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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

miércoles, 13 de abril de 2016

Nuevas disposiciones marcan el paso de la gestión no estatal en Cuba

Las cooperativas no agropecuarias podrán acceder de manera directa a los productores y empresas mayoristas. Foto: Alberto Borrego
Que las cooperativas no agropecuarias (CNA) y trabajadores por cuenta propia en sistema de arrendamiento puedan comprar los in­sumos directamente a las entidades productoras y empresas mayoristas, no solo despejará de inciertos los canales de acceso a los suministros, sino que las relaciones costo-beneficio serán otras, y por ende, la especulación de precios que tanto afecta a la población deberá ir en descenso, o al menos variar en términos de pro­tección al consumidor.
Sin dudas, es este uno de los principales beneficios que traerá aparejada la norma jurídica —que en conjunto con otras seis disposiciones legales vinculadas al funcionamiento de las formas no estatales en las actividades de gastronomía y comercio—, entrará en vigor a partir del 2 de mayo próximo, y que desde hoy circula en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Así informó en conferencia de prensa Oda­lis Escandell García, viceministra primera del Ministerio de Comercio Interior (Mincin), quien agregó que con los cambios puestos en marcha, corporaciones como Cimex, Copex­tel, Seisa, Acinox, además de empresas productoras de alimentos y del grupo agrícola po­drán tributar, logísticamente, a estos actores de la economía nacional.
Sobre la posibilidad de que los cuentapropistas arrienden locales para su gestión, Mi­rurgia Ramírez Santana, directora general de servicios del Mincin, destacó que según la normativa No.62/16 dicha actividad solo será posible en aquellos establecimientos donde no existan condiciones para el funcionamiento de una CNA.
En tanto, para aquellos trabajadores por cuenta propia a quienes se les arrienden espacios para su desempeño, se decidió que, en caso de que estos asuman la reparación de los mismos, serán exonerados del pago del arrendamiento hasta dos años, con lo cual se busca una mayor implicación de estos, no solo con la calidad y oferta de sus servicios, sino también con las condiciones estructurales de los locales, indicó la funcionaria.
Por otra parte, expresó, se establecen como programas priorizados las prácticas que responden al ahorro energético, reparación de calzado ortopédico, merienda escolar y sistema de atención a la familia. De ahí, precisamente, que los ciudadanos que ejercen como titulares en la actividad de zapatero re­mendón y participen en la reparación y adaptación de calzado ortopédico, van a adquirir los insumos según los descuentos que establecerá el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).
Acerca de los cambios en materia de tributo, Margarita Acosta Rodríguez, directora de política de precios del MFP precisó que la norma jurídica 124/16 es de aplicación para todas las CNA, independientemente de las actividades que estas realicen. Así, se establecerán impuestos sobre ventas y servicios, por la utilización de la fuerza de trabajo, sobre utilidades, contribución a la seguridad social, y contribución territorial para el desarrollo local.
“Con la resolución se ratifica que los precios de los productos funcionan bajo la ley de oferta y demanda, aunque existen excepciones pa­ra surtidos de sensible impacto para la población, por lo cual se establecerán precios máximos en pesos convertibles (CUC) y cubanos (CUP) a determinados artículos que co­mer­cialicen las CNA de servicios gastronómicos”, agregó.
De esta forma, los refrescos gaseados, la cerveza y el ron de producción nacional, así como los cigarros, los tabacos y productos elaborados como el pollo, tendrán topes de venta.
No obstante, explicó la viceministra primera del Mincin, dichos precios no variarán para las entidades que al imponerse la resolución expenden a un monto superior. Es decir, aquellas CNA que hoy por ejemplo venden la cerveza bucanero o cristal a 1.50 CUC —aun cuando la resolución disponga que el precio máximo sea un CUC—, seguirán manteniendo el mis­mo margen, pues la diferencia será recuperada por el MFP cuando aplique los tributos correspondientes.
En relación con los insumos y materias primas que las CNA podrán tener al alcance, indicó que se establece que los comercios estatales aplicarán un 20 % de descuento para la venta mayorista de partes, piezas y accesorios a estas cooperativas, para el desarrollo de su actividad.

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