El presupuesto asistencial se amplía con los servicios sociales comunitarios. La mayoría de las madres trabajadoras de hijos con discapacidad severa reciben prestaciones equivalentes al último salario que devengaban en su centro laboral. Pero el tratamiento no es homogéneo y se infringen procedimientos establecidos. A partir de la reforma de salarios tendría que replantearse a quiénes irán dirigidos los servicios de asistente a domicilio, cuyos gastos recaen sobre las arcas estatales. Existen mecanismos para detectar irregularidades en la ejecución de los gastos asistenciales, así como vías de apelación y denuncia de quienes sientan quebrantados sus derechos de recibir protección
La atención a la niñez con discapacidad es prioridad de la política asistencial en Cuba. (Foto: www.ujc.cu).
Por DELIA REYES GARCÍA
Fotos: YASSET LLERENA ALFONSO
Cuando Tonito nació, sufrió una meningoencefalitis bacteriana que lo dejó postrado de por vida. El niño nunca supo lo que era jugar bolas, tirar una pelota, empinar chiringas en el barrio, corretear con los amigos a la hora del receso… Su madre, Ada Pérez Artega, desde hace 26 años no ha tenido consuelo. “Nadie puede imaginar el dolor, el sacrificio de cuidar un hijo en estas condiciones”, dice mientras lo peina con ternura.
Antes de salir embarazada, Ada era custodio en los molinos de Regla. Luego del nacimiento del niño, como cualquier mujer en Cuba tuvo el derecho a una licencia retribuida por un año, pero no pudo retornar al empleo por la enfermedad de Tonito. Fue entonces cuando solicitó la ayuda de la asistencia social en la dirección municipal de Trabajo de Arroyo Naranjo. “Me dieron una chequera –recuerda– que agradecí muchísimo, para cubrir gastos básicos como alimentación y medicamentos”.
Un tiempo después (2003-2004), conoció de un nuevo programa para las madres de hijos con discapacidad severa. “Fui a la oficina de Trabajo, allí me indicaron que debía buscar el expediente laboral donde estuve empleada. Pero en la empresa nunca apareció ese documento. Entonces las autoridades municipales, sin siquiera realizar una investigación, decidieron que no podía recibir los beneficios de ese programa y, en su lugar, me mantuvieron la cuantía anterior, que era inferior”, relata la madre.
A partir de enero del actual año, le incrementaron la prestación a 2 060 pesos, “pero todos los precios subieron, cuando saco las cuentas, seguimos en las mismas o peor. El refrigerador y el televisor están rotos hace mucho tiempo, sin tener cómo arreglarlos”. En el núcleo familiar de Ada convive además su otra hija, desempleada desde el comienzo de la covid-19, y dos nietos menores sin pensión alimenticia del padre.
Leonilda Betancourt Expósito agradece la protección del Estado.
Claudia jamás pudo jugar con muñecas o a las casitas. Al nacer sufrió una parálisis cerebral que la dejó postrada. En aquellos momentos la madre, Leonilda Betancourt Expósito, trabajaba como Técnico B en Estadística en el centro de salud Las Praderas. Ella pudo mantenerse laborando mientras la abuela materna y el padre de la niña se ocuparon de cuidarla.
“Cuando aprobaron el programa para las madres de hijos con discapacidad severa, hice la solicitud a la dirección de Trabajo del municipio de Playa. Poco después comencé a recibir una prestación equivalente al salario que recibía como trabajadora”, sostiene Leonilda. Desde el pasado mes de enero, ella comenzó a cobrar 3 260 pesos, cuantía correspondiente a los incrementos salariales aprobados para la plaza que ocupaba dentro del sector de la salud. “Siempre me he sentido apoyada y amparada por el Gobierno”, reconoce. En la casa convive además su esposo, jubilado del Ministerio del Interior; y un hijo que es ingeniero informático.
En el país suman más de 3 000 mujeres beneficiadas con el programa de madres cuidadoras. Ellas reciben prestaciones de la asistencia equivalentes al salario que devengaban en sus puestos de trabajo hasta el momento del surgimiento de alguna discapacidad severa en sus hijos. También tienen derecho a recibir los incrementos del salario escala que se realicen. Con la implementación de la Tarea Ordenamiento igual han sido favorecidas.
Sin embargo, el tratamiento no es homogéneo para todas las que están en similares condiciones. En Cuba, alrededor de 800 madres se encuentran en desventaja, hoy reciben cuantías muy por debajo de lo que les correspondería.
¿Unas sí, otras no?
Ada Pérez Arteaga reclama el derecho a ser tratada como madre cuidadora.
“Un programa único en el mundo es este de la mamá cuidadora. En 2002, el Comandante en Jefe propuso la noble idea de pagarles el salario a mujeres trabajadoras madres de hijos con discapacidad severa. Pero luego ese programa se extinguió en 2009. A partir de ese año, los nuevos casos dejaron de recibir ese derecho de prestaciones equivalentes al salario que devengaban, aunque siguen protegidas con las cuantías establecidas para la asistencia social, que son mucho más bajas”, reconoce Reider Rodríguez Rodríguez, subdirector de Prevención, Asistencia y Trabajo Social en Playa.
Las razones de por qué sucedió así son desconocidas en las direcciones municipales de Playa, San Miguel del Padrón, Marianao y Cerro. Tampoco pudieron explicar las causas, Ivette Moya Pupo, directora de Trabajo y Seguridad Social, ni Irina Torres Folgado, subdirectora de Prevención, Asistencia y Trabajo Social, ambas de La Habana.
El 6 de septiembre de 2016, en el reportaje Amparo no sin angustias, BOHEMIA alertaba, luego de un recorrido por cuatro provincias del país, que las madres de hijos con discapacidad severa no estaban recibiendo los beneficios de ese programa.
Según los procedimientos del MTSS, actualizado en varias ocasiones, ellas siguen disfrutando de esos mismos derechos en todos los casos, sin exclusiones.
Los procedimientos que instrumentan una norma (leyes, decretos, etc.) pueden variar, ampliar sus alcances, en dependencia de las nuevas condiciones socio-económicas, pero no deben violarse. Así lo precisa Carlos Manuel Díaz Tenreiro, Magistrado del Tribunal Supremo: “el manual de procedimiento traza una manera de actuar, de hacer, y es obligatorio su cumplimiento”.
¿Por qué entonces el tratamiento no es homogéneo para todas las madres? Belkis Delgado Cáceres, directora de Prevención, Asistencia y Trabajo Social del MTSS, confirma: “quienes tenían sus hijos con discapacidad severa antes de 2009, recibían una prestación equivalente al último salario devengado. Eso varió para las otras que después de esa fecha tuvieron hijos en similares condiciones físicas. Fue una decisión colegiada. Ellas comenzaron a recibir las cuantías establecidas en la escala de la asistencia social. De una manera, o de otra, todas son protegidas. Si bien existen diferencias. Ahora con la reforma de los salarios, y de las prestaciones, no hay que ser matemáticos para ver con mayor claridad esa diferenciación. Esta situación la estamos evaluando”.
Solo el amor…
Un documento imprescindible.
Mariam ya cumplió los siete años. Es una pequeña hermosa e inteligente. A diferencia de otros niños que utilizan las manos para pintar, ella lo hace con los pies. Mariam nació sin brazos. Su mamá, Ayled Sardiña, es psicóloga. Luego del año de licencia retribuida, no pudo reincorporarse al Centro de Salud Mental de Guanabo, donde trabajaba en el municipio de La Habana del Este. Desde el nacimiento de su bebita, todo giró 360 grados.
Después de la licencia, Ayled solicitó la asistencia social para poder costear los gastos de la familia. Pero, “en lugar de recibir una prestación equivalente al salario que devengaba como psicóloga, comencé a recibir una cuantía mucho menor. Con eso, y lo que ganaba Félix, el padre de Mariam, tuvimos que ajustarnos. Contando cada centavo”, narra la madre.
Si bien a estas mujeres trabajadoras que tienen hijos con discapacidad severa les dieron la oportunidad de incluir los años dedicados al cuidado de sus hijos a los efectos de la jubilación, no es lo mismo tomar como base de cálculo la prestación monetaria de la asistencia social, que el salario devengado. Por este concepto, también están en desventaja con el resto.
Afortunadamente, la estrechez económica comenzó a aliviarse en esta familia desde el pasado enero, cuando le comenzaron a pagar a Ayled una prestación mensual de 4 810 pesos, el mismo salario que recibiría si estuviera trabajando. Pero las otras, aún esperan un acto de justicia.
Hoy se estudia qué hacer con las madres trabajadoras no beneficiadas con prestaciones equivalentes al salario, asegura Belkis Delgado Cáceres.
A la vista de la legalidad
El derecho de las madres de hijos con discapacidad severa está avalado en los “Procedimientos para el otorgamiento, ejecución, control y revisión de las prestaciones de la asistencia social”, de 2009; y que luego ampliaron su alcance en el “Manual de Procedimientos para el trabajo de prevención, asistencia y trabajo social”, de 2012. Ambos, emitidos por el MTSS, instrumentaban la implementación de dos normas jurídicas publicadas en la Gaceta Oficial de la República de Cuba: la Ley No. 105 de Seguridad Social, del 22 de enero de 2009, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular; y el Decreto No.283 Reglamento de la Ley de Seguridad Social, del 24 de abril de 2009, del Consejo de Ministros.
En el caso del Manual citado, mantuvo los mismos requisitos que el anterior: “[…] la madre haya estado vinculada laboralmente en el momento del nacimiento del hijo, o cuando este adquirió la discapacidad; haya abandonado su vínculo laboral ante la necesidad de dedicarse a su cuidado; o el grado de discapacidad del hijo le impida acceder al sistema nacional de educación […]”.
En cuanto a las características de esta protección, el Manual conservó iguales preceptos: “Las madres protegidas con esta modalidad reciben una prestación monetaria temporal de la asistencia social equivalente a su último salario devengado, excepto la estimulación en moneda libremente convertible. Las madres tienen derecho a recibir el incremento del salario escala que se realice como parte de la política salarial que se aplique, excluyendo los nuevos pagos adicionales que se aprueben”.
A diferencia del anterior, el Manual otorga mayores beneficios a estas madres, en tanto se les reconoce “el período dedicado al cuidado de sus hijos como tiempo de servicios a los efectos de la jubilación. Además, si se comprueba que el núcleo familiar presenta insuficiencia económica, se aprueba una prestación monetaria temporal excepcional”.
Calidad de vida
La Ley 105 de Seguridad Social especifica que son servicios sociales comunitarios aquellos que se ofrecen en instituciones cercanas al domicilio de las personas. Así se propicia su permanencia en el entorno habitual, la realización de las actividades de la vida diaria y elevar su calidad de vida.
Entre estas modalidades se encuentran: la protección a madres de hijos con discapacidad severa, la alimentación en comedores sociales o a domicilio, los cuidadores domésticos y centros de entrenamiento socio-laboral.
Un mejor paso para la vejez
Los altos precios que comenzaron a aplicarse en los comedores sociales, a inicios de la Tarea Ordenamiento, impactaron desfavorablemente en quienes recibían estos servicios
Ante todo, solidaridad.
El Sistema de Atención a la Familia (SAF) El Caribeño, en el capitalino municipio de San Miguel del Padrón, luce impecable. Por la covid-19 han redoblado las medidas de higiene en el servicio que se presta a quienes reciben la ayuda de la asistencia social. Ellos llegan al mediodía con sus pozuelos plásticos y compran sus raciones de almuerzo y comida.
“En los primeros días de enero los precios de estos alimentos se dispararon de una manera increíble, luego bajaron un poco, pero todavía siguen altos. Tengo que llevar las cuentas a punta de lápiz porque no alcanza el dinero. Estos dos almuerzos antes costaban un peso cada uno, ahora suman 22.10. El valor se incrementó más de 10 veces. Cuando sacas además lo que tienes que pagar en la bodega, los gastos en medicina, electricidad, gas, teléfono, agua, no alcanza ni para coger la guagua”, sostiene Teresa Álvarez Asirgelo. Ella, de 67 años, y su hijo de 46, enfermo de VIH-sida, reciben una prestación de 2 060 pesos.
Otros asiduos al lugar manifestaron similares insatisfacciones con el precio de los alimentos. Nubia del Toro Delis, administradora de El Caribeño, explica que en el establecimiento reciben este servicio unos 175 comensales. “A principio de enero, cuando conocieron del incremento de precio, a 18 pesos cada ración, muchos dejaron de asistir y los que vinieron lo hicieron bajo protesta. La reacción fue explosiva.
Teresa Álvarez lleva a punta de lápiz las cuentas en el SAF El Caribeño.
“Tuvimos que vender la comida en la calle, para no perder lo que habíamos elaborado. Luego hicimos un debate en la empresa sobre ese asunto y entonces los precios bajaron un poco, pero para ellos siguen altos”, reconoce.
Con la reorganización del servicio, agrega, ya allí no ofertan desayunos, el suministro de alimentos es estable, la calidad ha mejorado, pero mantienen el mismo gramaje. A unas 46 personas que no pueden asistir por problemas de salud, les mantienen el servicio de mensajería hasta la puerta de sus hogares.
Leidy Laura Pérez González, directora de Trabajo y Seguridad Social en el municipio de San Miguel del Padrón, explica: hay 1 904 censados que reciben alimentación en los 11 SAF del territorio. “En los comienzos de la Tarea Ordenamiento, con los nuevos precios, disminuyó considerablemente la cantidad de comensales. Los estudiantes universitarios estuvieron por acá monitoreando este tema. Luego de despachos con los administradores y los directores de la Gastronomía, los precios disminuyeron, pero eso todavía está bajo presión”, asegura.
Ni pío
El deterioro, acumulado por varias décadas, es apreciable en el Pío Pío de Playa, donde se encuentra uno de los comedores del SAF de este municipio capitalino. Allí son atendidos unos 130 comensales, pero las condiciones del inmueble dejan mucho que desear. No hay ni siquiera sillas y mesas donde, en condiciones normales, puedan sentarse quienes reciben este servicio comunitario. En la cocina no hay agua porque las pilas están taponadas.
“Pero meses atrás era peor. Nos tenían tirados en el parqueo como si fuéramos animales. La calidad de la elaboración de los alimentos era pésima y la cantidad para qué hablar”, asegura Rafael Más Sánchez, asiduo del lugar. No solo esas condiciones les disgustan e inquietan.
“A principios de año, muchos dejamos de asistir al SAF. Es verdad que nos subieron la cuantía de las prestaciones y las jubilaciones, pero aquellos precios eran un abuso, luego fueron más asequibles, pero realmente siguen elevados”, considera Carlos Gómez Blanco, quien recibe 1 260 pesos para solventar sus necesidades más elementales. Criterios similares comparten Hanoi Boza Hernández, Roberto Guido Rodríguez y Pablo Casanova Tojo.
En el SAF Pío Pío de Playa, los entrevistados manifestaron descontento con los actuales precios.
Cuando Erislendy Calderín Valdés-Lombillo, el nuevo administrador del SAF Pío Pío, llegó a la unidad a principios de febrero: “encontré muchas insatisfacciones y verdaderamente tenían razón. Lo primero que hice fue sacarlos del parqueo. Pero como puede ver, este lugar está muy deteriorado.
“Ellos también se quejan de los precios. De la cantidad de personas que recibían este servicio, alrededor de una decena renunció. Otros se han incorporado porque han visto que la calidad ha mejorado”, afirma el joven administrador, quien tiene entre sus planes abrir allí, además, una cafetería.
El municipio de Playa cuenta con nueve unidades del SAF y están censadas 1 125 personas. “El mes de enero fue un poco caótico en el sentido de que muchos dejaron de asistir porque los precios de los tables que había aprobado el Consejo de la Administración Provincial eran muy altos y cuando ellos hacían sus cálculos no les daba la cuenta. Luego de un estudio, se bajaron algo los precios”, explica Reider Rodríguez Rodríguez, subdirector de Prevención, Asistencia y Trabajo Social en Playa.
A partir de febrero, agrega el subdirector, la presencia de los comensales comenzó a elevarse discretamente. El table aprobado tiene un precio máximo de 17 pesos diarios para las dos comidas, siempre que cumpla con los nueve surtidos establecidos; de lo contrario, es menos.
Según Ivette Moya Pupo, directora de Trabajo y Seguridad Social de La Habana, e Irina Torres Folgado, subdirectora provincial de Prevención, Asistencia y Trabajo Social, en la capital, estaban censadas unas 4 970 personas y casi la mitad no estaba asistiendo a los SAF. Luego de un estudio, donde participaron los estudiantes universitarios junto a funcionarios de Gastronomía, y se tocaron las puertas de muchas de esas personas, se orientó por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) revaluar la situación económica de quienes no pueden costear estos precios y aprobarles una prestación adicional, precisa Torres Folgado.
Sin embargo, resulta paradójico, por un lado casi la mitad de los censados dejaron de asistir a los SAF ante el incremento de precios de los alimentos; mientras por la otra, Belkis Delgado Cáceres, directora de Prevención, Asistencia y Trabajo Social del MTSS, sostiene: “a partir del incremento de las pensiones, 10 000 jubilados en el país dejaron de recibir una prestación monetaria adicional de la asistencia social para cubrir sus gastos de alimentación”.
Asistente a domicilio
Reider Rodríguez Rodríguez, subdirector de Prevención, Asistencia y Trabajo Social en Playa sostiene que los precios se corresponden con la variedad del menú.
Hace un año, el octogenario Aracelio Romero Borges, quien padece de una insuficiencia renal y está prácticamente ciego, es cuidado en su casa por Elizabeth Herrera Ortiz, asistente social a domicilio en Playa. Por este trabajo, Elizabeth recibe ahora, con el incremento de los salarios, 2 810 pesos que paga el presupuesto de la asistencia social. Su horario es de 8:00 am a 4:30 pm, de lunes a viernes, y sábados alternos. Ella se ocupa de los quehaceres domésticos y atender las necesidades del anciano.
Debido a un fuerte catarro que padecía Aracelio, Elizabeth no estaba en la casa el día de nuestra visita. Por supuesto, tampoco pudimos conversar con él, pero por su hija, Norma Romero Almaguer, conocimos estos detalles. Ella es trabajadora por cuenta propia y, aunque su dirección está en la casa del padre, no vive ahí, sino con su esposo en otro lugar.
Según Rodríguez Rodríguez, este servicio de la asistencia social a domicilio solo se otorga a adultos mayores o personas con discapacidad que vivan solas y carezcan de familiares obligados a su cuidado. En el caso de ancianos que vivan con otros familiares, pero sean personas de interés económico, científico o social para el país, el MTSS aprueba este servicio. Con la descentralización de facultades, el municipio de Trabajo es el encargado de otorgarlo.
En Playa, argumenta el joven, 135 núcleos cuentan con asistentes sociales a domicilio, de estos casos beneficiados, 99 son adultos mayores que no tienen ningún familiar obligado.
Las personas que no clasifican en el rango de interés económico, científico o social, tienen que buscar las vías para pagar por el cuidado de sus familiares que vivan solos o presenten alguna discapacidad. Ahora bien, si el incremento en los ingresos benefició a trabajadores y jubilados, e incluso favoreció a los de las escalas salariales superiores, ¿por qué tiene el presupuesto de la asistencia social que cubrir los gastos de asistentes a domicilio de quienes pueden contratar y pagar este servicio?
¿Cuánto dinero pudiera ahorrar el Estado y destinar a otros que, en franca desventaja económica, reciben bajas prestaciones o no tienen cómo costear ese servicio?
Bajo lupa
El presupuesto asistencial vuelve al foco de atención de la Contraloría. Las personas tienen diferentes vías para establecer una queja
Uno de los destinos del presupuesto social es cubrir necesidades básicas de alimentación.
Todos los años, la Contraloría General de la República fiscaliza la elaboración, ejecución y liquidación del presupuesto del Estado. En esta importante función, también son auditados los gastos de la asistencia social, aunque desde hace unos tres años esto dejó de hacerse, porque no eran gastos representativos, explica Reinol Pérez Fonticoba, vice contralor.
Sin embargo, “ahora con la Tarea Ordenamiento tiene una altísima prioridad y lo estamos verificando en la liquidación del presupuesto de 2020. Los gastos de la asistencia social forman parte de los gastos corrientes de la actividad presupuestada. En este caso, son las direcciones municipales de Trabajo las encargadas de administrarlos correctamente.
“Si llegamos a los lugares y apreciamos dificultades en la ejecución financiera, en el control interno o en los registros contables, la muestra para confirmar en el terreno es mucho mayor. Cuando hay quejas y denuncias de mala administración del presupuesto de la asistencia social, eso es una luz roja de alarma. Y si el que está denunciando es un asistenciado, pues se incorpora a la muestra de los casos a visitar”, precisa el también máster en Contabilidad.
Cuando las personas quieran establecer una queja, asegura Pérez Fonticoba, pueden dirigirse a la oficina de Atención a la Población, en la sede central de la Contraloría, o en las provincias. Además cuentan con un sitio web, Facebook, Twitter, aunque los planteamientos no se hacen públicos.
En el tratamiento a las denuncias, la Contraloría es muy exigente, amplía. “Nunca las trasladamos al organismo que se está denunciando, las investigamos nosotros mismos. En este caso están las ilegalidades, hechos de corrupción administrativa o desvíos de recursos. Cuando se trata de incumplimientos de organismos rectores, los trasladamos al ministro correspondiente, pero bajo control. Y se fija un plazo de respuesta”.
Pérez Fonticoba asegura que es común que les lleguen quejas y denuncias relacionadas con vivienda, construcción, sistemas salariales, agricultura, pero no de la asistencia social.
Reinol Pérez Fonticoba, vice contralor, asegura que se audita en profundidad los gastos destinados a la asistencia social.
En las auditorías realizadas por la Contraloría a los presupuestos asistenciales en momentos anteriores han detectado descontrol administrativo de los procesos, vencimientos de los términos de las prestaciones; expedientes desactualizados, sin los documentos probatorios. “Cuando esto sucede, queda un vacío que es proclive para cualquier cosa, ilegalidades y desvíos”, sentencia.
Canales
Cuando a la persona que solicita la ayuda asistencial le es denegada por las autoridades municipales de Trabajo, puede apelar ante el Intendente. Es un derecho que establece el Decreto 25 de 2020, en su artículo 269: En caso de inconformidad con la decisión adoptada por el Consejo de Dirección de Trabajo, presenta la reclamación correspondiente ante el Intendente…
La Constitución de la República, en su artículo 70, refrenda: “El Estado, mediante la asistencia social, protege a las personas sin recursos ni amparo, no aptos para trabajar, que carezcan de familiares en condiciones de prestarle ayuda; y a las familias que debido a la insuficiencia de ingresos que presenten, así lo requieran, de conformidad con la ley”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario