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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

lunes, 28 de septiembre de 2020

ESCLAVIZADOS, DISCRIMINADOS Y REPRIMIDOS

Por Jorge Gómez Barata

Con la única excepción de Brasil con 97 millones de personas de color, Estados Unidos es el país fuera de África donde viven más negros. Los 40 millones afroamericanos superan la población negra de todos los países de las Antillas y de 44 estados africanos. Excepto unos cinco millones llegados desde Africa como emigrantes, todos los negros estadounidenses descienden de esclavos.

Los primeros africanos reducidos a la esclavitud llegaron a Virginia en 1619. Entre aquel año y 1808, cuando cesó la “importación de personas”, ingresaron en Estados Unidos más de un millón de esclavos, una parte procedentes de Africa y otros aportados por revendedores de las Antillas. En 1860, ochenta y cuatro años después de la Declaración de Independencia, llegó a Alabama el “Clotilde”, último barco negrero con 110 “piezas” a bordo.

No obstante, estas realidades, el texto original de la Constitución de los Estados Unidos no menciona la palabra negro ni esclavo y se necesita ser un detective para descubrir las dos alusiones al tema. La primera se refiere a la regla de “Tres Quintos.”

Durante la redacción de la Constitución surgió la necesidad de determinar la cantidad de habitantes de cada estado para establecer el número de legisladores y la cuantía de ciertos impuestos. Al respecto, se adoptó la Regla de los Tres Quintos, según el cual de cada cinco esclavos eran contados tres. Así, en términos aritméticos, cinco negros eran igual a una persona.

Según el texto: Artículo 1, Sección 2: “Tanto los representantes como las contribuciones directas se prorratearán entre los estados en relación al número de sus habitantes, el cual se determinará añadiendo al número total de personas libres… las tres quintas partes de todas las demás…” (excluyendo a los indios). La fórmula estuvo vigente hasta 1886. (Obsérvese que no se utilizan las palabras esclavo ni negros).

La otra alusión, igualmente cifrada, se encuentra en el Artículo 1, Sección 9: “El Congreso no podrá antes del año 1808 prohibir la inmigración o importación de aquellas personas cuya admisión considere conveniente a cualquiera de los estados ahora existentes…” Traducido al lenguaje común esta disposición se adoptó para poner fin al comercio de esclavos, de ahí la fórmula “importación de personas”.

Al no ser mencionados en la Carta Magna los negros esclavos no eran sujetos de derecho, por lo cual durante unos 80 años el Congreso no legisló respecto a los derechos civiles ni el Tribunal Supremo conoció litigios que los aludieran. Todo cambió con el debate nacional sobre la esclavitud y sobre todo con la Guerra Civil, de lo cual les contaré luego. Allá nos vemos.

29/09/2020
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