4 septiembre 2019
El delito se abrió paso entre las malezas. La oscuridad, la endeble cerca perle que “protegía el lugar de los hechos” y la idea de “pasar gato por liebre” favoreció a los malhechores.
Casi 2,5 millones de litros de diésel, el combustible necesario para electrificar 51 mil 714 viviendas durante un mes —según cálculos conservadores de la Unión Eléctrica de Cuba (UNE)—, se “filtraron” del emplazamiento de grupos electrógenos ubicado en el callejón Kilómetro 12 ½ del Reparto Santa Fe, en Guanabacoa.
Todo estaba “bien calculado”. Los jefes de turnos, junto a custodios y operarios encargados de activar los sistemas para la generación de energía eléctrica, manipulaban fraudulentamente el mecanismo diseñado para la actividad, con el fin de emplear menor cantidad de petróleo que la planificada, cifra que nunca dejó de ser reportada como consumida. Por lo tanto, cada día se apoderaban de la diferencia.
Por los trillos que llevan hasta el improvisado caserío, en carretillas o vagones de construcción, transportaban los tanques de 20 y 25 litros hacia las viviendas colindantes. El negocio era “redondo” y no pocos se “mojaron” las manos.
Los implicados acordaban con pobladores del asentamiento ilegal cercano a la entidad la venta de cada litro de petróleo en 3.00 pesos cubanos (CUP). Estas personas revendían “la mercancía” a choferes de autos particulares por el “módico precio” de 5.00 CUP .
Tras meses de investigación policial, y luego de seis registros domiciliarios, fueron ocupados 37 mil 469 litros de petróleo, mil 273 pesos cubanos convertibles (CUC) y 5 mil 259 CUP. Además, se confiscaron múltiples equipos electrodomésticos adquiridos como ganancia de la actividad y tres cisternas, entregadas a la Refinería “Ñico López”. La entidad certificó que el combustible era diésel Especial en buen estado para su comercialización.
Por el delito de malversación, a los 17 implicados les fueron impuestas condenas de privación de libertad o trabajo correccional con y sin internamiento, en dependencia de su participación en los hechos. El juicio se celebró del 10 al 14 julio de 2017.
¿Las decisiones tomadas por el Estado y Gobierno cubanos para “cortar el mal de raíz” han sido efectivas? ¿Las fugas de combustibles se han detenido? Tras estas interrogantes ha andado un equipo de Cubadebate en los dos últimos meses.
Infraganti
Al cierre de junio, 339 procesos penales se radicaron en Cuba, según fuentes de la Fiscalía General de la República (FGR) consultadas por Cubadebate. Se ocuparon 117 mil 463 litros de combustible de diferentes tipos, entre ellos 85 mil 823 de diésel y 21 mil 016 de gasolina. La afectación económica preliminar es de 488 mil 644 CUP.
Holguín (48), La Habana (42) y Villa Clara (32) son los territorios con mayor incidencia. Esas tres provincias agrupan el 36 por ciento del total de procesos radicados, vinculados con el combustible.
Reinaldo Cruz Rivera, vicefiscal general de la República de Cuba, explicó que en el Código Penal la tipificación de las conductas relacionadas con la sustracción de combustible puede ser variada: en dependencia de la posición del sujeto, la conducta delictiva o la infracción relacionada con el recurso en cuestión.
- Malversación: Cuando la persona tiene bajo su custodia o disponibilidad el bien.
- Robo: Si utiliza fuerza para la sustracción de combustible.
- Hurto: Si lo sustrae sin utilizar fuerza.
- Apropiación indebida: Cuando la persona no tiene cargo de dirección o disponibilidad del recurso, y sólo tenga en su posesión la confiabilidad del bien.
- Receptación: Si el recurso es adquirido como resultante de una conducta delictiva anterior.
Aunque “desde el punto de vista administrativo se le ha dicho a todo ‘robo de combustible’ porque el efecto es la pérdida, técnicamente la calificación depende de la posición del agente comisor frente al recurso”, precisó el jurista.
Desde hace cinco años, la FGR prioriza el control del combustible en sus investigaciones y verificaciones fiscales.
“Hemos asumido las acciones de control desde el punto de vista directo, con investigaciones dedicadas sólo al tema combustible; aunque también tratamos el asunto de manera complementaria”, aclaró.
Ejemplificó que “es obligatorio para fiscales y asistentes comprobadores revisar cómo se controla y usa el combustible, aunque estén realizando indagaciones de otra índole en una entidad determinada”.
Según Cruz Rivera, dichas revisiones se han concentrado en entidades con niveles más altos de asignación y consumo de combustible.
Entre ellas, mencionó a los ministerios del Transporte y todo su sistema empresarial; de la Construcción; de la Agricultura, el de Energía y Minas (que atiende toda la comercialización mayorista), y el Grupo AZCUBA.
También se direcciona el trabajo hacia los consejos de la Administración, con énfasis en las labores relacionadas con los servicios comunales, acueducto y alcantarillado, así como a las actividades industriales altas consumidoras.
De acuerdo con el vicefiscal general, las conductas más frecuentes son la compra ilegal de combustible a trabajadores del sector estatal, que se valen de su disponibilidad sobre el producto.
Aparente soledad
Aprovechó la soledad del entorno para sus negocios. Imaginó que nadie se daría cuenta del “trapicheo” que se vivía en la Empresa de Perforación y Extracción de Petróleo de Occidente, ubicada en Vía Blanca, Km 37 ½, “El Caribe”, en el municipio Santa Cruz del Norte, Mayabeque.
Sin pensarlo tres veces aceptó la propuesta de dos desconocidos: más de 420 litros de petróleo —valorados en 336 CUP—. “Este material vuela”, pensaría. “Los negocios redondos no surgen de la nada”, debió también tener esa certeza, a siete leguas este chollo provenía de un acto delictivo.
Se puso de acuerdo con otras cuatro personas, indistintamente, para comercializar el combustible y, a fin de que resultara más sencilla la operación, lo envasaron en pomos plásticos con capacidad para 25 litros.
Debidamente camuflados en la garita de la entidad sólo faltaba que los clientes fueran a buscar la mercancía. Esa misma tarde varios vehículos llegaron, uno tras otro, a llevarse el “botín”, a discreción y con el pago por delante.
Aproximadamente a las seis de la tarde del “día cero”, la “cabeza pensante” de la operación se había puesto en contacto con un chofer A de la brigada de trasiego de bombeo y fluido encargado de un camión cisterna —conocido como pipa—, asignado a la Empresa de Perforación y Reparación Capital de Pozos de Petróleo. Le entregó 20 litros a un precio de 16 CUP.
Pero la aparente quietud no sería eterna por aquellos lares. En un operativo fueron detenidos los seis “malhechores”, oficiales de la Policía Técnica Investigativa ya le daban seguimiento al caso.
In situ fueron ocupados seis tanques metálicos; 21 envases plásticos —con capacidad para 20 litros— llenos de petróleo; además de un recipiente de dos litros y tres tanquetas metálicas de 20 litros completamente vacías. La capacidad de almacenamiento de los receptadores ascendía a 420 litros: “desde el primer día cuadró la caja”.
El 28 de marzo de 2019 recibieron sus sentencias de privación de libertad cinco de los acusados, al sexto se le impuso trabajo correccional con internamiento.
¿Hecho delictivo o de corrupción?
El hecho de corrupción —por lo general— parte de alguien que tiene la responsabilidad de controlar el combustible. Lo cometen directivos y funcionarios que cuentan con la disponibilidad de determinado recurso. Sin embargo, en el hecho delictivo no es imprescindible una razón de cargo, señaló Reinaldo Cruz Rivera, vicefiscal general de la República de Cuba.
Todos los casos de robo de combustible son hechos delictivos pero no siempre son de corrupción. Estos últimos tienen como característica intrínseca la pérdida de valores éticos y morales, además de mancillar la confianza depositada en una persona, con determinada responsabilidad económica y social, que se aprovecha de ello para cometer un delito.
La Ley 107 de la Contraloría General de la República (CGR), en su artículo 11, señala:
“Corrupción Administrativa: Es la actuación contraria a las normas legales y a la ética por los cuadros, dirigentes, funcionarios del Estado, el Gobierno y de otras organizaciones consideradas sujetos de la CGR, en el ejercicio de su cargo o en el desempeño de la función asignada; caracterizada por una pérdida de valores ético-morales, incompatible con los principios de la sociedad cubana, que se comete para satisfacer intereses personales o de un tercero, con el uso indebido de las facultades, servicios y bienes destinados a la satisfacción del interés público o social para obtener beneficios materiales o ventajas de cualquier clase y que tiene como base el engaño, el soborno, la deslealtad, el tráfico de influencias, el descontrol administrativo y la violación de los compromisos contraídos al acceder a los cargos; cuyas prerrogativas fueron empleadas en función de tales actividades de corrupción”.
Lo anterior esclarece que un trabajador de por sí “no puede cometer un hecho de corrupción, pues no tienen la facultad de disponer, custodiar y administrar bienes del Estado; si lo cometiera, calificaría como hecho delictivo”.
Sin embargo —aclara Cruz Rivera—, sí estaría involucrado en un hecho de corrupción cuando forme parte de la cadena delictiva comandada por un directivo con responsabilidad sobre el control y disponibilidad del recurso”.
El ejemplo más claro es el chofer de un medio de transporte, quien puede falsificar la hoja de ruta, el modelo de control del combustible y hasta los datos del chip. Al contar sólo con el medio de transporte y una tarjeta, estaría incurriendo solamente en un hecho delictivo.
La corrupción es un fenómeno más agravado que, por lo general, tiene niveles de organización y sus autores gozan de determinado nivel de disponibilidad y administración sobre los bienes.
El “infortunio”
La Terminal Fortuna, uno de los “paraderos” de ómnibus de transporte urbano más conocidos de la capital, tiene un amplio rosario de hechos asociados al desvío y mal uso del combustible. Es la entidad de mayor incidencia, con cinco casos.
En aquel lugar, el desorden y mal uso del recurso se convirtió en una práctica.
Una vez que concluía el turno de trabajo entre el directivo saliente y el entrante, el jefe de la unidad “no realizaba la entrega de los ómnibus”.
Tampoco le exigía a los choferes que lo hicieran conforme a lo indicado, provocando con ello la pérdida de combustible sin que pudieran establecer responsables”. Este proceder no era un descuido sino un modus operandi.
Por otra parte, algunos choferes dejaban el ómnibus estacionado en el área de parqueo sin traspasar la responsabilidad sobre el vehículo al próximo chofer, violando lo establecido en las normas de la entidad. Siempre que actuaban así, al día siguiente cuando se reiniciaba la jornada de trabajo se detectaba faltante de combustible, sin signos de violencia.
Los implicados fueron sancionados con condenas de privación de libertad y trabajo correccional con internamiento. Las violaciones estuvieron enmarcadas en el no seguimiento y control del combustible a partir de las indicaciones establecidas por la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía (ONURE). En todos los casos, los implicados tenían cargos administrativos. La corrupción se apropió de la Fortuna.
Todo el peso de la ley
En las cadenas detectadas se aprecian casos con niveles de organización superiores, que hacen mucho más complejo su enfrentamiento, sobre todo a partir de la utilización de medios informáticos. Así lo apunta Reinaldo Cruz Rivera, vicefiscal general de la República de Cuba:
“El hecho de informatizar la distribución de combustible en Cuba con la tarjeta magnética complejiza muchas veces la investigación, debido a las redes que intervienen en los hechos donde se involucran muchos eslabones: servicentros, energéticos, directivos entidades estatales y un importante número de receptadores”.
Se genera una cadena que —en ocasiones— perdura en el tiempo, y “eso es lo más preocupante porque entonces las afectaciones económicas son graves”.
Los procesos de investigación ejecutados por la Fiscalía concluyen con un pronunciamiento del fiscal, quien emite una resolución dirigida a la entidad verificada, la cual ha de presentar —desde el punto de vista administrativo— el plan de medidas organizativas y disciplinarias que adoptarán con los responsables.
Corresponde al fiscal revisar, evaluar y determinar si con las acciones adoptadas se puede restablecer la legalidad, si no es así devuelve el plan a la administración, que debe enmendarlo en un plazo de 60 días, período en el que la autoridad legal vuelve a la entidad. Ese proceso es llamado reinspección.
“La Fiscalía va al 100 por ciento de las entidades a reinspeccionar cómo se cumplieron las medidas o se restableció la legalidad, y qué sanciones se aplicó a los responsables, de manera que se impida la reincidencia y reproducción de hechos similares”, apuntó Cruz Rivera.
Al cierre de junio, la FGR realizaba el seguimiento a 11 casos, tras las correspondientes denuncias a la policía y mientras se investigan por el órgano de instrucción. En los expedientes, elaborados meticulosamente, se archiva lo detectado por la Contraloría, el Sistema Nacional de Auditoría y el Sistema Nacional de Inspección.
Amparados en la Resolución conjunta del Ministerio del Interior, la FGR y la CGR, el grupo multidisciplinario realiza la valoración de la documentación presentada, y sólo entonces valida si existe un hecho delictivo; luego es que se formula la denuncia en la Policía.
“Es como un filtro que permite luego más efectividad en los procesos judiciales”, agrega la autoridad fiscal.
Reinaldo Cruz Rivera recuerda que la Carta Magna de la República, en su artículo 56, establece que el control de la investigación penal le corresponde a la Fiscalía, “eso siempre lo hemos hecho, pero hoy tiene rango constitucional”.
El control, objetivo altamente priorizado
Ante la ofensiva del Gobierno cubano para frenar el robo de combustible, ¿a los hechos delictivos asociados a él se le aplican sanciones más severas? ¿Son implacables los Tribunales sólo porque el país procura cerrar, definitivamente, la llave del combustible?
El Tribunal siempre tiene en cuenta la peligrosidad y las circunstancias del país, por supuesto. El contexto nunca se desconoce, pero por encima de ello prima el respeto a los derechos, garantías y condiciones de cada individuo, explicó Marisela Sosa Ravelo, vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular (TSP).
Las sanciones también dependen de la tipicidad delictiva; por ejemplo, la malversación tiene varios rangos sancionadores, todos en dependencia del valor de lo sustraído. El más alto es de ocho a 20 años, que se aplica cuando los bienes exceden los 10 mil pesos. Asimismo pueden oscilar entre los tres y ocho años; o de seis meses a dos años o multa de 200 a 500 cuotas.
En el caso de la apropiación indebida, de cuatro a 10 años como máximo (cuando el apoderamiento del combustible, lo realiza una persona que es el conductor del vehículo o responsabilizado con la transportación de este producto y su valor es superior a los 2000 pesos); mientras que la receptación tiene sanciones que van desde tres meses a un año o multa de 100 a 300 cuotas, y de dos a cinco años o multa de 500 a mil cuotas si el receptador se dedica a la actividad, es reincidente o los bienes son cuantiosos.
Además, se imponen sanciones accesorias consistentes en la privación de derecho, comiso de los bienes u objetos que sirvieron o estaban destinados a servir a la perpetración del delito y los provenientes directa o indirectamente del mismo, la confiscación de bienes transfiriéndolos a favor del Estado, la prohibición del ejercicio de una profesión cargo u oficio, entre otras.
Desde hace varios años, la Contraloría General de la República (CGR) concede prioridad a la realización de acciones en las que se evalúe el tema combustible. El objetivo es altamente priorizado en las Directivas de Control que anualmente aprueba el Consejo de Estado, precisamente a propuesta de este órgano.
La CGR brinda especial atención a la generalización de experiencias, y métodos de control y análisis, sobre el tema en cuestión, con el objetivo de que se cumplan las disposiciones establecidas y se utilice, correctamente, este importante recurso. Aunque solo se les asocie con el control, con su labor insisten más en hacer ley y práctica la moraleja de un popular refrán: “más vale prevenir, que tener que lamentar”.
Según directivos de la CGR, a partir de los recientes acuerdos aprobados por el Consejo de Ministros (CM) para frenar el robo de ese bien, se ha indicado a todo el Sistema Nacional de Auditoría evaluar el tema —al que se le otorga una calificación particular—, el cual influye en la calificación general en este ejercicio de inspección.
Compete a la Contraloría aplicar la reducción del 50 por ciento del combustible administrativo por el término de tres meses a las entidades y direcciones que obtengan deficiente en las verificaciones realizadas por los órganos fiscalizadores, una de las 12 líneas adoptadas por el CM.
Desde la realización de la XIII Comprobación Nacional al Control Interno —concluida a finales de diciembre de 2018—, y hasta el cierre de junio pasado, en las auditorías realizadas por la CGR y el resto del Sistema Nacional de Auditoría, se calificó de deficiente o malo el indicador “combustible” en 203 entidades, a 188 se le aplicó la correspondiente reducción del combustible administrativo por parte del Ministerio de Economía y Planificación (MEP) y la cartera de Energía y Minas. En las restantes entidades, no procede tal restricción, ya que sólo reciben combustible destinado a la producción y los servicios.
Al cierre de junio, el MEP le había notificado a 169 entidades la reducción de 279 mil 077 toneladas de combustible, de ellas 184 mil 060 de gasolina y 95 mil 017 de diésel destinadas a las actividades administrativas.
¿Cuáles son las deficiencias y violaciones más recurrentes?
- El descontrol físico y contable de los equipos de transporte y diferencias con lo controlado por el Registro de Vehículos del MININT, así como de los períodos de paralización por roturas, que permiten que se demande combustible por encima de la necesidad real.
- Problemas en el registro contable y de calidad en los datos que se consignan en el sistema informativo asociado a la planificación, demanda y consumo de los combustibles, lo que resta objetividad a los análisis que se realizan con base en esta información.
- Insuficiente análisis de la información que con respecto al consumo de combustible tienen las entidades, como las asignaciones, los vales de consumo o chips, las hojas de ruta, el comportamiento de los índices de consumo, entre otros.
- Deficiente control de las tarjetas de combustible, lo cual propicia perder la trazabilidad sobre sus movimientos, o exigir la responsabilidad material ante pérdidas o extravíos.
- Escasa utilización por las entidades titulares de la información —disponible en la página digital de FINCIMEX— relacionada con los movimientos de las tarjetas.
- En los casos en que se detectan violaciones está presente la superficialidad, la rutina, el formalismo y la falta de exigencia que caracterizan el actuar de esas administraciones al aplicar el autocontrol.
Las piezas que aún fallan
Reinaldo Cruz Rivera, vicefiscal general de la República de Cuba, apunta que la mayoría de las revisiones efectuadas arrojan de manera esencial que “todavía siguen fallando los mecanismos efectivos de control de combustible a nivel empresarial”.
Cita el ejemplo del sector de ferrocarriles, uno de los puntos álgidos en lo que a regulación y control concierne.
La propia fuente confirma que la Unión de Ferrocarriles de Cuba, una de las organizaciones superiores de Dirección Empresarial del Ministerio del Transporte, posee una norma interna que regula el control del combustible, la cual no se cumple.
“No se aplica en algunas de esas instituciones visitadas, lo que trae como consecuencia que no se pueda determinar el destino del combustible desviado. Tampoco se realizan los análisis periódicos de las desviaciones de consumo, situación que propicia las diferencias se conviertan en sustracciones”.
Añade a dichas problemáticas las ocupaciones de combustible realizadas en las mismas locomotoras, así como la detección de los tanques cargados a la orilla de las líneas férreas.
Toda una fiesta donde el rey de la noche es el descontrol, y en la que se reúnen a bailar endebles medidas. Por ejemplo, a la hora de aplicar la responsabilidad material (pago) sobre el combustible sustraído, se hace al precio de costo de la compra mayorista por la entidad, no al precio con que se comercializa en el mercado negro.
“No basta con aplicar la responsabilidad material. Un trabajador que genera una afectación económica, porque se desvió el índice de consumo o se perdió el combustible, no sólo tiene la obligación legal de pagarlo, sino que ha de responder disciplinariamente ante esa actitud”, opina el vicefiscal general.
Esa es, precisamente, otra de las tendencias que han arrojado las investigaciones: el tratamiento incorrecto a los faltantes detectados por las propias instituciones, cuya medida es la aplicación de la responsabilidad material, pero que en otros casos conlleva denuncia. En este sentido, muchas entidades no reaccionan.
La diferencia entre la aplicación de la responsabilidad material y el delito depende del monto del faltante y son los propios organismos quienes definen las cifras.
“Por ejemplo, en un faltante de hasta mil 500 pesos se puede aplicar la responsabilidad material en una entidad, pero cuando exceda esa cifra hay que denunciar porque ya es una conducta delictiva”, explica Cruz Rivera.
Existen conductas que reflejan la sustracción intencional del combustible, fenómeno que no es el principal, pero ocurre y evidencia la pérdida de valores de los trabajadores, funcionarios o directivos que, incluso, conocen de esos hechos y los toleran.
En todos los casos, se nota que no existe una evaluación de las causas que generan esas desviaciones, “ese es el principal problema que tenemos hoy”.
“Todavía en las entidades estatales —según lo revelado en las investigaciones nuestras— el control del combustible sigue siendo un slogan; no es real, no se evalúa en los consejos de dirección, no se adoptan las medidas, ni se analizan las causas por las que se dan los fenómenos, es la realidad”, concluye.
No hay comentarios:
Publicar un comentario