Aunque han sido mencionadas como parte de las nuevas medidas económicas anunciadas el pasado 16 de julio, el establecimiento de las “empresas privadas de mediana, pequeña y micro escalas” (PYMES) no parece ser una prioridad.
Existen por lo menos dos hechos que pudieran ser tomados como evidencias. En primer lugar, la reciente definición de que no entrarán en funcionamiento inmediatamente, algo que se acompaña de la expresión “se trabaja para su instrumentación” que usualmente tiene una connotación soporífera en la narrativa de las políticas públicas cubana.
En segundo lugar, la añadidura de algo nebuloso a lo que se le denomina PYMES estatales, transformando así lo que anteriormente aparecía en el documento de la “Conceptualización” como un proceso diáfano, circunscrito al sector privado, en un proceso ambiguo que “mezcla churras con merinas” como decían los viejos de la familia.
Se conoce que el marco político y jurídico en que se ha concebido el establecimiento de PYMES en Cuba establece parámetros de subordinación de las PYMES respecto a la empresa estatal y la planificación, así como define límites a la acumulación, pero ese no es ese un tema que se aborda aquí porque sobre lo que se llama la atención en este texto es acerca del retraso y de la distorsión del proceso, inclusive dentro del propio marco político y jurídico en que fue concebido.
El establecimiento de PYMES es técnicamente menos complicado que la instrumentación de un mercado de deuda pública sobre el cual parece que se trabaja aceleradamente y es muchísimo menos polémico desde el punto de vista social que la extensión de la dolarización hacia la venta de alimentos y de otros productos de primera necesidad.
Un problema de productividad…no hace falta mirar a otra parte
Desde hace años, la función de creación de empleo neto en Cuba recae sobre el sector no estatal y principalmente sobre el sector privado. No me detengo en un tema que he abordado otras veces. (1)
Fuente: ONEI. Anuario Estadístico de Cuba (varios años: 2011, 2014, 2016, 2018), y Yenia Silva Correa, “La población económicamente activa en Cuba aumentó en más de 40 000 trabajadores en 2019”, Granma, 19 de enero de 2020 http://www.granma.cu/cuba/2020-01-19/el-empleo-en-la-mira-de-todos-19-01-2020-17-01-45
Para que sea compatible con el desarrollo, una modificación de la estructura laboral en la que se “ensancha” el número de empleados en el sector privado debe ir acompañada de la creación de condiciones para que la productividad sea lo más elevada posible en el empleo privado. Si la transferencia de empleo es grande y se produce hacia una zona de muy baja productividad en el sector privado, entonces el país se asoma a un despeñadero económico. (2)
Una de las definiciones “operativas” del desarrollo es la colocación de una parte creciente de la fuerza laboral en trayectorias crecientes de aprendizaje tecnológico y organizativo, lo cual es exactamente lo que no sucede cuando se incrementa notablemente el por ciento de la fuerza de trabajo nacional en una zona de baja productividad (TCP), algo que es aún más grave cuando se le agrega el altísimo número de personas en edad laboral que no trabajan ni estudian.
En un contexto en el que se limita la escala de operación y de acumulación del sector privado y que, por tanto, se restringe su actividad a un rango de escala empresarial que, en promedio, es considerablemente menor que los niveles de productividad de las empresas grandes, entonces es crucial asegurar que la actividad privada tenga condiciones de operación que le permita alcanzar (o por lo menos aspirar a) la frontera de productividad máxima que posibiliten sus escalas y formas organizativas, conociendo de antemano que no podrían igualar la productividad de la gran empresa.
En Cuba, el diseño actual del marco operativo del sector privado –específicamente del trabajo por cuenta propia (TCP)- es una “traba” para la productividad mayor a la que razonablemente pudiera aspirar el sector privado porque las normativas para TCP ofrecen una institucionalidad primitiva que fundamentalmente gira alrededor del trabajo unipersonal o familiar, de escala muy pequeña. Existe un segmento TCP de “proto- empresas”, pero precisamente por carecer de legalidad jurídica incluso ese segmento no puede funcionar bien.
No existen datos para Cuba, pero los datos de Vietnam permiten visualizar el problema: en la medida en que la escala disminuye y en la medida en que el formato organizativo se simplifica, los niveles de productividad se alejan de la cota de productividad de las empresas estatales. Vale aclarar que en Vietnam la categoría “privado sin licencia” no equivale a un estatus de ilegalidad. Simplemente no se exige licencia para realizar una amplia gama de actividades privadas unipersonales de bajos ingresos, como sería el caso de vendedores ambulantes, trabajo de costura, reparaciones menores, etc.
Fuente: Nguyen Thang, Laure Pasquier-Doumer, y Xavier Oudin (editors), The Importance of Household Businesses and the Informal Sector for Inclusive Growth in Vietnam, co-publicado por Vietnam Academy of Social Sciences and the French National Research Institute, 2017. Ver Gráfico 5.4 Value added per year and per worker (labour productivity ) by institutional sector (million VND).
Llevándolo al caso de Cuba, el TCP se concentraría en la columna amarilla del grafico (“privado sin licencia”) mientras que una buena parte del segmento minoritario “proto-empresarial” del TCP se ubicaría en la columna verde (“negocios familiares”).
Asumiendo que incluso si se legalizaran las PYMES habría un alto número de trabajadores privados que se mantendrían en la columna amarilla, la legalización de las PYMES y su apoyo contribuirían a aumentar el nivel de productividad promedio del sector privado y con ello potenciarían su aporte positivo al Producto Interno Bruto (PIB), al ingreso personal y familiar y a la demanda interna.
Un problema de secuencia… las PYMES primero
He afirmado muchas veces que la creación de PYMES y la reforma de la empresa estatal son dos caras de una misma moneda. (3)
Cualquier reforma medianamente rigurosa de la empresa estatal va a generar trabajadores excedentes. Ha ocurrido en muchas partes y es un fenómeno bien estudiado. Si a eso se agrega el posible impacto negativo de una devaluación del peso cubano (CUP) sobre una parte de las empresas estatales, debería quedar claro que no podría haber reforma exitosa de la empresa estatal si no existiese –como precondición- una zona de inserción laboral para los trabajadores estales excedentes y que esa zona les permitiese alcanzar niveles de productividad menores que el promedio de productividad estatal, pero no ínfimos como los que pudiera tener –en promedio- el TCP.
Como en la economía no ocurren milagros, la única zona disponible de creación de empleo con la que se cuenta en Cuba es con el sector privado y, por tanto, este debe ser capaz de funcionar con una institucionalidad diversa que incluya la forma empresarial, antes de que se proceda a una restructuración de la empresa estatal.
Resumiendo: primero deben crearse las PYMES y luego emprenderse la reforma de la empresa estatal, o más precisamente la etapa de redimensionamiento de la reforma empresarial.
Travesía en tres fases hacia las PYMES… cuanto antes mejor
Sugiero un programa estructurado en tres fases y con una duración aproximada de 18 meses:
Fase 1: Marco normativo del trabajo autónomo (del mes 1 al mes 3).
Fase 2: Establecimiento de PYMES (del mes 4 al mes 12).
Fase 3: Marco normativo para el apoyo a las PYMES (del mes 13 al mes 18).
Fase 1: Marco normativo del trabajo autónomo (del mes 1 al mes 3).
Consistiría en una reforma para reemplazar el actual esquema de TCP con un nuevo marco normativo para el trabajo “autónomo”.
Esencialmente reemplazaría el actual listado de alcance “preestablecido y limitado” por un ordenamiento del trabajo “autónomo” que refleje las normativas más avanzadas en este tema que pudieran tomarse de otras experiencias.
Existiría una combinación de “lista negativa” para identificar categorías amplias de actividades económicas donde no se ejercería el trabajo autónomo y de “listas positivas” de actividades para definir al menos tres tipos de licencias: a) licencias para trabajo unipersonal (incluyendo trabajo familiar), b) licencia de autónomo profesional, y c) licencia de autónomo empleador.
Los asalariados no serían considerados como autónomos.
Aunque no tengo capacidad para pronunciarme sobre los detalles legales, asumo que el procedimiento jurídico no tendría que ser muy complicado. Quizás sería suficiente una “Resolución” del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) acompañada de resoluciones complementarias de otros ministerios relevantes.
La categoría de “autónomo empleador”, al delimitar claramente el segmento “proto- empresarial” del trabajo autónomo, crearía condiciones para pasar a la segunda fase.
Fase 2: Establecimiento de PYMES (del mes 4 al mes 12).
El énfasis de la segunda fase consistiría en legalizar de manera acelerada las PYMES en ciernes que ya existirían en la categoría de “autónomo empleador”, ofreciendo simultáneamente la oportunidad para el registro legal de nuevos negocios.
El establecimiento de PYMES debe diferenciarse del fortalecimiento de las PYMES. Aquí hay un problema de secuencia que debería ser bien entendido. Primero habría que poner en marcha el proceso mediante un marco normativo “provisional” enfocado en legalizar el establecimiento de PYMES, para más adelante pasar al marco normativo “típico” de las PYMES cuyo objetivo es esencialmente apoyarlas, precisamente porque son entidades relativamente frágiles que cumplen funciones importantes en términos de empleo nacional y de “conexión” del tejido económico.
Desde el punto de vista de sus componentes económicos (no necesariamente jurídicos) una normativa para el rápido establecimiento “ de PYMES en Cuba debería incluir, al menos, los siguientes aspectos:
I. DISPOSICIONES GENERALES
- Alcance de la regulación.
- Sujetos de aplicación.
- Interpretación de términos.
- Criterios para la identificación de las pequeñas y medianas empresas.
II. REGISTRO DE EMPRESAS
- Tipos de registro.
- Definición de las opciones de registro.
- Establecimiento de una ventanilla única.
III. DISPOSICIONES PARA LA APLICACIÓN
- Enmiendas y suplementos a leyes y normas vigentes.
- Entrada en efecto.
De nuevo, aunque no tengo capacidad para pronunciarme sobre los detalles legales, asumo que el establecimiento de ese marco normativo no necesitaría una ley. Quizás sería suficiente un “Acuerdo” del Consejo de Ministros para implementar algo que ya está políticamente aprobado en el documento de la “Conceptualización”. Se complementaría con resoluciones de los ministerios relevantes.
Fase 3: Marco normativo para el apoyo a las PYMES (del mes 13 al mes 18).
Usualmente, las leyes de PYMES no son simplemente normas para que estas “existan” ni son normas subsumidas en leyes de empresa de alcance general.
Las PYMES tienen como una característica sobresaliente que necesitan ser apoyadas y, de hecho, el titulo de las leyes de PYMES (o su primer artículo) tienen redacciones tales como “ley de fortalecimiento de PYMES” (Costa Rica), “ley para el desarrollo de la competitividad de PYMES” (México), “promover el crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas” (Argentina), “ley de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo” (España), y “ley de apoyo a pequeñas y medianas empresas” (Vietnam), entre otras.
Desde el punto de vista de sus componentes económicos (no necesariamente jurídicos) una normativa “completa” para el funcionamiento de PYMES en Cuba debería agregar una sección de “apoyo” a los componentes identificados anteriormente:
I. DISPOSICIONES GENERALES
- Alcance de la regulación.
- Sujetos de aplicación.
- Interpretación de términos.
- Criterios para la identificación de las pequeñas y medianas empresas.
II. REGISTRO DE EMPRESAS
- Tipos de registro.
- Definición de las opciones de registro.
- Establecimiento de una ventanilla única.
III. APOYO AL ESTABLECIMIENTO DE LAS MICROEMPRESAS Y DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
8. Apoyo general a microempresas y PYMES.
9.Apoyo a microempresas.
10. Apoyo a PYMES agro-alimentarias.
11. Apoyo a PYMES tecnológicas.
IV. DISPOSICIONES PARA LA APLICACIÓN
- Enmiendas y suplementos a leyes y normas vigentes.
- Entrada en efecto.
Sin que sea mi especialidad, asumo que convendría que ese marco normativo tuviese la forma de una “Ley”, o cuando menos de un “Decreto Ley”. Se complementaría con resoluciones de los ministerios relevantes.
Resumiendo, el establecimiento de PYMES en Cuba tiene urgencia y es relevante para la secuencia de transformaciones del tejido empresarial del país. Las PYMES deben empezar a establecerse cuanto antes y siempre con anterioridad a cualquier proceso de redimensionamiento de la empresa estatal o de devaluación de peso cubano. En vez de considerar la creación de PYMES de manera separada de la reforma del trabajo por cuenta propia (TCP) –como sucede ahora- debería asumirse como parte de un proceso único de tres fases en el que la flexibilización del TCP sería la fase inicial a partir de la cual se avanzaría hacia una normativa de PYMES que le permitiese al sector privado alcanzar un mayor nivel de productividad que fuese compatible con el proceso de desarrollo nacional. No conviene embrollar la tarea con algo no definido a lo que se le llama PYMES estatales y cuyo ámbito de solución corresponde a una reforma de la empresa estatal que secuencialmente debería ser posterior al establecimiento de PYMES privadas.
Notas:
1 Pedro Monreal, “Las estadísticas de empleo privado en Cuba: ¿una pirueta ideológica?”, El Estado como tal, 6 de mayo 2019, https://elestadocomotal.com/2019/05/06/las-estadisticas-de-empleo-privado-en-cuba-una-pirueta-ideologica/ ; y “Reducción de plantillas estatales en Cuba: ¿misión cumplida?”, El Estado como tal, 28 de junio de 2018 https://elestadocomotal.com/2018/06/29/reduccion-de-plantillas-estatales-en-cuba-mision-cumplida/
2 Pedro Monreal, “Dos breves notas sobre productividad y empleo en Cuba”, El Estado como tal, 27 de agosto de 2019, https://elestadocomotal.com/2019/08/27/dos-breves-notas-sobre-productividad-y-empleo-en-cuba/
3 Pedro Monreal, “Las PYMES y la reforma del modelo cubano: ayúdame que yo te ayudaré”, El Estado como tal, 23 de julio de 2020 https://elestadocomotal.com/2020/07/23/las-pymes-y-la-reforma-del-modelo-cubano-ayudame-que-yo-te-ayudare/ ; “El establecimiento de PYMES en Cuba pudiera aumentar el Producto Interno Bruto entre 1,5 y 1,7%”, El Estado como tal, 28 de abril de 2020 https://elestadocomotal.com/2020/04/28/el-establecimiento-de-pymes-en-cuba-pudiera-aumentar-el-producto-interno-bruto-entre-15-y-17/ ; “Emprendedores y PYMES en Cuba: ¿solo para llenar resquicios?”, El Estado como tal, 24 de enero de 2020 https://elestadocomotal.com/2020/01/24/emprendedores-y-pymes-en-cuba-solo-para-llenar-resquicios/ ; “El reciente debate sobre el trabajo por cuenta propia: ¿la “madre de todas las batallas” de los eufemismos de la economía cubana?”, El Estado como tal, 10 de julio de 2019 https://elestadocomotal.com/2019/07/10/el-reciente-debate-sobre-el-trabajo-por-cuenta-propia-la-madre-de-todas-las-batallas-de-los-eufemismos-de-la-economia-cubana/
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