De que la empresa
estatal es el eslabón fundamental de la economía en nuestra sociedad no lo duda
nadie, incluso como parte de la multiplicidad de formas de propiedad, ni
tampoco que debe existir una combinación adecuada, armónica y oportuna de las
decisiones, no como muchas veces se dice, entre las que se toman centralmente y
las que se delegan a la empresa, entre otras. Se trata de una redistribución de
funciones, las llamadas estatales y de empresa, en un proceso que debería
alcanzar la “cooperación” necesaria de los diferentes niveles de dirección. Y
cooperación significa eso, no preponderancia de unas sobre otras, ni
imposiciones de unos y exclusión de otros, sino trabajo conjunto entre
iguales.
Pero el hecho cierto
es que en la práctica, no se han alcanzado los significativos cambios, ni en
las ideas, ni en las concepciones que trasciendan lo conocido, ni en su
organización interna, ni en la gestión, que es todo menos integral, y mucho
menos en las relaciones inter-empresariales, para no hablar de los
“encadenamientos” y con instituciones y organismos. Los resultados económicos y
productivos, excepciones aparte, muestran a las claras que debe haber cambios
significativos y profundos.
Para que esto
ocurra, efectivamente, hay que revisar las funciones, las atribuciones y
facultades dadas a la empresa y a los niveles superiores de dirección hasta
hoy, pero no es sólo eso. Porque ese es solo parte del problema. Pero eso no es
coser y cantar, no se trata de cambiar unas por otras.
Está estrechamente
vinculado a la propia concepción y arquitectura de la “empresa estatal”, como
forma de propiedad social y forma de gestión, que ha enrumbado por caminos de
desarrollo regresivo, desde hace tiempo, tal como muestran las experiencias
históricas reales de transformación, precisamente por no haber desarrollado un
concepto propio de la construcción del socialismo, más específicamente lo
relacionado con la gestión de la empresa estatal, como es el de “productor
asociado” o rol del productor directo en su función de dueño de los medios de
producción.
De esta manera la
empresa estatal se ha convertido en eslabón fundamental de la economía, con
supuestos poderes y para responder a los intereses de la sociedad toda, que
genera productos y servicios en función de sus necesidades, tratando de
financiarse de forma eficiente, creando excedente que se aportan a la sociedad;
y el ahorro generado de la gestión, también se aporta al Estado.
Sin entrar en otras
cuestiones, más conceptuales, y de esencia, como es el caso de la “propiedad
social” y sus diversas formas de gestión, tema aún por abrir el debate, y que
está en la base de las transformaciones económicas y sociales por acometer en
los momentos actuales, no puede dejar de mencionarse, que la visión, los objetivos, dirección, responsabilidad, las funciones,
sean cuales fueran, dependen sin embargo, de las respuestas que se den a la
“propiedad social”, y concretamente a la “empresa estatal”, en la que la
esencia pasa inevitablemente, o debe ser, “un nuevo papel del productor
directo”.
Una nueva dimensión
del colectivo laboral, poco o nada tratado hasta ahora en las transformaciones
de perfeccionamiento de la empresa estatal, que no fuera de manera formal y
declaratoria, pero muchas veces no considerado como parte esencial del enfoque
económico productivo, y que se encuentra en franco proceso de involución en los
últimos veinte años.
De
esta manera, desde una perspectiva puramente económica, si puede haberla, la
empresa estatal se caracterizaría como una entidad autónoma de producción de
bienes y servicios, en la que se integran de forma coordinada diversos medios
productivos, bajo la dirección del “productor directo”. En este sentido la
descentralización de funciones, en el contexto de nuestro desarrollo y el
llamado capital humano acumulado, se impone. Pero, la separación no debe ser
solo funcional, sino combinado a la descentralización vertical y horizontal, la
administrativa, territorial, y también de políticas; y sobre todo de nuevas
relaciones de dirección cooperada. Respecto a esto un destacado investigador
nuestro Luís Marcelo Yera opina: “La descentralización real
de funciones empresariales desde el aparato gubernamental a las empresas
correspondientes del Estado, es no sólo la respuesta lógica a los problemas de
organización que suscita el tamaño y el crecimiento, sino la vía para acercar
las decisiones calificadas al lugar de la acción y para reducir eficientemente
la dimensión del gobierno vinculado a la esfera productiva y a los servicios
mercantiles”.
El
objetivo, es la consecución de un resultado, y de un excedente a través de la
satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, pero expresadas a
través del “mercado”, de manera que este no es la bestia negra, sino parte consustancial de la planificación.
No se trata de primero y lo segundo, o antes uno y luego lo otro, sino de
satisfacer las necesidades del mercado, como parte de la planificación, que se
concreta en el ofrecimiento de productos y servicios de calidad que exige la
sociedad, con la contraprestación de un precio.
Es impensable que
todo ello pueda llevarse a cabo, con cambiar solamente más para arriba o más
para abajo las funciones principales de la empresa, dejando intacto las
relaciones externas de la empresa, y la arquitectura, no estructura solamente,
como de los organismos ramales y rectores, y también de las relaciones internas
sociales de producción; son cambios estructurales profundos, complicados y
complejos, que pueden comenzar con el primero, pero si se busca integralidad,
hay que empezar con un paquete completo armónico y oportuno.
¿Pero, qué nueva forma puede tomar esta empresa estatal?
Es la pregunta a responder, pero sea el
perfeccionamiento de la existente, u otra forma en que se expresa la propiedad
social, como pudiera ser el “arrendamiento”, desde el punto de vista jurídico
sería una unidad patrimonial autónoma,
en la que se integra un conjunto organizado de bienes, derechos y obligaciones,
bajo la responsabilidad del colectivo.
En consecuencia, hay responsabilidad por los resultados obtenidos, pero los
intereses del colectivo varían, y se acercan al productor directo, al
trabajador que gestiona la empresa, que,
bajo los principios de dirección cooperativa, tiene participación en el
excedente, y en el ahorro.
Sencillamente, hay que ponerse de
acuerdo en que los llamados factores
activos o las personas y los factores
pasivos o bienes económicos, no se contrapongan. Si los primeros forman la
dinámica de la empresa, dinámica que hoy día tiene poca, muy poca dinámica, y
actúan sobre los factores pasivos, los primeros necesitan de todas las
funciones y facultades que precisa la organización, para dirigir y gestionar
eficientemente, acorde a la dinámica “del mercado”. Entonces se trata de
dilucidar, ante todo, las funciones referidas a las personas, o el llamado
capital humano, empezando por los
reglamentos de la empresa, las relaciones de trabajo, remuneración, beneficios obtenidos, además de
calidad y precios del producto o servicio y, por supuesto, inversiones, entre
otros.
Desde luego, la base de los cambios a cometer al interior, y parte
de esto es el nuevo funcionamiento con el levantamiento de las restricciones de
todo tipo, y la propuesta de nuevas funciones, es la “socialización de la
dirección de la empresa”. Es impensable que se sigan las estructuras
organizativas actuales, ni las verticales, ni las llamadas planas, que han ido
engordando en los últimos años, tanto o más que las tradicionales. Esto implica
mayor responsabilidad del “productor directo”, con funciones que hoy se llevan
a cabo por encima de él.
De
manera que, la empresa estatal, en cualquiera de las formas de gestión que
adopte, es decir perfeccionada como parte del sistema de propiedad social, debe
asumir y dirigir básicamente el proceso de producción, o los servicios, aun
cuando los organismos estatales regulen ciertos aspectos, para que los riesgos
económicos, productivos o financieros en determinadas situaciones sean menores.
Pero,
la gestión, gestión acordada planificada, diferente de la planificación
centralizada, es más de la empresa, de su colectivo de trabajadores; su
posición en el mercado y su competitividad, son responsabilidad del colectivo;
el manejo de los fondos financieros y el aprovechamiento máximo de las
capacidades instaladas, un patrimonio, es su responsabilidad; el trabajo
especializado, y las llamadas funciones
empresariales es responsabilidad de la empresa, su conocimiento y
preparación adecuada acorde a las necesidades, lo que debe llevar al desarrollo
de capacidades requeridas del personal, aparte las capacidades adquiridas
básicas.
Las
funciones principales, tampoco son tantas como para perderse, ni elaborar
cientos de artículos de cómo llevarlo a cabo: es la gestión económica y
financiera (contabilidad, finanzas, temas fiscales), la comercialización
(mercado, ventas, marketing), la producción (diseño, calidad, organización) y
los recursos humanos o el llamado capital humano, con toda la carga actual del
tema laboral. Si esto se lleva a cabo sobre la base de la experiencia
acumulada, y todo el bagaje teórico y conceptual que nuestros empresarios,
técnicos y académicos tienen, se integra de manera coordinada, se puede
decretar la defunción del modo de hacer de la empresa estatal actual.
Que esto implica relaciones sociales,
económicas y organizativas diferentes, como también relaciones de propiedad y
de gestión, diferentes de cómo están establecidos, es cierto. Pero es el único
camino para perfeccionar el socialismo y su base económica, a partir de la
socialización de los procesos de dirección, y la responsabilidad del colectivo
laboral de la gestión; es la lógica del desarrollo de la construcción
socialista.
Este tema tiene una
amplia bibliografía, toda con origen en la ideología y base técnica y
conceptual de autores de sociedades capitalistas desarrolladas en el último
siglo y cuarto de tiempo, y profusión de bibliografía acrítica producida en los
países ex –socialistas, sin una sola propuesta original conocida, y cuando más
variaciones con mayor o menor alcance, pero con predominio casi total de
conceptos que no llevan a nuevos desarrollos necesarios de las necesarias
nuevas relaciones sociales de producción.
Profundizando en el tema, por el interés
actual, guardando distancias en tiempo y espacio, se mostrarán varias citas, de
uno de los manuales más utilizados en la década del cuarenta y cincuenta del
siglo pasado.
La propiedad es un término jurídico,
ante todo, y todos, en mayor o menor medida se refieren primero a ello. En
general significa el derecho legal a una cosa, el derecho de poseer y disponer
de una cosa. Aplicada a una empresa este
término significa el derecho a la posesión del activo de una empresa, el
derecho a determinar su política y el de recibir y disponer de los créditos
1.En este primer capítulo La Industria Norteamericana , se puede encontrar
todo el cuerpo conceptual de la actividad económica, que pasa por un el control
a mediados del siglo, hasta los tipos de propiedad.
En el mismo capítulo se dice: Como se
verá, en el término “propiedad” queda incluido propiamente el dominio sobre la
cosa que se posee. Sin embargo, desde el
desarrollo de la sociedad anónima o corporación existe cierta tendencia a
hablar de la separación de la propiedad y del dominio 2.
Se quiere decir con esto que, si bien todos los derechos de propiedad
están en manos de los accionistas, las condiciones prácticas obligan a que la
dirección de los asuntos de la sociedad pase a manos de sus funcionarios y
directores….”.
Pero el origen de tales planteamientos,
su desarrollo teórico y conceptual, hay que buscarlo en la década anterior, con
un texto fundamental que al parecer ha influido hasta nuestros días, de Adolf
Berle y Means Gardiner The Corporation
and Private Property.
En el texto, Bethel en cuanto a
controles, señala: Entre las cuestiones más importantes del presente se
encuentra la de si el gobierno se limitará a fijar y hacer cumplir las reglas
del juego o si continuará su expansión para hacerse cargo de las funciones de
la dirección industrial y llegar hasta conducir, por cuenta propia, las
empresas que eran de carácter privado 3 (como ocurre en los sistemas
socialistas).
Es necesario recordar que en ese entonces
se estaba viviendo aún una etapa marcada por la guerra en que el Estado
intervino directamente en las empresas. Los vaivenes y discusiones en el
capitalismo del papel del Estado no han cesado, y estas bases teóricas y
conceptuales, sirvieron para el desarrollo de una profusa bibliografía a partir
de los años 50 y 60 en el campo de la organización empresarial y desarrollo
organizacional.
La cuestión de primer plano (…) es
comprender claramente cómo se regula o controla hoy en día, a la empresa
industrial. El control implica poder fijar los objetivos y la política
directiva de las actividades económicas, y las relacionadas, hacer reglamentos
y regulaciones que gobiernen las operaciones económicas y determinar cómo y a
quién se deben distribuir los provechos o utilidades económicas 4.
Se continúa citando en la misma obra en
cuanto a la relación gobierno-negocios como referencia histórica, aun cuando
sea otro contexto.
El gobierno y los negocios, la política
y la economía, se han encontrado siempre íntimamente asociados de hecho. En
ciertos períodos de la historia la asociación ha sido tan íntima que ha
parecido que la vida política y la económica se hallaban bajo el dominio de un
solo grupo de personas. A veces, el grupo puramente político ha sido tan fuerte
que ha dominado las actividades de los grupos económicos 5, en
alusión evidente a la situación creada a raíz de la II Guerra Mundial en
EEUU.
Al comienzo, el control lo ejercían los propietarios-directores, (…) con la
aparición de la corporación, el control pasó a manos de directores
profesionales, a sueldo, (…) el tercer cambio en el control queda señalado por
la participación del gobierno a través de actividades económicas públicas,
juntas, comisiones y reglamentos. El cuarto desarrollo, y el más reciente, ha
sido la ascensión del trabajo organizado a una posición en la que influye
poderosamente…6 Se
refiriere a los sindicatos.
Hoy día, el control de las políticas, de
las operaciones y del fruto de la producción se halla distribuido entre los
propietarios y los directores de empresa, el trabajo organizado y el gobierno,
acuerdos tripartitos que tuvo su auge posterior, y hoy cuestionado. Como resultado de sus poderes los tres han
adquirido responsabilidad ante el pueblo en general en lo tocante al
funcionamiento adecuado del sistema industrial 7.
Hasta aquí la historia, de la que se
puede aprender mucho, sobre todo cuando se trata de hacer copias acríticas.
Se imponen entonces las preguntas
iniciales, no sólo de si se trata realmente de “separación” de funciones
estatales y empresariales, si eso es realmente posible, y preguntar a qué
conduce, que es como plantear la separación propiedad-gestión
en su estado o estadios originales, como se ve, pero que en nuestro caso no
abarca toda la problemática de propiedad social y propiedad estatal, y si esta
“distribución de funciones” responde a la necesidad actual de cambios profundos
que es necesario desarrollar de la participación real de los trabajadores a
nivel de toda la sociedad y de los colectivos laborales, de tal manera que se
produzca una cooperación efectiva de los niveles de dirección existentes.
¿No sería más consecuente pensar en que
la separación de funciones, que no es tal, hay que sustituirlo por una real
gestión cooperada de la propiedad social de la empresa estatal, en que el
Estado juega su papel y el colectivo laboral de la empresa juega su papel de
actor activo, que rompa con la cadena burocrática de la administración
burocrática estructurada y heredada en concepto y práctica de la sociedad de
clases? De esta manera no se permitiría más plenamente el ejercicio de la
propiedad social socialista, del “sistema de propiedad social”, de tal manera
que “todo el pueblo” se materialice a través de la pertenencia, posesión, adquisición y uso, que es común a todas las
formas de propiedad de los colectivos de trabajadores.
Tal es el caso de las
funciones, que el Estado asumió, a partir de la historia y prácticas de la propiedad pública y empresa pública, y
también la propiedad privada y empresa privada desarrollada en
corporaciones, que con procesos de socialización de la producción comenzaron a
hacer propuestas nuevas a partir de la década del treinta del siglo pasado.
De manera que si el
problema o cuestión práctica a resolver es la superación del estado de cosas
acerca de las funciones inherentes y excluyentes del Estado hacia la empresa-colectivos laborales, subrayado
colectivos laborales, porque, en los Lineamientos Económicos y Sociales solamente se habla de empresa en términos
jurídicos y económicos, y no sociales, los planteamientos de “separación de funciones estatales y
empresariales”, que implica una distribución de las funciones a partir de
relaciones de “separación” y no de iguales, en la que la empresa, y no
necesariamente el colectivo laboral, van a jugar un nuevo rol, con
responsabilidades que hasta ahora no tenía, la mayoría, como es el caso de los
expertos preguntados en una investigación realizada hace unos años, responderán
positivamente, que es necesario para que la empresa pueda gestionar con mayor
autonomía los recursos puestos a su disposición para alcanzar determinados
objetivos y estrategias. Pero, no es suficiente para que la mayoría ejerza su
función de dueños.
1 Bethel L.L. et al: Organización y Dirección Industrial.
2 Ídem.
3 Ídem.
4 Ídem.
5 Ídem.
6 Ídem.
7 Ídem.
*Tomado del libro “Breves reflexiones
sobre actualidad económica y social” Editorial Ciencias Sociales 2013
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