La Habana, 10 jul (ACN) El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) anunció adecuaciones tributarias para el trabajo por cuenta propia, en correspondencia con la actualización de las actividades autorizadas para ejercer esa forma de empleo.
En conferencia de prensa, Vladimir Regueiro, director de Política Fiscal del MFP, explicó que los ajustes permanecen dentro de los límites de la carga impositiva aprobada para este sector (entre un 25 y un 35 por ciento), y forman parte de las nuevas normativas que entrarán en vigor el próximo 7 de diciembre y publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 35.
De acuerdo con el especialista, de la recién actualizada lista de 123 autorizaciones, 52 tributarán bajo el Régimen General y las 71 restantes lo harán por el Simplificado.
Abundó que de las 28 actividades surgidas de la integración de otras, 14 deberán realizar un pago mensual de impuestos y una Declaración Jurada (DJ) al finalizar el año, mientras la otra mitad se regirá por la modalidad más sencilla, con cuotas consolidadas.
Las tres nuevas actividades permitidas: bar y recreación, panadero-dulcero y arrendamiento de medios de transporte entrarán bajo el Régimen General de tributación, hacia el cual transitarán seis figuras, entre ellas, la de fregador-engrasador de equipos automotores, instructor de automovilismo, cerrajero y tenedor de libro.
En esos casos los contribuyentes no deberán presentar su DJ hasta 2020, con los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal del año anterior.
El director de Política Fiscal del MFP detalló que teniendo en cuenta que en La Habana hay mayores niveles de rendimientos, se incrementó en 41 actividades las cuotas mínimas, mientras que en el resto del país el alza solo comprende a 20 autorizaciones.
Según Regueiro, tal medida impacta en unos 25 mil contribuyentes (cuatro por ciento del total) y en un 63 por ciento de los casos son aumentos moderados de cinco a 40 pesos, y solo el dos por ciento figura entre 100 a 300 pesos.
También un estudio de las actividades permitió reducir las cuotas mínimas en 39 licencias; en La Habana serán solo en 22, adelantó el especialista, quien alertó que tales cambios beneficiarán a quienes se inicien en esas modalidades.
Aclaró que la ventaja exime a quienes ya poseen licencias o causen baja y se reincorporen en un periodo inferior a 24 meses.
Regueiro precisó que aunque al titular le incrementen la cuota tributaria, sus empleados mantendrán su actual contribución, excepto los nuevos ingresos.
Informó que los jefes de negocios deberán pagar un impuesto por la utilización de toda la fuerza de trabajo contratada, con un tipo impositivo del cinco por ciento, que se aplicará de forma progresiva según el número de empleados y en correspondencia al salario medio mensual de la provincia donde opere.
Otra novedad es la exigencia de la habilitación de cuentas bancarias fiscales para quienes ejerzan los servicios gastronómicos en cafeterías, paladares y bares, arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios y la trasportación en la capital.
Las adecuaciones también dan continuidad a lo refrendado en los lineamientos socioeconómicos del país de evitar la concentración de riquezas y propiedad en formas no estatales, así como buscan incentivar el desarrollo ordenado de esta actividad, valoró el director de Política Fiscal del MFP.
Desde la reapertura en 2010 del trabajo por cuenta propia, crecen las recaudaciones por ese concepto, las cuales ya representan el cinco por ciento de los ingresos previstos a captar este año por el Presupuesto del Estado.
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