El decreto-ley beneficia, además, a los familiares que quedan al cuidado de los niños en caso de fallecimiento de la madre
El Decreto Ley 56 de la Maternidad de mujer trabajadora y la Respondabilidad Familiar ha beneficiado a 22 176 cubanas en esa condición durante el primer semestre del año.
De acuerdo el sitio web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), las prestaciones «no pueden ser» inferiores «al salario mínimo vigente de 2.100 pesos cubanos».
En conferencia de prensa las direcciones Jurídicas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Seguridad Social actualizaron, además, sobre los nuevos beneficios que contempla esta norma jurídica y los principios que se mantienen como voluntad política del gobierno cubano en defender los derechos de las mujeres embarazadas y su maternidad.
También se hizo énfasis en los beneficios del decreto-ley para las trabajadoras del sector privado, siempre que paguen sus impuestos, pues se establece que la embarazada deje de trabajar al cumplir las 34 semanas y reciba una licencia de maternidad de 18 semanas, divididas en seis antes del parto y 12 después.
En ese periodo recibe la ayuda económica cuando acredite su condición con un certificado médico.
Se destacaron, además, las maneras en que se busca estimular la fecundidad en el país y las formas en que la normativa alcanza a los familiares que quedan al cuidado de los niños en caso de muerte de la madre.
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