Guarairarepano1@yahoo.es Caracas Venezuela.
Al leer el
trabajo denominado “ Capitalismo en el socialismo? ¿Regresa la explotación? De Carlos M. García Valdés, nos surgieron más dudas que claridades en su
intención de enfocar un tema no solo teórico sino político y práctico , como es
si se produce o no plusvalía en Cuba, dentro de un proceso complejo como es la
intención del gobierno cubano de perfeccionar su esquema de organización y
gestión de la economía nacional , dentro de las realidades derivadas de la
desaparición del ex campo socialista y el aliado básico que fue la ex URSS, en
medio de un mundo complejo y dinámico que determino la entrada en la escena
económica nacional , con más peso, de la inversión de capital extranjero(
directa e indirecta) y el incremento de la acción de productores y prestadores
de servicios privados más allá del
tradicional papel desempeñado por los campesinos y cooperativas agropecuarias y
de pescadores.
No estamos en tiempos de ceremonias ni de
rejuegos semántico y jurídico como hace
el autor y es interesante ver sus
criterios de las abstracciones de Marx,
en sus diferentes etapas expositivas de “ El Capital “, tomos I, II Y
III, cuando quiere negar lo que los máximos responsables del país han
reconocido o sea la existencia de elementos capitalistas en la economía cubana
y esto genera nuevas realidades socialistas aunque la esencia del sistema
político no cambie pero si las formas de organizar y dirigir la economía y de
ahí, como se producen mercancías , hay un nuevo valor creado , y donde existan
estos elementos capitalistas , sobre todo en sectores productivos , (como
sucede en las industrias del petróleo, la minería, etc. donde es más fácil ver
el comportamiento de esta categoría de la producción) , hay creación de plus
valores que se traducen en plusvalía para el capital extranjero, o sea por su contenido plusvalía , aunque la
participación cuantitativa de esta en el producto nacional o PIB sea
minoritaria, ejercicio que alguien debería hacer.
Tal realidad no demerita en nada al país ,
en su ubicación histórica concreta , pues es válida la existencia de formas
capitalistas de producción durante el periodo de transición, algo que Cuba no
ha superado,(aunque no son pocos los que afirman y piensan lo contrario) ,
sobre todo porque la base material del socialismo no se ha creado aun ni los
niveles de eficiencia y productividad actual así lo permiten afirmar y no se
puede olvidad la máxima marxista de que ninguna Formación Económica y Social triunfa
sobre otra mientras no supere su productividad del trabajo.
Nuestro punto de análisis parte entonces de la afirmación anterior y no del criterio
del autor (parece algunos temen mencionar tal frase) de ser un país en
transición y no socialista pleno como dice y cito:
“En el socialismo la producción del excedente y del ingreso neto
correspondiente, también es un fenómeno social, y lo que predomina no es la plusvalía que es una
categoría social, sino el primero que es lo característico del socialismo y
expresa, consecuentemente, relaciones socialistas de producción. Los
trabajadores contratados por la empresa mixta a través de una empleadora
estatal, reciben los mismos beneficios por su plus trabajo, que los demás
trabajadores del sector estatal: tienen derecho a la seguridad social, a la
reubicación en caso de cualquier conflicto con la entidad, y a todo el sistema
de derechos básicos directamente formadores de los derechos humanos de que
gozan todos los miembros de la sociedad cubana.”
Leer solo lo subrayado ya da pie a
que se reconoce su existencia y una cosa es esto y otra que sea el motivo o motor
esencial y determinante a nivel del sistema y después trata de ampliar sus
criterios y creo confunde mas cuando dice y cito y subrayo:
La plusvalía del empresario
nacional privado no es una ley económica es simplemente una forma del plus valor
que producen sus empleados que a la vez son propietarios asociados de los
medios fundamentales de producción y en consecuencia reciben lo que le
corresponde de la realización de la propiedad socialista de todo el pueblo.
No son explotados, son doblemente beneficiados: por su trabajo en una
entidad privada y por la propiedad estatal socialista y los beneficios de una
sociedad que es regida por leyes económicas y jurídicas que nada tienen que ver
con las del capitalismo. En consecuencia ni los propietarios son
capitalistas, ni lo empleados son explotados. Es una realidad compleja pero hay
que analizarla, precisamente desde la complejidad y la dialéctica.
Precisando veremos que:
1-Una ley económica es una regularidad y en
el sector productivo privado cubano ( no importa su dimensión) esta acción
descrita se repite y repite y si se repite es ley , aunque algo muy diferente es categorizar tal
ley de dominante y otra cosa muy
distinta es comparar dicha realidad con la del capitalismo donde es lo ley económica fundamental , al describir la
razón del sistema, pero el hecho de que no sea dominante no indica que no sea
una ley/regularidad existente.
2. Es más que claro que la plusvalía es una
forma de plus valor capitalista cuando hay compraventa de fuerzas de trabajo
que en el proceso productivo genera un
valor mayor que el recibido y esto sucede, aunque limitadamente en Cuba.
3-Y aunque también se podría discutir si
hay compraventa o no de fuerza de trabajo en Cuba y nuestra respuesta es afirmativa y
jurídicamente está legislado y por tanto reconocido y esto ocurre tanto en el
sector privado como en el mixto y no importa si los trabajadores mixtos tienen
las mismas prerrogativas de los demás y reciben( solo teóricamente pues en
realidad no es lo mismo) los beneficios dados en general a todos los
trabajadores cubanos y además si los privados( campesinos, sector servicios,
cooperativas) contratan personal es porque este trabajador no tiene ni la
relación indirecta de ser partícipe del proceso de producción como
copropietario ( a través del estado) sino porque no tiene más medio de vida y
por tanto contrata/vende temporalmente lo único que tiene y su fuerza de
trabajo se transforma en mercancía y ocurre el ciclo D-M-D1 y ese plus valor es
plusvalía/ganancia.
4-hay
contratación directa de fuerza de trabajo en el sector privado cubano y se han introducido una serie de reformas y nuevas
disposiciones que tienen como objetivo fundamental estimular la contratación
de trabajadores relacionados directamente a labores agropecuarias de una forma
ágil, ordenada y legal", dijo la prensa estatal cubana y ello amplio la
existente en otros sectores de la economía, como el de los restaurantes y otras
actividades donde los dueños de pequeños negocios contraten a su personal de
forma directa.¿ hay aquí o no compraventa/contratación de fuerza de trabajo.
5-La contratación indirecta aparece en el Reglamento sobre el régimen laboral del
personal contratado para prestar servicios en las entidades extranjeras y otras
normas referidas al contrato de suministro de fuerza de trabajo a estas
publicado en la Gaceta
Oficial No. 40 Ordinaria del 29 de
septiembre y la normativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que
atañe a sociedades mercantiles, representaciones, sucursales e instituciones
extranjeras establecidas en Cuba, en cualquiera de sus formas jurídicas; aunque
no es de aplicación al «régimen laboral correspondiente a las modalidades de la
inversión extranjera establecidas en la Ley No. 118, Ley de la Inversión
Extranjera, de 29 de marzo de 2014».. No cambia la esencia aunque si la forma
de esta compra venta de fuerza de trabajo.
Según el primer resuelvo de la resolución del MTSS
—la No. 20/2015— el «Reglamento establece el régimen laboral del personal
contratado para prestar servicios en las entidades extranjeras y las
regulaciones que rigen las relaciones entre estas últimas y la entidad
empleadora».
El artículo tres indica que los «ciudadanos
cubanos y los extranjeros o personas sin ciudadanía residentes permanentes solo
pueden prestar servicios en las entidades extranjeras si han establecido
previamente su relación de trabajo con la entidad empleadora cubana
correspondiente».
A fines de la legislación, las entidades
empleadoras nominalizadas para prestar este servicio de suministro de fuerza de
trabajo son la Agencia de Contratación a
Representaciones Comerciales (Acorec S.A.), y Almacenes Universales S.A. (AUSA).
Queda por ver en otro momento como clasificar el
pago o participación de las inversiones extranjeras en aquellas actividades no
productivas que según Marx no son generadoras de por sí de plusvalía como
sucede en el sector comercio mayorista y minorista o en el turismo siempre y
cuando no haya transformación de valores y cómo interpretar el pago de las
inversiones indirectas de capital obtenidos por el país bajo la forma de
créditos.
Por últimos señalamos que si las máximas
autoridades nacionales reconocen la presencia de elementos capitalistas (como
cita el autor) porque querer
distorsionar su realidad ya que si los
hay sus leyes y categorías también están presentes, aunque no sean dominantes y
ese es otro tema, y por tanto se produce
la transformación del excedente en plusvalía quizás no por su origen pero si
por su forma y eso es lo más destacado.
Entonces cual es el temor a reconocer la presencia
de sus motivos de acción, aunque estos no sean dominantes y poco ayudamos con
ponerle nombres eufemísticos creando un fetichismo de una realidad palpable y
necesaria y que con cambiarles el nombre
poco avanzamos (como llamar cuentapropistas a los productores privados medios o
pequeños) y es mejor tratar todo con el refrán preferido de mi padre al pan pan
y al vino vino.
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