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sábado, 3 de abril de 2021

Trabajadores no estatales podrán modificar base de contribución a la Seguridad Social

Publicado el 2 abril, 2021 • 21:57 por Redacción Digital

Los trabajadores del sector no estatal que están afiliados a los regímenes especiales de la Seguridad Social, y deseen modificar su base de contribución, podrán solicitarlo a partir de la segunda quincena del presente mes.


Foto: Miguel Moret/ Tribuna de La Habana

Según informó al diario Granma la directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), Virginia Marlén García Reyes, esta modificación se podrá efectuar también con carácter retroactivo, para incluir los meses de enero, febrero y marzo de este año.

De esta forma, explicó, quienes estén próximos a cumplir los requisitos de edad y tiempo de contribución, y deseen solicitar su jubilación a partir de 2022, 2023, 2024 o 2025, podrán recibir un importe de pensión en correspondencia con su nuevo aporte.

Precisó García Reyes que se habilitará el correo electrónico modificarbc@inass.gob.cu, a través del cual los interesados podrán seleccionar una nueva base de contribución, sin tener que realizar ningún trámite de manera presencial en las filiales municipales del Inass, las oficinas de Administración Tributaria (Onat), ni las direcciones municipales de Trabajo.

Incluso, existirá la posibilidad de escanear un código QR para acceder a los datos que deben ser enviados, y proceder a la modificación, refirió la especialista.

Cuando los trabajadores del sector no estatal comiencen a solicitar la modificación de la base de contribución, se recepcionarán los correos y, a través de las filiales provinciales del Inass, se harán llegar a las filiales municipales del organismo.

Además, se enviará la información a las direcciones municipales de Trabajo, para realizar el proceso de modificación, y a las oficinas de la Onat para ejecutar el cambio, aclaró la directora general de Inass.

En Cuba existen ocho regímenes especiales de la Seguridad Social, que protegen a quienes realizan actividades que, por su naturaleza o por la índole de sus procesos productivos o de servicios, reciben una protección a través de decretos-leyes aprobados para cada uno de estos.

Sobre el relativo a la Seguridad Social de los usufructuarios de tierra, la funcionaria señaló que una cifra considerable de estos trabajadores aún no se ha incorporado a la Seguridad Social.

Un total de ocho mil 430, concentrados fundamentalmente en las provincias de Villa Clara, Camagüey, Artemisa y Holguín, están negados a afiliarse, significó.

Puntualizó además que el artículo número cuatro de ese decreto-ley establece que es obligatoria la afiliación al régimen especial de la Seguridad Social.

En ocasiones, el usufructuario no conoce que la Seguridad Social, lo protege en caso de invalidez, y ampara a la familia en caso de fallecimiento, por lo cual garantiza que, a futuro, esas personas no constituyan una carga para la asistencia social, afirmó la directiva.

(Tomado de ACN)

1 comentario:

  1. Cómo se calcula el monto de la jubilación o pensión para los TCP? Por favor quien sabe?
    Saludos

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