Fidel


"Peor que los peligros del error son los peligros del silencio." ""Creo que mientras más critica exista dentro del socialismo,eso es lo mejor" Fidel Castro Ruz

domingo, 1 de septiembre de 2019

Bonificación tributaria para agentes del sector no estatal que redujeron precios en vacaciones

En este artículo: Comercio, Cuba, Economía, Política, Precios, Sociedad, Trabajadores por Cuenta Propia
30 agosto 2019 
El beneficio consiste en la aplicación de un tipo impositivo de un cinco por ciento a los agentes económicos no estatales que tomaron esa decisión como complemento de las medidas adoptadas por los gobiernos locales. Foto: La Demajagua
El Ministerio del Finanzas y Precios (MFP) aprobó una bonificación en el pago de los impuestos sobre las ventas y los servicios a las cooperativas no agropecuarias, los trabajadores por cuenta propia y otras formas de gestión no estatal que redujeron en no menos del diez por ciento los precios de sus productos y servicios a la población en el verano.
El beneficio consiste en la aplicación de un tipo impositivo de un cinco por ciento a los agentes económicos no estatales que tomaron esa decisión como complemento de las medidas adoptadas por los gobiernos locales para el disfrute del período vacacional en los meses de julio y agosto.
La bonificación se aplica sobre los ingresos obtenidos de la comercialización de los productos y servicios con esas rebajas de precios, según consta en la resolución No. 363 de 2019 de la ministra del MFP, Meisi Bolaños Weiss, publicada en la Gaceta Oficial No. 62 Ordinaria de este jueves.
La jefa de la cartera indica en sus resuelvos que los consejos de las administraciones municipales y del municipio especial de Isla de la Juventud, «certifican a la Oficina Nacional de Administración Tributaria en cada municipio, dentro de los diez días hábiles siguientes a los meses de julio y agosto de 2019, los contribuyentes que en esos meses, de forma efectiva se insertaron en el programa del plan vacacional y les corresponde la aplicación de los beneficios fiscales dispuestos».
Según la disposición final de la resolución No. 363/2019, la misma entró en vigor en la fecha de su firma, que fue dada «a los 9 días de agosto de 2019».
(Tomado de Juventud Rebelde)

No hay comentarios:

Publicar un comentario