Fidel


"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

viernes, 1 de enero de 2021

¡Llegó el día cero! ¿Y ahora qué? (+ Infografías)

 Por: Oscar Figueredo Reinaldo, Lissett Izquierdo Ferrer, Edilberto Carmona Tamayo, Rogelio Carmenate

Adiós al CUC. El famoso “día cero” de la unificación monetaria y cambiaria ya está marcado en el almanaque nacional. Aunque el Gobierno ofreció información detallada con anterioridad, son inevitables las expectativas, dudas y preocupaciones al tratarse de un proceso que plantea tantas transformaciones a la vez: un nuevo y único tipo de cambio de de 24 CUP por un dólar, eliminación de los subsidios excesivos y gratuidades indebidas, y una modificación de la distribución de los ingresos.

Pero, vayamos por parte. Si usted es de los que tiene guardado ahorros en pesos convertibles, calma. El Banco Central de Cuba (BCC) aclaró que durante seis meses en Cadecas y bancos se efectuarán canjes de CUC a CUP, manteniéndose la tasa 1 CUC por 24 CUP. 

Con la extinta moneda también se podrá seguir pagando en tiendas y otras unidades, decisión que permitirá recoger esos billetes en manos de la población, que dispondrá de tiempo suficiente para “limpiar” y “actualizar” su billetera. Porque desde este 1ro de enero, todas las compraventas en Cuba serán solo en CUP, excepto aquellas que se realizan mediante tarjetas magnéticas en tiendas en MLC.

Otro asunto son las cuentas bancarias personales. En este caso, el BCC dispuso que en un plazo de hasta seis meses los depósitos se mantendrán en CUC, mientras que los de colaboradores y de estímulos se convertirán automáticamente a la nueva tasa de cambio. Asimismo sucederá con las de los trabajadores por cuenta propia y de los agricultores individuales.

Opciones para los titulares de cuentas durante los 180 días dispuestos:

  • Pueden decidir si convierten su saldo total o parcialmente, a CUP a la tasa de cambio de 24 CUP x 1 CUC, a dólares estadounidenses o euros. En este caso el banco emite un certificado de depósito que tendrá una tasa de interés de 0,15% anualmente, pero no podrá recibir depósito y tampoco realizar transferencias.

En el caso de que el cliente quiera retirar esos fondos antes de que haya la disponibilidad y el respaldo de liquidez necesario, este título se cancelará y las personas podrán extraer en CUP el principal y los intereses que hayan ido devengando en ese tiempo.

  • Para aquellos que no se presenten al banco para modificar su cuenta, automáticamente se abre una nueva cuenta en CUP y se transfiere el saldo convertido a la tasa de 1 CUC x 24 CUP. También recibirán una bonificación adicional a los intereses entre 1,5% y 3,5%.

Otros detalles necesarios:

  • Los cajeros automáticos solo dispensarán CUP, independientemente de la moneda en que esté denominada la cuenta a la que está asociada la tarjeta.
  • Las tarjetas magnéticas asociadas a cuentas en pesos convertibles se mantienen vigentes hasta tanto el banco emisor lo decida, y las operaciones se ejecutan en pesos cubanos.
  • Los canales de pagos electrónicos serán restablecidos a partir del primer minuto del 1ro. de enero con el nuevo ambiente de unificación monetaria, y lo harán con los saldos disponibles expresados en CUP.

Los nuevos precios y tarifas

La nueva relación precio-salario ha puesto a sacar cuentas a las familias cubanas, algunas con expectativas, otras con incertidumbres. Y es que tras la reforma salarial hay más dinero del acostumbrado en los bolsillos, pero qué valor tendrá frente a los bienes y servicios ofrecidos por establecimientos estatales y negocios privados.

La nueva realidad monetaria implica, por varias razones, una subida de precios. En primer lugar, porque aumentan los costos de los productos que tengan un componente importado. Si una empresa gastaba un dólar en adquirir una determinada mercancía fuera de fronteras (recuerde la anterior equivalencia de 1 CUC= 1 CUP= 1 USD), con la tasa de cambio actual necesitará más dinero para realizar la propia compra.

Para que se tenga una idea, en otros países —alertan expertos— el traspaso de la devaluación hacia los precios sucede en un periodo de tres a 18 meses, en dependencia de su nivel de importación; en el caso de Cuba este proceso no sería lento, teniendo en cuenta que anualmente se importan bienes por un valor de 12 000 000 de dólares. 

Como se ha dicho, uno de los principales riesgos del ordenamiento monetario es que se produzca una inflación superior a la diseñada, agudizada por el actual déficit de oferta. No obstante, el presidente Miguel Díaz-Canel aseguró que los precios abusivos y especulativos no se permitirán.

¿Qué pasará con las bodegas y las tiendas en CUC?

Los consumidores mantienen sus derechos, en las bodegas de siempre y con una libreta de abastecimiento que continúa listando, como hasta ahora, 19 productos alimenticios y cuatro no alimenticios, pero con nuevos precios. En el caso del consumo de diciembre, cuyo ciclo de venta concluye en enero, los subsidios sí se mantendrán.

El costo de esta canasta normada es de 180 pesos (162 pesos más que la anterior). Cuando se añade la adquisición de combustibles, productos de aseo y otros productos imprescindibles, alcanza un valor de 1 528 pesos.




Productos que mantienen su precio, con subsidio: 

  • Uniforme escolar
  • La canastilla
  • Calzado profiláctico- ortopédico, que se comercializa a partir de recetas médicas.
  • Las dietas médicas, para la carne y la leche.

Productos que se venden de forma liberada y que mantienen su precio: 

  • El pollo, la salchicha, los refrescos, los siropes, las galletas de sal, mayonesa, pastas alimenticias y aderezo.
  • Los materiales de la construcción, el acero, las tejas de fibrocemento, la carpintería metálica.

Otros servicios del comercio interior

  • Entre los productos liberados cuyos precios se modifican están los rones de la industria nacional, las cervezas que produce la empresa mixta Bucanero, lácteos, conservas de frutas y vegetales.
  • Se elimina el subsidio del Sistema de Atención a la Familia.
  • La merienda escolar seguirá gratuita para los estudiantes; los profesores sí deberán pagarla.

¿Y las tiendas en CUC? Hoy 1 049 establecimientos de CIMEX y TRD abren sus puertas para ofertar a la población productos en CUP. Posteriormente y de forma escalonada, el 5 de enero se sumarán los últimos 264 establecimientos que se incorporarán a la venta en CUP.







No solo hay cambios en estos precios y tarifas del mercado minorista, sino del resto de los bienes y servicios en Cuba.

¿Cuál será la tarifa del agua y la corriente?

La nueva tarifa eléctrica ha sido, sin duda alguna, uno de los temas más comentados tras conocerse el inicio del proceso de ordenamiento monetario en el país.

Como afirmó el presidente de la República ante la Asamblea Nacional del Poder Popular días atrás: “Se revisará lo que haya que revisar y se corregirá lo que deba y pueda ser corregido”. Bajo esa premisa, se han revisado y modificado las tarifas eléctricas.

  • Reducción de las tarifas, por reducción de los costos.
  • Mayor apertura de los tramos de consumo hasta 500 kWh.
  • Mayor proporcionalidad en las tarifas aplicables al 97.8% de los clientes.
  • Separación de las tarifas para la actividad productiva y de servicios de las formas de gestión no estatal de la tarifa residencial.



Entre tanto, para las formas de gestión no estatal se aplicará la tarifa B1, que se aplica al sector no residencial. Con ello se pretende equiparar las condiciones de pago del servicio eléctrico de las empresas estatales con las formas no estatales. Que todos los actores económicos vayan a la misma tarifa”.

La tarifa para no residencial se cobra según el nivel de tensión al que estén conectados los consumidores: alta, media o baja. Sin embargo, en estas formas de gestión no estatal todos están en la baja tensión.




En correspondencia con los cambios efectuados a las tarifas eléctricas, se modifica el precio del cilindro de 10 kg de gas licuado de 213 CUP a 180 CUP.

Por su parte, hay dos tipos de servicios de abasto de agua potable: el denominado no metrado, para aquellos usuarios que aún no tienen reloj y que no se cuantifica, por lo que va a una tarifa fija mensual de siete pesos, que es como se establece por cantidad de personas en el núcleo, y el metrado, en el que los usuarios tienen un incremento con escalas progresivas cuyos precios dependen del consumo de agua por habitante en el mes.


Suben los precios, pero también los salarios

Luego de haber recibido un anticipo salarial de 1 000 pesos, quedan pocos días para que los trabajadores cobren sus nuevos salarios. La cuantía mínima se eleva a 2 100 pesos mensuales.

Divididos en 32 grupos de complejidad, se establecen los salarios escalas, según régimen de trabajo y descanso. Las escalas parten de 1 910 y 2 100 pesos para aquellos que laboran 40 y 44 horas semanales, respectivamente, y se fija en la última escala 9 510 pesos para quienes trabajen 44 horas semanales.

Se mantendrán los pagos adicionales mensuales:

  • Por condiciones laborales anormales;
  • Por trabajar en turnos nocturnos y mixtos.
  • Por ostentar la categoría de Máster o la Especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior, 440 pesos y por el grado científico de Doctor, 825 pesos, los que se reciben por una sola titulación, siempre que los profesionales desempeñen un cargo con exigencias de nivel universitario.
  • Coeficiente de interés económico social del treinta por ciento (30%) del salario básico para los trabajadores que laboran en el municipio de Caimanera, provincia de Guantánamo.
  • Para las profesiones que se certifican internacionalmente, 685 pesos.
  • Por impartir docencia en Salud Pública, para médicos, estomatólogos y otros profesionales que no ocupan plazas docentes.

A la vez, se dejan sin efecto para todos los trabajadores pagos adicionales mensuales como por ocupar cargos técnicos, por trabajar en los organismos globales y del perfeccionamiento empresarial en las entidades autorizadas a aplicarlo, entre otros.

Las pensiones concedidas por el Régimen General de Seguridad Social se incrementan en correspondencia con una escala, que va de 1 528 pesos (para aquellos que cobren actualmente entre 280 y hasta 300 pesos) a 1 733 para quienes reciban de 446 a 500 pesos.

En la resolución se precisa que las pensiones superiores a 501 pesos mensuales, reciben un incremento de 1 528 pesos cada una.

En el caso del régimen laboral en la inversión extranjera, se puntualiza que el pago del salario de los cubanos residentes en el territorio nacional y extranjeros residentes permanentes en Cuba que prestan servicios en las empresas, lo realiza en pesos cubanos la entidad empleadora, encargada de seleccionar y suministrar el personal que presta los servicios a las empresas.

  • El salario se fija por acuerdo entre la entidad empleadora y la empresa con capital extranjero teniendo en cuenta la complejidad, las condiciones del trabajo y requisitos adicionales de los cargos.
  • El salario acordado no puede ser inferior al que corresponde a cada cargo en la escala salarial vigente.

¿Qué impuestos hay que pagar?

Todos los trabajadores deberán pagar la contribución especial a la seguridad social: el 5% sobre la totalidad de las remuneraciones salariales.

En cuanto a los impuestos sobre ingresos personales, se establece un mínimo exento para todos los contribuyentes de 3 260 pesos mensuales (anteriormente era de 2 500 pesos). 

No pagarán este impuesto los trabajadores que reciban menos de 3 260 pesos, los que perciban entre 3 260 hasta 9 510 se le aplicará un tipo impositivo del 3%, mientras que el exceso de 9 510 tributa el 5%.

Es decir, cuando los ingresos sean entre 3 260 y hasta 9 510, a la diferencia entre el mínimo exento y el salario nominal se le descontará un 3%. Por ejemplo, supongamos que el salario sea 6 060 pesos, en este caso se deberá abonar 84 pesos.

Para los que reciban más de 9 510 tributarán el 5% del monto que resulte al restar 3 260 pesos (el mínimo exento).

El impuesto sobre los ingresos personales se paga mediante el sistema de retenciones que realizan las entidades y los trabajadores no deberán presentar la declaración jurada que se paga anualmente.

Otro tema de interés es qué pasará tras la arrancada del ordenamiento monetario en cuanto al impuesto aduanero. Debe saber que es totalmente falsa e infundada la versión sobre un incremento de ese gravamen. 

Hay dos resoluciones que regulan la adecuación del pago de los aranceles debido a la eliminación del CUC.

“Para no afectar a los pasajeros, sobre todo a los residentes cubanos permanentes en territorio nacional en su primera importación, se modificaron los porcentajes a pagar dentro de los 1 000 pesos que las personas pueden traer como equipaje acompañante, para que puedan seguir pagando el arancel en los mismos importes que se hace actualmente”, precisó Yahily García Poma, directora de Política de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios.

En cuanto al impuesto del 4% por ingresos obtenidos a los residentes permanentes en Cuba que viajen al exterior a laborar, se ha explicado por autoridades gubernamentales de la Isla que ello está en ley desde el 2013, pero aún no se ha implementado. “Estamos en la fase de creación de condiciones para la aplicación de ese impuesto a los deportistas que se contraten en el exterior, con las particularidades propias que se establecen en la ley del sistema tributario”.

Si eres trabajador por cuenta propia, qué debes tener en cuenta

También se han implementado adecuaciones tributarias para reducir la carga en el sector estatal y en las formas de gestión no estatal, que sentirán el impacto de los crecimientos de los costos y los precios de todos los insumos que deben adquirir para ejercer su actividad.

  • En el caso de los trabajadores por cuenta propia, se reconoce el 100% de los gastos en que incurrieron en el ejercicio de sus actividades, exigiendo la justificación del 80% de los mismos, y se incrementa el mínimo exento anual a 39 120 pesos.
  • Exonerar del pago anual del impuesto sobre ingresos personales mediante declaración jurada a los trabajadores por cuenta propia que se mantuvieron suspendidos por un periodo de seis meses o más, en el ejercicio de su actividad, por el efecto de la COVID-19.
  • Facultar a los consejos de la Administración municipales y provinciales para establecer bonificaciones totales o parciales en el pago de los impuestos sobre las ventas y los servicios, a las formas de gestión no estatal con el objetivo de lograr adecuadas concertaciones de precios de bienes y servicios de impacto en la población.
  • Aplicar con carácter general los impuestos sobre las ventas y los servicios, con un tipo impositivo reducido en relación con periodos anteriores, del 10%. Esta medida está vinculada a los impactos de las correcciones de precios mayoristas y minoristas.
  • Extender la aplicación del impuesto por la ociosidad de las tierras agrícolas y forestales a todas las provincias y al municipio especial Isla de la Juventud.
  • Aplicar los impuestos por el uso y explotación de bahías y por el vertimiento de residuales, aprobados en las bahías de La Habana, Matanzas y Cienfuegos, así como en las cuencas hidrográficas que tributan a estas. En la actualidad este impuesto solo se aplica en la bahía de La Habana.
  • Disponer que la campaña de declaración y pago de tributos se inicie el 28 de enero, para favorecer el cumplimiento de las obligaciones.



Otros precios y servicios que debes conocer





ETECSA




















No hay comentarios:

Publicar un comentario