice en atender a las cooperativas está preparada para
fiscalizar estos aspectos de la gestión de estas organizaciones.
2)
En segundo lugar, parece
aconsejable crear una organización que represente los intereses de las nuevas
cooperativas ante el Estado, que podría conformarse como consejos de
cooperativas desde el nivel municipal al nivel nacional y que, entre otras
tareas, podría cumplir funciones similares a las que hoy realiza la ANAP en
relación a las cooperativas agropecuarias.
3)
Como
ha sido reconocido por las propias instituciones implicadas en éste, el
procedimiento para la creación de cooperativas es demasiado complicado,
demorado y está supeditado a la voluntad administrativa. Si bien es deseable
que las empresas cooperativas que se creen estén en consonancia con los
intereses de los territorios y sectores en que se creen y que por tanto
coordinen sus actividades con los gobiernos locales y ministerios
correspondientes, estos objetivos pueden lograrse sin que las propuestas de
cooperativas sean rehenes de la voluntad de estas instituciones. De hecho, al
mismo que tiempo que debe racionalizarse el procedimiento de creación de
cooperativas, deben establecerse procedimientos o espacios de coordinación
(diferenciados, pues no lo mismo sirve en todos los territorios o sectores) de
manera que se cumplan los objetivos ya mencionados y las cooperativas que se
creen realmente respondan lo más posible a las necesidades de los territorios y
contribuyan al desarrollo de la economía nacional mediante su creación o
consolidación de cadenas productivas, desarrollo y difusión de tecnologías,
etc.
En cuanto al
procedimiento para la creación de cooperativas, una vez constituida la
institución de supervisión de cooperativas mencionada en el primer punto, se
podría simplificar el proceso de manera que la solicitud sea entregada
directamente a esta con el aval del gobierno local y ministerio
correspondiente, y sea esta quien decida y notifique a la futura cooperativa,
gobierno local y ministerio correspondientes. Deberían establecerse plazos de
respuesta y algún proceso de apelación para cuando la decisión sea desfavorable
y los interesados estén en desacuerdo con la decisión del instituto.
4)
En
el procedimiento para la creación de cooperativas no se contempla que la
iniciativa de convertir una unidad empresarial estatal a cooperativa pueda
venir de los propios colectivos de trabajadores estatales. Dado que las
cooperativas más exitosas son aquellas que surgen por iniciativa de las
personas que las conforman, es recomendable dar espacio a estos casos y, más
aún, promover que se conviertan en la regla más que en la excepción. En lugar
de la empresa decidir qué unidades empresariales va a cooperativizar y después
consultar a los trabajadores si están de acuerdo o no, resultaría más acertado
que la empresa promueva un proceso de formación básica sobre cooperativismo y
después ofrezca a los colectivos de trabajadores de las unidades la posibilidad
de autoproponerse ellos. Así, los trabajadores de las unidades que decidan
cooperativizarse que no deseen ser parte de la cooperativa tendrían la opción
pasar a las unidades que no se cooperativicen con la garantía de empleo en el
sector al menos por cierto tiempo; esto sería útil sobre todo para trabajadores
de edad avanzada que estén esperando retirarse y no deseen cambios tan
substantivos en su vida laboral.
5)
El
procedimiento para la creación de cooperativas de origen estatal debería hacer
más explícita la importancia de que los trabajadores de las unidades
empresariales que se esté considerando cooperativizar sean informados con
suficiente tiempo para que ellos mismos puedan decidir si están dispuestos o no
a formar una cooperativa, antes de
que la empresa u organismos superior decida hacerlo.
6)
Relacionado
con lo anterior, el procedimiento de creación de cooperativas, para los casos
de inducidas de origen estatal, infringe en cierta medida el principio de
voluntariedad pues los trabajadores estatales deben escoger si integrarse a una
cooperativa o resultar “disponibles”. Para que esto no coopte la decisión de
integrarse a la cooperativa y la haga forzada, deben ofrecerse realmente
alternativas de empleo en otras unidades estatales de la empresa, como se
mencionó en el punto anterior, u otras opciones.
7)
Sorprende
la ausencia del principio de educación e información entre los principios
cooperativos que se identifican. El hecho de que nuestra población tenga un
alto nivel de instrucción no elimina la importancia y necesidad de que los
miembros de las cooperativas dominen las particularidades organizativas y éticas
de esas organizaciones. También es necesario destacar la relevancia de los
mecanismos para el flujo de información de manera que los socios estén
debidamente informados acerca de la situación de la cooperativa y las
implicaciones de las decisiones que ellos tomen.
8)
Relacionado con lo anterior, y a pesar de que
la “política para la creación de cooperativas no agropecuarias” aprobada en la reunión del Consejo Ministros
del 31 de marzo de 2012 establece la intención de requerir la capacitación
antes de la creación de una cooperativa, esto no está presente en el marco
legal aprobado. Es decir, no aparece como requisito para ser socio haber
recibido capacitación sobre cooperativismo. Dada la importancia de que cada
persona que se asocie a una cooperativa, sea directivo o no, maneje al menos un
conocimiento básico sobre qué es una cooperativa y cómo funciona, sería
recomendable que esta capacitación se diera antes y quizás como requisito de su
incorporación. Para ello habría que certificar instituciones que pueda brindar
estos servicios, al menos una en cada provincia. Esto debería también mejorar
la calidad de la capacitación. Una vez creado el instituto cooperativo, una de
sus funciones podría ser certificar a las instituciones que están preparadas
para brindar estos cursos. Así, deberían recibir una capacitación mínima sobre
cooperativismo todos los miembros fundadores y todas las personas que decidan asociarse
posteriormente.
9)
También
reflejando que no se reconoce la importancia de la educación cooperativa –a pesar
de que ella es considerada por estudiosos de las cooperativas con la “regla de
oro” del cooperativismo—, la normativa no establece la obligatoriedad de crear
una comisión de educación y ni siquiera un fondo de educación para garantizar
los gastos que toda labor educativa conlleva.
10) Asombra además que no se exija
la creación de un fondo social por la cooperativa. La existencia de este fondo
facilitaría que las cooperativas cumplan con el principio de responsabilidad
social, de compromiso con el desarrollo local. Debe reconocerse que, aunque las
cooperativas por el tipo de organización interna que tienen y en particular su
gestión democrática pueden estar más propensas a internalizar intereses de las
comunidades aledañas, lo anterior no sucede de forma espontánea en todos los
casos. Por lo que es importante reiterar este compromiso y crear un marco
institucional propicio al interior de la cooperativa; y por supuesto también en
sus relaciones externas.
11) Relacionado con lo anterior, en los
expedientes de propuestas de cooperativas –aunque sí se exige el análisis del
impacto ambiental de la cooperativa— no se exige un análisis del impacto social
que tendrá la cooperativa (ver artículo 9 del Decreto 309). La presencia de
este punto en los expedientes promovería que las cooperativas reflexionen sobre
qué podrían hacer y que no deberían hacer para cumplir con el principio de
“responsabilidad social, contribución al desarrollo planificado de la economía
y al bienestar de sus socios y familiares” (inciso f del artículo 2 del
Decreto-Ley 305)
12) Debe establecerse un tiempo
mínimo para realizar la convocatoria a las asambleas generales. Dado que en las
asambleas se toman decisiones vinculantes para todos los socios hayan estado o
no presentes, es importante que la convocatoria se haga con suficiente tiempo
para que la mayor cantidad de socios puedan asistir, sobre todo si se tomarán
decisiones importantes.
13) En el Decreto 309 pareciera confundirse el rol
de Presidente con el rol de Administrador, para el caso de cooperativas de
mayor número de miembros donde se hace necesario separarlos.
14) No se prevé la participación de
mediadores en conflictos internos en la cooperativa, cuando la práctica general
es evitar recurrir a tribunales mediante el uso de mediadores externos. La
función de mediar en los conflictos internos de las cooperativas que así lo
soliciten podría ser una de las funciones del Instituto de cooperativas.
15) Pareciera que se establece un
tope para la parte de las utilidades que las cooperativas pueden destinar a sus
fondos colectivos, cuando debería permitirse que aquellas cooperativas que
deseen nutrir más sus fondos colectivos lo puedan hacer.
16) Se está incumpliendo lo
planteado en la disposición final sexta del Decreto-Ley 35 donde se plantea que
se emitirá el Reglamento para las cooperativas de segundo grado antes de los
360 días posterior a la publicación en la Gaceta Oficial el 11 de diciembre de
2012. Y no existe ninguna información si se está trabajando al respecto. Si
bien las cooperativas de segundo grado quizás no serán todavía necesarias para
la mayoría de las cooperativas no agropecuarias recién creadas, sí son muy
necesarias para las cooperativas agropecuarias pues les facilitaría la
comercialización de sus productos de forma directa a los consumidores y el acceso
a insumos, tareas que solo tienen sentido económico a escalas de producción
mayores.[6]
No obstante, algunas cooperativas no agropecuarias incluso ya han identificado
las ventajas que les significaría poder asociarse con otras en cooperativas de
segundo grado.
Cooperativas no agropecuarias aprobadas y constituidas
Hasta
el momento han sido autorizadas 498 cooperativas. Estas han sido aprobadas en
cuatro grupos,[7]
como parte de las medidas que toma el Consejo de Ministros en las reuniones que
realiza mensualmente.
Como
se puede apreciar en la siguiente tabla, la mayoría, el 77%, son de origen
estatal, es decir, creadas a partir de unidades empresariales estatales. El
resto son propuestas por iniciativa de grupos de personas.
Tabla 1. Cooperativas no agropecuarias
autorizadas, origen estatal o no estatal.
Grupos Aprobados
|
Total
|
De Origen Estatal
|
De origen No Estatal
|
I
|
126
|
114
|
12
|
II
|
71
|
33
|
38
|
III
|
73
|
41
|
32
|
IV
|
228
|
196
|
32
|
Total
|
498
|
384
|
114
|
Fuente:
CIDEL, mayo 2014.
Según
declaraciones de Yuleinis Borges Driggs, funcionaria del CIDEL y directora del
equipo que atiende el tema de cooperativas en el Grupo Estatal de
Perfeccionamiento Empresarial (GEPE), de las autorizadas, 6 no serán
constituidas porque posterior a su aprobación los potenciales socios decidieron
no crear la cooperativa, quedando 492 cooperativas posibles de constituirse.[8]
De ellas, 244 ya han sido constituidas (según se puede comprobar en el registro
de cooperativas) y quedan 248 en proceso de constitución: 2 del grupo I, 16 del
grupo II y 228 del grupo III; y todas las de grupo IV porque aún no se publica
el acuerdo del Consejo de Ministros tomado en la reunión del 1ro de marzo
(Martínez y Puig, 2014).
Las actividades que
realizan o realizarán las cooperativas aprobadas son las siguientes:
Tabla 2. Actividades
y número de cooperativas autorizadas (marzo 2014).
Actividad
|
No. de coops
|
%
|
|
1
|
Gastronomía
|
213
|
42.9
|
2
|
Comercio
minorista de productos agropecuarios
|
101
|
20.3
|
3
|
Construcción
y producción de materiales de construcción
|
68
|
13.7
|
4
|
Servicios
personales y técnicos
|
32
|
6.4
|
5
|
Comercialización
de aves
|
17
|
3.4
|
6
|
Recuperación
de desechos
|
15
|
3.0
|
7
|
Transporte
de carga y servicios al transporte
|
11
|
2.2
|
8
|
Producción
y reparación de muebles, cerámica, confecciones textiles, clavos de herrería,
calzado, talabartería y plásticos
|
11
|
2.2
|
9
|
Transporte
de pasajeros
|
6
|
1.2
|
10
|
Servicios
contables
|
6
|
1.2
|
1
|
Producción
y servicios decorativos
|
5
|
1.0
|
12
|
Servicios
de energía
|
5
|
1.0
|
13
|
Producción
de alimentos y bebidas
|
3
|
0.6
|
14
|
Servicios
técnicos de mantenimiento y reparación de equipos
|
3
|
0.6
|
15
|
Impresiones
gráficas, decoración e interiorismo
|
2
|
0.2
|
Total
|
498
|
Fuente:
Elaborado por la autora a partir de CIDEL, mayo 2014.
Como se puede
apreciar, abarcan diversas actividades, destacándose la gastronomía (43%), el
comercio minorista de productos agropecuarios o “agromercados” (20%), la
construcción y producción de materiales de construcción (14%) y los servicios
personales y técnicos (6%).
De
las cooperativas autorizadas hasta el momento, las provincias que más cooperativas
tienen son La Habana (63%), Artemisa (14%), Matanzas (4%) y Mayabeque (3%) y
Pinar del Río (2%). Pero hay al menos una en cada provincia. La provincia que
menos cooperativas aprobadas tiene es Las Tunas, con 2 cooperativas.
Gráfico
1. Cooperativas autorizadas, distribución por provincia (marzo 2014)
Fuente: Elaborado por
la autora a partir del CIDEL, mayo 2014.
Principales resultados del
diagnóstico preliminar
A continuación se describe
la investigación realizada para diagnosticar la situación de las cooperativas
no agropecuarias. Se mencionan los logros más importantes que están teniendo
las cooperativas pero se brinda especial atención a las dificultades que están
presentando.
Descripción de la investigación
Se
realizó, junto con otros colegas de la ANEC[9],
una investigación donde se visitaron 29 cooperativas en las provincias de La
Habana y Artemisa, lo que representaba el 12.9% de las 224 constituidas hasta
el momento en que se comenzó la investigación (y, si se considera solo las 141
cooperativas constituidas en La Habana hasta el momento, la muestra representa
el 20.6%). El trabajo de campo se realizó en febrero, marzo y abril de 2014. La
muestra fue seleccionada estratégicamente, buscando en primer lugar que
estuvieran en operación por más de un mes, así como variedad en las actividades
y localización geográfica dentro de La Habana. Por cuestiones de logística, no
fue posible investigar cooperativas en los 4 municipios más alejados de La
Habana (Habana del Este, Arroyo Naranjo, Cotorro y Regla). Pero esto no impacta
significativamente sobre la representatividad de la muestra porque en esos
municipios solo existen cooperativas de agromercados y unas pocas de
construcción, actividades que son ampliamente investigadas en los otros
municipios. Ver Anexo 1 para una descripción de la muestra.
En
todo caso, muchos de los resultados obtenidos fueron confirmados en las
declaraciones de las cooperativas que participaron en el Primer Taller
Provincial de Cooperativas de La Habana que tuvo lugar el 16 de abril de 2014
en la CNA Karabalí auspiciado por la ANEC Provincial. Encuentros de
cooperativas en Centro Habana, La Habana Vieja y Playa también confirmaron
estos resultados.
Las
técnicas utilizadas en la investigación fueron la entrevista y la observación.
En el Anexo 2 se puede ver la guía de preguntas de la entrevista y observación.
Como se puede apreciar, el objetivo fundamental de la investigación fue conocer
la situación de las cooperativas no agropecuarias ya constituidas y, en
particular, las principales dificultades que estas están enfrentando.
Logros de las cooperativas no agropecuarias
No
obstante, debe reconocerse también los siguientes resultados positivos o logros
que están teniendo la mayoría de las nuevas cooperativas:
• aumento de ingresos de los
trabajadores, casi triplicados como promedio
• se percibe mayor unión entre los
socios, trabajo en equipo y colaboración
• aumenta motivación ante el
trabajo: cumplimiento de los horarios, de las normas técnicas, disciplina
laboral
• distribución de tareas sin mirar
cargos o profesiones, de manera que se logra el multioficio y reducir la
división entre el trabajo directo (manual) y el indirecto (administrativo o
intelectual)
• mejor cuidado de los medios de
trabajo, y mayor iniciativa para su mantenimiento y reparación
• ahorro de recursos: uso del
teléfono, electricidad, agua e insumos en general.
• mejora del control interno, y
mayor interés de todos por éste
• la mayoría se esfuerza por
superarse en temas contables y económicos y de estrategia, para mejorar la
gestión; en algunos casos se piensa en que estos conocimientos básicos los
deben manejar todos los socios para facilitar la toma de decisiones
• algunas han dado préstamos a
socios con problemas
• algunas están intentando atender
problemas sociales
Dificultades que presentan las cooperativas no
agropecuarias
A
continuación se listan las principales dificultades encontradas en las
cooperativas investigadas:
§ Problemas relacionados con la
creación de las cooperativas
o Contrario a lo que pálidamente sugiere la ley
(ver puntos 4 y 5 de la sección sobre las principales deficiencias del marco
legal) y contrario a lo que plantean estar haciendo los organismos, en un
número considerable de cooperativas inducidas de origen estatal (sobre todo los
mercados agropecuarios y unidades de gastronomía) sus socios sienten que la
decisión se les impuso, que realmente no les preguntaron si querían formar una
cooperativa o no, sino que más bien les “informaron” que se iba a crear una
cooperativa y que si no querían quedarían disponibles.
o Relacionado con lo anterior, el hecho de que
si los trabajadores deciden no integrarse a la cooperativa quedan disponibles resulta
en que algunos (pocos) trabajadores plantean que preferirían trabajar bajo la
gestión estatal pero no les quedó otra opción que aceptar hacerse miembros; lo
cual atenta contra el principio de voluntariedad (esto resulta de lo planteado
en el punto 6 de la sección anterior en que se analizan las principales
deficiencias del marco legal)
o Todo lo anterior se agrava por el hecho de
que en algunos casos de cooperativas inducidas de origen estatal hubo muy poco
tiempo entre que se les informó la decisión de cooperativizar y se constituyó
la cooperativa. Así, es necesario asegurar que todos los trabajadores de los colectivos laborales que se consideren
factible cooperativizar reciban con suficiente antelación la información básica
de qué es una cooperativa y cómo funcionaría su cooperativa si decidieran
convertirse en una, de manera que al paso de un tiempo prudencial ellos
trasmitan si están de acuerdo o no en crear una cooperativa.
o En algunas cooperativas la elección de los
directivos no fue mediante voto secreto. Esto ocurrió en algunas cooperativas
de pocas personas. Pero en cualquier caso, y sobre todo en las de cooperativas
inducidas, es importante que las personas no sientan ninguna presión a la hora
de elegir sus directivos.
o Los estudios de factibilidad económica
aparecen como un formalismo. En primer lugar, en cooperativas de origen estatal
están siendo realizados por los ministerios y en muchos casos sin ni siquiera
consultar a los socios potenciales. Estos estudios deberían ser elaborados por
los propios socios potenciales, y revisados por los organismos involucrados en
el proceso de creación de cooperativas con mayor calidad, para que no suceda lo
que está sucediendo que las cooperativas han planificado ventas mayores de lo
que es realmente posible y han tenido que cambiar las fichas de costo, sobre
todo en las inducidas. Esto es importante pues de la calidad de este estudio de
factibilidad dependerá en gran medida el éxito o fracaso económico de la
cooperativa. Para lograr estudios de factibilidad realmente útiles y fiables,
un instituto cooperativo podría ofrecer estos servicios a los proponentes,
directamente o poniéndoles en contacto con otras organizaciones que los
brinden.
o Las personas que tiene propuestas de
cooperativas por iniciativa colectiva (de “origen privado”) están
desestimulados por la demora del trámite de aprobación, sobre todo porque no
existen plazos para las respuestas de las instituciones involucradas y sienten
que tienen que estar en constante vigilancia de su propuesta para asegurar que
sea considerada y no se quede en algún archivo. Así, mientras no se mejore el
procedimiento de creación de cooperativas, deberían establecerse plazos de
respuesta y estrechar los vínculos entre las instituciones involucradas de
manera que se incremente la calidad de los análisis del proceso y se acorte el
tiempo de respuesta.
o El término “de origen privado” que se utiliza
para referirse a cooperativas que surgen por iniciativa colectiva genera
confusión pues las hace parecer similares a las empresas privadas (TCP) cuando
en realidad son empresas de propiedad (tienen titularidad sobre su patrimonio,
aunque pueden arrendar locales y equipos) y gestión colectiva, ni estatal ni privada.
§ Problemas relacionados con la
capacitación e información
o Fue de 6 a 10 horas en los mejores casos, en
algunos casos solo 2 horas o no se realizó.
o Fue solo sobre temas legales, explicando los
decretos de la Gaceta 53.
o Fue impartida por personas sin experiencia en
el tema.
o Pudieron asistir solo unos pocos (uno o dos
en los mejores casos) socios de cada cooperativa.
o Deficiente cultura cooperativa, sobre todo en
los mercados agropecuarios y unidades de gastronomía, donde en muchos casos los
ahora socios mantienen en gran medida la misma mentalidad de cuando eran
trabajadores y administradores estatales.
o
Relacionado
con todo lo anterior, como es de esperar, se observó un amplio desconocimiento
acerca del funcionamiento y organización interna de las cooperativas en incluso
sobre aspectos legales tan básicos como los propios estatutos de sus
cooperativas. Debería tenerse en cuenta que sobre todo aquellas cooperativas
que surgen con socios de bajos niveles de educación sería recomendable un
acompañamiento bien cercano para facilitar que comprendan el nuevo modelo de
organización del trabajo en que se encuentran, así como sus responsabilidades y
derechos; y también para evitar que sean engañados por personas sin escrúpulos.
Mientras que la asesoría jurídica sería necesaria y suficiente para unas
cooperativas, otras requieren un acompañamiento más sistemático y cercano.
o Algunas cooperativas, especialmente los
agromercados comenzaron llevando solo registros primarios, no la contabilidad;
pero, gracias a que la ANEC ha impartido cursos de contabilidad para las
cooperativas[10]
y se ha insistido sobre la importancia de llevar la contabilidad, se está logrando
que esta situación mejore. La universidad también podría jugar un papel
importante vía cursos y vía trabajos prácticos de los estudiantes en los
últimos años de la carrera.
o En la mayoría de las cooperativas no se
utilizan las fichas de costo: los precios son determinados en relación con los
precios de la competencia. En el caso de los agromercados se ve que los precios
sean mayores del de adquisición de los productos.
o Desconocen el clasificador de cuentas que
estableció la Resolución 360/2014 del Ministerio de Finanzas y Precios.
o Desconocimiento sobre la legislación del Banco que favorece
préstamos para capital de trabajo e inversiones.
o Desconocen
a que sindicato pertenecen algunos.
§ Problemas relacionados con el abastecimiento
de materias primas e insumos y contratación de servicios
o En muchos casos, las empresas de donde surgen
las cooperativas de origen estatal no están cumpliendo con lo establecido en la
Segunda Disposición Especial del Decreto-Ley 305: “Las entidades que
actualmente suministran insumos o prestan servicios para actividades que se
decidan gestionar de forma cooperativa, continuarán suministrándolos o
prestándolos mediante contratos, de acuerdo con la política comercial y de
precios sin subsidios establecida, hasta tanto se desarrollen otros mercados o
fuentes de suministros o servicios, siempre que la economía lo permita.”
o En los casos en que las empresas sí se
comprometen a hacerlo en los contratos, se está incumpliendo con respecto a los
volúmenes (recibiendo nada o mucho menos que antes) y a plazos de entrega (con
demoras significativas).
o Empresas estatales que podrían actuar como
proveedoras o suministradoras de las cooperativas se niegan a hacerlo por
alguno de los siguientes motivos:
§ plantean que no tienen autorización
para venderles a las cooperativas y que no han recibido instrucciones para ello
§ niegan que las cooperativas
tengan personalidad jurídica
§ argumentan que deben priorizar a
las empresas estatales
§ expresan que las cooperativas no
agropecuarias son algo “temporal” y que temen que más adelante les sancionarán
§ plantean que cuando han
establecido contratos con cooperativas no agropecuarias y han tenido auditoría
de la Contraloría General de la República los auditores han prestado especial
atención en revisar eso, lo que crea la percepción de que están haciendo algo
indebido
Por ejemplo,
empresas de transporte, de teléfono ETECSA, de servicios de correo e internet
ENET y de gas, la Empresa Provincial de la Industria Alimentaria (EPIA), los
Almacenes Universales del GAE, empresa de materiales de construcción
IMECO-MICONS, entre otras.
o A pesar de que había sido planteado que en el
proceso de elaboración del Plan se desagregaría hasta las cooperativas, en la
elaboración del Plan 2014 esto no sucedió, quizás por las pocas cooperativas
que habían sido constituidas o simplemente aprobadas hasta la fecha. De
cualquier manera, aun no se han definido los procedimientos y espacios de
concertación que se utilizarán para ello y ya el proceso de elaboración del
Plan 2015 está próximo a comenzar.
o Así, las cooperativas de construcción, por
decisión del Ministerio de la Construcción (MICONS), solo pueden comprar
materiales de construcción en la Empresa Escambray que tiene solo tres
productos y a precios superiores a los de los rastros, mientras que hay otras
empresas del MICONS que sí tienen otros productos pero no se les permite
venderles a las cooperativas.
§ Problemas que inciden en el
aumento de sus costos de operaciones
o Las empresas suministradoras antes
transportaban los insumos hasta sus locales y ahora la transportación corre a
cuenta de las cooperativas, lo que aumenta los costos pues deben recurrir a
transportistas privados.
o El precio de los transportistas privados que
necesitan contratar para trasladar insumos, ante lo que no existe otras
opciones. Por todo lo anterior sería recomendable crear cooperativas de
transporte a partir de empresas de transporte estatales o que arrienden los
medios de transporte de las empresas que están en desuso, para que puedan
brindar estos servicios a las nuevas cooperativas, y cualquier otro actor
económico que requiera de esos servicios.
o Los altos precios de los productos en el Mercado
Mayorista “El Trigal” y puntos de venta de cooperativas
agropecuarias afectan la formación de los precios para la venta a la población
de productos agropecuarios y ha reducido de forma significativa el volumen de
ventas pues las personas compran menos ya que los precios están más altos. Como
se menciona en la sección sobre las deficiencias del marco legal, las
cooperativas de segundo grado podrían ser un instrumento importante para
acercar las producciones de las cooperativas agropecuarias a los consumidores
sin tener que recurrir a ningún intermediario y por tanto reduciendo los
precios considerablemente.
o El banco no permite que una cooperativa
compre vehículos automotores (carros, camiones) ni a un socio de la
cooperativa, ni a otra persona natural.
o Los TCP que podrían brindarles servicios (por
ejemplo, de alimentación, construcción, reparaciones, etc. no aceptan cheques
pues prefieren que les paguen en efectivo, quizás para no tener que declarar
sus ventas). Esto sugiere que debe avanzarse en la formalización de las
transacciones de los agentes económicos.
o Cuando realizan compras a empresas estatales
se les obliga a pagar al contado, negándoseles el crédito comercial e incluso
los cheques y transferencias bancarias.
o El hecho de que los bancos no ofrezcan
servicios de transferencias electrónicas, ni siquiera para las empresas
estatales, aumenta significativamente los costos de transacción. Trabajar en la
informatización de los servicios bancarios reduciría significativamente los
costos en transporte y en tiempo asociados a estas transacciones de compraventa
de las cooperativas, empresas estatales y todos los agentes económicos.
o En algunos casos, el costo del arrendamiento
del local es alto pues no necesitan todo el espacio que se les está arrendando
y no se les permite subarrendar a otros.
o Algunas cooperativas de origen estatal
alegaron que después de pasar a ser cooperativas han sido inspeccionadas con
mayor frecuencia y exigencia que cuando eran empresas estatales y en algunos
casos, les han multados por situaciones que heredaron de cuando eran estatales.
§ Problemas relacionados con la
tributación
o Los 3 meses de exención de impuestos es muy
poco tiempo para las cooperativas que están empezando desde cero, caso en que
están la mayoría de las que surgen por iniciativa colectiva (“de origen
privado”).
o Confusión en las oficinas municipales de la Oficina
Nacional de Administración Tributaria (ONAT) sobre la forma en que debe hacerse
el cálculo del tiempo de exención del pago del impuesto sobre las utilidades.
En la Resolución 427 el Resuelvo undécimo, dice: “Se eximen del pago de las
obligaciones tributarias …. los primeros tres (3) meses de operaciones,” pero
no explicita a qué se refiere. No queda
claro si la fecha de comienzo de operaciones es la fecha de registro en la
ONAT, la fecha de registro en el Registro Mercantil, la fecha del primer contrato
u otro criterio que tenga en cuenta que para algunas actividades como el
transporte la construcción y elaboración de alimentos es necesario obtener
otras licencias antes de que se pueda comenzar a operar. Lo más apropiado y
factible es quizás considerar la fecha de registro en el Registro Mercantil
como la fecha de comienzo de operaciones. Si se considera la fecha de registro
en la ONAT ello genera dificultades pues este es un requisito para abrir la
cuenta del banco y una cooperativa necesita la cuenta del banco quizás mucho
antes de que tenga todas las condiciones para comenzar a operar.
o
Desconocimiento
en las oficinas municipales e incluso provinciales de la ONAT sobre el cálculo
del impuesto sobre las utilidades y el llenado de la DJ -11.
o
Atrasos
en la disponibilidad en las oficinas municipales de la ONAT de la planilla
DJ-11.
o
La
planilla DJ-11 parece ser una adaptación de la planilla DJ08 (para los
cuentapropistas) que no tiene en cuenta algunas de las particularidades de la
legislación para las cooperativas no agropecuarias.
o
Confusión
en las oficinas de ONAT sobre el cálculo de los porcientos de los tributos a la
Seguridad Social de los socios se pagan a la ONAT y se quedan en la cooperativa
(18.5% y 1.5% respectivamente): se ha estado tomando como base para el cálculo
lo que debe aportar cada socio cuando debe ser la escala que escoge el socio.
§ Problemas relacionados con el
impacto sobre la población y la economía nacional
o
La
cooperativa que administra el mercado mayorista de productos agropecuarios El
Trigal no está exigiendo a los oferentes que proporcionen comprobantes de
compra a los compradores. Esto, además de irrespetar lo establecido (y obligar
a las cooperativas de los mercados agropecuarios a hacer los comprobantes de
compra ellos mismos) atenta la economía nacional pues da espacio para la
subdeclaración de ventas.
o
Muy
pocas cooperativas se han propuesto materializar el principio de
responsabilidad social realizando acciones que contribuyan a solucionar
problemas de sus comunidades. Los gobiernos locales deberían informar a las
cooperativas sobre las prioridades del territorio y motivarlas a que
contribuyan a su solución. Como sucede en algunos casos, los gobiernos
municipales podrían invitar a las asambleas municipales del poder popular que se
realicen sobre estos temas.
o
El
hecho de que en los medios y opinión púbica se ha difundido la percepción estrecha
y cortoplacista de las cooperativas como una forma empresarial para aumentar el
ingreso de las personas que se hacen socios, en lugar de concebirlas como
herramientas para satisfacer necesidades colectivas y sociales, ha resultado en
que en algunas cooperativas se han puesto como primer objetivo aumentar al
máximo los ingresos vía aumento de precios en lugar de reducción de costos, sin
tener en cuenta el impacto negativo que esto tiene sobre la población, sobre
todo en aquellas relacionadas con necesidades de consumo básicos de la población;
las cooperativas que administran mercados agropecuarios en particular (Estévez,
2014).
Por ello, y por
todo lo mencionado anteriormente sobre los problemas de falta de capacitación y
cohesión entre los socios de las cooperativas que administran mercados
agropecuarios, que ocurren muchos casos y lesionan también su funcionamiento
interno, debería reconsiderarse la decisión de convertir estas unidades
comercializadoras en cooperativas. En mi opinión, si el objetivo es disminuir
los precios y acercar los productos agropecuarios a los consumidores al mismo
tiempo que se incentiva a los productores a producir, las formas empresariales
más adecuadas podrían ser cooperativas de segundo grado de varias cooperativas
agropecuarias, pues los productos llegarían sin intermediarios y la ganancia de
la comercialización podría regresar a los propios productores en lugar de
quedarse en manos de intermediarios.
Además de las
cooperativas de segundo grado, y sobre todo para aquellos municipios que por su
baja capacidad de compra no sean atractivos para las cooperativas
agropecuarias, se podrían crear cooperativas de consumidores a nivel local (es
decir, cuyo crecimiento se limite al ámbito de un consejo popular o de un
municipio para aquellos municipios menos poblados) que permitan a los propios
consumidores organizarse para comprar directamente a los productores y
asegurarse un suministro estable, con calidad y a precios accesibles para sus
socios y clientes en general.
Es decir, la idea
sería que uno o varios puntos de venta sean arrendados a una cooperativa de
segundo grado o a una cooperativa de consumidores. Mientras que por la vía de
las cooperativas de segundo grado son los productores los que realizan la
logística y reciben la ganancia de la comercialización, por la vía de las
cooperativas de consumidores son los consumidores —organizados en una empresa
cooperativa— los que deben realizar la logística y decidir qué hacer con la
ganancia de la comercialización (que en estos casos es mínima pues su interés
es reducir al mínimo posible los precios). En la mayoría de los territorios las
cooperativas de segundo grado pueden ser suficientes, pero en algunos
territorios quizás serán necesarias las cooperativas de consumidores. No
obstante, en cualquier territorio puede haber interés en crear cooperativas de
consumidores, sobre todo si hay preocupación por asegurar ciertas características
de la oferta como el no uso de químicos en el almacenaje de los productos o que
los productos ofertados sean de producidos con técnicas agroecológicas,
orgánicas o de permacultura.
Conclusiones
Este
diagnóstico preliminar del proceso de creación experimental de cooperativas no
agropecuarias en nuestro país arroja que existen deficiencias, algunas de ellas
significativas, en el marco legal. Las más importantes están relacionadas con
el diseño complicado, disperso, demorado y verticalista del proceso de creación
de las cooperativas; y el hecho de que para el caso de las cooperativas de
origen estatal no propicie que se respete el principio de voluntariedad. Sorprende
que no se haya incluido la educación cooperativa entre los principios de las
cooperativas agropecuarias y que no se haga bien explícita la importancia que
esta tiene para el éxito y sustentabilidad de las cooperativas, cuando es
conocido que la falta de educación cooperativa fue uno de los factores
principales que provocaron el fracaso de un gran número de Unidades Básicas de
Producción Cooperativa (UBPC) y que atentan contra el funcionamiento de la
mayoría de las cooperativas agropecuarias.
También
destaca que en el marco legal no se establezca el papel que debería jugar una
institución que se especialice en la supervisión y promoción de las
cooperativas, así como de una organización que las aglutine y represente sus
intereses. Además de otros elementos establecidos en la normativa que atentan
contra el buen funcionamiento de las cooperativas, está el hecho de que aún no
se tiene el reglamento para las cooperativas de segundo grado, las cuales
serían muy útiles para las cooperativas agropecuarias y lograr que sus
productos sean más asequibles a la población.
La
evaluación realizada a las cooperativas no agropecuarias estudiadas demuestra
también que las nuevas cooperativas están enfrentando dificultades diversas en
el proceso de creación, la capacitación e información, el abastecimiento de
insumos, dificultades que inciden en el aumento de sus costos de operación y en
el cumplimiento de sus compromisos tributarios. Los problemas que se observan
en el proceso de creación de las cooperativas así como aquellos relacionados
con la capacitación e información, tienen repercusiones importantes no solo sobre
la calidad de las cooperativas creadas sino también sobre su sustentabilidad en
la dimensión social (las relaciones entre los socios en particular). Mientras
que aquellos relacionados con el aprovisionamiento, los costos de operación así
como algunos aspectos de la capacitación e información inciden sobre la
sustentabilidad económica de estas empresas cooperativas. Y los problemas
relacionados con la tributación atentan contra la intención de que estas
organizaciones practiquen la responsabilidad social y sean un ejemplo en este
sentido para sus pares privadas.
El
proceso de creación de cooperativas no agropecuarias tiene, además de los retos
que significa crear este tipo de organización económica y social, el gran reto
que implica que la mayoría de las cooperativas creadas –al menos en los
primeros momentos— serán de origen estatal. Esta experiencia es prácticamente
inédita en el mundo, por lo que requiere una constante evaluación crítica y la
voluntad política de que es mejor avanzar lento y bien que crear muchas
cooperativas que no sean realmente cooperativas. Por ello es fundamental el
respeto a la voluntariedad y la capacitación de todos los socios potenciales.
Como
se sabe, las cooperativas son organizaciones con objetivos no solo económicos
sino también sociales, y con principios éticos y particularidades organizativas
de gestión democrática que las personas socias de las cooperativas no van a
adoptar ni comprender, y menos ejercer, si en primer lugar los desconocen. Lograr
que todos los socios –fundadores y los que se incorporen después— conozcan
estos principios y, con la práctica, adopten los valores y comportamientos que
ellos entrañan, es una tarea compleja, pero provechosa porque es precisamente
de ahí de donde emergen los “valores agregados” de la expansión de las
cooperativas. Por ello, es de vital importancia brindarles apoyo no solo mediante
asesorías (legales, contables, administrativas y de gestión en general) sino
también mediante el acompañamiento para las más necesitadas de apoyo.
Las
nuevas cooperativas sufren también de problemas de desaprovisionamiento que
evidencian la falta de previsión que está afectando el experimento. Aunque se
sabe que también la empresa estatal sufre de desabastecimiento y que los TCP a
pesar de su autonomía son asimismo víctimas, en el caso de las cooperativas de
origen estatal sorprende que a pesar de que esté expresado en la ley e incluso
en contratos que establecieron con sus antiguas empresas, las empresas
proveedoras de bienes y de servicios no hayan estado preparadas para venderle a
las cooperativas. Similarmente, la gestión económica de las cooperativas está
siendo impactada negativamente por los altos costos de transacción que sufren
también las empresas estatales y TCP, pero además por el hecho de que sus
opciones de proveedores están bien reducidas y los que están dispuestos a
venderles lo hacen solo en efectivo.
Por
último, debe mencionarse la falta de preparación en la ONAT para atender y
guiar las nuevas cooperativas en el cumplimiento de sus deberes tributarios.
Relacionado también con la responsabilidad social que debe caracterizar a las
cooperativas, sorprende la falta de concertación entre los gobiernos locales y
las cooperativas. Si ello no ocurre se corre el riesgo de que las cooperativas
no contribuyan a satisfacer las necesidades de sus territorios, uno de los
principales objetivos de su promoción.
Así,
estas deficiencias del marco legal y dificultades prácticas que están
enfrentando las nuevas cooperativas atentan contra los objetivos que con su
promoción se persigue, los cuáles son analizados en la primera sección de este
trabajo. No será posible aumentar el peso de un sector empresarial no estatal
que genere empleo digno y no precario, que satisfaga necesidades sociales y
aumente la oferta de bienes y servicios de consumo con calidad, y que al mismo
tiempo promueva los principios y valores éticos socialistas, si estas
cooperativas surgen con su componente social desvirtuado y sin la posibilidad
de llevar a cabo exitosamente su actividad económica.
Por
tanto, considero que este experimento debe corregir algunos aspectos y
consolidarse con las cooperativas ya creadas antes de continuar creándose un
número mayor de cooperativas. Es mi opinión que se tendrán mejores resultados
si antes se “afina” el marco legal y sobre todo institucional de las
cooperativas no agropecuarias. Esto no significa que es necesario pasar un
nuevo marco legal, sino reconocer sus deficiencias y que las instituciones
estatales involucradas cumplan realmente con lo establecido y en sus
actuaciones minimicen las insuficiencias legales, las cuales comienzan por su
desconocimiento de la ley o su irrespeto de esta. Requiere también que los
directivos de las empresas estatales no menosprecien a las cooperativas y
comprendan que pueden establecer con ellas relaciones mutualmente beneficiosas.
Lo
anterior no significa detener el experimento, sino suspender la creación de
nuevas cooperativas y con la mayor rapidez posible tomar algunas medidas para
asegurar que se cuenten con las condiciones básicas para el buen funcionamiento
de las cooperativas. A manera de resumen, a continuación se sintetizan las
acciones ya recomendadas:
Ø Tomar medidas para que el
proceso de inducción de cooperativas de origen estatal respete el principio de
voluntariedad, lo que debe incluir informar a todos los potenciales socios con suficiente tiempo de antelación y
brindar alternativas reales de empleo.
Ø Poner plazos a las respuestas
que deben dar a las propuestas de cooperativas las instituciones involucradas
en las distintas etapas del proceso.
Ø Facilitar y asegurar que los
estudios de factibilidad y expedientes de propuestas sean elaborados por los
propios socios potenciales (lo ideal) o en estrecho vínculo con ellos.
Ø Revisar con mayor detenimiento
los estudios de factibilidad de las propuestas de las cooperativas, en
particular que los niveles de ventas planificadas sean más realistas (resultado
de estudios de mercado), que los costos no les hagan poco competitivos, y
promover que los precios sean formados a partir de los costos y no –bajo la
excusa de “oferta y demanda”— siguiendo comportamientos de “cartel” (fijando un
precio elevado a ser respetado por todos los ofertantes).
Ø Exigir un estudio del impacto
social como parte del expediente a presentar para la creación de una
cooperativa, de manera que se fomente que las cooperativas se propongan cumplir
con el principio de responsabilidad social y, más en concreto, el objetivo de
que contribuyan a satisfacer necesidades de la población.
Ø Alargar el tiempo de exención de
impuestos sobre las ventas y utilidades para las cooperativas que comienzan sus
actividades (a diferencia de las que se crean a partir de unidades
empresariales estatales o privadas ya en funcionamiento), idealmente hasta un
año. Aclarar qué se considera como “comienzo de operaciones”, considerando que
quizás la fecha de registro en el Registro Mercantil es más apropiada que la de
registro en la ONAT.
Ø Elevar la calidad de la
capacitación y que esta alcance a todos
los socios de las cooperativas, incluyendo a los que estén considerando
integrarse a cooperativas ya formadas; y destacar la importancia que realmente
tiene la educación cooperativa para el éxito –e incluso supervivencia— de las
cooperativas, al mismo tiempo que se ofrecen cursos y talleres como los que la
ANEC ya está impartiendo.
Ø Exigir y controlar que las
entidades estatales que tratan con las cooperativas (ONAT, banco, ministerios,
empresas proveedoras y en general) realmente se informen sobre las cuestiones
básicas de la organización y funcionamiento de las cooperativas y las
normativas que les corresponde aplicar.
Ø Realizar una campaña informativa
amplia para que todos los miembros de la sociedad tengan una información básica
sobre las cooperativas.
Ø Asegurar que todas –no a ser
designadas por un ministerio, pues esto limita mucho la oferta— las empresas
proveedoras domésticas (nacionales y extranjeras en nuestro territorio) tengan
las condiciones necesarias para contratar con las cooperativas: que tengan
instrucciones de sus organismos superiores y que en sus planes tengan en cuenta
la demanda de las cooperativas; para algunos productos –sobre todo aquellos que
las empresas tienen asignados por Plan— será necesario que las cooperativas
prevean su demanda y que la concilien con las empresas.
Ø Establecer mecanismos efectivos
para que las cooperativas puedan importar y exportar. Dada la necesidad para
algunos bienes a importar de agregar la demanda de las distintas cooperativas,
se pueden fomentar espacios de planificación y concertación entre las
cooperativas de un mismo sector, lo que facilitaría el cumplimiento del
principio de intercooperación entre ellas y abriría el camino para la creación
de cooperativas de segundo grado una vez que estas hayan sido legisladas. (Los
dos puntos anteriores están relacionados con la necesidad de que existan
tiendas mayoristas de insumos, herramientas y equipos donde puedan abastecerse
todas las formas productivas.)
Ø Facilitar la creación de
cooperativas proveedoras del servicio de transporte de carga ligera y pesada
que arrienden los vehículos de las empresas estatales que hoy se encuentran en
desuso o incluso desactivados por su mal estado, para que brinden estos
servicios a cooperativas y cualquier otra forma empresarial que lo demande;
estableciendo precios justos y no de oferta y demanda para las cooperativas y
empresas estatales.
Ø Permitir que las cooperativas
compren vehículos automotores a personas naturales.
Ø Trabajar en la informatización
de los servicios bancarios relacionados con las transferencias y los estados de
cuenta.
Ø Promover que los gobiernos
locales establezcan espacios de intercambio entre y con las cooperativas y
cooperativas en formación para fomentar que estas, desde su concepción, tengan
en cuenta las necesidades de sus territorios así como que conozcan los recursos
con que se cuenta localmente.
Ø Reconsiderar la decisión de arrendar
los mercados agropecuarios estatales a cooperativas de trabajadores, y evaluar
la factibilidad de arrendarlos a cooperativas de segundo grado (creadas
voluntariamente a partir de cooperativas agropecuarias) y cooperativas de
consumidores (que surjan por iniciativa colectiva, priorizando las cooperativas
de segundo grado); y –para todas las formas empresariales que incurran en la
comercialización de productos agropecuarios— estableciendo normas contra la
especulación e insistiendo en la idea de que la alimentación es un derecho con
el cuál no se debe pretender extraer rentas muy superiores a los costos.
Se
han depositado muchas expectativas en las cooperativas como un componente clave
del nuevo modelo socioeconómico cubano. Ya se han dado los primeros pasos, pero
aún queda mucho por hacer para alcanzarlas.
Bibliografía
Castro, Raúl. 2012a. Discurso pronunciado por el General de
Ejército Raúl Castro Ruz, Primer Secretario del Comité Central del Partido
Comunista de Cuba y Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, en la
clausura del IX Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder
Popular, en el Palacio de Convenciones, La Habana, 23 de julio de 2012 http://www.cuba.cu/gobierno/rauldiscursos/2012/esp/r230712e.html
________ 2012b. Discurso pronunciado por el
General de Ejército Raúl Castro Ruz , Presidente de los Consejos de Estado y de
Ministros, en la clausura del Sexto Período Ordinario de Sesiones de la Séptima
Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, La Habana, 18 de diciembre de 2010 http://www.parlamentocubano.cu/index.php?option=com_content&view=article&id=514:discurso%20-pronunciado-por-el-general-de-ejercito-raul-castro-ruz-presidente-de-los-consejos-de-estado-y-de-ministros-en-la%20-clausura-del-sexto-periodo-ordinario-de-sesiones-de-la-septima-legislatura-de-la-asamblea-nacional-del-poder%20-popular&catid=68:discursos-e-intervenciones-presidente-cem-raul&Itemid=162
Estévez Núñez, E. 2014. “Quién controla en
Bauta” Carta a la dirección de Granma, Granma,
14 de febrero de 2014. http://www.granma.cu/granmad/secciones/cartas-direccion/cart-363.html
Leyva, Anneris Ivette. 2012. “Pasos
acertados por un camino complejo” Granma. 24 de julio de 2012. http://www.granma.cubaweb.cu/2012/07/24/nacional/artic08.html
Martínez
Hernández, Leticia y Puig Menéndez, Yaima. 2014. “Raúl: avanzamos y seguiremos
avanzando, pero sin aceleramientos” Juventud Rebelde. 3 de marzo de 2014. http://www.juventudrebelde.cu/cuba/2014-03-03/raul-avanzamos-y-seguiremos-avanzando-pero-sin-aceleramientos/
Piñeiro Harnecker, Camila. 2012.
“Las
cooperativas en el nuevo modelo económico” en: Pavel Vidal y Omar E. Pérez
(comp.) Miradas a la economía cubana: El
proceso de actualización, La Habana: Ed. Caminos, 75-96.
_________ 2012. “Ahora que sí van las cooperativas, vamos a
hacerlo bien. Roles de las cooperativas en el nuevo modelo económico cubano.” Temas-Catalejo http://www.temas.cult.cu/catalejo/economia/Camila_Pineiro.pdf
Puig Meneses,
Yaima. 2011. “Analiza el Consejo de Ministros temas para avanzar
en la implementación de los Lineamientos aprobados por el VI Congreso del
Partido”, Juventud Rebelde, 1 de diciembre de 2011
http://www.juventudrebelde.cu/cuba/2011-12-01/mientras-menos-recursos-tengamos-mejor-debemos-planificar-y-controlar/
Rodríguez, Emilio
y Alcides López. 2011. “La UBPC: forma de rediseñar la propiedad estatal con
gestión cooperativa.” en Piñeiro Harnecker, Camila (comp.) Cooperativas y
Socialismo: Una mirada desde Cuba,
La Habana: Ed. Caminos,
337-365.
Rodríguez, José Alejandro, Margarita Barrios y Alina Perera. 2012. “Lo
más complejo está por delante.”
Juventud Rebelde, La Habana, 14 de
diciembre de 2012 http://www.juventudrebelde.cu/cuba/2012-12-14/lo-mas-complejo-esta-por-delante/
Anexos
Anexo
1. Descripción de la muestra
Actividad
|
No. de coops
|
%
|
|
1
|
Gastronomía
|
3
|
10,3
|
2
|
Comercio
minorista de productos agropecuarios
|
12
|
41,4
|
3
|
Construcción
y producción de materiales de construcción
|
4
|
13,8
|
4
|
Servicios
personales y técnicos
|
2
|
6,9
|
5
|
Comercialización
de aves
|
0
|
0,0
|
6
|
Recuperación
de desechos
|
0
|
0,0
|
7
|
Transporte
de carga y servicios al transporte
|
1
|
3,4
|
8
|
Producción
y reparación de muebles, cerámica, confecciones textiles, clavos de herrería,
calzado, talabartería y plásticos
|
2
|
6,9
|
9
|
Transporte
de pasajeros
|
2
|
6,9
|
10
|
Servicios
contables
|
0
|
0,0
|
1
|
Producción
y servicios decorativos
|
0
|
0,0
|
12
|
Servicios
de energía
|
0
|
0,0
|
13
|
Producción
de alimentos y bebidas
|
1
|
3,4
|
14
|
Servicios
técnicos de mantenimiento y reparación de equipos
|
2
|
6,9
|
15
|
Impresiones
gráficas, decoración e interiorismo
|
0
|
0,0
|
29
|
Origen
Estatal: 75,9% Origen Privado: 4,1%
Cantidad
de socios promedio: 16,9 personas Mujeres:
26,3%
Anexo
2. Guía de preguntas para la entrevista y observación
Fecha: Nombre(s) de entrevistad@(s):
1.
Nombre de la
cooperativa
2.
Dirección y teléfonos
3.
Es de trabajo
colectivo o asociación de TCP?
4.
Es de origen privado
o estatal?
5.
De ser de origen
estatal, la propuesta de crear la cooperativa surgió:
- Cómo sugerencia del organismo superior.
- Por iniciativa propia de los socios.
6.
Fecha de
constitución.
7.
Fecha real del
comienzo de las operaciones.
8.
Número de asociados
al constituirse la cooperativa.
- Si de origen estatal, cuántos de los trabajadores no se incorporaron
a cooperativa, por qué?
9.
Número de asociados
en la actualidad.
10.
Número de mujeres hay
en la cooperativa?
11.
Número de mujeres en
puestos de dirección o administración?
12.
Objeto social
aprobado.
13.
Actividades que
realizan.
14.
De dónde viene el
capital inicial:
- Fondos propios.
- Créditos. Piensan solicitar alguno?
- Otros.
15.
El local, a quién se lo
arriendan? Cuánto pagan por él? (si saben m2 ponerlo)
16.
Los equipos y
máquinas son arrendados y/o comprados por la cooperativa, o donados por
miembros?
17.
¿Recibieron
capacitación sobre cooperativismo?
De
ser positiva la respuesta anterior:
- Cuántas horas:
- En qué temas:
- Quién impartió la capacitación.
- En donde la recibieron.
- Cuantos asociados recibieron la capacitación.
18.
Preguntar si conocen
y hacer preguntas para comprobar que conocen algo de:
- Los principios del cooperativismo.
- Los estatutos.
- Sus derechos como asociados establecidos en Reglamento General
19.
¿Tienen la asesoría o
acompañamiento o apoyo de alguna institución o persona? Cuále(s)?
20.
¿Para la constitución
de la cooperativa realizaron un estudio de factibilidad?
21.
De cualquier manera,
¿el pronóstico realizado o sospechado se asemeja a la realidad?
- Han tenido que realizar inversiones no planificadas?
- El nivel de ventas esperado se ha cumplido?
22. ¿Están teniendo utilidades o pérdidas?
a.
Cuánto es lo máximo y
mínimo que un socio ha recibido como ingreso mensual?
23.
¿Cómo han decidido
los precios, han hecho fichas de costos, estudio de precios?
24.
¿Cómo llevan la
contabilidad?
- ¿Por quién? Asociado o contratado?
- ¿Qué sistema utilizan?
25.
¿Quiénes se encargan
de la administración de la cooperativa?
a.
Precisar los cargos o
cómo se distribuyen estas responsabilidades
b.
¿El presidente de la cooperativa
es parte de la administración?
26.
¿Cómo fue electo el
presidente? Hubo una lista de candidatos o estaba abierta a cualquiera?
- En cooperativas de origen estatal, es el presidente el mismo
antiguo administrador?
- Ver si de verdad tiene liderazgo?
27.
¿Tiene constituida
una comisión de control y fiscalización?
- ¿Quiénes la integran?
- ¿Qué actividades realiza la comisión de control y fiscalización?
28.
¿Se realizan
asambleas?
- Frecuencia (semanal, bimensual, mensual, menos frecuente).
- Porcentaje de socios que participa.
- Se les ha informado sobre los ingresos y gastos de la coop?
29.
¿Cómo se establece en
los estatutos la distribución de las utilidades? (equitativa, por horas de
trabajo,….)
- Si ya lo han hecho, cuál fue el máx y mín que un socio recibió?
30.
¿Convertirse en
cooperativista ha cambiado de alguna manera su vida y la de su familia?
- Ingresos
- Ambiente de trabajo
- Vida fuera de la coop
31.
Compran materias primas
o insumos a empresas o entidades estatales? Cuáles y a quién?
- Algunas de estas están contempladas en el Plan?
32.
Han contraído algún
compromiso o “encargo estatal”? En qué consiste?
33.
¿Con la creación de
la cooperativa se concibió algún tipo de contribución social? ¿Han realizado
alguna acción al respecto?
34.
Explique cuáles han
sido las dificultades internas más importantes que han presentado.
35.
Explique cuáles han
sido las dificultades externas más importantes que han presentado.
[1] Los Lineamientos fueron
aprobados por el VI Congreso del PCC en abril de 2011 después de un proceso de
consulta popular.
[2] Ver intervenciones del
presidente Raúl Castro, así como de Marino Murillo en las sesiones de julio y
de diciembre de 2012 de la Asamblea Nacional.
[4] Aunque los Lineamientos plantean la creación
de cooperativas de segundo grado, en esta etapa inicial del experimento se
estarán creando solo cooperativas de primer grado. No obstante, debe destacarse
que el Decreto-Ley No. 305 establece el límite de un año para la implementación
de las normas que regularán el funcionamiento de las cooperativas de segundo
grado. Sin embargo, este plazo ha pasado y no existe información al respecto.
[5] Ver el Decreto-ley
No. 274 y otros en la Gaceta Oficial
No. 11 del 1ro de octubre de 2010; las Resoluciones No. 32 del Ministerio del
Trabajo y Seguridad Social y No. 286 del Ministerio de Finanzas y Precios y
otras en la Gaceta No. 12 del 8 de octubre de 2010.
[6] En la actualidad los puntos de
ventas asignados a cooperativas no han logrado bajar los precios ni mejorar la
oferta en gran parte –además de otras cuestiones— porque no cuentan con la
escala adecuada que les permita disminuir costos: porque cada una tiene que
correr con los costos de transportación, resultando en gastos redundantes que
podrían reducirse si el transporte fuera utilizado para trasladar las
producciones de cooperativas cercanas a un mismo o varios puntos de venta; y
porque, dado que una cooperativa sola no puede producir con estabilidad todos
los productos que demanda los consumidores, ellas terminan comprando a otras
cooperativas, a los privados o en el Trigal, donde los precios ya están altos
por la intermediación.
[7] El “grupo” se refiere al
conjunto de cooperativas que fueron aprobadas en la misma reunión del Consejo
de Ministros, el grupo I en abril de 2013, el grupo II en julio de 2013, el
grupo III en octubre de 2013 y el grupo IV en marzo de 2014.
[8] Por diversas fuentes, se conoce
que un número mayor de propuestas de cooperativas de las aprobadas en el III
grupo no se van a crear porque sus socios cambiaron de idea o, en el caso de
las de origen estatal, porque sus socios potenciales nunca fueron realmente
consultados adecuadamente si estaban interesados en crear las cooperativas.
[9] En la realización del trabajo
de campo también participaron Mariela Hernández Delis, Directora de Actividades
Sociales de la ANEC Nacional, Danny Silvia Pérez, Directora de Organización y
Finanzas de la ANEC Nacional, Guillermo Enrique Gainza, Director de Control
Interno de la ANEC Nacional, Odalis Reinoso Gutierrez, funcionaria de la ANEC
de Diez de Octubre y Niurka Padrón Sánchez, Presidenta de la ANEC de Bauta.
[10] La ANEC ha impartido cursos de
gestión económica de pequeños negocios, curso de gestores para la creación de
nuevas cooperativas, hoy se está
impartiendo en Pinar del Río, Villa Clara, y la provincia de La Habana un curso
de Cooperativismo.
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