La Habana, 28 ago (ACN) El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprobó que las unidades presupuestadas con tratamiento especial apliquen sistemas de pago a destajo u otros que estimulen el aporte individual en las actividades productivas, comerciales y de prestación de servicios que le generen ingresos propios.
La Resolución 72 de este organismo, publicada en la Gaceta Oficial No. 74 Extraordinaria de 27 de agosto de 2021, establece que los sistemas de pago que se apliquen están condicionados a incrementar los ingresos por las actividades productivas, comerciales y de prestación de servicios.
Contempla, además, que están condicionados por el resultado negativo en el Estado de Rendimiento Financiero, no incrementar la subvención en valor absoluto prevista en el plan; y por el resultado positivo planificado en el Estado de Rendimiento Financiero al cierre del ejercicio económico, no disminuir los aportes al Presupuesto del Estado en valor absoluto.
Asimismo, la normativa autoriza a los trabajadores de la unidad presupuestada Equipo de Servicios de Traducción e Interpretación (ESTI), vinculados directamente con la traducción, revisión y edición de documentos, interpretación simultánea, interpretación bilateral y servicios técnicos electrónicos, a la aplicación de estos sistemas de pago, a partir de distribuir hasta un 20 por ciento de las tarifas establecidas para cada servicio, por los resultados individuales.
La presente disposición comenzó a surtir efectos desde ayer, fecha de su publicación en la Gaceta Oficial.
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