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"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

lunes, 27 de agosto de 2018

La economía en la letra de la Carta Magna y la voz del pueblo

El pueblo cubano hace suyo el privilegio de aportar sus propuestas a la Carta Magna. Foto: Jorge Luis Merencio
Miles de reuniones, con una presencia masiva de personas, se han celebrado en todo el país desde que el pasado día 13 iniciara el proceso de consulta popular del Proyecto de Constitución de la República de Cuba, el cual se extenderá hasta el venidero 15 de noviembre.
Este mecanismo inédito en el mundo, en el que el pueblo funciona como una gran asamblea constituyente, le da la oportunidad a cada cubano de opinar sobre el texto, proponiendo adiciones, supresiones, aclaraciones, ampliaciones, u otra redacción en cada uno de los párrafos del proyecto.
Como expresa Sergio Emilio Castillo Torres, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Guantánamo, la Carta Magna que se propone es adelantada, moderna, supera a todas las que ha tenido el país y está estructurada según lo más importante.
También se acoge al principio de progresividad de los derechos, ofrece igualdad, es amplia e inclusiva, de acuerdo con la doctrina actual del derecho comparado, y regirá, como Ley de leyes, la vida de las actuales y futuras generaciones de cubanos. De ahí el apoyo que recibe por el pueblo.
Un número significativo de las intervenciones ha estado enfocado en reconocer la integralidad y solidez del texto y expresar el respaldo a lo formulado en él. Otras, en proponer adiciones, modificaciones o eliminaciones y también en exponer dudas sobre el articulado del trascendental documento.


DE LA ECONOMÍA
Ese comportamiento se ha puesto de manifiesto, por ejemplo, en el análisis del Título II, relacionado con los Fundamentos Económicos, y cuyo primer artículo, el número 20, asegura que en la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, como forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que considera y regula el mercado, en función de los intereses de la sociedad.
Al respecto, Ilia María Quesada Pérez, del consejo popular de Rubén López Sabariego, en la ciudad de Guantánamo, ponderó el hecho de que la empresa estatal socialista continuará siendo el sujeto principal de la economía nacional, ya que es la esencia de nuestro sistema productivo, generadora de los principales renglones y bienes de consumo.
Me siento orgulloso de que en el ­Proyecto de Constitución se reconozca a la cooperativa como una de las formas principales de propiedad, por el peso que tenemos en la producción de alimentos para el pueblo, apuntó con satisfacción Orle Matos Rodríguez, presidente de la CPA 17 de Mayo, en el Valle de Caujerí.
Consideró Orle que en el artículo 31, párrafo 119, se incluya que el trabajo debe constituir, más que un deber, una obligación para todo aquel que no tiene limitaciones para laborar, pues en todo el país hay trabajo y, sin embargo, miles de personas son vagas y viven del esfuerzo de los demás y de la sociedad, fenómeno al que no escapan las cooperativas.
Con ese propio párrafo tiene que ver la duda o interrogante de Guillermo Mastrapa: «¿Qué va a pasar, cómo va a proceder el Estado con las personas en edad laboral que no trabajan, que viven de los demás y constituyen un potencial delictivo?».
Héctor González López abordó la falta de correspondencia entre los precios y los salarios, mientras Josefa Cuadra Vázquez, también cederista, consideró que ante los bajos salarios el Estado debe aplicar políticas reguladoras de precios a cumplir por comerciantes estatales y privados.
Añadió que la Constitución debe tener en cuenta que el bajo salario en buena parte de las entidades está provocando un éxodo significativo de trabajadores estatales hacia el sector privado, que paga mejor. Dicho fenómeno adquiere ribetes pronunciados en sectores estratégicos para el país como el educativo y el de la Construcción.
Por su parte, el también cederista Israel Dubois Andújar elogió la medida estatal de crear el trabajo por cuenta propia para estimular la economía y generar empleos, pero cuestionó la anarquía de los precios que algunos instauran, por lo que sugirió que en la Ley de Leyes debe aparecer el mecanismo para regular aquellos.
Lo cierto es que mediante el proceso de consulta, el pueblo cubano, con su tradición de ser protagonista de cada momento histórico de la Revolución, hace suyo el privilegio enorme de aportar sus opiniones, sus ideas, a la futura Constitución de la República, en la cual se reafirma el carácter socialista de nuestro sistema político, económico y social, así como el papel rector del Partido Comunista de Cuba.  
El país, no cabe duda, saldrá fortalecido de este nuevo examen, de este ejercicio, expresión del carácter democrático y participativo del Estado revolucionario y del poder soberano del pueblo, devenido este en órgano constituyente de la nación.


Los jóvenes combatientes de la Brigada de la Frontera, Orden Antonio Maceo, iniciaron también el proceso de reuniones de consulta popular del Proyecto de Constitución. Foto: Lorenzo Crespo
DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN
- ARTÍCULO 20. En la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, como forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que considera y regula el mercado, en función de los intereses de la sociedad.

- ARTÍCULO 21, inciso b: Se reconoce entre las formas de propiedad la cooperativa: la sustentada en el trabajo colectivo de sus socios propietarios y en el ejercicio efectivo de los principios del cooperativismo.

- ARTÍCULO 26. La empresa estatal socialista es el sujeto principal de la economía nacional. Dispone de autonomía en la administración y gestión, así como desempeña el papel principal en la producción de bienes y servicios. La ley regula los principios de organización y funcionamiento de la empresa estatal socialista.

- ARTÍCULO 31. El trabajo es un valor primordial de nuestra sociedad. Constituye un deber, un derecho y un motivo de honor de todas las personas en condiciones de trabajar. Es, además, la fuente principal de ingresos que sustenta la realización de los proyectos individuales, colectivos y sociales. La distribución de la riqueza con arreglo al trabajo aportado, se complementa con la satisfacción equitativa de los servicios sociales universales y otros beneficios.

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