PRIMERA REFLEXION: SOBRE EL PAPEL
DIRIGENTE DEL PARTIDO.
(1ro. de septiembre de 2018)
He leído y examinado el texto del
Proyecto de Constitución que esta sometido actualmente y hasta el mes de
noviembre a un democrático proceso, que considero bien organizado, de debate y discusión abierta
con las masas en el que, según he podido apreciar hasta el momento las
opiniones coincidentes, divergentes, de modificaciones, supresiones y adiciones
se expresan con total libertad. Se observa que la población concurre a las
reuniones bien preparada y en general los criterios se manifiestan con seriedad
y profundidad.
Tuve el privilegio y el honor de
haber estado entre el grupo de compañeros que mas activamente participo en el transcurso
de 1974 y 1975 en la preparación y redacción del proyecto de nuestra primera Constitución Socialista
sometida a la consideración del Primer Congreso del Partido y despues en la organización
del referendo en el que resulto aprobada y proclamada en febrero de 1976.
He cotejado el Proyecto actual con el
texto inicial de la Constitución aprobada entonces y con su texto mas actual
despues de la reformas que se le hicieron hasta
el 2002.
En primer lugar quiero dejar
constancia que en mi opinión el Proyecto es un documento completo y abarcador,
muy profesionalmente redactado en correspondencia con los principios y
objetivos que persigue nuestro proceso revolucionario de construcción socialista en la situación concreta actual, con gran sentido del momento histórico y haciendo referencia, con mayor o menor inclusión y mas o menos acierto,
a las cuestiones fundamentales que se entiende deben ser cambiadas.
Estas reflexiones y sugerencias que ahora
escribo trataran acerca de un asunto que aparece en el Titulo I: Fundamentos Políticos, capitulo 1: Principios Fundamentales de la Nación.
El tema especifico que tratare es el
relacionado con el papel dirigente del Partido que aparece en el articulo 5 del
proyecto y sobre el cual he leído pronunciamientos de varios compañeros. Es uno
de los asuntos en los que entiendo no se han logrado cambios con el acierto y precisión suficientes.
Es
indudable que se presenta una contradicción o por lo menos una incongruencia
entre lo expresado literalmente en el mencionado articulo 5 y lo escrito en el
articulo 10 tal y como aparecen redactados en el Proyecto.
En
el 10 se expresa correctamente que “la soberanía reside intransferiblemente en
el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado”.
Pero
en el articulo 5 se afirma que “El Partido… es la fuerza dirigente superior de
la sociedad y el Estado”.
Según
este articulo se le concede y reconoce al Partido una fuerza supra soberana que
esta por encima de la sociedad (es decir del pueblo) y del Estado.
Esta formulación afecta el principio de la democracia y también al principio de soberanía tanto en su comprensión de soberanía popular como de soberanía nacional, concepciones derivadas de las
ideas principalmente de Rousseau y de Sieyes, que se manejan y aceptan como
validas desde la época de la Revolución Francesa.
Pero
ademas no se corresponde con la comprensión conceptual que al respecto habían planteado Fidel y Raul en intervenciones que hicieron en vísperas del I
Congreso del Partido durante el proceso preparatorio de la institucionalizacion
del pais y de la redacción de la Constitución de 1976.
En aquel
texto que se mantiene hasta hoy, tampoco quedo bien redactado este articulo 5. Fue
un gazapo incongruente y contradictorio del que somos responsables los que
participamos en la redacción de dicha Constitución, dejándonos llevar
superficialmente a una copia demasiado mimetica de como aparecía formulado
dicho asunto en la Constitución de la Unión Soviética y en la de otros paises
socialistas de la época. Se revisaron las Constituciones de 12 paises
socialistas y se busco concordancia con lo formulado en ellas. La de la Unión Soviética vigente entonces era la proclamada en 1936 cuando estaba en su pleno
apogeo la jefatura de Stalin.
No
tuvimos en cuenta ni fuimos capaces de encontrar una formulación propia y
trasladar al texto los claros planteamientos hechos por Fidel y por Raul acerca
de como entender el indiscutible y necesario papel dirigente del Partido. En el
Proyecto ahora en discusión se mantiene y reitera esta incongruencia.
Raul,
en su intervención ante los cuadros y funcionarios del CC del PCC el 4 de mayo
de 1973, planteo lo siguiente (párrafos seleccionados por el autor):
“El
Partido es la fuerza dirigente principal dentro de todo el mecanismo… y el encargado de coordinar, controlar y
encauzar las tareas del aparato estatal y las organizaciones de masas hacia el mismo objetivo”
“Pero
el Partido no ocupa su posicion de dirigente en virtud de una eleccion
popular, ni siquiera producto de una votacion de la clase obrera de la cual es
vanguardia organizada. No es pues un organismo representativo mediante eleccion
de la voluntad popular, es un organismo de selección.”
Y
continuo Raul: “En una de sus intervenciones en una reunion de agosto de 1970
Fidel decía, con toda razón: “Es que uno no puede decir ni siquiera que hay una
representacion de la clase obrera, como clase, si tratamos de representarla
simplemente con el Partido. Es decir que el Partido representa los intereses
de la clase obrera pero no se puede decir que representa la voluntad expresa de
toda la clase” (Estas palabras de Fidel que cita Raul fueron manifestadas
en una reunion del Buró Político con los principales dirigentes del Partido, el Estado y
las organizaciones de masas efectuada en agosto de 1970. NOTA DEL AUTOR).
Prosiguió expresando Raul: “Su posición dirigente es conquistada y mantenida mediante la
lucha, y se debe al hecho de ser la vanguardia de la clase social mas avanzada
de la sociedad y de actuar como tal, como el representante mas fiel y decidido
de los intereses de todas las masas trabajadoras. Su autoridad no se basa en
la fuerza ni en la posibilidad de utilizar la coercion y la violencia para
imponer su voluntad y sus directivas, sino que se apoya en la confianza y el
apoyo que recibe de la clase obrera y del resto del pueblo trabajador.
Confianza y apoyo que se gana mediante una politica acertada y racional, mediante
la ligazon con las masas y usando como métodos la persuasión y el
convencimiento, sustentados en la fuerza de su ejemplo y en la justeza de su
politica”.
“A
partir de estos presupuestos, no podemos dar por sentado como ya dijimos,
que el Partido representa la voluntad de todo el pueblo y considerarlo el órgano supremo del poder, porque estariamos desconociendo los principios de la
democracia…que implica la participación de todos los miembros de la clase
obrera y de las demás clases trabajadoras en el ejercicio del dominio y
gobierno de la sociedad, para lo cual se requieren las instituciones de
poder correspondientes, a través de las cuales las masas trabajadoras hagan
valido ese derecho”.
“Estas
instituciones representativas son indispensables, según nuestra comprensión,
para que todo el pueblo revolucionario, considerado como un todo, como el
conjunto de todas las masas trabajadoras del pais, manifieste su voluntad y
pueda participar realmente en el gobierno del mismo”.
Fidel,
ante la asamblea del Partido de la entonces provincia de Oriente, manifestó en junio de 1974:
“La
organización de vanguardia es fundamental. ¿Saben ustedes lo que le da
seguridad a la Revolución? El Partido. ¿Saben lo que le da perennidad a la Revolución? El Partido. ¿Saben ustedes lo que le da futuro a la Revolución, lo
que le da vida a la Revolución, lo que le da porvenir a la Revolución? El
Partido. Sin el Partido no podía existir la Revolución, sin el Partido nada podría darle continuidad a la Revolución.”
Pero,
dijo mas adelante Fidel: “El Partido debe tener autoridad ante las masas no
porque sea el Partido, o porque tiene el poder, o porque tiene la fuerza, o
porque tiene la facultad de tomar decisiones. El Partido debe tener
autoridad ante las masas por su trabajo, por su vinculación a esas mismas
masas, por sus relaciones con las masas; el Partido en las masas, el Partido
con las masas, pero jamas por encima de las masas”. (TODOS LOS SUBRAYADOS SON DEL AUTOR DE ESTE
ARTICULO)
Por todo
lo anteriormente expuesto considero que las formulaciones planteadas en los artículos 5 y 7 deben ser cambiadas.
Propongo
a la consideración de la Comisión Nacional
una redacción para estos dos artículos que intenta dejar claro que el
soberano que ostenta el poder supremo es el pueblo, que el Partido no tiene una
autoridad constitucional supra soberana sino que esta “en las masas y con las masas pero jamas
por encima de las masas”, como planteara Fidel, y que el Partido, como institución y organización, también esta subordinado a la Constitución como
norma suprema de la nación que es.
Es
mi propósito contribuir a que la Comisión Nacional encuentre una redacción propia nuestra, que plasme las concepciones básicas que fueran planteadas por
Fidel y por Raul desde los inicios del proceso de institucionalización del pais
y no reiterar el error y desacierto en que incurrimos los que participamos en
la redacción de la Constitución de 1976
SUGERENCIA DE CAMBIOS EN LOS PARRAFOS
38 Y 41 (Articulos 5 y 7) DEL PROYECTO DE CONSTITUCION.
Articulo 5. Sugiero a la Comisión Nacional que quede redactado añadiendo el
calificativo de (soberano) despues de la palabra pueblo, suprimiendo la frase (y del Estado) y añadiendo al final del mismo
lo que planteo en cursiva. Quedaría como sigue:
“El Partido Comunista de Cuba, único,
martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con
el pueblo que es el soberano, es la fuerza dirigente
superior de la sociedad (suprimir y del Estado) basado en la autoridad que le da la confianza y apoyo del pueblo ganados
por la fuerza de su ejemplo, la justeza de su politica y la permanente relacion
con las masas.”
Articulo
7. Sugiero a la Comisión redactarlo con la supresión que aparece en cursiva subrayada y
las adiciones que aparecen también en cursiva subrayada.
“La Constitución es la norma suprema de la nación. (se sustituye la palabra Estado). Todos están obligados a cumplirla: las instituciones y organizaciones de
todo tipo y los
ciudadanos. Las disposiciones
y actos de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, se
ajustan a lo que esta prescribe.”
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