Por Dr Fidel Vascos González
Teniendo en cuenta estas consideraciones generales propongo las siguientes modificaciones al Proyecto.
- Suprimir los cargos de viceprimeros ministros y el órgano denominado Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, pues le restan responsabilidad y capacidad de decisión y convocatoria a los ministros (DISPOSICIÓN FINAL CUARTA);
- que el Presidente de la República asuma también las funciones de Primer Ministro como antes cuando existía el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros;
- propongo que se divulgue públicamente en un solo documento las denominaciones de los demás organismos de la Administración Central del Estado que son los que no se clasifican como ministerios ,así como la legislación específica que crea a cada uno de ellos con vistas a que la ciudadanía pueda emitir sus criterios al respecto (Art. 18 y 110);
- la denominación de Ministro-Presidente al Jefe del Banco Central de Cuba repite una terminología copiada de la Unión Soviética la cual resulta obsoleta. Propongo que el término se ajuste a la denominación actual que en general se utiliza en el mundo y denominarlo Gobernador del Banco Central de Cuba y, consecuentemente, Vicegobernador como su asistente (Art. 20.2 y 33.2);
- suprimir la condición de no tener otra ciudadanía para ser Ministro, Gobernador, Viceministro Primero, Vicegobernador Primero, Viceministro o Vicegobernador, o sea, para ocupar estos cargos basta que la persona sea cubano por nacimiento aunque tenga otra ciudadanía (Art. 34 y 43);
- en la clasificación de las unidades organizativas de los organismos se incluyen las Direcciones Generales lo que, en mi opinión, complejiza la labor estructural del organismo y repite funciones de los viceministros; en aras de reducir los eslabones de dirección y alcanzar una estructura más plana, propongo suprimir las Direcciones Generales como unidades organizativas (Art. 52.1 y Art. 53.1.2.3);
- dentro de los tres niveles de la estructura de dirección de los OACE propongo una política restrictiva en la creación de los delegados o jefes de la representación territorial a nivel regional o provincial para lo cual propongo otorgar el poder de veto a los consejos provinciales al respecto y propongo suprimir los delegados o jefes de la representación a nivel municipal; en mi opinión, todos los asuntos municipales deben ser dirigidos y coordinados por el gobierno municipal (Art. 65);
- en el Ministerio de Agroalimentación propongo incluir la de dirigir y controlar la política estatal de la actividad de caza y su comercialización (Art. 67 y 68);
- en el Ministerio de Comercio e Inversión Extranjera propongo incluir explícitamente que se prohíbe el monopolio estatal del comercio exterior, con excepción de los casos extraordinarios que apruebe el Consejo de Ministros, así como que las empresas estatales y no estatales no están obligadas a desarrollar sus relaciones de comercio exterior mediante empresas estatales de comercio exterior (Art. 69 y 70);
- propongo fusionar el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Deportes y Recreación en el Ministerio de Cultura, Deportes y Recreación y excluir explícitamente entre sus funciones la aplicación de cualquier tipo de censura en las actividades culturales, deportivas y recreativas, con excepción de las que apruebe el Consejo de Ministros (Art. 71, 72, 73 y 74);
- estoy de acuerdo con la fusión del Ministerio de Economía y Planificación y el Ministerio de Finanzas y Precios, no obstante en la denominación del nuevo organismo se introduce una incongruencia al mantener la palabra “planificación”. El actual sistema de dirección de la economía cubana requiere abandonar el modelo de planificación centralizada de asignación de recursos materiales y financieros heredado de la URSS y el CAME e incrementar el papel del mercado en la economía; en mi opinión, en el nuevo modelo de dirección económica que exigen las circunstancias nacionales e internacionales, el mercado se convierte en el principal regulador de la gestión empresarial tanto del sector estatal como no estatal, mientras que el Estado utilizaría la planificación central para regular el desarrollo de la economía nacional en su conjunto estableciendo el marco institucional y regulatorio adecuado para el desenvolvimiento de las leyes objetivas del mercado siempre garantizando que se mantengan los principios que ya hemos alcanzado de independencia nacional y justicia social; teniendo todo esto en cuenta propongo que el nuevo ministerio fusionado se denomine Ministerio de Economía y Finanzas (Art. 75 y 76);
- propongo fusionar el Ministerio de Educación y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología en el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Art. 77, 78, 79 y 80);
- propongo fusionar el Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio de Industrias en el Ministerio de Industrias (Art. 81, 82, 83 y 84);
- propongo crear el Ministerio de la Construcción, Recursos Hidráulicos, Hábitat y Vivienda (Art. 83, 84, 91 y 92);
- la Internet ha ampliado extraordinariamente la comunicación social permitiendo un libre intercambio de noticias y de opiniones que enriquecen el acervo cultural de los ciudadanos donde no cabe la censura a determinadas informaciones; la creación del Ministerio de Información y Comunicación Social no tiene contenido en este ambiente de libertad y parece que su función principal no declarada es controlar y censurar determinadas informaciones que el Estado no desea lleguen al ciudadano cubano; al respecto propongo suprimir el Ministerio de Información y Comunicación Social (Art. 85 y 86);
- propongo suprimir el Ministerio de Medio Ambiente, Hábitat y Vivienda. La protección del medioambiente puede ser responsabilidad de un organismo de la Administración Central del Estado que no clasifique como ministerio y, por tanto, no sea miembro del Consejo de Ministros. (Art. 91 y 92);
- con relación a las funciones específicas del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias propongo incluir lo subrayado y eliminar lo tachado en el texto siguiente: “dirigir, regular y controlar el sistema empresarial del organismo exclusivamente en función de la defensa según corresponda y aprobar los títulos habilitantes sobre los movimientos organizativos y objetos sociales que le conciernen (Art. 102, inciso q );
- propongo incluir lo subrayado en el Artículo 109 de los incisos siguientes:
d) regular el funcionamiento de las instituciones financieras estatales y no estatales propiedad de personas jurídicas nacionales y oficinas de representación de instituciones financieras extranjeras establecidas en el país para promover la estabilidad financiera con condiciones adecuadas de liquidez, solvencia y gestión;
e) ejercer la supervisión sobre las operaciones y negocios de las instituciones financieras estatales y no estatales propiedad de personas jurídicas nacionales y oficinas de representación de instituciones financieras extranjeras establecidas en el país;
f) regular y supervisar las actividades realizadas por entidades no financieras estatales y no estatales propiedad de personas jurídicas nacionales y oficinas de representación de instituciones financieras extranjeras establecidas en el país que prestan servicios de apoyo a las instituciones financieras, de cobranza, de pago u otras actividades que se realicen en el territorio nacional que guarden relación con la actividad financiera y cambiaría;
- propongo incluir lo subrayado y suprimir lo tachado en el texto siguiente: “Las autoridades de los organismos de la Administración Central del Estado y sus entidades subordinadas y adscritas tienen el deber de recibir las quejas y peticiones de las personas dirigidas al organismo o entidad correspondiente, las que están obligado a tramitar y responder en un término no superior a los 45 días hábiles con la debida celeridad”. (Artículo 144.1);
- propongo incluir lo subrayado y suprimir lo tachado en el texto siguiente: “También tienen el deber de tramitar y dar respuesta en un término no superior a los 45 días hábiles con la debida celeridad, a los planteamientos que los electores formulan a sus delegados, así como otros que le competen y que son puestos en su conocimiento, según corresponda, por otros órganos del Estado” (Art. 144.2).
La Habana, 10 de junio de 2026

Lo que se necesitaría es que existiese un diseño social donde no todo sea de estamento y entorno oficial. De modo que otros factores existan y estén en condiciones de participar según intereses particulares desde las propias propuesta, así como que incluso puedan promover propuestas. No basta con consultar lo que otro elabora, mucho menos en las condiciones de Cuba que me ahorro mencionar, Asamblea Nacional incluida. No obstante, el entorno puede hacer letra muerta la mejor redacción en lengua española y las expresiones legales más ajustadas a cánones.
ResponderEliminarLa Asamblea Nacional es lo menos representativo que pueda existir. Comenzando por la Comisión de Candidaturas integrada por miembros surgidos de la oscuridad absoluta quienes por obra y gracia de la sinrazón de que siendo ellos designados a dedo adquieren la facultad de decidir quiénes compondrán el listado de candidatos a elegir … por votación. Sufragio público lastrado por la carencia de alternativas debido a la sujeción de un candidato por banca. Al menos con el 50 por ciento incluyendo a funcionarios públicos con cargos relevantes en aparatos estatales y partidista con lo cual queda fijado el clásico caso de ser juez y parte. En cuanto a funcionamiento está a la vista la escasa efectividad que acompaña la existencia de un reducido órgano permanente para decisiones corrientes, compuesto en su totalidad por miembros con cargos relevantes en los aparatos mencionados y lo aún peor, en ambos. Ello mientras la Asamblea queda relegada a dos períodos cortos que apenas alcanzarían para ratificar lo ya decidido y en ejecución, con el apuro de aprobar un par de leyes que apenas se sabe si podrán cumplirse. Lo demás que sería de esperarse de un Parlamento queda para el análisis en la pluma de los historiadores porque nada indica que haya intenciones de revisión.
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